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    <title><![CDATA[elDiario.es - Carlos Bravo Fernández]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/autores/carlos-bravo-fernandez/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Carlos Bravo Fernández]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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    <item>
      <title><![CDATA[Reforma de pensiones: más ingresos y mejor protección]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/reeforma-pensiones-ingresos-mejor-proteccion_129_10074900.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/6cdb7360-fa9c-449d-89dc-cf26eacccf44_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Reforma de pensiones: más ingresos y mejor protección"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El cambio de orientación, basado en fortalecer la Seguridad Social frente al intento de reducirla en la reforma derogada de 2013, cuyos inspiradores y protagonistas defienden con tanto celo, aborda no sólo el evidente reto demográfico que tenemos por delante; pretende también preservar nuestro sistema de pensiones para las generaciones más jóvenes.</p><p class="subtitle">El Gobierno y ERC pactan la reforma de pensiones con una mejora de las cotizaciones por el cuidado de hijos</p></div><p class="article-text">
        Las pensiones p&uacute;blicas en Espa&ntilde;a atender&aacute;n a un n&uacute;mero creciente de personas durante los pr&oacute;ximos 25 a&ntilde;os, hasta situarse entre 15 y 16 millones en 2048, momento en que se estabilizar&aacute; su n&uacute;mero y descender&aacute;n despu&eacute;s.
    </p><p class="article-text">
        La reforma aprobada por el PP en 2013 apost&oacute; por dedicar a esas pensiones en 2048 el mismo esfuerzo, 12-13% del PIB, que hoy dedicamos a 10,5 millones de pensiones. La receta, sencilla: menos protecci&oacute;n p&uacute;blica para generaciones futuras y, el que pueda, que cubra esa merma&nbsp;con ahorro personal.
    </p><p class="article-text">
        Afortunadamente, la contestaci&oacute;n a esa reforma -primera sin acuerdo pol&iacute;tico o social alguno en Espa&ntilde;a desde 1995, cuando se puso en marcha el Pacto de Toledo- suspendi&oacute; primero su puesta en marcha y ha permitido derogarla y sustituirla por un conjunto de acuerdos. Entre Gobierno, sindicatos y empresarios, los dos primeros (acuerdo de pensiones de 2021 y reforma del RETA en 2022), y entre Gobierno y sindicatos en el acuerdo de marzo de 2023,&nbsp;que, con impacto econ&oacute;mico similar, pero basado en reforzar la estructura de ingresos, apuesta por preservar el nivel de protecci&oacute;n actual y mejorarlo para las pr&oacute;ximas generaciones de pensionistas, tanto para las personas m&aacute;s vulnerables como para las que, por tener ingresos m&aacute;s elevados, aportar&aacute;n recursos adicionales.
    </p><p class="article-text">
        Para ello se adoptan distintas medidas: un nuevo paso en la separaci&oacute;n de fuentes de financiaci&oacute;n de la Seguridad Social, priorizando que los ingresos por cotizaciones se destinen &iacute;ntegramente al pago de prestaciones econ&oacute;micas y financiando presupuestariamente otras pol&iacute;ticas (de empleo, igualdad, apoyo sectorial, etc.).
    </p><p class="article-text">
        La transferencia adicional a la Seguridad Social por estos conceptos es, en 2023, de 19.888 millones de euros, reforzando la estructura de financiaci&oacute;n mixta, preferente con cotizaciones, pero con importante peso de la aportaci&oacute;n presupuestaria.
    </p><p class="article-text">
        Al tiempo, se concreta un avance sustancial en la insistente reivindicaci&oacute;n sindical para que se cotice a la Seguridad Social, en todos los casos, por ingresos reales: de un lado, las rentas m&aacute;s altas, incrementando su contribuci&oacute;n y, tambi&eacute;n, con una l&oacute;gica diferencia temporal, su protecci&oacute;n; de otro, el trabajo aut&oacute;nomo, en el que las personas con mayores ingresos contribuir&aacute;n m&aacute;s, mejorando su protecci&oacute;n, y, las que ingresan menos, contribuir&aacute;n menos, sin dejar de estar cubiertas por las garant&iacute;as de pensiones m&iacute;nimas.
    </p><p class="article-text">
        Finalmente establece la recuperaci&oacute;n de una peque&ntilde;a parte (20%) de las reducciones de cotizaciones sociales que se hab&iacute;an producido. El nuevo Mecanismo de Equidad Intergeneracional alcanzar&aacute; en 2029 un 1,2% anual, hasta 2050, frente a los seis puntos porcentuales que disminuyeron las cotizaciones sociales desde 1980 (por ser m&aacute;s preciso en una materia que ocultan quienes sobreact&uacute;an ahora, 5,55% de reducci&oacute;n de cotizaciones empresariales y 0,45% de cotizaciones descontadas del salario en n&oacute;mina). Estos ingresos adicionales, se destinar&aacute;n a dotar el Fondo de Reserva de la Seguridad Social.
    </p><p class="article-text">
        Este cambio de orientaci&oacute;n, basado en fortalecer la Seguridad Social frente al intento de reducirla en la reforma derogada de 2013, cuyos inspiradores y protagonistas defienden con tanto celo, aborda no s&oacute;lo el evidente reto demogr&aacute;fico que tenemos por delante; pretende tambi&eacute;n preservar nuestro sistema de pensiones para las generaciones m&aacute;s j&oacute;venes. Resulta curioso que los defensores del derogado factor de sostenibilidad, que reduc&iacute;a las pensiones futuras con mayor intensidad cuanto m&aacute;s joven se sea hoy, argumenten sus cr&iacute;ticas en inter&eacute;s, dicen, de esas personas m&aacute;s j&oacute;venes.
    </p><p class="article-text">
        Ning&uacute;n ahorro en pensiones se dedica a transferencias para pol&iacute;ticas que favorezcan la emancipaci&oacute;n temprana, el acceso a la vivienda, la estabilidad en el empleo. La experiencia nos dice que la disminuci&oacute;n de la protecci&oacute;n p&uacute;blica acaba siendo utilizada para disminuir la contribuci&oacute;n y la equidad fiscal, debilitando la capacidad de financiaci&oacute;n de las pol&iacute;ticas p&uacute;blicas.
    </p><p class="article-text">
        Es m&aacute;s, desde 2011, unos 80.000 j&oacute;venes estudiantes cada mes han visto c&oacute;mo sus pr&aacute;cticas no laborales con alguna compensaci&oacute;n econ&oacute;mica acreditaban periodos cotizados a Seguridad Social. El acuerdo prev&eacute; que, a partir de 2023, cada a&ntilde;o, centenares de miles de estudiantes de formaci&oacute;n profesional o universitaria (grado, m&aacute;ster, doctorado&hellip;) incorporan este nuevo derecho, lo que posibilitar&aacute; que, junto con su t&iacute;tulo acad&eacute;mico, acrediten periodos cotizados adicionales a su carrera profesional.
    </p><p class="article-text">
        El reciente acuerdo de pensiones entre el Gobierno de Espa&ntilde;a y las organizaciones sindicales m&aacute;s representativas ha tenido que superar situaciones singulares.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Su negociaci&oacute;n durante meses ha afrontado dificultades para fijar posiciones comunes dentro del Gobierno; la compleja composici&oacute;n de las mayor&iacute;as parlamentarias; la vinculaci&oacute;n de esta reforma a la llegada de fondos europeos del Plan de Recuperaci&oacute;n; y, por supuesto, la necesidad de incluir adecuadamente los objetivos de quienes han negociado y comprometido el apoyo al Acuerdo, Gobierno y sindicatos, una vez acreditado, lamentablemente, que han negado su el apoyo las organizaciones empresariales que firmaron mantener el poder adquisitivo de las pensiones, no disminuir pensiones futuras de las generaciones m&aacute;s j&oacute;venes, incrementar ingresos presupuestarios y la cotizaci&oacute;n por ingresos reales del trabajo aut&oacute;nomo, cuando de mejora de ingresos por cotizaciones desde las empresas se trata.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        &iquest;C&oacute;mo se distribuyen los esfuerzos y beneficios de esta reforma?&nbsp;Sin duda, la principal beneficiaria es la sociedad espa&ntilde;ola, que recibe tranquilidad y confianza en la garant&iacute;a de renta de la quinta parte de la poblaci&oacute;n hoy, que puede ser un tercio a mediados de siglo, lo que resulta esencial para pensionistas y tambi&eacute;n para las empresas y la actividad econ&oacute;mica, que sufrir&iacute;an de manera intensa una devaluaci&oacute;n de los ingresos de una parte tan relevante de la poblaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Junto con ello, esta reforma de la estructura de ingresos de la Seguridad Social refuerza las transferencias de renta de los excedentes empresariales hacia salarios, al incrementar la parte de aquellos que van a retribuir el factor trabajo a trav&eacute;s de las cotizaciones sociales; es decir, para garantizar las rentas de la poblaci&oacute;n trabajadora cuando se interrumpe o finaliza su actividad laboral. Esto no afecta s&oacute;lo a empresas privadas. Un 30% de las personas con salarios superiores a las actuales bases m&aacute;ximas de cotizaci&oacute;n son empleados p&uacute;blicos. Lo que s&iacute; es cierto es que no afecta igual a las grandes empresas que a las peque&ntilde;as, ya que la concentraci&oacute;n de salarios m&aacute;s elevados es muy superior en las de mayor tama&ntilde;o.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n aumenta la contribuci&oacute;n de las rentas m&aacute;s altas (mayoritariamente masculinas por otra parte) en beneficio de las personas m&aacute;s vulnerables, que se ven en la necesidad de acceder a las pensiones m&iacute;nimas, as&iacute; como de quienes se benefician de las nuevas medidas por interrupci&oacute;n de la vida laboral o reducci&oacute;n de jornada para atender necesidades de cuidados de menores, mayores o personas con discapacidad. Del incremento del complemento de pensiones para reducir la brecha de g&eacute;nero o de la mejora en el sistema de integraci&oacute;n de lagunas (esos meses sin cotizaci&oacute;n, sobre los que se tienen en cuenta para determinar la pensi&oacute;n).
    </p><p class="article-text">
        Por cierto, este acuerdo crea por primera vez, de forma a&uacute;n limitada, el derecho de acceder a la integraci&oacute;n de lagunas en el trabajo aut&oacute;nomo. No extiende a&uacute;n la nueva cotizaci&oacute;n adicional de solidaridad en ese &aacute;mbito, cuesti&oacute;n que, sin duda, habr&aacute; que revisar en el futuro.
    </p><p class="article-text">
        Estas medidas tienen una orientaci&oacute;n clara. En la pr&aacute;ctica sus beneficiarias son, en su inmensa mayor&iacute;a, mujeres que ven perjudicado su acceso a la protecci&oacute;n de nuestro sistema de pensiones por, entre otras causas, un desequilibrado reparto de cargas de cuidados durante toda su vida activa, por la brecha salarial y de desarrollo profesional.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n tiene esa funci&oacute;n la nueva regulaci&oacute;n del per&iacute;odo de c&aacute;lculo, al garantizar durante dos d&eacute;cadas una protecci&oacute;n igual o mejor que la actual, en todos los casos. Quien intenta vaticinar el efecto que tendr&aacute; a partir de 2044, especula. Lo &uacute;nico que podemos decir es que a partir de ese momento, si atendemos a lo que ocurrir&iacute;a hoy de estar plenamente implantada la nueva f&oacute;rmula, el gasto en pensiones se incrementar&iacute;a ligeramente con una mejora de la cuant&iacute;a de la pensi&oacute;n media.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En definitiva, un acuerdo muy relevante, que culmina un proceso de recuperaci&oacute;n de los marcos de concertaci&oacute;n social en materia de pensiones, interrumpidos durante una d&eacute;cada. Una situaci&oacute;n que esta sucesi&oacute;n de acuerdos entre 2021 y 2023, corrige.
    </p><p class="article-text">
        Mantener nuestro sistema de pensiones exige, durante unos a&ntilde;os, un volumen mayor de recursos, en una cuant&iacute;a razonable y manejable que, acordada por Gobierno y sindicatos, presentando el primero adem&aacute;s el aval de la Comisi&oacute;n Europea, espera ahora su puesta en pr&aacute;ctica.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Carlos Bravo Fernández]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/reeforma-pensiones-ingresos-mejor-proteccion_129_10074900.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 30 Mar 2023 21:02:09 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Reforma de pensiones: más ingresos y mejor protección]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Pensiones]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Cumplir lo acordado. Todas las becas deben cotizar]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/cumplir-acordado-becas-deben-cotizar_129_8928692.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/8148542e-5844-400e-9ffb-6dfe10557701_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Cumplir lo acordado. Todas las becas deben cotizar"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">No es una cuestión menor reconocer periodos cotizados cada año, a medio millón de jóvenes en proceso de formación. Esta medida de impacto indudable, no tiene un objetivo esencialmente recaudatorio, por ello, la cotización es la de los contratos formativos y, además se bonifica esta en, al menos, un 75%</p></div><p class="article-text">
        Completar la formaci&oacute;n combinando teor&iacute;a y pr&aacute;ctica, aplicando la primera a la realidad del proceso productivo o servicio, son elementos que integran la mayor&iacute;a de los itinerarios formativos reglados de formaci&oacute;n profesional o universitaria, previos generalmente a la incorporaci&oacute;n de las personas j&oacute;venes al mercado de trabajo.
    </p><p class="article-text">
        En ese marco se desarrollan las pr&aacute;cticas no laborales, orientadas a completar esa formaci&oacute;n te&oacute;rica y no a generar producci&oacute;n o beneficio a la empresa o instituci&oacute;n en que se prestan.
    </p><p class="article-text">
        En estas pr&aacute;cticas no laborales no hay retribuci&oacute;n, ni contrato de trabajo, que s&iacute; existe bajo la modalidad de contrato formativo para las pr&aacute;cticas laborales, donde deber&iacute;an insertarse en realidad las pr&aacute;cticas extracurriculares.
    </p><p class="article-text">
        En las pr&aacute;cticas no laborales, puede y deber&iacute;a haber alguna compensaci&oacute;n econ&oacute;mica de diversa naturaleza (abono transporte, compensaci&oacute;n de gastos,&hellip;)
    </p><p class="article-text">
        Lo que se produce de manera generalizada, durante los a&ntilde;os dedicados a la formaci&oacute;n profesional o universitaria, es un retraso en la incorporaci&oacute;n al mercado de trabajo de j&oacute;venes que dedican una parte de sus primeros a&ntilde;os de potencial actividad laboral a formarse mejor para incorporarse, m&aacute;s tarde, en mejores condiciones de formaci&oacute;n y capacidad productiva.
    </p><p class="article-text">
        Este retraso en la incorporaci&oacute;n al mercado de trabajo fue tenido en cuenta en el Acuerdo sobre el sistema de pensiones de 2011 que previ&oacute; la obligaci&oacute;n de cotizar a la Seguridad Social durante estos per&iacute;odos de pr&aacute;cticas no laborales, cuando exist&iacute;a alguna compensaci&oacute;n econ&oacute;mica de cualquier tipo.
    </p><p class="article-text">
        Se regul&oacute; esta situaci&oacute;n en el RD 1493/2011 con una cotizaci&oacute;n reducida, equivalente a la correspondiente a los contratos formativos que, adem&aacute;s, est&aacute; bonificada al 100% cuando se trata de pr&aacute;cticas curriculares, la mayor&iacute;a. En el caso de las pr&aacute;cticas no curriculares, voluntarias y al margen del itinerario reglado, en las que debe impedirse que constituyan una forma de laboralidad encubierta, s&iacute; se cotiza.
    </p><p class="article-text">
        Cuando las pr&aacute;cticas se usan para encubrir una actividad productiva que deber&iacute;a ser laboral, estamos, simplemente, ante un fraude frecuente en el que se usan las pr&aacute;cticas no laborales, sobre todo las extracurriculares, para sustituir puestos de trabajo.
    </p><p class="article-text">
        El resultado de aquel acuerdo ha sido el reconocimiento de periodos cotizados a entre 80.000 y 90.000 j&oacute;venes cada a&ntilde;o, hasta el inicio de la pandemia, cuando est&aacute; cifra ha ca&iacute;do de forma l&oacute;gica inicialmente, menos l&oacute;gico en la actualidad, aunque ser&aacute; a final de curso el momento para valorar la vuelta a la normalidad en esta materia en lo que se refiere a becas con alguna compensaci&oacute;n econ&oacute;mica.
    </p><p class="article-text">
        Como continuaci&oacute;n del Acuerdo de 2011, fruto del mantenimiento de la reivindicaci&oacute;n sindical que CCOO ya defendi&oacute; en la negociaci&oacute;n de aquel a&ntilde;o, el nuevo Acuerdo de di&aacute;logo social suscrito por el Gobierno, CCOO, UGT, CEOE y CEPYME el pasado 1 de julio de 2021 en el que se concretaba la primera fase de la nueva reforma de Seguridad Social, incorporaba varias medidas adicionales que extienden el derecho a cotizaci&oacute;n de las personas con pr&aacute;cticas no laborales, pero ahora ya con car&aacute;cter general, sin necesidad de que exista o no compensaci&oacute;n alguna.
    </p><p class="article-text">
        Este acuerdo inclu&iacute;a un compromiso expreso para regular esta cuesti&oacute;n, mediante norma reglamentaria en un m&aacute;ximo de tres meses, de modo que se garantice que la realizaci&oacute;n de pr&aacute;cticas formativas en empresas, instituciones o entidades incluidas en programas de formaci&oacute;n, la realizaci&oacute;n de pr&aacute;cticas no laborales en empresas y la realizaci&oacute;n de pr&aacute;cticas acad&eacute;micas externas al amparo de la respectiva regulaci&oacute;n legal y reglamentaria, determine la inclusi&oacute;n en el sistema de la Seguridad Social de las personas que realicen las pr&aacute;cticas indicadas, aunque no tengan car&aacute;cter remunerado.
    </p><p class="article-text">
        El objetivo principal de esta medida incorporada a los sucesivos acuerdos de concertaci&oacute;n social busca reconocer el esfuerzo formativo, no solo con el t&iacute;tulo acad&eacute;mico, tambi&eacute;n con un per&iacute;odo cotizado a la Seguridad Social, al tiempo que refuerza la legitimaci&oacute;n social del sistema de Seguridad Social en el colectivo de personas m&aacute;s j&oacute;venes, ayudando a completar sus carreras de cotizaci&oacute;n reconociendo parte del tiempo dedicado a la formaci&oacute;n universitaria o de formaci&oacute;n profesional.
    </p><p class="article-text">
        El impacto potencial en cuanto al n&uacute;mero de personas beneficiadas por esta medida, es muy relevante.
    </p><p class="article-text">
        Partimos de las mencionadas pr&aacute;cticas no laborales con alguna compensaci&oacute;n o beca, que han generado un alta en Seguridad Social. Estas algo m&aacute;s de 80.000 anuales hasta febrero de 2020 (de ellas, m&aacute;s de un tercio son pr&aacute;cticas universitarias, un tercio son programas de formaci&oacute;n para el empleo o certificados de profesionalidad, algo m&aacute;s del 20% a formaci&oacute;n profesional y una peque&ntilde;a parte restante a pr&aacute;cticas de j&oacute;venes titulados sin experiencia). En los programas de formaci&oacute;n para el empleo es donde las pr&aacute;cticas remuneradas tienen un mayor peso.
    </p><p class="article-text">
        Estas cifras deben multiplicarse varias veces con la entrada en vigor de la nueva medida pactada. No hay buena informaci&oacute;n estad&iacute;stica sobre las pr&aacute;cticas no laborales sin compensaci&oacute;n, pero una estimaci&oacute;n del Gabinete Econ&oacute;mico de CCOO, sobre las fuentes existentes, eleva la cifra probable en torno a las 470.000 personas anualmente (en torno a un 70% de las personas tituladas universitarias de cada a&ntilde;o, las tituladas en formaci&oacute;n profesional y las participantes en programas de formaci&oacute;n para el empleo en centros p&uacute;blicos y certificados de profesionalidad), a estas &uacute;ltimas habr&iacute;a que a&ntilde;adir las que los realizan en centros privados.
    </p><p class="article-text">
        No es una cuesti&oacute;n menor reconocer periodos cotizados cada a&ntilde;o, a medio mill&oacute;n de j&oacute;venes en proceso de formaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Esta medida de impacto indudable, no tiene un objetivo esencialmente recaudatorio, por ello, la cotizaci&oacute;n es la de los contratos formativos y, adem&aacute;s se bonifica esta en, al menos, un 75%. Esto reduce la cotizaci&oacute;n al entorno de los 15 euros mensuales. De hecho, esa bonificaci&oacute;n ha sido y podr&iacute;a ser incluso mayor.
    </p><p class="article-text">
        Lo anterior hace completamente inexplicable la resistencia que una buena parte de las autoridades educativas y acad&eacute;micas, especialmente las p&uacute;blicas entre estas &uacute;ltimas, tuvieron en 2011 y han vuelto a tener ahora. Este, el econ&oacute;mico, es el pretexto que hasta la fecha est&aacute; utilizando el Gobierno a trav&eacute;s del Ministerio de Inclusi&oacute;n, Seguridad Social y Migraciones para justificar el retraso en la aplicaci&oacute;n de la medida pactada.
    </p><p class="article-text">
        Como consecuencia de ello, este compromiso est&aacute; incumplido 9 meses despu&eacute;s y constituye un obst&aacute;culo que debe ser resuelto si se quiere mantener la confianza en el cumplimiento de los acuerdos alcanzados en materia de Seguridad Social.
    </p><p class="article-text">
        No es la primera vez que ocurre. En la aplicaci&oacute;n de la norma aprobada en 2011, hubo una primera situaci&oacute;n de resistencia al cumplimiento de la misma, como consecuencia de una decisi&oacute;n consciente de una parte de las empresas e instituciones que promueven las becas que decidieron no tramitar las correspondientes altas tras conseguir la promulgaci&oacute;n del RD 1707/2011, por el que se regulan las pr&aacute;cticas acad&eacute;micas externas de los estudiantes universitarios. Una norma que fue recurrida por CCOO ante el Tribunal Supremo y finalmente anulada por sentencia de dicho Tribunal dando la raz&oacute;n a este sindicato. Momento a partir del que se elev&oacute; el n&uacute;mero de j&oacute;venes cotizantes estudiantes hasta la media de los 80.000-90.000 anuales ya citada.
    </p><p class="article-text">
        En conclusi&oacute;n, una medida de impacto para la poblaci&oacute;n m&aacute;s joven, m&aacute;s formada, que contribuye a que tengan carreras m&aacute;s largas de cotizaci&oacute;n aunque hayan dedicado m&aacute;s tiempo a su proceso formativo e incorporado al mundo laboral con mejores herramientas.
    </p><p class="article-text">
        Hay que aprobar ya los desarrollos normativos comprometidos en la reforma de Seguridad Social de julio pasado, de modo que se garantice el derecho a cotizaci&oacute;n de las centenares de miles de personas con pr&aacute;cticas no laborales. Es inaceptable e inexplicable no hacerlo.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Carlos Bravo Fernández, Adrià Junyent]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/cumplir-acordado-becas-deben-cotizar_129_8928692.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 22 Apr 2022 04:01:23 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Cumplir lo acordado. Todas las becas deben cotizar]]></media:title>
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      <title><![CDATA[El Mecanismo de Equidad de las pensiones, vacuna frente a quienes buscan el conflicto entre generaciones]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/mecanismo-equidad-pensiones-vacuna-frente-buscan-conflicto-generaciones_129_8496147.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/71f10e18-001f-450f-9f61-5f1e70fd19c0_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Mecanismo de Equidad de las pensiones, vacuna frente a quienes buscan el conflicto entre generaciones"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El nuevo mecanismo (MEI) se centra en los ingresos y no en reducir las pensiones. Es un esfuerzo colectivo, proporcional a los costes salariales, que contradice cualquier irresponsable intento de provocar conflictos intergeneracionales, a menudo propiciados por quien defiende simplemente la disminución de su cobertura</p></div><p class="article-text">
        El Mecanismo de Equidad Intergeneracional acordado por el Gobierno y los sindicatos sustituye a un Factor de Sostenibilidad que reduc&iacute;a las pensiones futuras de forma creciente en el tiempo, con un impacto mayor para las personas m&aacute;s j&oacute;venes. El recorte ir&iacute;a desde un 10% a quien hoy tiene 50 a&ntilde;os hasta un 23% para quien tiene 18 a&ntilde;os actualmente.
    </p><p class="article-text">
        El nuevo mecanismo (MEI) se centra en los ingresos y no en reducir las pensiones. Se sufraga de forma colectiva durante 10 a&ntilde;os, m&aacute;s por quienes tengan mejores salarios y menos por quienes sufren con mayor intensidad precariedad laboral, temporalidad, tiempo parcial indeseado y elevada rotaci&oacute;n laboral. Es decir, poblaci&oacute;n m&aacute;s joven y mujeres.
    </p><p class="article-text">
        Por tanto, se trata de un esfuerzo colectivo, proporcional a los costes salariales, que contradice cualquier irresponsable intento de provocar conflictos intergeneracionales sobre la financiaci&oacute;n del sistema de pensiones, a menudo propiciados por quien defiende simplemente la disminuci&oacute;n de su cobertura.
    </p><p class="article-text">
        No es una medida que pretenda un impacto presupuestario comparable al del &Iacute;ndice de Revalorizaci&oacute;n de Pensiones (IRP) y factor de Sostenibilidad (FS), ahora en curso de derogaci&oacute;n, que pretend&iacute;an una reducci&oacute;n sustancial de las pensiones.
    </p><p class="article-text">
        El MEI es una medida m&aacute;s, entre otras, que contribuye a mantener el sistema de pensiones durante los a&ntilde;os de mayor exigencia, aportando una cantidad adicional de ingresos netos a la Seguridad Social para recuperar un Fondo de Reserva que se hab&iacute;a consumido demasiado r&aacute;pido, superando las previsiones de su regulaci&oacute;n y financiando pol&iacute;ticas de empleo desde las cotizaciones a la Seguridad Social. Este &uacute;ltimo, otro asunto que viene a corregir el Acuerdo de Pensiones del pasado julio, al garantizar que esas pol&iacute;ticas de inter&eacute;s general se financien con aportaciones presupuestarias, reforzando la separaci&oacute;n de fuentes de financiaci&oacute;n.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        A modo de ejemplo, si tuvi&eacute;semos que buscar alguna referencia para dimensionar el impacto del MEI, podr&iacute;amos utilizar el efecto que tiene la esperanza de vida sobre el incremento del gasto. Las previsiones indican que la esperanza de vida en el momento de la jubilaci&oacute;n aumentar&aacute;, entre 2021 y 2050, algo m&aacute;s de 2 a&ntilde;os. Este MEI permitir&aacute; financiar una cuarta parte de ese aumento.
    </p><p class="article-text">
        Una constante de los acuerdos del Di&aacute;logo Social ha sido reforzar los ingresos y la contributividad del sistema de Seguridad Social. El MEI incide en lo primero; con la ya pactada cotizaci&oacute;n de aut&oacute;nomos por ingresos reales y la comprometida negociaci&oacute;n para elevar bases m&aacute;ximas de cotizaci&oacute;n (muy bajas en Espa&ntilde;a), reforzaremos la contributividad. Al cotizar por ingresos reales m&aacute;s de 4.5 millones de personas que hoy no lo hacen se contribuir&aacute; a una mejor y m&aacute;s justa financiaci&oacute;n, tratando a todas las personas que cotizan a la Seguridad Social en iguales condiciones, mejorando ingresos del sistema y sus propias pensiones futuras.
    </p><p class="article-text">
        Es de lamentar que el compromiso firmado en julio no haya sido mantenido por las organizaciones empresariales, m&aacute;s a&uacute;n cuando en t&eacute;rminos de incremento de cotizaciones el nuevo MEI se ha definido de forma muy moderada. Se olvida la fuerte disminuci&oacute;n de cotizaciones empresariales entre 1982 y 1995 (3,68 puntos porcentuales frente al incremento del 0,5% que supone el MEI para las empresas), adem&aacute;s de los inferiores costes laborales en Espa&ntilde;a respecto a nuestro entorno y que son las empresas las principales beneficiarias de los sistemas de bonificaciones y reducciones que se han desarrollado en las &uacute;ltimas d&eacute;cadas.
    </p><p class="article-text">
        Lo que se acaba de acordar es un moderado esfuerzo para empresas y trabajadores. A t&iacute;tulo de ejemplo, sobre bases de cotizaci&oacute;n de 1.050 y 4.070 euros, significa mensualmente poco m&aacute;s de 5 euros para la empleadora y 1 euro menos en n&oacute;mina, en el primer caso; 20 euros para la empleadora y cuatro menos en n&oacute;mina cuando se cotiza por 4.070 euros/mes, actual m&aacute;ximo. En el caso del trabajo aut&oacute;nomo, la cotizaci&oacute;n m&aacute;s frecuente es la m&iacute;nima (944 euros mes) y este incremento de cotizaci&oacute;n es, en ese caso, de 5,6 euros mes (algo m&aacute;s de 24 en los pocos casos en que se cotiza por base m&aacute;xima en la actualidad).
    </p><p class="article-text">
        Si tenemos en cuenta adem&aacute;s que esa cotizaci&oacute;n adicional disminuye la base tributaria de la declaraci&oacute;n fiscal correspondiente en cada caso, IRPF o Impuesto de Sociedades, es decir reduce la contribuci&oacute;n fiscal en el tipo marginal del declarante, el impacto real individual es, como digo, muy moderado. Adem&aacute;s, directamente relacionado con los ingresos laborales y con un impacto relevante en t&eacute;rminos de aportaci&oacute;n agregada a la Seguridad Social, algo m&aacute;s de 2.000 millones de euros anuales durante 10 a&ntilde;os.
    </p><p class="article-text">
        La distribuci&oacute;n de esfuerzos &ndash;0,5% empresas y 0,1% descuento en n&oacute;mina&ndash; es justa en un pa&iacute;s que gener&oacute; esa distribuci&oacute;n de cotizaciones entre empresa y trabajadores cuando la estructura fiscal que financiaba al Estado era fundamentalmente el extinto Impuesto sobre el Rendimiento del Trabajo Personal, es decir, los salarios de los trabajadores y trabajadoras. Algo que hoy, con una estructura fiscal mucho m&aacute;s compleja y formalmente alineada con est&aacute;ndares internacionales sigue siendo, esencialmente as&iacute;, como consecuencia de las debilidades de nuestro sistema tributario.
    </p><p class="article-text">
        Cualquier actuaci&oacute;n adicional necesaria, en el futuro, se har&aacute; sobre las materias que se acuerden, sin predeterminar que sea en primer lugar por el lado del gasto, como se pretend&iacute;a. Y una vez hayamos perfeccionado y puesto en marcha todas las medidas acordadas o pendientes de implantarse en las reformas de pensiones de 2011 y 2021/22, puedan ser evaluadas y determinado su impacto en el objetivo de mantener y mejorar nuestras pensiones, incluso en el periodo de mayor exigencia por razones demogr&aacute;ficas, que se inicia y concluir&aacute; en algo m&aacute;s de tres d&eacute;cadas.
    </p><p class="article-text">
        Ahora hay que seguir ultimando los desarrollos pendientes del Acuerdo de pensiones de julio pasado. En la mayor parte de su contenido ya est&aacute; en tramitaci&oacute;n parlamentaria, a la que ahora debe sumarse el MEI, junto con otros avances en materia de viudedad de parejas de hecho, cotizaci&oacute;n de j&oacute;venes durante los periodos de pr&aacute;cticas no laborales, mejora de protecci&oacute;n para trabajadores fijos discontinuos y cuidadores no profesionales de personas dependientes. Adem&aacute;s, ha de concretarse el proyecto de ley que instrumente la puesta en marcha de la cotizaci&oacute;n por ingresos reales en el trabajo aut&oacute;nomo.
    </p><p class="article-text">
        Todo ello, antes de iniciar una &uacute;ltima fase de negociaci&oacute;n comprometida, que aborde materias tan relevantes como la cotizaci&oacute;n por ingresos reales de los salarios m&aacute;s altos y la mejora de las pensiones m&iacute;nimas, entre otras materias.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En fin, un nuevo paso en buena direcci&oacute;n, que se aparta de intentar garantizar la sostenibilidad del sistema de pensiones a costa de la suficiencia de las prestaciones, apuesta por reforzar el sistema con mecanismos de financiaci&oacute;n m&aacute;s potentes y un refuerzo de la contributividad mejorando la relaci&oacute;n de las prestaciones causadas con las aportaciones efectuadas en forma de cotizaciones.
    </p><p class="article-text">
        Suficiencia, equidad, solidaridad interpersonal e intergeneracional, contributividad y mejora de la garant&iacute;a de pensiones m&iacute;nimas como base de la sostenibilidad financiera y social de la Seguridad Social.
    </p><p class="article-text">
        Una vez m&aacute;s, el Di&aacute;logo Social ha estado a la altura, para complementar el acuerdo pol&iacute;tico amplio que nos permita cuidar y reforzar nuestras herramientas de protecci&oacute;n colectiva. Desgraciadamente, esta vez, no nos han acompa&ntilde;ado las organizaciones empresariales. Esperamos que se pueda corregir pronto esa situaci&oacute;n. La responsabilidad y capacidad de concertaci&oacute;n de los interlocutores sociales es una clave de b&oacute;veda en este asunto.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Carlos Bravo Fernández]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/mecanismo-equidad-pensiones-vacuna-frente-buscan-conflicto-generaciones_129_8496147.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 16 Nov 2021 21:32:03 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El Mecanismo de Equidad de las pensiones, vacuna frente a quienes buscan el conflicto entre generaciones]]></media:title>
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