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    <title><![CDATA[elDiario.es - Javier Nadal]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/autores/javier-nadal/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Javier Nadal]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[Fundación y regulaciones]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/fundacion-regulaciones_129_6630186.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/7927a836-0e4f-4120-b0e3-18d172744a87_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Fundación y regulaciones"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Si hay alguna actividad irregular o delictiva, será la justicia quien lo determine y establezca las responsabilidades, pero en el camino una nueva sombra de sospecha caerá como una gota de agua en el vaso de la desconfianza social hacia las fundaciones</p></div><p class="article-text">
        En los &uacute;ltimos d&iacute;as <a href="https://www.eldiario.es/madrid/iglesia-revertir-operaciones-inmobiliarias-sospechosas-arzobispado-irregularidades-implican-madrid_1_6476645.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">han aparecido en los medios de comunicaci&oacute;n diversas noticias sobre una presunta &ldquo;trama inmobiliaria millonaria&rdquo;</a> en torno a varias fundaciones relacionadas con la Iglesia Cat&oacute;lica: la Fundaci&oacute;n Fusara, la Fundaci&oacute;n Molina Padilla, la Fundaci&oacute;n Sant&iacute;sima Virgen y San Celedonio y la Fundaci&oacute;n Ch&aacute;varri.&nbsp;&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        &iquest;Qu&eacute; ha sucedido para que en los medios de comunicaci&oacute;n estas fundaciones aparezcan vinculadas con actuaciones presuntamente il&iacute;citas en lugar de con la labor fundacional para las que fueron creadas?
    </p><p class="article-text">
        Algunas personas de diverso rango relacionadas con esas fundaciones han sido acusadas de llevar a cabo operaciones financieras contrarias al mandato de sus fundadores y perjudiciales para sus beneficiarios, mientras, en otros medios, esas personas defienden sus actuaciones como leg&iacute;timas y liberadoras de recursos retenidos que ahora permiten mejorar el impacto sobre los beneficiarios.
    </p><p class="article-text">
        Si hay alguna actividad irregular o delictiva, ser&aacute; la justicia quien lo determine y establezca las responsabilidades, pero en el camino, inevitablemente, una nueva sombra de sospecha caer&aacute; como una gota de agua en el vaso de la desconfianza social hacia las fundaciones.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Irregularidades y delitos existen en todas las actividades humanas, pero la actual regulaci&oacute;n de las fundaciones establece una serie de controles con el fin de garantizar el cumplimiento de los fines de inter&eacute;s general para los que fueron creadas. Las fundaciones disponen, pues, de pautas de actuaci&oacute;n, aunque los obligados a cumplirlas (gestores, patronatos y protectorados) no las ejerzan siempre con la diligencia exigible a la luz de la legislaci&oacute;n vigente y de actuaciones como las comentadas.&nbsp;&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Cualquier fundaci&oacute;n tiene tres estadios de responsabilidad: la de sus gestores profesionales, la de sus patronos y la de la propia administraci&oacute;n.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Respecto al primero, durante muchos a&ntilde;os se ha insistido desde el sector en la necesidad de gestionar profesionalmente, huyendo del voluntarismo, todas las fundaciones para preservar el fin de inter&eacute;s general, administrar su patrimonio y atender a los beneficiarios con vocaci&oacute;n de permanencia.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Conviene recordar que el sector fundacional emplea a m&aacute;s 260.00 personas, genera un gasto superior a 8.000 millones de euros, atiende a m&aacute;s de 35 millones de beneficiarios y representa cerca de un 0,8% de nuestro PIB. Se trata, por tanto, de un sector altamente profesionalizado que no puede eludir las obligaciones que cualquier persona al servicio de las fundaciones contrae ni tampoco sus responsabilidades legales.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En un segundo estadio est&aacute;n los patronos, con un alto nivel de responsabilidad como gestores de intereses ajenos, y a los que se les exige que act&uacute;en con la diligencia de un representante leal, ya que la ley los hace responsables de los da&ntilde;os y perjuicios que pudieran causar a la fundaci&oacute;n por actos ilegales o negligentes. Por su parte, las fundaciones deber&iacute;an ser conscientes de la importancia de seleccionar a los patronos adecuados, trasladarles qu&eacute; se espera de ellos, formarles si esto es necesario y evitar todo conflicto de inter&eacute;s. El cargo de patrono es gratuito, pero eso no lo convierte en un cargo meramente honor&iacute;fico.
    </p><p class="article-text">
        El Patronato es el m&aacute;ximo &oacute;rgano de gobierno y administraci&oacute;n de la fundaci&oacute;n y, sin invadir las competencias atribuidas a los gestores profesionales, tiene la obligaci&oacute;n de supervisar la gesti&oacute;n de la fundaci&oacute;n en todos sus aspectos, no solo el patrimonial, cumpliendo con los procesos internos de rendici&oacute;n de cuentas que procedan en cada caso.
    </p><p class="article-text">
        Las fundaciones no tienen un due&ntilde;o identificable, son organizaciones orientadas a cumplir un fin de inter&eacute;s general (y muchas veces social). Su patrimonio est&aacute; afecto al fin y no puede hacer otra cosa m&aacute;s que cumplir su misi&oacute;n de la que, muchas veces, depende el bienestar de personas concretas. Al no tener due&ntilde;os identificables (los patronos no lo son), estas organizaciones necesitan ser <em>tuteladas</em>, de ah&iacute; que su &oacute;rgano supervisor sea un Protectorado. Existen Protectorados en las Comunidades Aut&oacute;nomas y uno estatal (actualmente, en el Ministerio de Cultura), fundaciones bancarias aparte, para atender a las fundaciones seg&uacute;n su &aacute;mbito territorial de actuaci&oacute;n.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Las fundaciones deben presentar al Protectorado (tercer nivel de control) su plan de actuaci&oacute;n y presupuesto antes del inicio de cada ejercicio, y la rendici&oacute;n de cuentas una vez concluido. Su actividad est&aacute; sujeta a un sistema de autorizaciones y comunicaciones administrativas. No se trata de un control meramente burocr&aacute;tico, ya que se concede al supervisor el acceso a la informaci&oacute;n relevante que le permita cumplir adecuadamente la alta misi&oacute;n que el legislador le ha atribuido, que no es otra que garantizar el cumplimiento de la voluntad del fundador materializada en los fines de inter&eacute;s general, as&iacute; como la legalidad en la constituci&oacute;n de la fundaci&oacute;n y su funcionamiento.
    </p><p class="article-text">
        Los hechos de los que los medios de comunicaci&oacute;n han informado ponen en evidencia, una vez m&aacute;s, la importancia que debe atribuirse a la funci&oacute;n del protectorado, que requiere una especializaci&oacute;n jur&iacute;dica y econ&oacute;mica que ha de ser ejercida independiente y profesionalmente. En algunos casos, se da la paradoja de que supervisor y supervisado sean el mismo, sin que nadie aprecie la existencia de un conflicto de inter&eacute;s, cuando, por ejemplo, un representante de la administraci&oacute;n general del Estado o de una Comunidad Aut&oacute;noma, se sienta en un patronato cuyo protectorado es ejercido por la misma administraci&oacute;n. La necesidad de revisar y reforzar el modelo de protectorado es una de las cuestiones que la Asociaci&oacute;n Espa&ntilde;ola de Fundaciones viene reivindicando desde hace tiempo&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Volviendo al principio de este art&iacute;culo, &iquest;qu&eacute; ha pasado para que estos d&iacute;as no se hable de la labor social de ciertas fundaciones sino de su supuesta implicaci&oacute;n en asuntos, como m&iacute;nimo, opacos? La respuesta m&aacute;s probable es que han fallado los tres niveles de supervisi&oacute;n fundacional. Esto nos obliga al abordaje de la necesaria reforma de la regulaci&oacute;n del sector, m&aacute;s a&uacute;n en unos tiempos como los que actualmente estamos viviendo, donde la labor de las fundaciones constituye una imprescindible tarea que complementa las obligaciones de las Administraciones P&uacute;blicas.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Desde la Asociaci&oacute;n Espa&ntilde;ola de Fundaciones (AEF) emplazamos a todas las personas e instituciones concernidas en este asunto a ponernos manos a la obra. Necesitamos un desarrollo legal que garantice la seguridad jur&iacute;dica de las fundaciones y que preserve la reputaci&oacute;n del sector fundacional. Se lo debemos a las miles de personas para las que trabajamos d&iacute;a a d&iacute;a desde las fundaciones.&nbsp;&nbsp;
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Javier Nadal]]></dc:creator>
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      <pubDate><![CDATA[Sat, 02 Jan 2021 21:23:52 +0000]]></pubDate>
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