Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
Noticia de agencia

Noticia servida automáticamente por la Agencia EFE

Esta información es un teletipo de la Agencia EFE y se publica en nuestra web de manera automática como parte del servicio que nos ofrece esta agencia de noticias. No ha sido editado ni titulado por un periodista de eldiario.es.

El Tribunal de Justicia de la UE aclara cuándo los operadores de plataformas en línea violan derechos

El Tribunal de Justicia de la UE aclara cuándo los operadores de plataformas en línea violan derechos
Bruselas —

0

Bruselas, 22 jun (EFE).- Los operadores de plataformas en línea que ayudan a promocionar el acceso a contenidos subidos ilegalmente por sus usuarios incurren en una violación de los derechos de autor, según dijo este martes el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Sin embargo, no incurren en esa violación si simplemente se limitan a poner su disposición las plataformas, porque no hacen una comunicación al público.

La sentencia se refiere a dos litigios planteados en Alemania.

En el primero, Frank Peterson, un productor musical, demandó a YouTube y a su representante legal Google ante la justicia alemana en relación con la puesta en línea en YouTube, en 2008, de varios fonogramas sobre los que alega ser titular de diferentes derechos.

La puesta en línea fue efectuada por usuarios de la mencionada plataforma sin la autorización del titular de los derechos.

Se trataba de canciones de un álbum de la artista Sarah Brightman y de grabaciones de audio privadas realizadas durante los conciertos de una gira.

En el segundo litigio, la editorial Elsevier demandó a Cyando por la puesta en línea en su plataforma de alojamiento y de intercambio de archivos Uploaded, en el año 2013, de distintas obras cuyos derechos exclusivos pertenecen a Elsevier.

La puesta en línea fue efectuada por usuarios de la plataforma sin que Elsevier lo autorizara.

El Tribunal Supremo de lo Civil y Penal en Alemania, que conoce de ambos litigios, planteó varias cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia.

El Tribunal de Justicia consideró hoy que, según la legislación europea, los operadores de plataformas en línea no hacen por sí mismos una “comunicación al público” de los contenidos protegidos por los derechos de autor puestos ilegalmente en línea por sus usuarios, a menos que, más allá de la mera puesta a disposición de las plataformas, contribuyan a proporcionar el acceso al público de tales contenidos, vulnerando los derechos de autor.

Por otra parte, los jueces europeos consideran que esos operadores pueden acogerse a la exención de responsabilidad, siempre que no desempeñen un papel activo que les confiera un conocimiento y un control de los contenidos subidos a su plataforma.

Etiquetas
stats