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Una juez inadmite la querella de IU contra Villacís por la sociedad que tenía con su marido al avalar su versión

Una juez inadmite la querella de IU contra Villacís por la sociedad que tenía con su marido al avalar su versión

EUROPA PRESS

MADRID —

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Así consta en un auto dictado este mismo martes, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que la juez inadmite a trámite la querella presentada por la representación procesal de IU al respaldar la versión ofrecida por la edil madrileña. Contra esta decisión, fallada a cinco días de las elecciones, cabe recurso de reforma ante la juez y recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.

IU acusaba a la líder municipal de Cs de la presunta comisión de un delito de actividades prohibidas a los funcionarios públicos y abusos en el ejercicio de su función. La formación sostenía en su demanda que Villacís incurrió en un conflicto de intereses ya que esta sociedad asesoró a varios sindicatos policiales en acciones contra el Ayuntamiento de Madrid.

En el auto, la juez relata que basta con analizar la documentación aportada por el partido político querellante relativa al registro mercantil sobre la sociedad, que refleja que inicia sus operaciones en 2007, que adopta la forma de sociedad unipersonal de manera sobrevenida el 1 de abril de 2009, pasando a ser socio único Antonio Suárez-Valdés. “A partir de ese momento, como en todas las sociedades unipersonales con capital, pasa a tener el control total de la sociedad sobre el órgano de administración, ya lo desempeñe personalmente o haya nombrado a otras personas para que lo desempeñen”, subraya la juez.

Seguidamente, añade la resolución, el 1 de septiembre de 2011 se produjo “el cese de ésta, puesto que es la fecha que aparece en la citada documentación como la del nombramiento de Suárez (el marido de Villacís) como administrador único”.

Este análisis de la propia documentación que incluía la querella se refuerza, según recoge el auto, “con la certificación que aporta la querellada, certificación del registro mercantil que cita literalmente la situación de unipersonalidad de Iuriscontencia por compra ante notario de Madrid, Pedro Domínguez Sors, el 1 de abril de 2009, de la totalidad de las participaciones sociales por las que pasa a ser único socio Antonio Suárez-Valdés”. Además, cita también el acuerdo de cese de Begoña Villacís como administradora solidaria el 1 de septiembre de 2011.

La magistrada concluye que no es “certera la afirmación que se hace en el escrito de la querella y que es lo que la sustenta, de que la querellada cese en su cargo de administradora solidaria en la tan mentada sociedad el día 26 de marzo de 2018”. “Esta es la fecha en que se inscribió su cese en el registro mercantil, pero se produjo en fecha muy anterior, como se ha visto y se publicó en el BORME el día 6 de abril”, recalca la instructora.

Agrega que no puede ser sometida a investigación por estar “junto a su esposo en una entrega de premios jurídicos, uno de los cuales, el de derecho militar, se otorga al gabinete jurídico Suárez-Valdés” y reseña que se deberá convenir que “está dentro de los usos sociales”.

“Y resaltaré que, la materia jurídica por la que recibe el premio el despacho algo tendrá que ver con que asista a militares y policías en pleitos que estos colectivos tengan pendientes ante los órganos judiciales, sin que haya aportado ningún indicio de la participación de la querellada en la actividad del citado gabinete, ni directa ni indirectamente, como tampoco a través de la sociedad Iuriscontencia S.L.”, señala la juez.

Además, alude al informe del gabinete de la Alcaldía aportado junto con la querella sobre incompatibilidades, deber de abstención y obligaciones relacionadas con el registro municipal de intereses en el que se indica que “si la concejal hubiera omitido o falseado los datos aportados podría plantearle el traslado a la Fiscalía”, algo de lo que según subraya la juez “no se tiene constancia en los registros del decanato que se haya producido”.

Por tanto, sostiene que no procede adoptar ninguna medida cautelar ni personal, al igual que tampoco procede adoptar ninguna diligencia “a la vista de que procede la inadmisión de la querella”.

QUERELLA DE IU

IU Madrid registró el pasado 25 de marzo esta querella criminal contra Villacís tras conocer que no habría comunicado al secretario general del Pleno del Ayuntamiento de Madrid para incluirlo en su declaración de bienes que era administradora solidaria de la sociedad Iuriscontencia.

IU Madrid detalló en su querella, presentada entonces por el ahora candidato de Madrid en Pie Municipalista, Carlos Sánchez Mato, que hasta abril de 2018 no apareció en el portal de transparencia del Ayuntamiento de Madrid rastro de la actividad mercantil de Villacís y que no renunció a su cargo de administradora de este gabinete jurídico (que dirige su marido) hasta marzo del año pasado, según consta, decían, en el registro mercantil.

Argumentaba la querella que este despacho, que representa a un sindicato policial (Unión de Policías Municipales), se querelló contra la concejal de Ahora Madrid Rommy Arce y que la edil de la formación naranja había realizado actividades e iniciativas municipales relacionadas directamente sobre la Policía Municipal, lo que supone “indicios claros” de un conflicto de intereses e incompatibilidades de su cargo.

En consecuencia, IU Madrid considera que la candidata de Ciudadanos ha vulnerado el artículo 441 del Código Penal, que contempla multas de seis a 12 meses y suspensión de cargo público de dos a cinco años.

También IU apuntó a que Villacís presuntamente se benefició de esta sociedad para construir una casa y adquirir dos inmuebles. “Un cargo público no puede ser juez y parte en un asunto del que se pretende obtener un beneficio personal y colectivo, ha incurrido en falta de transparencia y ocultación de intereses”, relataba la coportavoz de IU Madrid Ciudad, Lourdes Gómez.

De hecho, la querella ahondaba en que Villacís debería haberse abstenido de determinadas votaciones en el Pleno como marca la normativa. IU indicó entonces también que existían indicios de irregularidades en la actuación de la edil de Ciudadanos al haber eludido presuntamente su obligación de declarar sus intereses como administradora solidaria de esta sociedad (Gabinete Jurídico Suárez Valdés- Iuriscontencia) cuando accedió a su condición de cargo público.

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