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El Tribunal Supremo juzgará al diputado Nuet por las leyes del “procés”

El diputado de ERC, Joan Josep Nuet.

EFE

Madrid —

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El Tribunal Supremo se ha declarado competente para juzgar a Joan Josep Nuet por un posible delito de desobediencia por permitir la tramitación de las leyes del “procés” el otoño de 2017 dada su condición de aforado al ser diputado en el Congreso por ERC.

Nuet iba a ser juzgado por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña junto con otros miembros de la Mesa del Parlament que presidía Carme Forcadell, si bien su situación cambió cuando fue elegido diputado en las últimas elecciones generales.

Tanto el TSJC como la Fiscalía propusieron que fuese el Supremo quien le juzgase, un argumento que ahora acepta el alto tribunal una vez se ha acreditado su condición de parlamentario de manera sobrevenida a la instrucción, calificación y apertura de juicio oral.

La Sala rechaza las alegaciones de Nuet, que quería ser juzgado en Cataluña, y se apoyó en un acuerdo de pleno de 2014, que estableció que en las causas con aforados, el auto que acuerda la apertura del juicio constituye el momento en el que queda fijada la competencia del tribunal enjuiciador.

Pero, según el Supremo, dicho acuerdo “se refiere a los supuestos de pérdida” de aforamiento durante la tramitación de la causa y no cuando se adquiere ese fuero de forma sobrevenida, como es el caso del diputado.

En el momento de los hechos, Nuet pertenecía a Catalunya Sí Que es Pot (CSQP) y era secretario tercero de la Mesa del Parlament.

La Fiscalía lo acusa de votar a favor de la tramitación de varias iniciativas parlamentarias “contrarias al orden constitucional” el 6 y 7 de septiembre de 2017 a pesar de las advertencias del Tribunal Constitucional y pide que se le condene a pena de inhabilitación.

En su auto, el Supremo da traslado a la Fiscalía para “ajustar” la calificación en cuanto a la prueba solicitada limitada al delito que se le imputa.

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