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Las decisiones del Comité de Derechos Humanos de la ONU no son vinculantes

EFE

Ginebra —

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El Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas indicó hoy que sus decisiones no son vinculantes y que un Estado puede decidir cumplirlas o ignorarlas, incluidas las peticiones de medidas cautelares, pero subrayó que todas las decisiones tomadas por el país relevante serán tenidas en cuenta.

“Las medidas son un pedido del Comité y el Estado puede aceptarlas o no. Pero el Comité va a evaluar cómo el Estado ha respondido durante todo el procedimiento, incluso con respecto a las medidas cautelares”, afirmó en declaraciones a Efe uno de los 18 expertos del Comité, José Manuel Santos Pais.

El número dos de la lista de JxCat a las elecciones legislativas catalanas del pasado 21 de diciembre, Jordi Sànchez, mostró hoy su intención de volver a ser candidato a la Presidencia de la Generalitat alegando la petición de medidas cautelares solicitadas por el Comité de Derechos Humanos de la ONU al Estado español.

Este órgano, que se encarga de velar por que los estados cumplan con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, solicitó el pasado 23 de marzo a España que adoptara “las medidas necesarias para garantizar que el señor Jordi Sànchez pueda ejercer sus derechos políticos”.

Esta solicitud de medidas cautelares se incluyó en el escrito de registro de una queja presentada por los letrados de Sànchez contra España por una supuesta vulneración de los derechos políticos de su cliente.

El registro de la queja es un paso previo a la eventual admisibilidad de la demanda, que será estudiada en una fase posterior.

El político catalán interpreta que esta solicitud de medidas cautelares le avala para exigir a las autoridades españolas su salida de la cárcel -donde está recluido preventivamente tras ser procesado por el delito de rebelión por su papel en el proceso independentista en Cataluña- para poder ser investido presidente.

En una ocasión anterior que Sànchez quiso presentarse a la investidura, el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena le denegó el permiso para que pudiera acudir al pleno de su investidura como presidente de la Generalitat.

Santos Pais explicó que Sànchez tiene el derecho a alegar que se apliquen las medidas cautelares solicitadas por el Comité, y que habían sido pedidas inicialmente por sus abogados pero, al mismo tiempo, España puede ignorarlas.

Además, España tiene derecho a pedir que dichas medidas sean reconsideradas y presentar argumentos en contra, dijo.

Entonces el Comité debe “evaluar si estos argumentos deben ser atendidos o no”, especificó el experto.

España debe presentar estos eventuales argumentos, junto al resto de alegaciones que tenga sobre la queja de Sànchez, en el plazo de seis meses.

El Comité ha pedido a España que ofrezca sus observaciones de forma simultánea tanto sobre la admisibilidad de la denuncia como sobre el fondo, explicó Santos Pais.

Una vez conocidas esas observaciones, se le presentarán al demandante, que tendrá la posibilidad de comentarlas en un proceso que puede repetirse en varias ocasiones.

“Solo cuando el Comité cree que tiene toda la información necesaria, es que se pone a estudiar el caso y llega a un dictamen” sobre la eventual admisibilidad y la sustancia de la demanda, especificó el experto.

El proceso es variable y puede durar varios años, aunque Santos Pais declinó especular con el tiempo, dado que el Comité puede adelantar un procedimiento si considera “su importancia y su urgencia”.

El Comité tiene casos pendientes de 2012.

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