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El Gobierno aprueba el proyecto de reforma del CGPJ con leves modificaciones

El Gobierno aprueba el proyecto de reforma del CGPJ con leves modificaciones

EFE

Madrid —

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El Consejo de Ministros ha acordado hoy remitir el proyecto de ley de reforma del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a las Cortes para su aprobación, no sin antes introducir unas mínimas modificaciones al anteproyecto de ley aprobado por el Gobierno el pasado 21 de diciembre.

La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha explicado en rueda de prensa la decena de leves cambios que se han producido con respecto a ese anteproyecto, para lo que se ha tenido en cuenta alguna de las observaciones de los informes emitidos por el Consejo Fiscal y el propio CGPJ.

El Ministerio de Justicia ha detallado también en una nota de prensa estas modificaciones y ha recordado que el objetivo de esta reforma es “la agilización del Consejo tanto a la hora de ser renovado como en su funcionamiento y en su estructura, con un menor coste económico”.

Entre estas modificaciones destaca permitir al CGPJ informar sobre las normas que afecten a la constitución, organización, funcionamiento y gobierno de los tribunales dentro de la capacidad de informe del Poder Judicial.

También “se aclara el control interno del gasto”, que va corresponder a un interventor del cuerpo superior de interventores del Estado, pero que dependerá del CGPJ y estará adscrito a su comisión permanente.

Además, las retribuciones de los miembros del órgano de los jueces irán a cargo de los presupuestos generales del Estado y las dietas por asistencia a plenos y comisiones distintas de las indemnizaciones por desplazamiento también constarán en la propia ley a efectos de transparencia.

La vicepresidenta también ha señalado que en el proyecto de ley se prevé “expresamente” la renuncia de cargo incompatible con el cargo de vocal si resulta elegido para los vocales de turno de juristas de reconocida competencia, y se acoge la sugerencia de que se aclare si hay incompatibilidad o no de ese cargo de vocal de origen judicial con otros cargos gubernativos del Consejo.

En cuanto al plazo para recurrir los acuerdos sancionadores de la comisión disciplinaria, se amplían de díez días a un mes, y se aceptan también las sugerencias del Consejo Fiscal en cuanto a la promoción de la acción disciplinaria.

Otra novedad es que el régimen de letrados del CGPJ requerirá la titulación en Derecho y se accederá por concurso de méritos y se aclara también quien puede acceder a los puestos de nivel superior en los órganos técnicos del CGPJ.

Además se recoge la recomendación de que todos los miembros de la Junta Electoral Central sean magistrados del Tribunal Supremo.

Asimismo se modifica el apartado relativo a las competencias reglamentarias del CGPJ entre las que están algunas de las hasta ahora recogidas en el reglamento de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales.

El proyecto de ley establece que sean las Cortes las que elijan por mayoría de tres quintos a los veinte vocales del CGPJ: el Congreso elegirá a cuatro juristas de reconocida competencia con más de 15 años en ejercicio y otros seis correspondientes al turno judicial, y el Senado a otros tantos.

La reforma permite también que, por primera vez, cualquier juez podrá presentar su candidatura a vocal presentando un aval de 25 miembros de la carrera judicial o el de una asociación judicial.

Solo tendrán dedicación exclusiva los vocales que, junto al presidente del CGPJ, integren la Comisión Permanente.

Para conseguir que la renovación del Consejo se haga conforme a esta nueva ley, el Gobierno adjunta a esta reforma otro proyecto de ley orgánica por el que se suspende el artículo 112 y parcialmente del artículo 114 de la actual Ley Orgánica del Poder Judicial para paralizar los trámites que con seis meses de antelación eran necesarios para renovar el Poder Judicial.

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