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El Parlamento catalán presenta alegaciones al recurso del PP contra la regulación de precios de alquiler

Archivo - Fachada del Parlament de Catalunya

VIER/PAU

BARCELONA —

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BARCELONA, 17 (EUROPA PRESS)

El Parlament ha presentado alegaciones contra el recurso de inconstitucionalidad promovido por más de 50 diputados del PP en el Congreso contra de la Ley 11/2020 de medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de alquiler de viviendas.

El pleno del Tribunal Constitucional (TC) admitió a trámite a finales de enero el recurso de inconstitucionalidad del PP contra varios preceptos de esta ley, que los populares consideran que vulneran diversos artículos de la Carta Magna, algo que la Cámara catalana rechaza en sus alegaciones, publicadas en el Boletín Oficial del Parlament (BOPC) este miércoles y recogidas por Europa Press.

En las alegaciones, la Cámara rebate el argumento de inseguridad que alegan los recurrentes, que consideran que la ley incluye conceptos jurídicos indeterminados, a lo que el Parlament responde que las prescripciones deben “ser desarrolladas por posteriores actuaciones normativas y ejecutivas, atendiendo a unos criterios mínimos fijados”.

Ante el argumento del PP de que la ley no es precisa en su delimitación física de las áreas con mercado de vivienda tenso, el Parlament lo niega, porque asegura que el texto “indica que ese ámbito es el municipal, establece un procedimiento para su declaración, y ofrece el listado de municipios considerados como áreas de mercado tenso”.

Descarta que se vulnere el derecho de propiedad privada, porque defiende que la propiedad debe cumplir una función social, y recuerda una sentencia de 1994 del TC en la que se acepta que “establecer medidas de contención de la renta se insiere en la definición de la función social de la vivienda y no vulnera el derecho de propiedad, salvo que llegara a vaciar de contenido por privarle de su utilidad económica”.

A la alegación de que se vulnera la competencia exclusiva del Estado sobre la regulación de las bases de las obligaciones contractuales, el Parlament replica que la ley “no afecta ni a la configuración de los elementos esenciales de la relación arrendaticia, ni al régimen general, sino únicamente a contratos de arrendamiento de vivienda permanente y que se sitúen de una área declarada con mercado de vivienda tenso”.

VE POCA ARGUMENTACIÓN

Además, el Parlament niega que el régimen de contención y moderación de rentas vulnere el artículo 10.1 de la Constitución, como sostiene el PP, y acusa a los populares de no argumentar suficientemente su postura, “lo que plantea serias dudas sobre si la recurrente tiene el convencimiento fundamentado de que existe realmente una vulneración en los términos que alega”.

Garantiza que este régimen de moderación de rentas “no es contrario ni atenta contra el principio de libre voluntad de las partes que intervienen en la relación contractual”, ni contradice este artículo 10.1 de la Constitución, que fija que son fundamento del orden político y la paz social la dignidad de la persona, los derechos inviolables, el libre desarrollo de la personalidad y el respeto a la ley y a los derechos de los demás.

Ve en el recurso de inconstitucionalidad “afirmaciones genéricas efectuadas sin contextualización que afectan el contenido del régimen para sancionar las conductas” que incumplan el régimen de contención de rentas, y argumenta que no se justifica cuál es la normativa estatal concreta cuyas bases se vulneran con los preceptos impugnados.

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