Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
El ataque limitado de Israel a Irán rebaja el temor a una guerra total en Oriente Medio
El voto en Euskadi, municipio a municipio, desde 1980
Opinión - Vivir sobre un polvorín. Por Rosa María Artal
Noticia de agencia

Noticia servida automáticamente por la Agencia EFE

Esta información es un teletipo de la Agencia EFE y se publica en nuestra web de manera automática como parte del servicio que nos ofrece esta agencia de noticias. No ha sido editado ni titulado por un periodista de eldiario.es.

La prohibición del nicab viola la libertad de culto, según expertos de la ONU

La prohibición del nicab viola la libertad de culto, según expertos de la ONU

EFE

Ginebra —

0

La prohibición de portar el nicab, el velo negro que solo deja los ojos al descubierto, viola la libertad de culto, según una resolución del Comité de Derechos Humanos de la ONU.

El Comité, que vela por el cumplimiento de los estados miembros de la Convención Internacional de Derechos Civiles y Políticos, examinó el caso de dos francesas que fueron multadas por llevar el nicab.

En 2016 el Comité recibió dos quejas distintas de dos mujeres que fueron procesadas y condenadas en 2012 por llevar en público estas prendas.

Este comportamiento contravenía una ley adoptada en Francia en 2010 que estipula que “nadie puede portar en espacios públicos una prenda de vestir cuyo objetivo es ocultar la cara”.

La ley tenía como intención prohibir el uso del nicab, según especifica la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas en un comunicado.

El Comité considera que “la prohibición general del uso del nicab en público daña desproporcionadamente el derecho de las demandantes a manifestar su creencias religiosas”.

Los expertos indican que Francia no explicó adecuadamente el motivo por el que era necesaria su prohibición.

El Comité subrayó que el Estado puede pedir que los individuos muestren su cara en determinadas circunstancias, pero considera que una prohibición generalizada fue demasiado amplia para este propósito.

Los expertos consideraron que la prohibición en lugar de proteger a las mujeres que portan el velo islámico, podría tener el efecto opuesto de confinarlas a sus hogares, impidiendo su acceso a los servicios públicos y marginándolas.

“La decisión no está dirigida contra la noción de secularidad, ni tampoco es una aprobación de un hábito que muchos en el Comité, incluyéndome a mi, ven como una forma de opresión de la mujer”, afirmó en el comunicado el presidente del Comité, Yuval Shany.

El presidente explicó que la prohibición del nicab no mantiene un equilibrio adecuado entre el interés público y los derechos individuales.

El comunicado especifica que Francia debe responder en un periodo de 180 días qué acciones ha tomado para implementar la decisión del Comité, incluyendo la compensación de las dos demandantes, y qué medidas se han tomado para evitar que violaciones similares se repitan en el futuro, “incluyendo revisar la citada ley”.

Etiquetas
stats