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    <title><![CDATA[elDiario.es - Tribunales]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Tribunales]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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    <item>
      <title><![CDATA[Prisión para un agente de la Guardia Civil destinado en Tenerife por acceder a datos sensibles de sus exparejas]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/prision-agente-guardia-civil-destinado-tenerife-acceder-datos-sensibles-exparejas_1_13385955.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/d8e1e2bd-b559-4ffc-b292-a70084b265b0_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Prisión para un agente de la Guardia Civil destinado en Tenerife por acceder a datos sensibles de sus exparejas"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Audiencia considera probado que el acusado disponía de acceso a varios sistemas de información con documentos que afectan a la intimidad de las personas, entre ellos perfiles policiales, señalamientos, antecedentes penales o domicilios</p></div><p class="article-text">
        La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha condenado a cuatro a&ntilde;os y medio de prisi&oacute;n a un guardia civil por un delito de revelaci&oacute;n de secretos tras acceder a datos sensibles de personas de su entorno, entre ellas dos exparejas y familiares, mediante sistemas de informaci&oacute;n utilizados por los agentes en el ejercicio de sus funciones.
    </p><p class="article-text">
        El procesado deber&aacute; adem&aacute;s indemnizar a ocho personas con cantidades que oscilan entre los 1.000 y los 2.000 euros, aunque una de ellas renunci&oacute; a recibir compensaci&oacute;n econ&oacute;mica.
    </p><p class="article-text">
        La sentencia, emitida hace dos semanas, no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).
    </p><p class="article-text">
        La Audiencia considera probado que el acusado dispon&iacute;a de acceso a varios sistemas de informaci&oacute;n con datos que afectan a la intimidad de las personas, entre ellos perfiles policiales, se&ntilde;alamientos, antecedentes penales, domicilios o documentaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        El agente habr&iacute;a consultado informaci&oacute;n relativa a antiguas parejas, sus nuevas relaciones y compa&ntilde;eros de trabajo, incluidos antecedentes penales, causas en las que hab&iacute;an estado involucrados y multas de tr&aacute;fico.
    </p><p class="article-text">
        El procesado estuvo destinado en los puestos de Tacoronte y Radazul y la investigaci&oacute;n interna analiz&oacute; las consultas que realiz&oacute; durante varios a&ntilde;os, hasta que en 2023 estuvo de baja por depresi&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        La investigaci&oacute;n sac&oacute; tambi&eacute;n a la luz que hab&iacute;a consultado las fichas de una veintena de veh&iacute;culos, lo que llev&oacute; a sospechar inicialmente de una posible actividad relacionada con la compraventa de coches debido al elevado n&uacute;mero de registros, as&iacute; como de cuestiones relacionadas con el narcotr&aacute;fico, extremos que no llegaron a demostrarse.
    </p><p class="article-text">
        Los inform&aacute;ticos de la Guardia Civil declararon durante el juicio que las alarmas saltaron al constatar &ldquo;el elevado n&uacute;mero de consultas recurrentes&rdquo;, especialmente sobre personas del entorno del acusado.
    </p><p class="article-text">
        A ra&iacute;z de ello se llev&oacute; a cabo una auditor&iacute;a interna en la que se revisaron las consultas realizadas durante el periodo investigado y uno de los t&eacute;cnicos que elabor&oacute; el informe descart&oacute; durante el juicio que el sistema pudiera haber cometido errores.
    </p><p class="article-text">
        La defensa incidi&oacute; en que algunas consultas se realizaron fuera del horario laboral del acusado y una vez finalizado su turno, aunque los mandos explicaron durante el juicio que en ocasiones los agentes permanecen en sus puestos para terminar diligencias.
    </p><p class="article-text">
        Las consultas se centraron especialmente en su exesposa, quien lo hab&iacute;a denunciado por malos tratos y que durante la vista mostr&oacute; su sorpresa y malestar porque el acusado continuara vigil&aacute;ndola despu&eacute;s de tantos a&ntilde;os.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n consult&oacute; informaci&oacute;n sobre el padre, la hermana y la sobrina de su exesposa, con quienes manten&iacute;a malas relaciones, as&iacute; como sobre otras antiguas parejas.
    </p><p class="article-text">
        Una de ellas reconoci&oacute; que en una ocasi&oacute;n le hab&iacute;a pedido que comprobara si un coche que iba a comprar ten&iacute;a alguna multa pendiente, aunque asegur&oacute; desconocer que realizar esa consulta fuera ilegal.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n se expuso durante el juicio, sus relaciones sentimentales terminaron con denuncias por malos tratos y una de sus exparejas asegur&oacute; que tuvo que trasladarse a Lanzarote, donde reside actualmente.
    </p><p class="article-text">
        Entre las personas cuyos datos fueron consultados figuran asimismo una hermana de una de sus parejas y el propietario de una vivienda que &eacute;sta ten&iacute;a alquilada. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[EFE]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/prision-agente-guardia-civil-destinado-tenerife-acceder-datos-sensibles-exparejas_1_13385955.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 16 Jul 2026 14:58:06 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Prisión para un agente de la Guardia Civil destinado en Tenerife por acceder a datos sensibles de sus exparejas]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Una plataforma petrolífera deberá pagar 2,8 millones a una remolcadora del puerto de Granadilla]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/plataforma-petrolifera-pagar-millones-remolcadora-puerto-granadilla-tenerife_1_13385879.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/de4492ef-77b4-4297-8065-0cce6aae59cd_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Una plataforma petrolífera deberá pagar 2,8 millones a una remolcadora del puerto de Granadilla"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La empresa demandante reclamaba el abono de servicios que se consideran esenciales para garantizar la seguridad de estas grandes estructuras de más de cincuenta toneladas, cuyos propietarios se negaban a pagarlos alegando que las tarifas eran abusivas y resultado de una posición de dominio</p></div><p class="article-text">
        El<strong> Tribunal Supremo</strong> (TS) ha rechazado anular la condena impuesta a finales de 2025 a una compa&ntilde;&iacute;a propietaria de dos <strong>plataformas petrol&iacute;feras </strong>que la obligaba a pagar 2,8 millones de euros a una remolcadora que prest&oacute; sus servicios en el <strong>puerto de Granadilla </strong>en 2017 y 2018.
    </p><p class="article-text">
        La entidad present&oacute; un incidente de nulidad contra la &uacute;ltima sentencia poniendo sobre la mesa otros pronunciamientos judiciales que consideran similares al suyo y que vendr&iacute;an a ratificar su postura, lo que es descartado por el TS al no encontrar similitudes sino m&aacute;s bien imprecisiones en sus alegatos.
    </p><p class="article-text">
        S&iacute; le da raz&oacute;n a la propietaria de las plataformas en cuanto a que hubo un error material en las fechas en las que se prest&oacute; el servicio, que fue desde noviembre de 2017 a febrero de 2018 y no de esta &uacute;ltima fecha hasta junio, como se manten&iacute;a hasta ahora, lo que no cambiar&iacute;a el sentido de la sentencia.
    </p><p class="article-text">
        La recurrente argument&oacute; que el TS no deb&iacute;a haber variado los pronunciamientos que siempre hab&iacute;an sido a su favor hasta finales del pasado a&ntilde;o, cuando se emiti&oacute; un fallo basado en &ldquo;apreciaciones f&aacute;cticas que no se sustentan en los hechos probados&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La empresa remolcadora reclamaba el abono de servicios que se consideran esenciales para garantizar la seguridad de estas grandes estructuras de m&aacute;s de cincuenta toneladas, cuyos propietarios se negaban a pagarlos alegando que las tarifas eran abusivas y resultado de una posici&oacute;n de dominio.
    </p><p class="article-text">
        En primera instancia un Juzgado de lo mercantil de Santa Cruz de Tenerife dict&oacute; una sentencia en contra de los intereses de la remolcadora que fue confirmado por la Audiencia Provincial, donde se ratific&oacute; que el precio no estaba debidamente justificado en el pliego de condiciones del puerto.
    </p><p class="article-text">
        Pero a continuaci&oacute;n el TS, a finales del pasado a&ntilde;o, anul&oacute; los pronunciamientos anteriores poni&eacute;ndose del lado de la empresa remolcadora y consider&oacute; que los precios de la Autoridad Portuaria son de obligado cumplimiento, hasta que sean impugnados en la v&iacute;a administrativa.
    </p><p class="article-text">
        El &uacute;ltimo fallo del TS dividi&oacute; las condenas en dos distintas de 1,4 millones cada una a otras tantas empresas del mismo grupo, m&aacute;s los intereses, lo que incrementar&aacute; de forma notable la factura finales dado que este litigio se extiende ya desde finales de 2017 que fue cuando se prest&oacute; el servicio de remolque. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[EFE]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/plataforma-petrolifera-pagar-millones-remolcadora-puerto-granadilla-tenerife_1_13385879.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 16 Jul 2026 14:18:37 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Una plataforma petrolífera deberá pagar 2,8 millones a una remolcadora del puerto de Granadilla]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Puerto de Granadilla,Tenerife,Tribunal Supremo,Plataformas petrolíferas]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Fiscalía pide nueve y seis años de prisión a los dos acusados por agredir sexualmente a una menor en Tenerife]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/fiscalia-pide-nueve-seis-anos-prision-acusados-agredir-sexualmente-menor-fiesta-tenerife_1_13374974.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/3fb98ea6-6076-4200-be6c-99fba3472a14_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Fiscalía pide nueve y seis años de prisión a los dos acusados por agredir sexualmente a una menor en Tenerife"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El juicio tendrá lugar el próximo 15 de julio, a las 9.30 horas, en la Sección II de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife</p></div><p class="article-text">
        La <strong>Fiscal&iacute;a Provincial de Santa Cruz de Tenerife</strong> ha pedido una pena de<strong> nueve y seis a&ntilde;os de prisi&oacute;n</strong>, respectivamente, para los dos acusados de <strong>agredir sexualmente a una menor</strong> de edad durante una fiesta privada en Tenerife.
    </p><p class="article-text">
        El escrito se&ntilde;ala que la v&iacute;ctima, menor de edad, acudi&oacute; a una fiesta que se celebraba en una casa cueva en la isla. El inmueble era propiedad de uno de los acusados y a su vez progenitor de su amigo.
    </p><p class="article-text">
        Despu&eacute;s del d&iacute;a de fiesta, un grupo de los asistentes se dispuso a dormir, pero la v&iacute;ctima, seg&uacute;n recoge el testimonio, no ten&iacute;a suficiente espacio y se traslad&oacute; a otra habitaci&oacute;n en la casa, donde permanec&iacute;a uno de los acusados.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n recoge la Fiscal&iacute;a en su escrito, una vez all&iacute;, le propuso sentarse junto a &eacute;l a beber. M&aacute;s tarde, y con &aacute;nimo libidoso, la habr&iacute;a agredido sexualmente a pesar de su estado de somnolencia debido a la ingesta de alcohol.
    </p><p class="article-text">
        Finalmente, la v&iacute;ctima consigui&oacute; salir de la habitaci&oacute;n y se traslad&oacute; a otra de las habitaciones de la casa, a donde m&aacute;s tarde accedi&oacute; el presunto segundo agresor, quien le pidi&oacute; que le acompa&ntilde;ara al ba&ntilde;o, donde la agredi&oacute; sexualmente.
    </p><p class="article-text">
        A consecuencia de estos hechos, denunciados por la madre de la menor, la v&iacute;ctima sufrir&iacute;a hoy estr&eacute;s postraum&aacute;tico, baja autoestima e inseguridad, as&iacute; como s&iacute;ntomas de depresi&oacute;n y ansiedad, adem&aacute;s de s&iacute;ntomas som&aacute;ticos.
    </p><p class="article-text">
        Para el primero de los acusados, la Fiscal&iacute;a pide para &eacute;l nueve a&ntilde;os de prisi&oacute;n, m&aacute;s ocho a&ntilde;os de libertad vigilada y una indeminzaci&oacute;n de 18.000 euros por los da&ntilde;os morales causados. Para el segundo, pide seis a&ntilde;os de prisi&oacute;n, cinco a&ntilde;os de libertad vigilada y 10.000 euros de indeminizaci&oacute;n a la v&iacute;ctima.
    </p><p class="article-text">
        El juicio tendr&aacute; lugar el pr&oacute;ximo 15 de julio, a las 9.30 horas, en la Secci&oacute;n II de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Europa Press]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/fiscalia-pide-nueve-seis-anos-prision-acusados-agredir-sexualmente-menor-fiesta-tenerife_1_13374974.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sun, 12 Jul 2026 17:47:47 +0000]]></pubDate>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El acusado por el crimen de Tabaiba, en Tenerife,  insiste en su inocencia y dice que fue engañado]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/acusado-crimen-tabaiba-tenerife-insiste-inocencia-dice-enganado_1_13337651.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/6c619461-98d6-43e2-8ce5-ca2c95cae9b9_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El acusado por el crimen de Tabaiba, en Tenerife,  insiste en su inocencia y dice que fue engañado"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">En el juicio celebrado hace un año por este asesinato, el acusado quedó absuelto pero luego el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) anuló la sentencia al creer que no estaba suficientemente justificado el veredicto, de modo que se enfrenta a una petición de penas por parte de la Fiscalía de 25 años de cárcel y el pago de 150.000 euros</p><p class="subtitle">Se repite el juicio por el crimen de Tabaiba con otro tribunal de jurado
</p></div><p class="article-text">
        El acusado del crimen de Tabaiba, Antonio J. ha insistido este viernes en la sexta sesi&oacute;n del juicio en mantener su inocencia y ha dicho que fue llevado al apartamento de El Rosario donde tuvo lugar el crimen, en 2023, enga&ntilde;ado por el considerado organizador de la trama, To&ntilde;o, quien ese mismo d&iacute;a se quit&oacute; la vida.
    </p><p class="article-text">
        Ha recordado que lo hab&iacute;a conocido unos meses antes porque quer&iacute;a montar con &eacute;l unas empresas y que tambi&eacute;n le pidi&oacute; ayuda para cobrar dinero de deudas, tarea que hab&iacute;a llevado a cabo varias veces pero sin recurrir nunca a la violencia.
    </p><p class="article-text">
        En las fechas previas To&ntilde;o insist&iacute;a en que una persona hab&iacute;a golpeado a un familiar suyo menor de edad y lo hab&iacute;a dejado en silla de ruedas por lo que le hab&iacute;a pedido que le ayudara a vengarse, a lo que &eacute;l se mostr&oacute; de acuerdo y por ello quedaron en traerlo a su casa en G&uuml;&iacute;mar.
    </p><p class="article-text">
        Pero aquel martes de Carnaval, seg&uacute;n lo que ha apuntado durante el juicio, el objetivo era cobrar una cantidad en el apartamento de To&ntilde;o en Tabaiba y para ello estuvieron hablando por el m&oacute;vil durante todo el d&iacute;a y lo fue a buscar a su casa sobre las cinco de la tarde.
    </p><p class="article-text">
        Durante su testimonio, Antonio J. ha intentado desmontar la versi&oacute;n ofrecida el d&iacute;a antes por el ya condenado en aspectos como que jam&aacute;s us&oacute; guantes o que nunca habl&oacute; de haber asesinado y descuartizado a otra persona y justific&oacute; que no acudiera a la polic&iacute;a porque eran carnavales y su abogada no lo pudo atender.
    </p><p class="article-text">
        Fue rotundo al se&ntilde;alar que en ning&uacute;n momento se plante&oacute; que iban a matar a nadie, que s&oacute;lo se trataba de cobrar una deuda sin violencia como otras ocasiones y luego pensaban ver un partido de f&uacute;tbol.
    </p><p class="article-text">
        En el juicio celebrado hace un a&ntilde;o por este asesinato, el acusado qued&oacute; absuelto pero luego el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) anul&oacute; la sentencia al creer que no estaba suficientemente justificado el veredicto, de modo que se enfrenta a una petici&oacute;n de penas por parte de la Fiscal&iacute;a de 25 a&ntilde;os de c&aacute;rcel y el pago de 150.000 euros.
    </p><p class="article-text">
        En la sesi&oacute;n de hoy intervinieron los forenses, que dictaminaron que la muerte de la v&iacute;ctima se debi&oacute; a siete fuertes golpes que recibi&oacute; en la cabeza que causaron &ldquo;un traumatismo severo&rdquo;, de manera que la muerte no se hubiera podido evitar ni en un hospital.
    </p><p class="article-text">
        Las heridas, a&ntilde;adieron, fueron causadas por un objeto duro y contundente compatible con una vara de hierro alargada o una patacabra, como se hab&iacute;a planteado en sesiones anteriores.&nbsp;
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[EFE]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/acusado-crimen-tabaiba-tenerife-insiste-inocencia-dice-enganado_1_13337651.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 26 Jun 2026 18:22:56 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El acusado por el crimen de Tabaiba, en Tenerife,  insiste en su inocencia y dice que fue engañado]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Prisión sin fianza para uno de los detenidos por la muerte violenta de un turista inglés en Tenerife]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/prision-fianza-detenidos-muerte-violenta-turista-ingles-tenerife_1_13334448.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/05576bac-d38e-46ae-a97a-22c7c772e0ef_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Prisión sin fianza para uno de los detenidos por la muerte violenta de un turista inglés en Tenerife"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Los otros dos detenidos han quedado en libertad provisional como presuntos autores de complicidad o cooperación necesaria en un delito de tentativa de robo con violencia</p></div><p class="article-text">
        El juzgado de guardia en Arona ha acordado este jueves el ingreso en prisi&oacute;n provisional comunicada y sin fianza de uno de los tres detenidos por su supuesta relaci&oacute;n con la muerte violenta de un turista ingl&eacute;s en Tenerife como presunto autor de un delito de homicidio.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), a esta persona se le atribuyen adem&aacute;s los delitos de lesiones leves, en referencia a las sufridas por la mujer del fallecido, y un tercero de tentativa de robo con violencia.
    </p><p class="article-text">
        Los otros dos detenidos han quedado en libertad provisional como presuntos autores de complicidad o cooperaci&oacute;n necesaria en un delito de tentativa de robo con violencia, ha a&ntilde;adido el TSJC.
    </p><p class="article-text">
        No obstante, se ha impuesto a uno de ellos la obligaci&oacute;n de presentarse peri&oacute;dicamente en el juzgado.
    </p><p class="article-text">
        La Polic&iacute;a Nacional detuvo el 23 de junio a tres personas relacionadas con el asalto a un matrimonio de turistas brit&aacute;nicos en el sur de Tenerife, en el que el var&oacute;n, de 88 a&ntilde;os, acab&oacute; falleciendo dos d&iacute;as m&aacute;s tarde, seg&uacute;n informaron a EFE fuentes de la Comisar&iacute;a provincial.
    </p><p class="article-text">
        Los hechos se produjeron en la tarde noche del mi&eacute;rcoles de la pasada semana en la zona de Los Cristianos, cuando el matrimonio fue asaltado y el var&oacute;n sufri&oacute; una ca&iacute;da, fruto del forcejeo, y se golpe&oacute; en la cabeza.
    </p><p class="article-text">
        El personal sanitario que lo atendi&oacute; lo encontr&oacute; en parada cardiorrespiratoria, si bien lo pudo estabilizar y trasladar en ambulancia a un centro hospitalario, donde falleci&oacute; dos d&iacute;as m&aacute;s tarde.
    </p><p class="article-text">
        La investigaci&oacute;n de estos hechos corre a cargo del grupo de la brigada de Polic&iacute;a Judicial del sur de Tenerife.&nbsp;
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[EFE]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/prision-fianza-detenidos-muerte-violenta-turista-ingles-tenerife_1_13334448.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 25 Jun 2026 18:26:07 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Prisión sin fianza para uno de los detenidos por la muerte violenta de un turista inglés en Tenerife]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Audiencia de Santa Cruz de Tenerife ratifica la condena a un médico por la muerte de una paciente al no pautar pruebas para su diagnóstico]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/audiencia-santa-cruz-tenerife-ratifica-condena-medico-muerte-paciente-la-gomera_1_13324599.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/56783e19-1e06-48f5-9f18-164229bb7f66_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Audiencia de Santa Cruz de Tenerife ratifica la condena a un médico por la muerte de una paciente al no pautar pruebas para su diagnóstico"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El facultativo, acusado de homicidio por imprudencia grave, atendió durante nueve minutos a la mujer, que presentaba factores de riesgo coronario, obesidad, hipercoloesterol, era hipertensa y diabetes y en varias ocasiones había sido atendida por dolores torácicos, por lo que el hospital contaba con su historial médico desde 2004</p></div><p class="article-text">
        La <strong>Audiencia provincial de Santa Cruz de Tenerife </strong>ha ratificado la pena impuesta a un <strong>m&eacute;dico del hospital de La Gomera</strong> acusado de homicidio por <strong>imprudencia grave </strong>a cumplir seis meses de c&aacute;rcel e inhabilitaci&oacute;n para ejercer durante otros 18 meses.
    </p><p class="article-text">
        El facultativo lleg&oacute; a un acuerdo con la familia por el que la aseguradora pag&oacute; 270.000 euros aunque ahora se anulan las atenuantes de reparaci&oacute;n del da&ntilde;o y de dilaciones indebidas, en el primer caso porque el pago no lo hizo el m&eacute;dico y en el segundo porque no se aprecian especiales retrasos en el proceso.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n la sentencia, la v&iacute;ctima era una mujer de 56 a&ntilde;os que presentaba factores de riesgo coronario, obesidad, hipercoloesterol, era hipertensa y diabetes y en varias ocasiones hab&iacute;a sido atendida por dolores tor&aacute;cicos, por lo que el hospital contaba con su historial m&eacute;dico desde 2004.
    </p><p class="article-text">
        El 4 de febrero de 2018 la mujer ten&iacute;a un dolor leve en el pecho que aumentaba al agacharse, que se agrav&oacute; dos d&iacute;as despu&eacute;s por lo que su hija decidi&oacute; llevarla al Hospital donde ingres&oacute; sobre las 00:30 horas del 7 febrero de 2018, con fiebre, hipertensi&oacute;n y taquicardia.
    </p><p class="article-text">
        La paciente fue admitida en urgencias y dada de alta apenas 12 minutos despu&eacute;s por lo que estuvo menos de 3 minutos en enfermer&iacute;a, durante los cuales se prepar&oacute; el protocolo y se concluy&oacute; que su dolencia no revest&iacute;a gravedad.
    </p><p class="article-text">
        Por ello, se la mand&oacute; al pasillo donde estuvo esperando para ser atendida hasta que lo hizo el m&eacute;dico durante otros nueve minutos, tiempo insuficiente para valorar esta dolencia, seg&uacute;n el fallo.
    </p><p class="article-text">
        En la sentencia se recoge que la mujer estaba muy cansada y cuando fue atendida por el procesado no se le realiz&oacute; ni paut&oacute; prueba complementaria, ni anal&iacute;tica, ni un electrocardiograma, radiograf&iacute;as, ni se valor&oacute; sus antecedentes m&eacute;dicos.
    </p><p class="article-text">
        El diagn&oacute;stico fue que sufr&iacute;a dolores de los huesos y m&uacute;sculos por lo que, se le inyect&oacute; un calmante, prescribi&oacute; paracetamol, fue enviada a casa y se le recomend&oacute; que fuera tratada por su m&eacute;dico de cabecera y regresara a urgencias si empeoraba por lo que volvi&oacute; a su domicilio, aun con dolores.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;La ausencia del m&iacute;nimo cuidado y atenci&oacute;n m&aacute;s elemental en la profesi&oacute;n por parte del m&eacute;dico de guardia acusado, impidi&oacute; que la paciente pudiera ser reconocida y valorada por el especialista en cardiolog&iacute;a&rdquo; se&ntilde;ala el fallo.
    </p><p class="article-text">
        La mujer sigui&oacute; sufriendo malestar general, fiebre, taquicardia, palidez y signos de congesti&oacute;n pulmonar, por lo que a las ocho de la ma&ntilde;ana volvi&oacute; al Hospital a donde lleg&oacute; en ambulancia dado que hab&iacute;a perdido la conciencia.
    </p><p class="article-text">
        En ese momento el m&eacute;dico que la atendi&oacute; diagnostic&oacute; un posible infarto agudo de miocardia y dado que el acusado segu&iacute;a all&iacute;, al ver el resultado del electrocardiograma lleg&oacute; a la misma conclusi&oacute;n que confirm&oacute; el cardi&oacute;logo.
    </p><p class="article-text">
        Por ello, se decidi&oacute; trasladarla en helic&oacute;ptero al hospital de La Candelaria en Tenerife pero mientras esperaba se desaconsej&oacute; llevarla al helipuerto y fue sedada e intubada falleciendo pocas horas despu&eacute;s.
    </p><p class="article-text">
        Las sucesivas sentencias consideran que con un adecuado tratamiento la noche anterior habr&iacute;a muchas posibilidades de que sobreviviera por lo que el facultativo fue acusado de homicidio por imprudencia grave.
    </p><p class="article-text">
        Finalmente, tras el acuerdo extrajudicial que consisti&oacute; en el pago por parte de la compa&ntilde;&iacute;a de seguros de 270.000 euros, los familiares desistieron de continuar con las acciones judiciales.
    </p><p class="article-text">
        La Fiscal&iacute;a mantuvo la acusaci&oacute;n por lo que se impuso la mencionada condena que al ser recurrida ante la Audiencia ha tenido como resultado que se anulen los atenuantes sin que afecte a la duraci&oacute;n de la pena de prisi&oacute;n e inhabilitaci&oacute;n. EFE
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[EFE]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/audiencia-santa-cruz-tenerife-ratifica-condena-medico-muerte-paciente-la-gomera_1_13324599.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 22 Jun 2026 17:33:26 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Audiencia de Santa Cruz de Tenerife ratifica la condena a un médico por la muerte de una paciente al no pautar pruebas para su diagnóstico]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Un hombre acepta diez años de cárcel por matar a otro hombre en Tenerife y pagará 180.000 euros al hijo de la víctima]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/hombre-acepta-diez-carcel-matar-hombre-tenerife-pagar-180-000-euros-hijo-victima_1_13320177.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/9bc54a1c-119c-4315-97b1-5e892578ceee_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Un hombre acepta diez años de cárcel por matar a otro hombre en Tenerife y pagará 180.000 euros al hijo de la víctima"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La condena también incluye que el acusado no podrá comunicarse con la familia del fallecido durante 14 años ni acercarse a menos de 500 metros una vez que salga de prisión</p></div><p class="article-text">
        Un hombre acusado de la muerte de otro en el barrio de San Mat&iacute;as, en Santa Cruz de Tenerife, ha aceptado una condena de diez a&ntilde;os de prisi&oacute;n y a pagar 180.000 euros al hijo de la v&iacute;ctima.
    </p><p class="article-text">
        La condena tambi&eacute;n incluye que el acusado no podr&aacute; comunicarse con la familia del fallecido durante 14 a&ntilde;os ni acercarse a menos de 500 metros una vez que salga de prisi&oacute;n y se acepta la expulsi&oacute;n del territorio nacional cuando cumpla 7,5 a&ntilde;os de la pena en Espa&ntilde;a a condici&oacute;n de que no vuelva al pa&iacute;s durante diez a&ntilde;os.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n la sentencia, el acusado de 38 a&ntilde;os llevaba unos ocho meses viviendo en una casa abandonada cuando sobre las 20 horas del 27 de febrero de 2025, se encontr&oacute; con la v&iacute;ctima de 30 a&ntilde;os en la calle y empez&oacute; una discusi&oacute;n verbal hasta que el procesado utiliz&oacute; un cuchillo de 21 cent&iacute;metros de largo y 10 de ancho.
    </p><p class="article-text">
        Con esta arma asest&oacute; una &ldquo;sola, r&aacute;pida y violenta cuchillada&rdquo; en el cuello que produjo una herida mortal.
    </p><p class="article-text">
        Tras ser detenido el acusado entr&oacute; en prisi&oacute;n provisional el 30 de enero hasta que se emiti&oacute; este fallo a puerta cerrada cuyo contenido ha sido dado a conocer ahora por lo que al aceptar el procesado la pena por conformidad se evit&oacute; la celebraci&oacute;n de un juicio con jurado.
    </p><p class="article-text">
        Pese a este episodio violento, el hombre sin recursos estaba plenamente integrado en el barrio y despu&eacute;s de estar un tiempo durmiendo en un solar comenz&oacute; a ocupar una vivienda.
    </p><p class="article-text">
        Los vecinos resaltaron su comportamiento tranquilo, algunos le daban ropa, comida, agua y permit&iacute;an que cargara el tel&eacute;fono y ba&ntilde;ara en un recinto cercano y aseguran que ten&iacute;an que ser ellos lo que se acercaran a su vivienda porque &eacute;l era incapaz de ir a las suyas.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, un par de semanas antes del suceso el otro joven comenz&oacute; a quedarse tambi&eacute;n en el inmueble hasta que en un momento dado el procesado quiso echarlo, lo que dio lugar a esta disputa.&nbsp;
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[EFE]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/hombre-acepta-diez-carcel-matar-hombre-tenerife-pagar-180-000-euros-hijo-victima_1_13320177.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sat, 20 Jun 2026 11:55:26 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Un hombre acepta diez años de cárcel por matar a otro hombre en Tenerife y pagará 180.000 euros al hijo de la víctima]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Prisión para un empresario de Granadilla de Abona por agredir sexualmente a tres trabajadoras]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/prision-empresario-granadilla-abona-agredir-sexualmente-tres-trabajadoras_1_13306828.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/0f9b8cd8-c4a5-41fc-964c-c88f11ba8783_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Prisión para un empresario de Granadilla de Abona por agredir sexualmente a tres trabajadoras"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El acusado reconoció aprovecharse del miedo de una de las víctimas a perder su empleo y realizó tocamientos reiterados en el establecimiento, lo que derivó en que la mujer solicitara una baja laboral por ansiedad. Posteriormente, llevó a cabo conductas similares con las otras dos empleadas</p><p class="subtitle">Condenado a seis años de cárcel por agredir sexualmente a una menor a la que conoció por redes sociales
</p></div><p class="article-text">
        El <strong>due&ntilde;o de un negocio</strong> situado en la localidad de San Isidro, en el municipio tinerfe&ntilde;o de <strong>Granadilla de Abona</strong>, ha sido condenado por la Audiencia Provincial a tres a&ntilde;os y dos meses de prisi&oacute;n y al pago de 43.600 euros por tres delitos de <strong>agresi&oacute;n sexual </strong>cometidos contra tres trabajadoras, dos de ellos de car&aacute;cter continuado.
    </p><p class="article-text">
        Por los hechos cometidos contra las dos primeras v&iacute;ctimas, el tribunal le ha impuesto un a&ntilde;o y tres meses de c&aacute;rcel por cada una, mientras que por la tercera agresi&oacute;n ha sido condenado a seis meses de prisi&oacute;n, adem&aacute;s del abono de 25.000, 18.650 y 6.200 euros, respectivamente, en concepto de responsabilidad civil.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n los hechos probados, el acusado reconoci&oacute; que, desde finales de 2022 hasta noviembre de 2023, se aprovech&oacute; del miedo de una de las v&iacute;ctimas a perder su empleo y realiz&oacute; tocamientos reiterados en el establecimiento, lo que deriv&oacute; en que la mujer solicitara una baja laboral por ansiedad.
    </p><p class="article-text">
        Posteriormente, llev&oacute; a cabo conductas similares con otra trabajadora, que tambi&eacute;n sufri&oacute; crisis de angustia, y m&aacute;s tarde actu&oacute; de la misma manera con una tercera empleada, que comenz&oacute; a evitar al acusado y fue despedida poco despu&eacute;s.
    </p><p class="article-text">
        Las dos primeras v&iacute;ctimas denunciaron los hechos ante la Guardia Civil el 30 de noviembre de 2023.
    </p><p class="article-text">
        La Fiscal&iacute;a solicitaba inicialmente que el procesado indemnizara a las v&iacute;ctimas con 40.000 euros (20.000 para la primera, 15.000 para la segunda y 5.000 para la tercera) y que se le impusieran las mismas penas de prisi&oacute;n que finalmente han sido ratificadas. Antes del juicio, el encausado consign&oacute; 50.000 euros en el juzgado.
    </p><p class="article-text">
        Durante la vista oral, el empresario acept&oacute; su responsabilidad penal.
    </p><p class="article-text">
        El tribunal apreci&oacute; la atenuante de dilaciones indebidas y le impuso la prohibici&oacute;n de aproximarse a las denunciantes a menos de 500 metros y de comunicarse con ellas durante tres a&ntilde;os y medio, plazo que se eleva a cinco a&ntilde;os y medio en el caso de la tercera v&iacute;ctima.
    </p><p class="article-text">
        La sentencia establece adem&aacute;s que el condenado no ingresar&aacute; en prisi&oacute;n si no delinque durante los pr&oacute;ximos cuatro a&ntilde;os y cumple con el pago &iacute;ntegro de la responsabilidad civil, inferior a la cantidad ya depositada en el juzgado.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[EFE]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/prision-empresario-granadilla-abona-agredir-sexualmente-tres-trabajadoras_1_13306828.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 15 Jun 2026 18:19:50 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Prisión para un empresario de Granadilla de Abona por agredir sexualmente a tres trabajadoras]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Supremo reconoce el derecho de una madre soltera de Tenerife a tener diez semanas más de baja para el cuidado de sus hijos]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/supremo-reconoce-derecho-madre-soltera-tenerife-diez-semanas-cuidado-hijos_1_13279306.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/777ac4f3-15a0-49e0-bbfb-7709e6ae2ddf_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Supremo reconoce el derecho de una madre soltera de Tenerife a tener diez semanas más de baja para el cuidado de sus hijos"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El año pasado el Consejo de Ministros aprobó una nueva ampliación duplicando esta prestación hasta las 32 semanas, solo para los casos de bebés nacidos a partir de agosto de 2024, de esa fecha en adelante pueden también hacer uso de la misma, pero sólo hasta las 26

</p></div><p class="article-text">
        El Tribunal Supremo ha reconocido por tercera vez en pocos meses el <strong>derecho</strong> de una <strong>madre soltera</strong> tinerfe&ntilde;a a disfrutar de diez semanas pagadas adicionales de permiso para el <strong>cuidado de sus dos hijos</strong> nacidos en 2022, adem&aacute;s de las 16 que le correspond&iacute;an legalmente en aquel momento.
    </p><p class="article-text">
        El resultado del fallo judicial implica que la mujer dispondr&aacute; de un total de 26 semanas, de las que 16 son su permiso natural, m&aacute;s diez adicionales que hubiesen correspondido al otro progenitor.
    </p><p class="article-text">
        El a&ntilde;o pasado el Consejo de Ministros aprob&oacute; una nueva ampliaci&oacute;n duplicando esta prestaci&oacute;n hasta las 32 semanas, siempre y cuando los ni&ntilde;os hubiesen nacido a partir del mes de agosto de 2024, por lo que estas madres quedaron excluidas de esta ampliaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Los fallos determinan que otros progenitores en situaciones de monoparentalidad que antes de 2024 acudieron a los tribunales reclamando este derecho puedan ahora hacer uso del mismo pero s&oacute;lo hasta 26 semanas no 32.
    </p><p class="article-text">
        La nueva sentencia se fundamenta en el inter&eacute;s superior del menor y busca evitar la discriminaci&oacute;n de los hijos de familias monoparentales al considerar el Supremo que si en una familia biparental el cuidado del hijo se reparte entre dos progenitores, en una monoparental el menor tiene derecho al mismo cuidado.
    </p><p class="article-text">
        Tal y como ocurri&oacute; en los anteriores casos en primera instancia un Juzgado dio la raz&oacute;n a la madre pero luego la Seguridad Social recurri&oacute; el fallo ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que lo anul&oacute;.
    </p><p class="article-text">
        A continuaci&oacute;n la mujer recurri&oacute; al Supremo por medio de un recurso de unificaci&oacute;n de doctrina y apel&oacute; a una resoluci&oacute;n de los tribunales de Catalu&ntilde;a que se pronunciaba en otro sentido, tal y como ocurri&oacute; en los otros dos casos conocidos de la isla.
    </p><p class="article-text">
        Durante esta tramitaci&oacute;n judicial, el Tribunal Constitucional (TC) declar&oacute; que la prohibici&oacute;n de que las familias monoparentales disfruten de los mismos derechos que las restantes es inconstitucional al considerar que de lo contrario se estar&iacute;a ante una discriminaci&oacute;n.&nbsp;
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[EFE]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/supremo-reconoce-derecho-madre-soltera-tenerife-diez-semanas-cuidado-hijos_1_13279306.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 05 Jun 2026 13:41:47 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El Supremo reconoce el derecho de una madre soltera de Tenerife a tener diez semanas más de baja para el cuidado de sus hijos]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Un hombre se enfrenta a cuatro años de cárcel por la tenencia de grandes cantidades de billetes falsos en Tenerife]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/hombre-carcel-tenencia-billetes-falsos-tenerife_1_13272901.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/c4c76935-f72b-46ef-8be1-15536a68dc0f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Un hombre se enfrenta a cuatro años de cárcel por la tenencia de grandes cantidades de billetes falsos en Tenerife"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El acusado circulaba en su vehículo cuando fue sorprendido con una caja en el maletero, cuya finalidad, según el Ministerio Fiscal, era su puesta en circulación</p></div><p class="article-text">
        La&nbsp;<strong>Fiscal&iacute;a</strong>&nbsp;Provincial de <strong>Santa Cruz de Tenerife </strong>acusa a un hombre del presunto <strong>delito</strong> de <strong>tenencia de moneda falsa</strong>, por el que pide cuatro a&ntilde;os de prisi&oacute;n, adem&aacute;s de una multa equivalente al triple del dinero intervenido, que ascend&iacute;a a 320 euros, por lo que la cantidad total ser&iacute;a de 960 euros.
    </p><p class="article-text">
        En caso de que finalmente se considere que se trata de un delito leve por el mismo concepto, el Ministerio P&uacute;blico aceptar&iacute;a el pago de una multa de 900 euros.
    </p><p class="article-text">
        El acusado circulaba en su veh&iacute;culo cuando fue sorprendido con una caja en el maletero en la que llevaba once billetes de 20 euros y diez de 10 euros, lo que sumaba la citada cantidad.
    </p><p class="article-text">
        Tal y como se demostr&oacute; posteriormente, la totalidad del dinero era inaut&eacute;ntica y de origen no identificado y la finalidad del encausado, seg&uacute;n el Ministerio Fiscal, era su puesta en circulaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        El juicio tendr&aacute; lugar el pr&oacute;ximo 9 de junio en la sede de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.
    </p><p class="article-text">
        En caso de celebrarse la vista, han sido citados a declarar los agentes de la Polic&iacute;a que actuaron en el momento de los hechos, as&iacute; como peritos del Centro Nacional de An&aacute;lisis de Falsificaciones (CNAF), que elaboraron un informe ratificando que los billetes eran falsos, adem&aacute;s del propio acusado.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[EFE]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/hombre-carcel-tenencia-billetes-falsos-tenerife_1_13272901.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 03 Jun 2026 15:27:26 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Un hombre se enfrenta a cuatro años de cárcel por la tenencia de grandes cantidades de billetes falsos en Tenerife]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Justicia reconoce como accidente laboral la colisión en coche que sufrió un policía nacional con el tranvía de Santa Cruz de Tenerife]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/justicia-reconoce-accidente-laboral-colision-coche-sufrio-policia-nacional-tranvia-santa-cruz-tenerife_1_13262427.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/f42b070b-709f-489d-b123-f531a783ea35_16-9-discover-aspect-ratio_default_1113506.jpg" width="1161" height="653" alt="La Justicia reconoce como accidente laboral la colisión en coche que sufrió un policía nacional con el tranvía de Santa Cruz de Tenerife"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El tribunal reconoce el derecho del policía a las correspondientes consecuencias económicas y administrativas derivadas de que el percance esté relacionado con su actividad profesional</p><p class="subtitle">La Justicia reconoce como acto de servicio el accidente de tráfico de una policía nacional cuando regresaba a su casa en Canarias
</p></div><p class="article-text">
        El <strong>Tribunal Superior de Justicia de Madrid</strong> (TSJM) ha confirmado que el <strong>accidente</strong> que sufri&oacute; un agente de la<strong> Polic&iacute;a Nacional</strong> el 13 de mayo de 2021, tras colisionar en coche con el tranv&iacute;a cerca de la parada Cruz del Se&ntilde;or, en Santa Cruz, tiene<strong> car&aacute;cter laboral</strong>, pues el funcionario se dirig&iacute;a a su puesto de trabajo.
    </p><p class="article-text">
        En consecuencia, el tribunal reconoce el derecho del polic&iacute;a a las correspondientes consecuencias econ&oacute;micas y administrativas derivadas de que el percance est&eacute; relacionado con su actividad profesional.
    </p><p class="article-text">
        En un principio, la Jefatura de la Divisi&oacute;n de Personal de la Direcci&oacute;n General de la Polic&iacute;a acord&oacute; que las lesiones sufridas no ten&iacute;an la consideraci&oacute;n de causadas en acto de servicio o con ocasi&oacute;n del mismo.
    </p><p class="article-text">
        A ra&iacute;z del choque, al agente se le diagnostic&oacute; una &ldquo;contusi&oacute;n de hombro izquierdo con tendinitis postraum&aacute;tica y cervicalgia postraum&aacute;tica&rdquo;, por lo que estuvo de baja m&eacute;dica desde el 13 de mayo de 2021 hasta el 28 de abril de 2022.
    </p><p class="article-text">
        El accidente del efectivo, adscrito a la Unidad Central de Repatriaciones, tuvo lugar a las 15:15 horas, cuando se dirig&iacute;a a cumplir su turno de tarde, que comenzaba a las 15:30, y conduc&iacute;a un veh&iacute;culo alquilado con el que atravesaba el cruce de la avenida Islas Canarias con la avenida de Venezuela.
    </p><p class="article-text">
        En ese momento, fue golpeado en el lateral izquierdo por un tranv&iacute;a y arrastrado hasta impactar contra un poste, por lo que tuvo que ser asistido en el servicio de urgencias del hospital del seguro concertado para los agentes.
    </p><p class="article-text">
        El polic&iacute;a recurri&oacute; a los tribunales para reclamar que se declarase que las lesiones sufridas se produjeron durante la prestaci&oacute;n de sus servicios profesionales, en el trayecto al lugar de trabajo.
    </p><p class="article-text">
        La controversia surgi&oacute; porque la Administraci&oacute;n est&aacute; obligada a resarcir econ&oacute;micamente al funcionario que sufra da&ntilde;os en acto de servicio, siempre que no medien dolo, negligencia o impericia, y que las lesiones est&eacute;n directamente relacionadas con las incidencias del trabajo y no se deban a una &ldquo;pura circunstancia temporal&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        El expediente de averiguaci&oacute;n de causas concluy&oacute; inicialmente que el incidente no se produjo en acto de servicio y que podr&iacute;a haberse evitado con una conducci&oacute;n &ldquo;prudente y segura&rdquo;, al atribuirlo a &ldquo;falta de atenci&oacute;n y exceso de confianza&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        El TSJM recuerda, sin embargo, que los accidentes son por su propia naturaleza imprevisibles y que, en este caso, el siniestro se produjo en &ldquo;un punto cr&iacute;tico&rdquo;, con antecedentes de percances similares, hasta el punto de que cinco d&iacute;as despu&eacute;s se registr&oacute; otro accidente en el que tambi&eacute;n se vio implicado el tranv&iacute;a.
    </p><p class="article-text">
        El reconocimiento de las pretensiones del agente es parcial, al no incluir una luxaci&oacute;n diagnosticada en junio de 2021, que prolong&oacute; su baja hasta abril de 2022.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[EFE]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/justicia-reconoce-accidente-laboral-colision-coche-sufrio-policia-nacional-tranvia-santa-cruz-tenerife_1_13262427.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sat, 30 May 2026 10:19:27 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Justicia reconoce como accidente laboral la colisión en coche que sufrió un policía nacional con el tranvía de Santa Cruz de Tenerife]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Supremo ratifica los 14 años de cárcel para un hombre acusado de abusar de dos nietas en Tenerife]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/supremo-ratifica-14-anos-carcel-hombre-acusado-abusar-nietas-tenerife_1_13241753.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/19188028-257b-4895-9cbc-afc18edf81ca_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Supremo ratifica los 14 años de cárcel para un hombre acusado de abusar de dos nietas en Tenerife"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El procesado estaba al frente de una cantina situada en Santa Cruz de Tenerife y los fines de semana se hacía cargo de las niñas cuando los padres lo necesitaban</p><p class="subtitle">EXCLUSIVA - Un cura denunciado por pederastia en Colombia reside en un histórico colegio religioso de Tenerife
</p></div><p class="article-text">
        El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de un condenado a 14 a&ntilde;os de c&aacute;rcel por abusar de dos nietas menores de edad, de los que 8 se corresponden a lo ocurrido con una y 4 a la otra y el pago de 45.000 y 15.000 euros, tal y como ped&iacute;a la Fiscal&iacute;a.
    </p><p class="article-text">
        En su momento qued&oacute; absuelto de dos delitos continuados de exhibici&oacute;n de material pornogr&aacute;fico por el que la Fiscal&iacute;a le ped&iacute;a dos a&ntilde;os de prisi&oacute;n al atribuirle que en varias ocasiones le exhibi&oacute; a las ni&ntilde;as videos para adultos.
    </p><p class="article-text">
        Al igual que ocurri&oacute; en las instancias judiciales anteriores, el Supremo da por probado que el abuelo paterno de ambas cuando ten&iacute;a entre 66 y 75 a&ntilde;os y las ni&ntilde;as desde los 6 hasta los 14 a&ntilde;os, abusaba de ellas cuando se quedaba a su cuidado.
    </p><p class="article-text">
        El procesado estaba al frente de una cantina situada en Santa Cruz de Tenerife y los fines de semana se hac&iacute;a cargo de las ni&ntilde;as cuando los padres lo necesitaban.
    </p><p class="article-text">
        El hombre, seg&uacute;n la sentencia condenatoria, amenazaba a las menores que si contaban algo de lo que les hac&iacute;a destruir&iacute;an a la familia.
    </p><p class="article-text">
        Ante el Supremo, el condenado aleg&oacute; que las declaraciones de las v&iacute;ctimas carec&iacute;an de persistencia dada la corta de edad que ten&iacute;an y el largo espacio de tiempo transcurrido hasta que presentaron la denuncia y que no existieron s&iacute;ntomas externos ni indicios objetivos apreciables en su entorno.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n que las manifestaciones de los padres no son una prueba directa, sino relatos de referencia, que nadie vio lo ocurrido excepto una testigo, ajena a la familia, que asegur&oacute; haber presenciado algunos episodios pero que call&oacute; para evitar problemas y cuyo testimonio el acusado cuestiona.
    </p><p class="article-text">
        Finalmente, indica que las pruebas periciales psicol&oacute;gicas no resultan concluyentes por cuanto se limitan a afirmar que existen secuelas compatibles con abusos sexuales, si bien, a su juicio, podr&iacute;an derivar de otro trauma sufrido por las denunciantes.
    </p><p class="article-text">
        La respuesta del Supremo es que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias y la Audiencia provincial ratificaron de forma &ldquo;razonable y motivada&rdquo; las pruebas presentadas &ldquo;de acuerdo con las reglas de la l&oacute;gica, la raz&oacute;n y las m&aacute;ximas de la experiencia. No se aprecian graves imprecisiones, fisuras, discordancias o quiebras en el relato de la denunciante&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En cuanto a la credibilidad se indica que no son consideradas &ldquo;faltas de persistencia el cambio de orden de las afirmaciones, ni sucesivas ampliaciones del relato cuando no se afecta la coherencia y la significaci&oacute;n sustancial de lo narrado y evidencia una tendencia a la fabulaci&oacute;n imaginativa&rdquo;, se&ntilde;ala el texto legal.
    </p><p class="article-text">
        Las ni&ntilde;as debieron ser sometidas a tratamiento psicol&oacute;gico, tuvieron repercusiones f&iacute;sicas, alteraciones de car&aacute;cter que se manifestaban en rebeld&iacute;a y problemas para llevar a cabo relaciones con normalidad.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Efe]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/supremo-ratifica-14-anos-carcel-hombre-acusado-abusar-nietas-tenerife_1_13241753.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 22 May 2026 08:47:48 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El Supremo ratifica los 14 años de cárcel para un hombre acusado de abusar de dos nietas en Tenerife]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/19188028-257b-4895-9cbc-afc18edf81ca_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Tribunales,Abusos,Menores,Canarias,Tenerife]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Condenada una falsa podóloga que ejercía en farmacias de Tenerife sin titulación ni colegiación]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/condenada-falsa-podologa-farmacias-tenerife_1_13231585.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/f0ebbc7c-f321-49f1-b42f-9ddcbe78b6e2_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Condenada una falsa podóloga que ejercía en farmacias de Tenerife sin titulación ni colegiación"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La sentencia considera probado que realizó diagnósticos, tratamientos y recomendaciones ortopodológicas propias de la profesión de podólogo, sin serlo</p></div><p class="article-text">
        El Juzgado de lo Penal n&ordm;1 de Santa Cruz de Tenerife ha condenado por un delito de intrusismo profesional a una mujer que ejerc&iacute;a como pod&oacute;loga en diversas farmacias de Tenerife sin poseer el t&iacute;tulo acad&eacute;mico oficial habilitante ni estar, por tanto, colegiada en el Colegio Oficial de Pod&oacute;logos de Canarias.
    </p><p class="article-text">
        La sentencia, hecha p&uacute;blica por el Colegio Oficial de Pod&oacute;logos de Santa Cruz de Tenerife, considera probado que la condenada realiz&oacute; actos propios de la profesi&oacute;n podol&oacute;gica en distintos establecimientos de la isla,&nbsp;utilizando instrumental espec&iacute;fico de podolog&iacute;a como bistur&iacute;s, micromotor e instrumental cortante y punzante, adem&aacute;s de efectuar diagn&oacute;sticos sobre patolog&iacute;as del pie, recomendaciones de plantillas y tratamientos a pacientes.
    </p><p class="article-text">
        Entre los hechos acreditados por el juzgado figura la&nbsp;atenci&oacute;n a pacientes en consultas instaladas en farmacias, donde lleg&oacute; a medir el arco plantar, detectar alteraciones biomec&aacute;nicas, recomendar tratamientos ortoprot&eacute;sicos y tratar patolog&iacute;as como u&ntilde;as encarnadas utilizando instrumental reservado a profesionales sanitarios titulados&nbsp;en podolog&iacute;a. Adem&aacute;s,&nbsp;emit&iacute;a&nbsp;justificantes y&nbsp;facturas identificando los servicios prestados como &ldquo;consulta de podolog&iacute;a&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La magistrada condena a la falsa pod&oacute;loga a 20 meses de multa con una cuota diaria de 6 euros.
    </p><p class="article-text">
        La resoluci&oacute;n judicial tambi&eacute;n recoge que&nbsp;la condenada era plenamente consciente de que no pod&iacute;a ejercer como pod&oacute;loga en Espa&ntilde;a, ya que hab&iacute;a sido requerida y apercibida previamente por el Colegio Oficial de Pod&oacute;logos de Canarias desde el a&ntilde;o 2018 por carecer de la titulaci&oacute;n necesaria para desarrollar esta actividad profesional.
    </p><p class="article-text">
        El procedimiento judicial se inici&oacute; tras la querella presentada por el Colegio Oficial de Pod&oacute;logos de Canarias en noviembre de 2021, despu&eacute;s de recopilar pruebas documentales, grabaciones y testimonios que permitieron acreditar el ejercicio ilegal de la profesi&oacute;n sanitaria.
    </p><p class="article-text">
        El Colegio Oficial de Pod&oacute;logos de Canarias valora positivamente esta sentencia, que a&uacute;n no es firme, porque refuerza la protecci&oacute;n de los pacientes y la seguridad sanitaria, al reconocer la gravedad del ejercicio de profesiones sanitarias sin la formaci&oacute;n, habilitaci&oacute;n y colegiaci&oacute;n obligatorias.
    </p><p class="article-text">
        El Colegio recuerda que la podolog&iacute;a es una profesi&oacute;n sanitaria regulada cuyo ejercicio requiere estar en posesi&oacute;n del t&iacute;tulo universitario oficial correspondiente y estar colegiado. El intrusismo profesional supone un riesgo para la salud de los pacientes, especialmente cuando se realizan diagn&oacute;sticos, tratamientos o procedimientos invasivos sin la cualificaci&oacute;n legalmente exigida, advierte.
    </p><p class="article-text">
        El Colegio recuerda a la ciudadan&iacute;a la importancia de comprobar siempre que los profesionales sanitarios est&aacute;n debidamente colegiados antes de someterse a cualquier tratamiento podol&oacute;gico.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Tenerife Ahora]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/condenada-falsa-podologa-farmacias-tenerife_1_13231585.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 19 May 2026 07:35:30 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Condenada una falsa podóloga que ejercía en farmacias de Tenerife sin titulación ni colegiación]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunales,Tenerife,Farmacias,Canarias]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Supremo analizará si el Plan General de Santa Cruz de Tenerife requiere evaluación ambiental]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/supremo-analizara-si-plan-general-santa-cruz-requiere-evaluacion-ambiental_1_13223855.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/5e4e6c9b-cea2-40e3-a62d-8e42bda68ccd_16-9-discover-aspect-ratio_default_1143078.jpg" width="710" height="400" alt="El Supremo analizará si el Plan General de Santa Cruz de Tenerife requiere evaluación ambiental"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Tribunal Supremo acepta estudiar qué tipos de planeamientos deben ser sometidos a la evaluación ambiental estratégica al existir sentencias contradictorias.</p></div><p class="article-text">
        A petici&oacute;n del Ayuntamiento de Santa Cruz, el <strong>Tribunal Supremo</strong> ha emitido un auto a por el que acepta estudiar qu&eacute; tipos de planeamientos deben ser sometidos a la <strong>evaluaci&oacute;n ambiental estrat&eacute;gica (EAE)</strong> al existir sentencias contradictorias. Uno de los fallos del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) dio la raz&oacute;n a la corporaci&oacute;n local y otro al <strong>Gobierno de Canarias</strong>, lo que implic&oacute; la anulaci&oacute;n del <strong>Plan General de Ordenaci&oacute;n Urbana (PGOU-5)</strong>, por lo que ahora se quiere sentar jurisprudencia definitiva para estos casos. 
    </p><p class="article-text">
        El Ayuntamiento aprob&oacute; en enero de 2022 la ordenanza provisional para adaptar el r&eacute;gimen de usos del Plan, despu&eacute;s de que en 2017 el TSJC emitiera el fallo que dio lugar a que, tal y como ocurre en la actualidad, el plan vigente sea el de 1992.
    </p><p class="article-text">
        El Gobierno canario interpuso un recurso contra el acuerdo plenario de 2022 ante el TSJC, que lo estim&oacute;, ratific&oacute; la nulidad del PGO y fij&oacute; que la EAE debe tener car&aacute;cter continuo para ver si, en un momento dado, determinado problema tiene efectos ambientales.
    </p><p class="article-text">
        En todo caso, la exclusi&oacute;n de este mecanismo de control b&aacute;sico debe fijarla el &oacute;rgano ambiental competente sin que sea la administraci&oacute;n autora del plan la que pueda determinarla, lo que dar&iacute;a lugar a su anulaci&oacute;n, como ocurri&oacute; con el PGO de Santa Cruz, seg&uacute;n dictamin&oacute; el TSJC.
    </p><p class="article-text">
        El Ayuntamiento de Santa Cruz interpuso un recurso de casaci&oacute;n recordando las competencias que a las corporaciones locales les otorga la ley y la Constituci&oacute;n, y donde sostiene que la EAE no es un tr&aacute;mite preceptivo en cuestiones como la ordenanza municipal al no generar efectos significativos en el medio ambiente.
    </p><p class="article-text">
        Para defender su punto de vista, cita fallos del Supremo y del Tribunal Constitucional (TC) y otro pronunciamiento como sentencia de contraste del TSJC, que desestim&oacute; el recurso del Gobierno canario por entender que no era preciso este requisito.&nbsp;
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[EFE]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/supremo-analizara-si-plan-general-santa-cruz-requiere-evaluacion-ambiental_1_13223855.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 15 May 2026 10:06:07 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El Supremo analizará si el Plan General de Santa Cruz de Tenerife requiere evaluación ambiental]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunal Supremo,Canarias,Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife,Urbanismo,Evaluación ambiental]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Justicia absuelve de prevaricación y malversación al exalcalde de Buenavista Aurelio Abreu (PSOE)]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/absuelve-prevaricacion-malversacion-exalcalde-buenavista-aurelio-abreu-psoe_1_13218722.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/46bf6448-5dae-429a-ab43-5d5b774bc1cc_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Justicia absuelve de prevaricación y malversación al exalcalde de Buenavista Aurelio Abreu (PSOE)"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Audiencia considera probado que la contratación para la construcción de un centro para personas con discapacidad fue irregular conforme a la legislación vigente, pero entiende que no alcanza el grado de arbitrariedad e injusticia necesario para apreciar un delito penal, ni tampoco una apropiación indebida de fondos públicos</p></div><p class="article-text">
        La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha absuelto al<strong> exalcalde </strong>de <strong>Buenavista del Norte</strong> <strong>Aurelio Abreu</strong> (<strong>PSOE</strong>) y al exsecretario de la corporaci&oacute;n municipal, Francisco B., de los delitos de prevaricaci&oacute;n y malversaci&oacute;n por los que fueron acusados en relaci&oacute;n con la prevista construcci&oacute;n de un centro para personas con discapacidad.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n la sentencia, el proyecto cont&oacute; con una subvenci&oacute;n del Gobierno de Canarias de 160.000 euros sobre un presupuesto total de 270.000 euros, de los que 90.000 euros correspond&iacute;an a la direcci&oacute;n de obra, adjudicada de forma directa pese a superar el l&iacute;mite legal de 12.000 euros establecido entonces para contratos menores.
    </p><p class="article-text">
        La Audiencia considera probado que la contrataci&oacute;n fue irregular conforme a la legislaci&oacute;n vigente, pero entiende que no alcanza el grado de arbitrariedad e injusticia necesario para apreciar un delito penal, ni tampoco una apropiaci&oacute;n indebida de fondos p&uacute;blicos.
    </p><p class="article-text">
        El tribunal a&ntilde;ade que no puede descartarse que la actuaci&oacute;n tuviera car&aacute;cter urgente y de inter&eacute;s social y subraya que no se ha acreditado que los acusados se lucraran personalmente.
    </p><p class="article-text">
        Durante el juicio, la Fiscal&iacute;a rebaj&oacute; de ocho a cuatro a&ntilde;os la petici&oacute;n de inhabilitaci&oacute;n al apreciar dilaciones indebidas, ya que el procedimiento se inici&oacute; en 2005 y el juicio se celebr&oacute; a comienzos de este a&ntilde;o.
    </p><p class="article-text">
        La adjudicaci&oacute;n se tramit&oacute; por la v&iacute;a de urgencia en 2006 y se emiti&oacute; una orden de pago al estudio del arquitecto Ramiro Cuende, quien a&ntilde;os despu&eacute;s fue concejal socialista en Santa Cruz de Tenerife.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, la obra nunca lleg&oacute; a iniciarse porque, seg&uacute;n explic&oacute; el propio arquitecto, el proyecto se perdi&oacute; durante una mudanza de su estudio y no pudo recuperarse hasta 2012, gracias a la intervenci&oacute;n de un inform&aacute;tico.&nbsp;
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[EFE]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/absuelve-prevaricacion-malversacion-exalcalde-buenavista-aurelio-abreu-psoe_1_13218722.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 13 May 2026 14:58:01 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Justicia absuelve de prevaricación y malversación al exalcalde de Buenavista Aurelio Abreu (PSOE)]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tenerife,Aurelio Abreu,Prevaricación]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El presunto autor del crimen machista de Santa Úrsula ingresa en prisión provisional]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/presunto-autor-crimen-machista-santa-ursula-ingresa-prision-provisional_1_13206553.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/d727dfae-f664-4458-8e92-d19ba699bdba_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El presunto autor del crimen machista de Santa Úrsula ingresa en prisión provisional"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La mujer fue asesinada dos semanas después de haberse separado de su expareja, quien fue detenido poco después de huir de la escena del crimen</p></div><p class="article-text">
        La titular del Juzgado n&uacute;mero dos de La Orotava, en el norte de Tenerife, ha decretado este viernes el ingreso en prisi&oacute;n provisional, comunicada y sin fianza del hombre detenido como presunto asesino de su expareja en Santa &Uacute;rsula, una mujer de 57 a&ntilde;os que fue apu&ntilde;alada el 6 de mayo, seg&uacute;n informaci&oacute;n facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).
    </p><p class="article-text">
        Tras prestar declaraci&oacute;n ante la jueza, el detenido, que adem&aacute;s est&aacute; acusado de herir de gravedad a la madre de la v&iacute;ctima, ha ingresado en la c&aacute;rcel por un presunto delito de asesinato, con la agravante de parentesco, de g&eacute;nero y de aprovechamiento de circunstancias de tiempo y lugar.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n se le imputan delitos de asesinato en grado de tentativa y amenazas.
    </p><p class="article-text">
        Como medida cautelar, la jueza ha dictado la prohibici&oacute;n de comunicaci&oacute;n con la madre y con el hermano de la fallecida durante la tramitaci&oacute;n del procedimiento.
    </p><p class="article-text">
        La mujer fue asesinada dos semanas despu&eacute;s de haberse separado de su expareja, quien fue detenido poco despu&eacute;s de huir de la escena del crimen.
    </p><p class="article-text">
        Los hechos tuvieron lugar tras una fuerte discusi&oacute;n en casa de los suegros del detenido, donde apu&ntilde;al&oacute; a la v&iacute;ctima y a la madre de esta, que tuvo que ser intervenida quir&uacute;rgicamente.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        M&aacute;s de un centenar de vecinos de Santa &Uacute;rsula participaron este jueves en un minuto de silencio para condenar el asesinato machista de la v&iacute;ctima y la agresi&oacute;n a la madre de esta.
    </p><p class="article-text">
        Organizado en la fachada del Ayuntamiento, el alcalde de Santa &Uacute;rsula, Juan Manuel Acosta, ha estado acompa&ntilde;ado del subdelegado del Gobierno en Santa Cruz de Tenerife, Jes&uacute;s Javier Plata, as&iacute; como por miembros de las fuerzas de seguridad del Estado, entre ellos guardias civiles y polic&iacute;as locales, que han arropado a familiares de la mujer asesinada que se encontraban presentes.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Tenerife Ahora]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/presunto-autor-crimen-machista-santa-ursula-ingresa-prision-provisional_1_13206553.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 08 May 2026 12:43:51 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El presunto autor del crimen machista de Santa Úrsula ingresa en prisión provisional]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Violencia machista,Tenerife,Juzgados,Tribunales]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Audiencia Nacional descarta las medidas urgentes que pidió el Cabildo de Tenerife para proteger el silo]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/audiencia-nacional-descarta-medidas-urgentes-pidio-cabildo-tenerife-silo_1_13198110.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/aa21f62e-018d-41ac-b775-033606bd53ec_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Audiencia Nacional descarta las medidas urgentes que pidió el Cabildo de Tenerife para proteger el silo"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Gobierno insular justificó la conservación del edificio en que fue construido en 1965, en el marco de la Red Nacional de Silos y Graneros, con la finalidad de hacer frente, tanto a situaciones de desabastecimiento, cómo para regular coyunturas de sobreproducción y de intervención en el mercado triguero</p><p class="subtitle">Tenerife anuncia que pedirá “medidas cautelarísimas” para evitar la demolición del Silo de Santa Cruz
</p></div><p class="article-text">
        La Audiencia Nacional (AN) ha emitido un auto por medio del cual descarta imponer las medidas cautelares urgentes que hab&iacute;a solicitado el Cabildo de <strong>Tenerife</strong> para evitar el derribo del antiguo <strong>silo de grano</strong> en el puerto.
    </p><p class="article-text">
        La AN opta por abrir una pieza separada para estudiar si es adecuado adoptar la solicitud del Cabildo, una vez que se escuche a la Autoridad Portuaria en el plazo de tres d&iacute;as, decisi&oacute;n ante la que no cabe la presentaci&oacute;n de recurso alguno.
    </p><p class="article-text">
        El Cabildo justific&oacute; la conservaci&oacute;n del edificio en que fue construido en 1965, en el marco de la Red Nacional de Silos y Graneros, con la finalidad de hacer frente, tanto a situaciones de desabastecimiento, c&oacute;mo para regular coyunturas de sobreproducci&oacute;n y de intervenci&oacute;n en el mercado triguero.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;El silo del puerto de Santa Cruz de Tenerife -el &uacute;nico que queda en Espa&ntilde;a- se erige c&oacute;mo una de las mejores representaciones del patrimonio industrial inmueble de la isla, constituyendo un bien con valores sobresalientes y excepcionales en el contexto del Archipi&eacute;lago canario&rdquo;, se&ntilde;ala.
    </p><p class="article-text">
        No obstante, el consejo de administraci&oacute;n de la Autoridad Portuaria acord&oacute; suspender la licitaci&oacute;n del derribo en tanto se esclareciera la calificaci&oacute;n del silo como BIC, un tr&aacute;mite que ya ha iniciado el Ministerio de Cultura.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[EFE]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/audiencia-nacional-descarta-medidas-urgentes-pidio-cabildo-tenerife-silo_1_13198110.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 05 May 2026 19:10:52 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Audiencia Nacional descarta las medidas urgentes que pidió el Cabildo de Tenerife para proteger el silo]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Condenada una agente inmobiliaria por quedarse con el dinero de la casa expropiada de un hombre por las obras del tranvía de Tenerife]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/condenada-agente-inmobiliaria-quedarse-dinero-casa-expropiada-hombre-obras-tranvia-tenerife_1_13189991.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/d6120e1f-7c58-4095-9a40-5a1c62ea0067_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Condenada una agente inmobiliaria por quedarse con el dinero de la casa expropiada de un hombre por las obras del tranvía de Tenerife"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La procesada reconoció “de forma expresa” haber recibido el dinero pero alegó que nunca existió intención de causar daño ni de quedarse con el dinero sino que “confundió” los fondos con su patrimonio por sus problemas económicos y pensaba devolverlos</p></div><p class="article-text">
        El <strong>Tribunal Superior de Justicia de Canarias</strong> ha ratificado la pena de cuatro a&ntilde;os y medio de c&aacute;rcel y el pago de 134.600 euros a una agente inmobiliaria que se apropi&oacute; del dinero por la <strong>expropiaci&oacute;n</strong> de su vivienda por las obras del<strong> tranv&iacute;a.</strong>
    </p><p class="article-text">
        Esta persona estuvo sin hogar durante un tiempo hasta que la sociedad municipal de viviendas de <strong>La Laguna (Muvisa) </strong>le pag&oacute; una pensi&oacute;n y finalmente le entreg&oacute; otros <strong>127.300 euros</strong> para que comprara una casa, dada su situaci&oacute;n de &ldquo;especial vulnerabilidad&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        El 15 de septiembre de 2020, la acusada consigui&oacute; la representaci&oacute;n de esta persona afectada por la expropiaci&oacute;n de su vivienda en la que viv&iacute;a con su madre, de la que era su tutor legal
    </p><p class="article-text">
        La acusada estaba autorizada para gestionar todo lo relacionado con esta ocupaci&oacute;n, b&uacute;squeda de otra casa habitable y negociar con Muvisa, entidad encargada de pagar la expropiaci&oacute;n, seg&uacute;n el acuerdo fijado con el Cabildo de Tenerife.
    </p><p class="article-text">
        Por medio de esta autorizaci&oacute;n, la acusada recibi&oacute; en la cuenta bancaria de la inmobiliaria de la que era titular un total de 155.500 euros como dep&oacute;sito para la adquisici&oacute;n de la nueva casa.
    </p><p class="article-text">
        El dinero fue ingresado de forma paulatina en distintos conceptos, entre los a&ntilde;os 2020 y 2023, cuando la madre ya hab&iacute;a fallecido.
    </p><p class="article-text">
        La procesada nunca adquiri&oacute; la nueva casa y el hombre lleg&oacute; a tener que vivir en la calle, ya que los fondos los dedic&oacute; la encausada a usos personales que no ten&iacute;an nada que ver con la finalidad encomendada pese al precario estado de salud del vecino expropiado.
    </p><p class="article-text">
        Ante el Tribunal Superior de Canarias, la procesada reconoci&oacute; &ldquo;de forma expresa&rdquo; haber recibido el dinero de Muvisa pero aleg&oacute; que nunca existi&oacute; intenci&oacute;n de causar da&ntilde;o ni de quedarse con el dinero sino que &ldquo;confundi&oacute;&rdquo; los fondos con su patrimonio por sus problemas econ&oacute;micos y pensaba devolverlos.
    </p><p class="article-text">
        El alto tribunal indica que la Audiencia demostr&oacute; de forma efectiva en su fallo que se cumplen todos los requisitos del delito de apropiaci&oacute;n indebida, por lo que tambi&eacute;n se le impuso una multa de 1.500 euros.
    </p><p class="article-text">
        En un momento dado, otra persona se encarg&oacute; de conseguirle una vivienda pero cuando se llev&oacute; a cabo el acto de firma en la notar&iacute;a, la procesada no hizo acto de presencia para hacer efectivos los fondos que deb&iacute;a haber custodiado.
    </p><p class="article-text">
        La excusa que ofreci&oacute; es que no pod&iacute;a extender los cheques debido a que hab&iacute;a sufrido diversos embargos de Hacienda, cuando en realidad este concepto apenas ascend&iacute;a a 171 euros.
    </p><p class="article-text">
        Muvisa llev&oacute; a cabo varios requerimientos por distintas v&iacute;as que eran respondidos con excusas y dilaciones, alegando que estaba negociando pr&eacute;stamos para devolver lo apropiado.
    </p><p class="article-text">
        La empresa p&uacute;blica realoj&oacute; al hombre de forma temporal, primero pagando un alquiler y luego una pensi&oacute;n, al ser calificado su estado como propio de una persona &ldquo;de calle o sin hogar&rdquo;, hasta que finalmente aport&oacute; otros 127.300 euros en julio de 2023 y reclam&oacute; los 134.600 euros.
    </p><p class="article-text">
        Durante el juicio, la procesada asegur&oacute; que hab&iacute;a buscado una primera vivienda pero que cuando le iban a otorgar la escritura, el expropiado sufri&oacute; una indisposici&oacute;n, perdi&eacute;ndose el dep&oacute;sito, y que tambi&eacute;n se frustr&oacute; la compra de una segunda, de manera que cuando intent&oacute; hacer lo propio con la tercera ya se hab&iacute;a gastado el dinero.
    </p><p class="article-text">
        A partir de entonces, la procesada &ldquo;divagaba y daba excusas&rdquo; cuando se le requer&iacute;a que aportara el dinero y la entidad financiera confirm&oacute; a la Polic&iacute;a que no puede hacerlo porque la cuenta carece de fondos.
    </p><p class="article-text">
        La trabajadora social dijo que lleg&oacute; a hacerle hasta una veintena de llamadas que no contestaba hasta que por whatsapp le comunic&oacute; que estaba en La Laguna con un amigo que era trabajador de un banco y &ldquo;de forma poco apropiada&rdquo; le dijo que estaba embargada y que no pensaba ir a la c&aacute;rcel.
    </p><p class="article-text">
        Explic&oacute; que las casas buscadas o ten&iacute;an un precio desorbitado o eran inhabitables, hasta que consigui&oacute; una cuando ya el conflicto hab&iacute;a llegado a los tribunales.
    </p><p class="article-text">
        La Polic&iacute;a pudo comprobar que efectivamente existieron tres embargos que apenas ascend&iacute;an a 170 euros y el resto del dinero hab&iacute;a sido apropiado por la agente inmobiliaria sin conocerse m&aacute;s detalles de su destino.
    </p><p class="article-text">
        Durante el juicio, la mujer no contest&oacute; a las preguntas de la acusaci&oacute;n particular y de la Fiscal&iacute;a y s&oacute;lo lo hizo a su propia abogada.&nbsp;
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[EFE]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/condenada-agente-inmobiliaria-quedarse-dinero-casa-expropiada-hombre-obras-tranvia-tenerife_1_13189991.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sat, 02 May 2026 11:36:20 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Condenada una agente inmobiliaria por quedarse con el dinero de la casa expropiada de un hombre por las obras del tranvía de Tenerife]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Confirmada la absolución a un vecino de Tenerife acusado de una agresión sexual a una menor]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/confirmada-absolucion-vecino-tenerife-acusado-agresion-sexual-menor_1_13185146.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/53b8a7e4-8db9-4f9e-95aa-257110c92e6e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Confirmada la absolución a un vecino de Tenerife acusado de una agresión sexual a una menor"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha desestimado los recursos presentados por el fiscal y la acusación particular</p><p class="subtitle">Los magistrados que aspiran a presidir el Tribunal Superior de Justicia de Canarias exponen sus proyectos
</p></div><p class="article-text">
        El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado la sentencia que absolvi&oacute; a un vecino de Tenerife acusado de agresi&oacute;n sexual, desestimando los recursos presentados por el fiscal y la acusaci&oacute;n particular.
    </p><p class="article-text">
        Los hechos juzgados ocurrieron de la noche del 22 al 23 de febrero de 2023, cuando el procesado pernoct&oacute; junto con otras personas, entre las que se encontraba la v&iacute;ctima, de 15 a&ntilde;os de edad, en un domicilio familiar.
    </p><p class="article-text">
        Fue la madre de la menor quien denunci&oacute; ante la Polic&iacute;a los hechos al d&iacute;a siguiente.
    </p><p class="article-text">
        La sentencia que ahora confirma el TSJC, dictada el 15 de julio de 2025 por la Secci&oacute;n Quinta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, estableci&oacute; que no qued&oacute; finalmente acreditado que el procesado, aprovechando que la menor dorm&iacute;a a su lado, se aproximase a ella e intensase agredirla sexualmente por medio de tocamientos.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Tenerife Ahora]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/confirmada-absolucion-vecino-tenerife-acusado-agresion-sexual-menor_1_13185146.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 30 Apr 2026 10:09:44 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Confirmada la absolución a un vecino de Tenerife acusado de una agresión sexual a una menor]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunales,Canarias,Tenerife,Sentencias,Abusos a menores]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Justicia da por probado que el exgerente de un restaurante de Tenerife robó más de 70.000 euros y le obliga a devolverlos]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/exgerente-restaurante-tenerife-robo-dinero-carcel_1_13183839.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/1b1463c8-a9fc-42dc-a10e-f9da7f11921a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Justicia da por probado que el exgerente de un restaurante de Tenerife robó más de 70.000 euros y le obliga a devolverlos"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La sentencia recoge que el encausado, utilizando sus facultades y conocimiento del programa informático para controlar la apertura y cierre de la caja registradora, suprimía pedidos para que no aparecieran en el registro informático y se quedaba con los importes abonados por los clientes</p></div><p class="article-text">
        La Audiencia Provincial de Santa Cruz de <strong>Tenerife</strong> ha condenado a dos a&ntilde;os de c&aacute;rcel y el pago de 71.000 euros al <strong>exgerente </strong>de un restaurante de <strong>Arona</strong>, que se hab&iacute;a apropiado de dicha cantidad por su acceso a la caja registradora, y adem&aacute;s deber&aacute; abonar una multa de 1.600 euros.
    </p><p class="article-text">
        La sentencia da por probado que entre el 6 de mayo de 2016 y el 29 de junio de 2018, mientras ejerc&iacute;a sus funciones de direcci&oacute;n y gerencia del establecimiento, utiliz&oacute; sus facultades y conocimiento del programa inform&aacute;tico para controlar la apertura y cierre de la caja registradora.
    </p><p class="article-text">
        De esta manera pod&iacute;a modificar las ventas a los efectos de corregir cualquier incidencia de facturaci&oacute;n que surgiera en la actividad hostelera del local.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Durante todo el tiempo referido a sabiendas y de manera adecuada para inducir a equivocaci&oacute;n en el resultado contable, con un prop&oacute;sito de enriquecimiento il&iacute;cito, de manera habitual y en una pluralidad de ocasiones reiteradas en el tiempo, modificaba las facturas del registro inform&aacute;tico de las comandas que se serv&iacute;an en el restaurante&rdquo;, afirma la sentencia.
    </p><p class="article-text">
        El encausado suprim&iacute;a pedidos para que no aparecieran en el registro inform&aacute;tico y se quedaba con los importes abonados por los clientes, sin llegar a reembolsarlos en la caja registradora del negocio, indica el fallo, que ha sido recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).
    </p><p class="article-text">
        El acusado neg&oacute; los hechos y dijo que si bien ejerc&iacute;a el cargo de ma&icirc;tre y era quien m&aacute;s usaba la caja registradora, sus capacidades eran limitadas y entre ellas no estaba la de hacer anulaciones de facturas.
    </p><p class="article-text">
        A&ntilde;adi&oacute; que, en la pr&aacute;ctica diaria, ni &eacute;l ni otros empleados utilizaban c&oacute;digos personales para operar, restando relevancia al sistema de claves descrito por los denunciantes.
    </p><p class="article-text">
        Un informe pericial indic&oacute; que en ese per&iacute;odo las cancelaciones se incrementaron en un 59% y si se tiene en cuenta los d&iacute;as de vacaciones o de baja, globalmente la cifra se situar&iacute;a en un 55%, pese a lo cual el perito no concret&oacute; la autor&iacute;a de estas operaciones.
    </p><p class="article-text">
        Tras ser descubierto en julio de 2018, el acusado pidi&oacute; a su jefe directo que intercediera ante los due&ntilde;os para que pudiera seguir trabajando, comprometi&eacute;ndose a ir devolviendo el dinero poco a poco y justific&oacute; lo ocurrido porque era aficionado al juego.
    </p><p class="article-text">
        El encausado limita las cantidades de las que se habr&iacute;a apropiado de forma irregular a unos 4.000 euros, que se corresponden a las invitaciones que hac&iacute;a a determinados clientes.
    </p><p class="article-text">
        Otro perito cuantific&oacute; que en 2016 se habr&iacute;an sustra&iacute;do casi 17.000 euros, en 2017 33.500 y el &uacute;ltimo a&ntilde;o cerca de 21.000 euros y consider&oacute; significativo que estos hechos se incrementaran tras su contrataci&oacute;n.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[EFE]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/tribunales/exgerente-restaurante-tenerife-robo-dinero-carcel_1_13183839.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 29 Apr 2026 18:53:42 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Justicia da por probado que el exgerente de un restaurante de Tenerife robó más de 70.000 euros y le obliga a devolverlos]]></media:title>
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    </item>
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