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La Generalitat concede la semilibertad a los nueve presos del procés

La Generalitat concede la semilibertad a los nueve presos del procés
Barcelona —

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Barcelona, 14 jul (EFE).- La Generalitat ha concedido el régimen de semilibertad a los nueve líderes independentistas presos, con lo que solo tendrán que ir a la cárcel a dormir entre semana, una medida que se aplicará de forma inmediata pero que podrá ser revisada por el Tribunal Supremo.

Según ha informado el Departamento de Justicia, el Servicio de Clasificación de la Secretaría de Medidas Penales ha ratificado este martes la propuesta de las juntas de tratamiento de las cárceles de Lledoners, Puig de les Basses y Wad Ras que, de forma unánime, apostaron el pasado 2 de julio por conceder el tercer grado a los líderes del “procés”, condenados por el Tribunal Supremo por delitos como sedición y malversación.

De esa forma, el exvicepresidente catalán Oriol Junqueras, los exconsellers Joaquim Forn, Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva y Dolors Bassa, la expresidenta del Parlament Carme Forcadell y los Jordis -Sànchez y Cuixart- solo tendrán que ir a dormir a la cárcel -habitualmente en un centro abierto-, y podrán pasar los fines de semana en casa.

La reclasificación en tercer grado se ha notificado ya a los presos, por lo que se hará efectiva en cuanto las juntas de tratamiento de cada uno de los centros donde están internos señalen la fecha de aplicación del régimen abierto, los horarios a que estarán sujetos los reclusos y, si es necesario, los cambios en las actividades que llevan a cabo fuera de los centros.

Los líderes independentistas saldrán mañana de la cárcel, todavía para llevar a cabo las actividades laborales o de voluntariado que tienen autorizadas en virtud del artículo 100.2 del régimen penitenciario, pero es posible que el próximo fin de semana ya puedan pasarlo fuera de prisión en aplicación del tercer grado.

La Fiscalía ha recurrido hasta ahora la flexibilización del régimen penitenciario de los líderes condenados por el “procés” con el 100.2, por lo que es previsible que también lo haga en el caso del tercer grado -una cuestión que, en primera instancia, tendrá que resolver el juzgado de vigilancia penitenciaria-, pero la semilibertad solo quedaría en suspenso por orden judicial.

A diferencia del 100.2, en que de acuerdo con el criterio jurídico mayoritario los recursos se agotan en la Audiencia de Barcelona, la última palabra respecto al tercer grado la tendría el Supremo como tribunal sentenciador.

Serán entonces los cuatro fiscales del caso del “procés” los encargados del eventual recurso contra el régimen abierto de los condenados: la semana pasada, precisamente, ya pidieron al Supremo que revisara el 100.2 de los líderes independentistas, al considerarlo un “tercer grado encubierto”.

Para conceder el régimen abierto a los nueve líderes independentistas, el Departamento de Justicia ha tenido en cuenta que todos ellos han participado en actividades de “razonamiento, juicio crítico y resolución de conflictos” y han mostrado la “máxima colaboración” durante su estancia en prisión, tanto respecto al resto de internos como con los profesionales penitenciarios.

Otro de los factores que el Servicio de Clasificaciones ha tenido en cuenta es que ninguno de los reclusos cuenta con expedientes disciplinarios ni incumplimientos judiciales, que disponen de una red social y familiar favorable a la rehabilitación y que su pronóstico de reincidencia es bajo.

El Departamento de Justicia disponía de un plazo máximo de dos meses para resolver sobre la propuesta de clasificación planteada por las junta de tratamiento, pero apenas ha tardado doce días en aprobar el tercer grado para los condenados por el “procés”.

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