Los penalistas ven “adecuado” castigar más la trata con origen en Ucrania pero también la que provocan otros conflictos

La comunidad internacional se encuentra en “alerta máxima” desde que Rusia inició su invasión de Ucrania el pasado febrero, ante el riesgo de que muchas personas intenten aprovechar la situación de vulnerabilidad de los refugiados del conflicto –la mayoría de ellos, niños y mujeres– con fines de explotación sexual. La Alta Comisionada Auxiliar para la Protección de la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR), Gillian Triggs, advirtió en abril de “los riesgos de los depredadores y las redes criminales que pueden intentar explotar su vulnerabilidad o atraerlos con promesas de transporte gratuito, alojamiento, empleo u otras formas de asistencia”.

Aunque por el momento no existen cifras oficiales de ese drama añadido a las consecuencias de la guerra, se han conocido casos de supuesta trata en muchos de los países de acogida de refugiados ucranianos, y también en España. El 1 de abril la Policía Nacional detuvo en una estación de autobuses de Madrid a un hombre que llegó a España desde Polonia con dos jóvenes ucranianas de 15 y 16 años a las que pretendía prostituir. El hombre, también de nacionalidad ucraniana, aseguró que las dos menores eran sus sobrinas, pero no portaba ningún documento que justificara el parentesco y los agentes descubrieron que no existía tal vínculo.

La problemática llegó al Congreso de los Diputados gracias a una proposición de ley del PSOE que el pasado jueves fue tomada en consideración con el apoyo de PP, Vox y Ciudadanos, que la respaldaron sin fisuras, y también de Unidas Podemos, PNV y PDeCAT, aunque estos grupos plantearon varios matices por ceñirse en exclusiva a las víctimas ucranianas. Por esa misma razón, fuerzas como ERC o EH Bildu, aliadas habituales del Ejecutivo en el Parlamento, votaron en contra.

El nuevo texto, que ahora comenzará su tramitación parlamentaria, dispone que “cuando la víctima sea una persona cuya situación de vulnerabilidad haya sido originada o agravada por el conflicto bélico motivado por la invasión del territorio ucraniano”, se imponga la pena superior en grado a la prevista en el apartado 1 del artículo 177 bis. del Código Penal: de cinco a ocho años de prisión como reo de trata de seres humanos. Se trataría, en principio, de una medida temporal limitada a los próximos 18 meses.

Los expertos destacan la “vulnerabilidad” de las víctimas

Los especialistas en Derecho Penal consultados por elDiario.es coinciden en que la iniciativa es adecuada, pero también consideran que se debería extender para proteger a las víctimas de trata que llegan a España provenientes de otros conflictos, como los de Afganistán, Siria, Palestina o Libia.

“Es una técnica legislativa común: en situaciones de crisis, como guerras, terremotos o catástrofes hay hechos que se convierten en más graves. Saquear un supermercado en medio de una catástrofe es más grave que hacerlo en una situación común”, explica Teresa Rodríguez, catedrática de Derecho Penal de la Universidad de Alcalá. “Objetivamente está justificado y tiene todo el sentido porque estamos en un supuesto de crisis del estado de derecho por un conflicto armado, que incrementa la vulnerabilidad de las posibles víctimas”, añade. 

Francisco Javier Álvarez, profesor de Derecho Penal de la Universidad Carlos III de Madrid (UC3M), se muestra también partidario de estas leyes temporales en determinadas circunstancias. “Ya hemos visto algunas detenciones, hay redes criminales que aprovechan esta situación de gente vulnerable que lo ha perdido todo y que intenta explotarlas en sentido amplio”, expone.

“Es importante que se haya tomado conciencia por parte de las autoridades europeas y españolas, al hilo del conflicto ucraniano, y que se hayan disparado todas las alarmas sobre los riesgos que suponen estos conflictos para la trata de personas, sobre todo de mujeres y niñas”, celebra Marta González, coordinadora de Sensibilización e Incidencia Política de Proyecto Esperanza, organización de apoyo a las víctimas de trata. González también saluda la iniciativa parlamentaria, ya que, argumenta, reconoce una situación de “especial vulnerabilidad” para las personas que huyen de un conflicto armado.

Todo ello a pesar de dos observaciones: las penas de trata ya son bastante altas de por sí y generalmente endurecer las penas no funciona como una herramienta preventiva. “El delito de trata tiene unas penas ya de por sí elevadísimas. El derecho penal en sí mismo soluciona pocas cosas. ¿Va a desincentivar a los delincuentes? Sinceramente, dudo que tenga eficacia disuasoria real”, explica Rodríguez, que insiste en que el endurecimiento es pertinente por la gravedad de los delitos. 

“Un efecto simbólico, más que real”

“El endurecimiento de las penas transmite a la sociedad que el problema se considera grave y el Gobierno está haciendo algo para afrontarlo. Pero es un efecto simbólico, más que real. Los estudios criminológicos muestran que esos endurecimientos de las penas no tienen efectos preventivos”, completa Patricia Faraldo, catedrática de Derecho Penal de la Universidade da Coruña, que añade que, además, las condenas por estos delitos en España son bajas porque el delito de trata “es de difícil persecución y prueba”. 

Rodríguez coincide en que el delito de trata prevé “penas gravísimas” y que el problema en España es la “difícil persecución”. “Cuando persigues el delito, a quienes acabas deteniendo y procesando es a los eslabones más débiles de la cadena, a piezas intercambiables, no a los jefes de las organizaciones”, explica. Por otro lado, en España, añade, solo está tipificada la trata con fines de explotación sexual y no, por ejemplo con otros fines de esclavización, como la explotación en la construcción, el trabajo agrícola, el servicio doméstico o los matrimonios forzosos. 

Los expertos consultados coinciden, en cualquier caso, en el aspecto criticado por Unidas Podemos y los socios del Gobierno: que la ley temporal se circunscriba únicamente a las víctimas de trata del conflicto de Ucrania y no se extiende a la del resto de guerras supone un agravio. “Que haya una agravación porque las víctimas proceden de un conflicto armado no me parece mal, pero es un error que se haga para uno determinado”, opone Carlos Pérez del Valle, profesor de Derecho Penal de la Universidad CEU San Pablo, que alerta de una posible marginación de las víctimas de trata que provengan de otros conflictos como Siria o Afganistán. 

“En la normativa penal no es desconocido que se hagan distinciones entre víctimas que suponen una mayor pena para el autor en caso de que su víctima se incluya en la categoría especialmente protegida. Ahora bien, ¿hay argumentos para hacerlo en el caso de las personas que escapan de la guerra en Ucrania? ¿Qué factor las convierte en más vulnerables que las personas que escapan de otras guerras? No lo veo”, argumenta Caraldo.

González, de Proyecto Esperanza, cree que “está muy bien que la realidad ucraniana haya abierto los ojos para reconocer esta vulnerabilidad especial a las víctimas”, pero opina también que el endurecimiento de las penas debería extenderse con “carácter general” a otros conflictos. “Ha habido situaciones de trata en la guerra de Siria; en Afganistán, con la vuelta de los talibanes; hemos atendido a mujeres colombianas que han huido como consecuencia del conflicto interno y eso las ha dejado en situación de vulnerabilidad”, repasa.

Para Álvarez, de la UC3M, esta legislación especial no es óbice para que se plantee una cuestión más general. “La pregunta es si vamos a esperar un año, en el mejor de los casos, a que se apruebe una modificación general, cuando la situación de debilidad para estas personas es ahora”, dice. Rodríguez, sin embargo, lo extiende a una cuestión más general: “Me parece mal que nos olvidemos de los afganos, de los sirios. Es la vergüenza de Europa, no solo en el tema de la trata. Europa no hizo para para facilitar el estatuto de refugiado a esas personas. No son más vulnerables, son menos europeos”. 

Duros reproches al PSOE en el Congreso

Además de los pronunciados por Unidas Podemos, los reproches al PSOE se verbalizaron en el Pleno del martes por parte de algunas de las formaciones que habitualmente son socias del Gobierno, como ERC o EH Bildu, que votaron en contra de la toma en consideración de la iniciativa. Desde EH Bildu, la diputada Bel Pozueta recordó que la “vulneración flagrante” de “derechos básicos” en materia de trata y prostitución forzada “afecta a todas las refugiadas, sean ucranianas o de cualquier otra nacionalidad”. “Es tal el ataque que supone a la integridad de los derechos y las libertades de todas ellas que no entendemos cómo se puede proponer hacer diferenciaciones entre unas y otras”, lamentó.

Para la diputada de ERC Carolina Telechea, la proposición de ley del PSOE “tiene un sesgo segregacionista e, incluso, racista, ni qué decir de discriminatorio”. “La ley debe proteger a todas las víctimas de trata, a todas, a las provenientes de todos los países en conflicto, no solo a las provenientes de Ucrania. Además, debe ser complementada con medidas efectivas”, concluyó, denunciando que la propuesta “carece de todo rigor jurídico, porque no se puede legislar ad hoc el Código Penal”.

El PSOE defiende la medida en la situación de “excepcionalidad” que vive la población ucraniana. “Proteger a las víctimas de Ucrania de forma específica es necesario, sobre todo por una cuestión de contexto: la masa de refugiadas no tiene precedentes”, explicó el martes la diputada socialista Andrea Fernández, durante la defensa de la proposición de ley registrada por su grupo. “No se trata de discriminar, sino de atender con urgencia una realidad inédita por su abundancia y por su riesgo”, añadió, tras recordar la resolución del Parlamento Europeo sobre el impacto de la guerra contra Ucrania en las mujeres que habló precisamente sobre la trata.

Los especialistas en Derecho Penal consultados por elDiario.es coinciden en que la medida es adecuada, pero también consideran que se debería extender para proteger a las víctimas de trata que llegan a España provenientes de otros conflictos, como los de Afganistán, Siria, Palestina o Libia.