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La función del pleno de investidura sin candidato inspirado en el 'tamayazo'

La función del pleno de investidura sin candidato inspirado en el 'tamayazo'

EFE

Madrid —

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El insólito y cuestionado pleno de investidura sin candidato es una posibilidad que contempla el nuevo reglamento de la Asamblea de Madrid para poner en marcha la cuenta atrás hacia una repetición electoral y evitar una parálisis por falta de aspirantes, como ocurrió después del 'tamayazo'.

El pleno de investidura sin candidato del pasado miércoles sigue siendo objeto de polémica pese a que es una opción que recoge el nuevo reglamento de la Asamblea de Madrid, aprobado por unanimidad el pasado mes de febrero.

La opción, que hasta ahora no existía en la Cámara madrileña, estaba pensada para casos excepcionales, pero ha acabado aplicándose al poco tiempo de ser concebida.

Esta posibilidad está inspirada en el 'tamayazo', en 2003, nombre con el que se conoce a la ausencia de los diputados socialistas Eduardo Tamayo y María Teresa Sáez durante la votación para elegir presidente de la Asamblea de Madrid.

Tras el tamayazo, ningún aspirante quería dar el paso de ir a un pleno de investidura.

La candidata del PP, Esperanza Aguirre, no tenía los apoyos suficientes para ser investida presidenta y Simancas sí, pero contando con los votos de los dos diputados rebeldes.

El socialista rechazó esta opción y llegó a pedir una prórroga para intentar que los parlamentarios desertores entregaran sus actas, pero finalmente optó por someterse a la investidura para resolver el bloqueo institucional.

La investidura de Simancas resultó fallida, ya que tanto en la primera votación como en la segunda Tamayo y Sáez se abstuvieron en lugar de votar a favor del candidato socialista, como habían anunciado.

A partir de ese momento, empezó la cuenta atrás de dos meses para la convocatoria de unas nuevas elecciones autonómicas en las que la entonces candidata del PP, Esperanza Aguirre, ganó por mayoría absoluta.

En esta ocasión, la situación es diferente porque tras las elecciones autonómicas de mayo había dos candidatos dispuestos a ir a una sesión de investidura: el socialista Ángel Gabilondo y la popular Isabel Díaz Ayuso.

Gabilondo ganó los comicios pero la suma de votos de los diputados socialistas (37 escaños), Más Madrid (20) y Unidas Podemos (7) no son suficientes para ser investido ni en una primera votación (donde es necesaria mayoría absoluta) ni en una segunda (que requiere mayoría simple, es decir, más votos a favor que en contra).

Por su parte, Ayuso sólo tiene asegurados por el momento los 56 votos a favor del PP (30 escaños) y Ciudadanos (26), pero confía en lograr el respaldo de los 12 diputados de Vox para poder ser investida presidenta con mayoría absoluta.

Tras celebrar la ronda de consultas con los grupos parlamentarios, el presidente de la Asamblea de Madrid, Juan Trinidad, de Ciudadanos, decidió convocar el pleno de investidura sin candidato al constatar que ninguno de los aspirantes tenía los apoyos necesarios para poder ser investidos.

Un día antes del pleno convocó una nueva ronda de consultas ante la posibilidad de que hubiera habido cambios, pero el resultado fue el mismo, por lo que mantuvo la convocatoria del pleno en los mismos términos.

El grupo parlamentario socialista presentó un requerimiento para solicitar a Trinidad que reconsiderase su postura y formalizara la candidatura de Gabilondo, al ser el aspirante con más apoyos.

Sin embargo, Trinidad ha alegado en un escrito dirigido a los socialistas que el pleno de investidura sin candidato, celebrado el pasado miércoles, “se ajustó escrupulosamente” a la normativa vigente, aunque admite que la interpretación de este mecanismo ha suscitado “cierta controversia pública”.

El reglamento de la Asamblea contempla la posibilidad de convocar un pleno de estas características cuando tras la ronda de consultas hubiera “imposibilidad de proponer un candidato”, según recoge el texto, aunque fuentes parlamentarias señalan a Efe que la medida solo se puede aplicar una vez por legislatura.

Con su decisión, el presidente del Parlamento madrileño ha hecho que empiece a correr la cuenta atrás de dos meses para la convocatoria de unas nuevas elecciones autonómicas, un plazo que antes sólo se activaba en el caso de que una investidura resultara fallida.

Desde ahora hasta el 10 de septiembre “se tramitarán sucesivas propuestas” hasta que un candidato logre la confianza del pleno.

De no lograrlo, habría nuevas elecciones autonómicas el 10 de noviembre, una opción que parece muy poco probable después de que Vox haya suavizado sus exigencias para votar a favor de la investidura de Ayuso.

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