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La Junta restringe los velatorios, el ocio y las reuniones en Salamanca y en Valladolid

La Junta restringe los velatorios, el ocio y las reuniones en Salamanca y en Valladolid
Valladolid —

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Valladolid, 1 sep (EFE).- La Junta de Castilla y León ha anunciado este martes nuevas medidas “drásticas” para tratar de frenar la dinámica de contagios de covid-19 en las ciudades de Salamanca y Valladolid, donde quedarán restringidas desde el jueves actividades como los velatorios, el culto religioso, la hostelería, el ocio y las reuniones familiares, prohibidas para más de 10 personas, ya sea en el ámbito privado o en un lugar público.

El vicepresidente de la Junta, Francisco Igea, y la consejera de Sanidad, Verónica Casado, han justificado estas restricciones por la dinámica de incremento de contagios y la incidencia en forma de fallecimientos que prevén para las próximas semanas en estas ciudades, aunque el también portavoz del Ejecutivo ha añadido que por el momento “la idea es que no afecte al principio del curso”.

Casado ha reconocido que en ambas ciudades existe ya lo que se denomina “transmisión comunitaria”, en el sentido de que los contagios ya no están controlados por los rastreadores, por lo que la Junta ha pedido la colaboración del Gobierno central y los ayuntamientos para que las policías que dependen de estas administraciones sean exhaustivas en el control de estas restricciones.

Igea se ha remitido al acuerdo con el resto de autonomías y los ministerios de Sanidad y Educación para mantener las medidas que se refieren al inicio del curso escolar, a pesar de que la propia reunión de más de 20 alumnos en clase constituirá un incumplimiento de la medida general de evitar las reuniones de 10 personas.

En cuanto al detalle del resto de medidas anunciadas este martes y desgranadas en una orden que será publicada mañana en el Boletín Oficial de Castilla y León, Igea ha anunciado:

- VELATORIOS Y ENTIERROS: Máximo de 10 personas asistentes al aire libre o 10 en espacios cerrados. En el enterramiento, máximo de 15 familiares o allegados además del oficiante.

- CELEBRACIONES RELIGIOSAS: Máximo de 50 asistentes al aire libre o 25 en espacios cerrados, pero sin superar en ningún caso un tercio del aforo.

- BARES Y CAFETERÍAS: En el interior sólo será posible el consumo en mesa y sentados. Con un límite de 6 personas por mesa, con obligatoriedad de uso de mascarilla y distancia de seguridad.

- RESTAURANTES y SOCIEDADES GASTRONÓMICAS: Prohibido el consumo en barra y de pie.

- TERRAZAS: Para cualquiera de los establecimientos citados, no podrán sentarse más de 6 personas por mesa, con distancia de seguridad. Igualmente prohibido el consumo de pie y obligatorio el uso de mascarilla.

- CONDICIONES PARA OCUPACIÓN DE ZONAS COMUNES DE HOTELES Y ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS: Máximo de diez personas, incluidos los monitores y deberán establecerse las medidas necesarias para procurar la distancia de seguridad interpersonal durante el desarrollo de la actividad excepto en el caso de personas convivientes.

- OCIO Y CULTURA: Límite máximo de 25 personas en lugares cerrados y de 50 en el caso de actividades al aire libre.

- ACTIVIDADES E INSTALACIONES DEPORTIVAS: Sin contacto físico y hasta un máximo de cinco personas de forma simultánea. Para el deporte federado no se aplicará el límite en las competiciones donde las reglas federativas garanticen espacios diferenciados para cada equipo.

- ASISTENCIA DE PÚBLICO A EVENTOS DEPORTIVOS EN INSTALACIONES DEPORTIVAS: Límite de 25 personas para lugares cerrados y de 50 al aire libre.

- BIBLIOTECAS, ARCHIVOS, MUSEOS Y SALAS DE EXPOSICIONES, MONUMENTOS Y OTROS EQUIPAMIENTOS CULTURALES: Un máximo de hasta diez personas en las actividades de grupos, incluido el monitor o guía y deberán establecerse las medidas necesarias para procurar la distancia de seguridad interpersonal durante el desarrollo de la actividad excepto en el caso de personas convivientes.

- REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE TIEMPO LIBRE DIRIGIDAS A LA POBLACIÓN INFANTIL Y JUVENIL: Un máximo de hasta diez personas participantes, incluyendo los monitores correspondientes, que deberán trabajar sin contacto entre los demás grupos.

- REUNIONES DE CARÁCTER PRIVADO O FAMILIAR: Un máximo de diez personas, tenga lugar tanto en espacios públicos como privados, excepto en el caso de personas convivientes.

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