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Transparencia Internacional contra la Ley de Transparencia

El Senado amplía el plazo para presentar enmiendas a la Ley de Transparencia

Gabriela Sánchez

No se detallan las sanciones claras que conllevaría su incumplimiento, las peticiones de información pueden ser respondidas con el silencio, el control de la norma se diluye por la supuesta falta de independencia... El Proyecto Ley de Transparencia, que se encuentra a la espera de su tramitación en el Senado, aún puede mejorar. Así lo recuerda Transparencia Internacional España, una organización que ha estado presente en la negociación del documento y realiza una serie de críticas y propuestas con el fin de facilitar un verdadero acceso a la información para quien lo solicite.

En concreto, la ONG ha formulado una serie de propuestas “factibles” que podrían abordarse como enmiendas en la nueva fase de tramitación que le espera al Proyecto de Ley.

La respuesta silenciosa

Envías tu solicitud, nadie te contesta. Si transcurre un mes, mejor darlo por perdido o recurrir. Pero ¿cómo? El Artículo 20 de la Ley establece el régimen de Silencio Administrativo. En este sentido, Transparencia Internacional habla alto y claro: “Este régimen respeta muy poco el derecho de los ciudadanos a tener una respuesta explícita por parte de la Administración. En la práctica lo que ocurre es que si las instituciones públicas no quieren contestar a las solicitudes, una vez que transcurre el plazo estipulado de un mes, se entienden como denegadas”, denuncian.

Por este motivo, proponen establecer la obligación de las instituciones públicas a contestar en el plazo de un mes o, en el caso de transcurrir dicho periodo de tiempo, fijar alguna sanción disciplinaria a los funcionarios o responsables que no respondan sin un motivo justificado. Las multas o la suspensión de empleo y sueldo, son algunas de sus sugerencias.

¿Cómo sancionar a quien no da la información?

Desde Transparencia Internacional consideran que esta cuestión queda en el aire. El proyecto ley “no contempla de forma clara infracciones ni sanciones a políticos y funcionarios públicos por el incumplimiento de las normas de transparencia”, aseguran.

Sí existe una referencia, incluida recientemente, sobre las posibles sanciones que acarrearía la reiteración de los incumplimientos o del retraso en las respuestas de las solicitudes. “Creemos que aunque esto supone un cierto avance, sería conveniente que se introdujese de forma clara en la ley supuestos concretos de sanciones”, critican.

Falta de control real

“Si una persona no recibe su información, ¿qué pasa?, ¿dónde puede acudir?”, se pregunta Jesús Lizcano, presidente de Transparencia Internacional España. Contesta rápido pero sin una respuesta contundente: “Acudir a los juzgados, no tiene sentido: es demasiado caro y sus plazos son excesivamente prolongados”, descarta. “Con este fin se ha incluido el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno en el Proyecto de Ley, el problema es que este órgano carece de independencia”, añade.

Lizcano se refiere al método mediante el cual se decidirá la presidencia del Consejo. Según el texto actual, la decisión, que corresponde al Ministro de Hacienda, será posteriormente refrendada por el Congreso de los Diputados. “En un Parlamento formado por mayoría absoluta, la decisión acabará siendo la que dicte el titular de Hacienda. No habría ningún control”, continúa el presidente de la organización. De esta forma, Transparencia Internacional solicita la introducción de una “mayoría cualificada adecuada”, como elemento clave para garantizar la independencia de la ley.

Informaciones 'vetadas'

Las otras tres recomendaciones de Transparencia Internacional hacen referencia a aquellas informaciónes que quedan fuera del Proyecto Ley. Según la organización, queda limitado el acceso a los datos que “perjudiquen determinadas cuestiones como los 'intereses económicos y comerciales', la 'política económica y monetaria' o la 'protección del medio ambiente'”. Dada la generalización de estas claúsulas, la ONG exige una mayor concreción de estas, ya que “la interpretación amplia de las mismas puede mermar el derecho de acceso a la información”.

Además, las Administraciones públicas sólo tienen la obligación de publicar sus bienes inmuebles, dejando fuera la totalidad del patrimonio que poseen. “Esto implica ocultar a los españoles una parte muy importante del patrimonio público español”, denuncia Lizcano. El proyecto de Ley excluye, según alerta la organización, el dinero, otros activos financieros, créditos, bienes de carácter histórico, equipamientos, instalaciones, vehículos oficiales, etc.

Desde Transparencia Internacional aseguran que hay más aspectos a mejorar de los citados pero confiesan que han querido “focalizar su posición sobre aquellas materias que podrían abordarse todavía como enmiendas en la fase de tramitación parlamentaria del Senado”.

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