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TS avala que el Estado tiene competencia exclusiva para regular cotizaciones

Detalle de la fachada del Tribunal Supremo.

EFE

Barcelona —

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El Tribunal Supremo (TS) ha avalado el decreto del Gobierno que reducía las cotizaciones a las empresas que disminuyeran la siniestralidad laboral, que fue recurrido por la Generalitat, al entender que la determinación de las cuotas de la Seguridad Social es competencia exclusiva del Estado.

En su sentencia, la sala de lo contencioso-aministrativo del TS desestima así el recurso que el gobierno catalán presentó contra el real decreto que el Gobierno aprobó en 2017, con el objetivo de incentivar la prevención de riesgos laborales reduciendo las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan conseguido reducir la siniestralidad.

El Govern argumentaba que el real decreto invadía competencias de la Generalitat en materia de gestión de trabajo y de la Seguridad Social, reconocidas en el estatuto de autonomía.

El Supremo, no obstante, considera que la materia regulada afecta al régimen económico de la Seguridad Social, porque el cauce que utiliza para estimular la disminución de la siniestralidad laboral es la reducción de las cotizaciones, lo que a su parecer es “función exclusiva” del Estado, para garantizar la unidad del sistema.

En opinión de la sala, “la determinación de las cuotas, beneficiarios, tramitación, incentivos e inspección se encuentran vinculados a los recursos de financiación de la caja única de la Seguridad Social, que no puede ser diferente en cada una de las comunidades autónomas”.

En ese sentido, subraya el tribunal que el régimen económico de la Seguridad Social “pretende, ante todo, salvaguardar la unidad del sistema”, que, sostiene la sentencia, “no podría sostenerse si la competencia del Estado se limitara al ejercicio de una mera potestad normativa”.

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