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    <title><![CDATA[elDiario.es - Benjamí Anglès Juanpere]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/autores/benjami-angles-juanpere/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Benjamí Anglès Juanpere]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[La inflación climática ya afecta a nuestros bolsillos]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/inflacion-climatica-afecta-bolsillos_129_11465690.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/bdd68d91-ac02-4508-b41e-7a46ae7a2c21_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La inflación climática ya afecta a nuestros bolsillos"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">En un país que hace bandera del buen tiempo y de sus playas, es evidente que el cambio climático también es una gran amenaza, obligando a grandes inversiones como, por ejemplo, la continua regeneración del litoral o la construcción de desalinizadoras</p></div><p class="article-text">
        La inflaci&oacute;n clim&aacute;tica es un problema que ya sufrimos, y todo apunta a que se mantendr&aacute; y, probablemente, se agravar&aacute; en el futuro. Si bien no somos muy conscientes de su existencia, desde hace un tiempo, una parte de la inflaci&oacute;n que tenemos ya se debe precisamente a las consecuencias del cambio clim&aacute;tico. De hecho, no podemos obviar que la &uacute;ltima escalada de precios, causada por la crisis energ&eacute;tica y la subida de los alimentos, no se ha debido s&oacute;lo a cuestiones geopol&iacute;ticas sino tambi&eacute;n a cuestiones ambientales.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Entre los factores que influyen en la subida de precios por motivos clim&aacute;ticos, estar&iacute;a el proceso de substituci&oacute;n de los combustibles f&oacute;siles por energ&iacute;as renovables, que conlleva grandes inversiones para adaptar las instalaciones existentes o construir nuevas m&aacute;s sostenibles, de modo que los costes de la llamada &ldquo;transici&oacute;n verde&rdquo; se terminan repercutiendo inevitablemente en las facturas de los clientes finales. Adem&aacute;s, a medida que la producci&oacute;n de combustibles f&oacute;siles se vaya reduciendo, tambi&eacute;n se producir&aacute;n desajustes en el mercado que empujar&aacute;n los precios de la energ&iacute;a al alza.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Otro de los factores ser&iacute;an los propios fen&oacute;menos clim&aacute;ticos extremos, como las heladas fuera de tiempo, las inundaciones, la aparici&oacute;n de plagas y, sobre todo, la sequ&iacute;a. Todas las alteraciones del clima tienen un efecto directo e inmediato en la agricultura y la ganader&iacute;a, afectando a las cosechas y a la producci&oacute;n ganadera. Es evidente que una reducci&oacute;n en la producci&oacute;n de alimentos implica un aumento de los precios por no poder atender la demanda, y tambi&eacute;n por el sobrecoste de tener que importar esos mismos productos para abastecer el mercado.
    </p><p class="article-text">
        Un reciente estudio del Banco Central Europeo (BCE) alerta que el aumento de temperaturas de los pr&oacute;ximos a&ntilde;os provocar&aacute; un aumento de la inflaci&oacute;n en general y de los precios de los alimentos en particular. Tambi&eacute;n advierte que estos aumentos de precios, provocados por la inflaci&oacute;n clim&aacute;tica, ser&aacute;n muy distintos seg&uacute;n los pa&iacute;ses, lo cual dificultar&aacute; la calibraci&oacute;n de una pol&iacute;tica monetaria &uacute;nica. Por consiguiente, si estas predicciones se cumplen, las pol&iacute;ticas monetarias del BCE para combatir la inflaci&oacute;n no solo deber&aacute;n tener en cuenta el factor clim&aacute;tico sino que, adem&aacute;s, su desigual impacto entre los distintos pa&iacute;ses de la Uni&oacute;n Europea.
    </p><p class="article-text">
        Espa&ntilde;a sale malparada en cuanto a inflaci&oacute;n clim&aacute;tica se refiere. En primer lugar, en materia energ&eacute;tica, Espa&ntilde;a siempre ha dependido de las importaciones de gas y petr&oacute;leo de terceros pa&iacute;ses. Mientras esto sea as&iacute;, nuestra balanza comercial estar&aacute; sometida a las subidas de los precios de la energ&iacute;a de los mercados internacionales, las cuales se trasladan directamente a los precios finales que pagamos los consumidores.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En cuanto a los fen&oacute;menos clim&aacute;ticos, la producci&oacute;n agraria y ganadera en Espa&ntilde;a se est&aacute; viendo muy afectada por la sequ&iacute;a de los &uacute;ltimos tiempos, as&iacute; como por otros fen&oacute;menos adversos m&aacute;s puntuales pero cada vez m&aacute;s frecuentes. La fuerte subida del precio del aceite; el ERE anunciado por <em>Freixenet </em>ante la dr&aacute;stica reducci&oacute;n del cultivo de uva, o la crisis en la producci&oacute;n del zumo de naranja, ser&iacute;an ejemplos de c&oacute;mo los efectos del cambio clim&aacute;tico en el campo espa&ntilde;ol terminan afectando a la estabilidad de los precios de los alimentos en nuestro pa&iacute;s.
    </p><p class="article-text">
        Por &uacute;ltimo, aunque no menos importante, tambi&eacute;n se ver&iacute;a afectado uno de los principales sectores econ&oacute;micos de Espa&ntilde;a: el turismo. En un pa&iacute;s que hace bandera del buen tiempo y de sus playas, es evidente que el cambio clim&aacute;tico tambi&eacute;n es una gran amenaza, obligando a grandes inversiones como, por ejemplo, la continua regeneraci&oacute;n del litoral o la construcci&oacute;n de desalinizadoras. Igualmente, se ve afectado por el precio de los carburantes para el transporte o por los nuevos impuestos medioambientales. Todo ello, sin duda, termina repercutiendo y encareciendo la factura de los servicios tur&iacute;sticos.
    </p><p class="article-text">
        Si aceptamos que la inflaci&oacute;n clim&aacute;tica se debe a los efectos del cambio clim&aacute;tico, lo l&oacute;gico para reducirla ser&iacute;a adoptar todas aquellas medidas que sean oportunas para combatir las causas del cambio clim&aacute;tico. M&aacute;s all&aacute; de las grandes inversiones que tengan que realizar los pa&iacute;ses y las empresas para reducir su huella de carbono, nosotros como consumidores tambi&eacute;n podemos colaborar aplicando la regla de las tres erres: reducir, reciclar y reutilizar.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En t&eacute;rminos de inflaci&oacute;n, todo aquello que permita ajustar la oferta y la demanda tendr&aacute; un efecto positivo en la estabilidad de los precios. En este sentido, reducir el consumo tiene un efecto directo en la demanda, mientras que reciclar y reutilizar permiten reducir los costes de producci&oacute;n y satisfacer una parte de la demanda a menor precio. No s&oacute;lo se trata de producir m&aacute;s barato, tambi&eacute;n de consumir de forma m&aacute;s sostenible.
    </p><p class="article-text">
        En todo caso, tambi&eacute;n tendr&iacute;a que reconocerse el esfuerzo econ&oacute;mico de aquellos que est&aacute;n dispuestos a soportar mayores costes por realizar actividades no contaminantes o que favorecen la descarbonizaci&oacute;n, evitando de este modo que todo el sobrecoste de la inflaci&oacute;n por causas clim&aacute;ticas recaiga inevitablemente en los consumidores. Ciertamente, quien m&aacute;s contamine que m&aacute;s pague pero, mientras persistan los efectos del cambio clim&aacute;tico en los precios de bienes y servicios, seguiremos pagando todos de una manera u otra.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Benjamí Anglès Juanpere]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/inflacion-climatica-afecta-bolsillos_129_11465690.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 21 Jun 2024 20:45:18 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La inflación climática ya afecta a nuestros bolsillos]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El dinero no cae del cielo, sale de nuestros bolsillos]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/dinero-no-cae-cielo-sale-bolsillos_129_10969570.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/7152601b-b9ac-4f42-a3f0-f69bef7b8630_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x876y293.jpg" width="1200" height="675" alt="El dinero no cae del cielo, sale de nuestros bolsillos"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Si lo que se quiere es aumentar las contribuciones de las entidades bancarias para que las mayores ganancias de unos pocos reviertan en beneficio de todos, se podría plantear una reforma del Impuesto de Sociedades</p></div><p class="article-text">
        Se ha presentado en el Congreso de los Diputados la 'proposici&oacute;n de Ley para una correcta imposici&oacute;n de los beneficios ca&iacute;dos del cielo de la gran banca'. Una iniciativa del Grupo Mixto que, seg&uacute;n su exposici&oacute;n de motivos, tiene como objetivo redistribuir los beneficios extraordinarios de la banca para redirigir los recursos p&uacute;blicos a la econom&iacute;a real.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Lo que de entrada llama m&aacute;s la atenci&oacute;n de esta iniciativa legislativa es sin duda el nombre asignado a la propuesta del nuevo gravamen. Hasta ahora, el nombre de los tributos se sol&iacute;a relacionar con su naturaleza o hecho imponible, esto es, la circunstancia o presupuesto de hecho que la ley establece para configurar cada imposici&oacute;n, y cuya realizaci&oacute;n origina el nacimiento de la obligaci&oacute;n tributaria principal, es decir, la raz&oacute;n que conlleva el pago de la misma.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        De este modo, aunque no se tengan conocimientos fiscales, todo el mundo puede comprender qu&eacute; gravan, por ejemplo, el impuesto sobre la renta de las personas f&iacute;sicas, el impuesto sobre sucesiones, el impuesto sobre bienes inmuebles, o la tasa por la recogida de basuras. Todos ellos incluyen en su nombre una breve pero clara definici&oacute;n del objeto de los mismos.
    </p><p class="article-text">
        &Aacute;vido de conocer c&oacute;mo sus se&ntilde;or&iacute;as habr&iacute;an definido este nuevo impuesto con un nombre tan poco jur&iacute;dico, resulta que proponen gravar las ganancias de las entidades de cr&eacute;dito derivadas de los intereses y comisiones ingresadas anualmente durante los a&ntilde;os 2023, 2024 y 2025, queriendo emular el gravamen temporal a las entidades de cr&eacute;dito del 4,8% aprobado por el Gobierno a finales de 2022 y que ha permitido ingresar a la Hacienda p&uacute;blica m&aacute;s de 1.200 millones en 2023.
    </p><p class="article-text">
        Concretamente, quieren establecer un doble gravamen temporal sobre tales ganancias. En primer lugar, un gravamen del 10% a la suma del margen de intereses y comisiones derivados de la actividad que desarrollen las entidades de cr&eacute;dito en Espa&ntilde;a, que duplicar&iacute;a al ya existente. Y, en segundo lugar, otro gravamen del 75% sobre la suma del margen extraordinario de intereses y comisiones derivados de su actividad que se sit&uacute;en por encima del 5% del margen obtenido en 2022, lo que consideran <em>beneficios ca&iacute;dos del cielo</em>.
    </p><p class="article-text">
        Est&aacute; claro que los intereses y comisiones que ingresan los bancos no caen del cielo, sino que provienen de los bolsillos de sus clientes. Y tampoco ser&iacute;an ingresos debidos a una coyuntura econ&oacute;mica ajena a las decisiones de los gestores de las entidades bancarias, como podr&iacute;a ser la inflaci&oacute;n en el sector comercial o la limitaci&oacute;n de precios en el sector energ&eacute;tico. No, no se tratar&iacute;a de un <em>windfall profits</em> (que es de donde viene este concepto de ganancias extraordinarias en ingl&eacute;s) sino de beneficios fruto de la decisi&oacute;n de aumentar el cobro de intereses y comisiones, mientras apenas se retribuyen los dep&oacute;sitos de los clientes.
    </p><p class="article-text">
        Tales beneficios son l&iacute;citos aunque para muchos puedan ser reprobables. Si lo que se quiere es aumentar las contribuciones de las entidades bancarias para que las mayores ganancias de unos pocos reviertan en beneficio de todos mediante impuestos, en lugar de crear un nuevo gravamen <em>ad hoc</em> quiz&aacute;s se podr&iacute;a plantear una reforma del Impuesto de Sociedades que ya grava los beneficios empresariales. Si se ha logrado un tipo impositivo m&iacute;nimo de sociedades del 15% en los Estados miembros de la UE, por qu&eacute; no pensar en un impuesto m&aacute;s progresivo que tenga en cuenta los mayores beneficios sin importar el sector de actividad, en vez de ir parche&aacute;ndolo con bonificaciones, tipos reducidos y grav&aacute;menes especiales en funci&oacute;n de coyunturas y decisiones reactivas.
    </p><p class="article-text">
        El debate entre proporcionalidad y progresividad de los impuestos viene de lejos. Lo cierto es que la progresividad en el Impuesto sobre Sociedades no tiene muchos partidarios ya que se argumenta que las empresas con mayores beneficios no tienen porque ser propiedad de accionistas con una mayor capacidad econ&oacute;mica, de modo que en estos casos el impuesto no ser&iacute;a verdaderamente progresivo. No obstante, cada vez que los bancos o grandes empresas anuncian extraordinarios beneficios se genera una ola de indignaci&oacute;n y nadie se acuerda del accionariado.
    </p><p class="article-text">
        En cualquier caso, el conocido como &lsquo;impuesto a la banca&rsquo; ya est&aacute; en los tribunales y, de aprobarse este nuevo gravamen, con toda seguridad tambi&eacute;n terminar&aacute; all&iacute;. Esperemos que la justificaci&oacute;n y configuraci&oacute;n de ambos grav&aacute;menes sean finalmente avaladas por los jueces ya que, en caso contrario, todo el dinero recaudado tendr&aacute; que volver a las entidades bancarias y no, tampoco ser&aacute; dinero ca&iacute;do del cielo, ser&aacute; dinero que saldr&aacute; de los bolsillos de todos los contribuyentes que siempre acabamos pagando las ocurrencias o excesos de nuestros dirigentes pol&iacute;ticos.&nbsp;
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Benjamí Anglès Juanpere]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/dinero-no-cae-cielo-sale-bolsillos_129_10969570.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 04 Mar 2024 21:36:05 +0000]]></pubDate>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Con la gasolina por las nubes]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/gasolina-nubes_129_10574414.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/175e4fd6-0ef8-4a5e-828d-4df6359016ed_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Con la gasolina por las nubes"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">No se comprenden los motivos por los que el carburante que utilizan los aviones apenas está sujeto a tributación en Europa y España. Es necesario mantener el principio de quien contamina paga, aunque repercuta en el bolsillo de los pasajeros</p></div><p class="article-text">
        Los precios de los carburantes vuelven a dispararse y situarse en m&aacute;ximos no vistos desde la crisis energ&eacute;tica. Este fuerte repunte se explica no s&oacute;lo por el veto de Estados Unidos y Europa a las importaciones de crudo procedentes de Rusia, sino tambi&eacute;n por la reciente decisi&oacute;n de Arabia Saud&iacute; de mantener el recorte de su producci&oacute;n, junto a la actual debilidad del euro frente al d&oacute;lar, formando todo ello una tormenta perfecta que no parece que vaya a escampar a corto o medio plazo.
    </p><p class="article-text">
        Ya se escuchan voces que piden la intervenci&oacute;n del Gobierno para que vuelva a aplicar ayudas directas para los conductores no profesionales, tal y como hizo de marzo a diciembre de 2022, cuando la gasolina super&oacute; los 2 euros el litro y se aprob&oacute; un descuento de 20 c&eacute;ntimos por litro. No obstante, en pleno proceso de investidura, ya veremos si el Gobierno en funciones decide intervenir de nuevo y con qu&eacute; medida.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n est&aacute;n en el punto de mira el IVA y el Impuesto Especial de los Hidrocarburos que gravan la gasolina y el di&eacute;sel de los coches de combusti&oacute;n, los cuales suponen alrededor del 40% del precio que pagamos cada vez que repostamos. Sin embargo, y a pesar de los altos precios de los carburantes, no podemos olvidar la importante funci&oacute;n de los llamados impuestos medioambientales en plena crisis clim&aacute;tica mundial.
    </p><p class="article-text">
        Llegados a este punto, no se comprenden los motivos por los que el carburante que utilizan los aviones apenas est&aacute; sujeto a tributaci&oacute;n en Europa y Espa&ntilde;a. En nuestro pa&iacute;s s&oacute;lo se aplica un IVA reducido del 10% al combustible y a los billetes de los pasajeros de los vuelos nacionales, mientras que los vuelos internacionales y transoce&aacute;nicos no pagan ning&uacute;n impuesto, ni por el combustible, ni por los billetes, ni tampoco por sus emisiones contaminantes.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n un informe de este pasado verano de la ONG <em>Transport &amp; Environment</em>, la Uni&oacute;n Europea dejar&iacute;a de ingresar m&aacute;s de 34.220 millones de euros por la falta de impuestos sobre el sector a&eacute;reo, siendo en el caso de Espa&ntilde;a nada menos que 4.610 millones de euros. Por una parte, por las exenciones sobre los carburantes usados por las compa&ntilde;&iacute;as a&eacute;reas y los billetes comprados por los usuarios. Y por otra, por la falta de grav&aacute;menes medioambientales sobre las emisiones contaminantes de los aviones.
    </p><p class="article-text">
        Y todo ello en aplicaci&oacute;n de una directiva europea de 2003 que contin&uacute;a declarando exentos de IVA a los carburantes usados en la navegaci&oacute;n a&eacute;rea distinta de la navegaci&oacute;n a&eacute;rea de recreo privada, es decir, que dejar&iacute;a fuera de tributaci&oacute;n a la navegaci&oacute;n comercial y de transporte de mercanc&iacute;as. Y tambi&eacute;n de otra directiva de 2006 que permite la exenci&oacute;n del IVA al transporte internacional de viajeros por v&iacute;a a&eacute;rea. Ambas exenciones oportunamente recogidas en nuestra normativa nacional del impuesto.
    </p><p class="article-text">
        Lo cierto es que la Comisi&oacute;n Europea propuso en 2021 una nueva directiva para reestructurar el r&eacute;gimen impositivo de los productos energ&eacute;ticos en la UE, entre cuyas medidas destaca la propuesta de poner fin precisamente a las actuales exenciones que se aplican a la navegaci&oacute;n a&eacute;rea comercial dentro de la UE. No obstante, no se pondr&iacute;an fin a las exenciones para el transporte a&eacute;reo de mercanc&iacute;as, ni tampoco para los vuelos fuera de la UE. Dicha propuesta, cuyo horizonte se sit&uacute;a en 2030, de momento sigue su tramitaci&oacute;n y est&aacute; siendo objeto de debate por parte de los miembros del Consejo.
    </p><p class="article-text">
        No parece razonable que el sector a&eacute;reo, responsable del 5% de las emisiones de CO2 dentro de la UE seg&uacute;n la Agencia Europea de Medio Ambiente, no contribuya a las arcas p&uacute;blicas como el resto de las industrias contaminantes y de los ciudadanos, ni directamente por sus emisiones contaminantes, ni indirectamente por el consumo de combustibles f&oacute;siles y la prestaci&oacute;n del servicio de transporte.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Si el objetivo es dar respuesta a los desaf&iacute;os relacionados con el medio ambiente y lograr los objetivos de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero de la UE, as&iacute; como disminuir la contaminaci&oacute;n atmosf&eacute;rica, no se puede aceptar que llenar el tanque de un avi&oacute;n no devengue ning&uacute;n impuesto frente a llenar el dep&oacute;sito de un coche, como si viajar en avi&oacute;n resultase menos perjudicial para el medio ambiente que usar el autom&oacute;vil.
    </p><p class="article-text">
        Ni tampoco es admisible que, frente a la acuciante necesidad de recursos para hacer frente a los retos del cambio clim&aacute;tico, un sector econ&oacute;mico con un importante impacto medioambiental quede exento de su deber de contribuir al sostenimiento de los gastos p&uacute;blicos y la conservaci&oacute;n del medio ambiente, eludiendo los principios tributarios de capacidad econ&oacute;mica y progresividad.
    </p><p class="article-text">
        Obviamente, todas estas medidas incrementar&aacute;n los costes del servicio y algunos terminar&aacute;n repercutiendo en el bolsillo de los pasajeros, pero sin alternativas energ&eacute;ticas realmente limpias, es necesario mantener el principio de &ldquo;quien contamina, paga&rdquo; y hacerlo extensivo tambi&eacute;n al transporte a&eacute;reo, en caso contrario, que los carburantes est&eacute;n por las nubes no tendr&aacute; s&oacute;lo un sentido figurado.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Benjamí Anglès Juanpere]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/gasolina-nubes_129_10574414.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 05 Oct 2023 20:17:54 +0000]]></pubDate>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Un país sin impuestos]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/pais-impuestos_129_9680406.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/223c45c2-c181-498d-ac41-33b162957989_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Un país sin impuestos"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Es necesario encontrar puntos de equilibrio y llegar a consensos para que todo el mundo contribuya al gasto público teniendo en cuenta su verdadera capacidad económica, ni más ni menos, y para que el Estado social y de derecho que proclama la Constitución no sean palabras irrealizables</p><p class="subtitle">Los nuevos impuestos aumentarán en 3.900 millones la recaudación en 2023</p></div><p class="article-text">
        Han vuelto los impuestos a protagonizar el debate pol&iacute;tico, si es que alguna vez dejaron de hacerlo, con la eterna discusi&oacute;n de si estos deben bajar o subir, especialmente en per&iacute;odos de crisis econ&oacute;micas. Nada que objetar a las distintas y l&iacute;citas propuestas de bajadas y subidas de impuestos, siempre y cuando se explique con detalle (&iexcl;y n&uacute;meros!) a qu&eacute; sujetos y partidas de gasto p&uacute;blico afectar&aacute;n. No debemos olvidar que los presupuestos p&uacute;blicos est&aacute;n obligados a buscar la estabilidad entre los ingresos y los gastos, de modo que cualquier variaci&oacute;n de los primeros tiene un impacto directo en los segundos.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Si algo nos ha ense&ntilde;ado la pandemia es que es mucho mejor contar con servicios p&uacute;blicos preparados para hacer frente a problemas y situaciones que pueden afectar al conjunto de los ciudadanos, sin importar d&oacute;nde residen o cu&aacute;l es su capacidad econ&oacute;mica. Pero la gesti&oacute;n y prestaci&oacute;n de los servicios p&uacute;blicos precisan de recursos suficientes y, hoy por hoy, la mayor parte de los mismos proceden de los impuestos y de la deuda p&uacute;blica.
    </p><p class="article-text">
        Ahora bien, sin fuentes de ingresos alternativas, no podemos aspirar a pagar los mismos impuestos que en Andorra y a la vez disfrutar de los servicios p&uacute;blicos que tienen en Finlandia o Dinamarca. Sin duda, nuestro estado de bienestar pasa necesariamente por sufragar servicios p&uacute;blicos adecuados acorde con la riqueza de nuestro pa&iacute;s en t&eacute;rminos de Producto Interior Bruto.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Pero los ingresos y gastos p&uacute;blicos no solo sirven para tener y mantener los servicios p&uacute;blicos, tambi&eacute;n permiten redistribuir la riqueza, especialmente mediante la progresividad de los impuestos (qui&eacute;n m&aacute;s tiene m&aacute;s contribuye) y la concesi&oacute;n de ayudas directas a determinados colectivos (para reducir las brechas sociales). De modo que la pol&iacute;tica fiscal formar&iacute;a parte indisociable de la pol&iacute;tica social que realizan los gobiernos.
    </p><p class="article-text">
        Asimismo, y m&aacute;s all&aacute; de las bajadas y subidas de impuestos, tambi&eacute;n ser&iacute;a necesario, en el apartado de los ingresos, poner el foco (&iexcl;y recursos!) en perseguir a aquellos que cometen fraude fiscal y operan con total impunidad en la econom&iacute;a sumergida. Mientras que, en el apartado de los gastos, resulta imprescindible terminar con la corrupci&oacute;n y mejorar la eficiencia del gasto p&uacute;blico y, sobre todo, evaluar de una vez por todas el impacto de las pol&iacute;ticas p&uacute;blicas (asignatura pendiente en Espa&ntilde;a). Sin un sistema tributario justo no es posible construir una sociedad sin conflictos ni desigualdades.
    </p><p class="article-text">
        En este debate, querer sustentar las propuestas de rebajas fiscales con el argumento de que es mejor que el dinero est&eacute; en el bolsillo de los ciudadanos que en el de los de Hacienda, nos llevar&iacute;a, de ser cierto, a la conclusi&oacute;n de que lo mejor ser&iacute;a que no existiera ning&uacute;n impuesto y que cada individuo pudiera destinar todas sus rentas como mejor le parezca. Demasiadas guerras y revoluciones ha sufrido la humanidad como para volver a plantear una sociedad basada en las desigualdades sociales de la ley del m&aacute;s fuerte (o del que m&aacute;s tiene) y del s&aacute;lvese quien pueda (en una suerte de individualismo extremo).&nbsp;&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Tampoco la posici&oacute;n contraria, la de dejar todo en manos del Estado, ser&iacute;a la mejor opci&oacute;n, de lo cual tambi&eacute;n tenemos suficientes evidencias en la reciente historia de Europa. No parece que las recetas del neoliberalismo o del neocomunismo sean la mejor soluci&oacute;n para el actual escenario, y mucho menos si estos son autoritarios.
    </p><p class="article-text">
        En el &aacute;mbito tributario es necesario encontrar puntos de equilibrio y llegar a consensos para que todo el mundo contribuya al gasto p&uacute;blico teniendo en cuenta su verdadera capacidad econ&oacute;mica, ni m&aacute;s ni menos, y para que el Estado social y de derecho que proclama la Constituci&oacute;n no sean palabras irrealizables. Necesitamos un sistema tributario que garantice todo eso y, puestos a pedir, con suficiente seguridad jur&iacute;dica para no tener que acudir continuamente a los tribunales. En esto tendr&iacute;an que andar nuestros pol&iacute;ticos, en lugar de seguir con el griter&iacute;o y desencuentro permanente al que ya nos tienen acostumbrados.
    </p><p class="article-text">
        Alguien dijo que no hay que terminar con los ricos, sino terminar con los pobres. Yo me conformar&iacute;a con terminar con la corrupci&oacute;n y el fraude fiscal y, por supuesto, con la continua bronca pol&iacute;tica sin contenido que se ha apoderado del discurso p&uacute;blico. Entre un pa&iacute;s sin impuestos y otro libre de corrupci&oacute;n, fraude y propuestas vac&iacute;as, sin duda me quedo con el segundo.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Benjamí Anglès Juanpere]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/pais-impuestos_129_9680406.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 22 Nov 2022 21:51:05 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Un país sin impuestos]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Impuestos]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Un impuesto a los eructos]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/impuesto-eructos_129_9153194.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/6bcacc7a-a628-46e2-acd4-eb1bde83627f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Un impuesto a los eructos"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Aplicar un impuesto a los eructos de las vacas podría parecer una estrafalaria ocurrencia para conseguir recursos públicos, pero atendiendo a los planes del gobierno neozelandés puede resultar una herramienta útil para lograr su objetivo de reducir la contaminación de la actividad ganadera en aquel país</p><p class="subtitle">La tasa sobre el plástico empieza a reducir el atraso en impuestos verdes de España, todavía anclada al vagón de cola europeo</p></div><p class="article-text">
        Aunque pueda sonar a chiste, es la seria propuesta que est&aacute;n estudiando en Nueva Zelanda para atajar una de las principales fuentes de gases de efecto invernadero que afecta al pa&iacute;s. Con una poblaci&oacute;n de 5 millones de habitantes, pero con m&aacute;s de 10 millones de vacas y de 26 millones de ovejas, resulta que casi la mitad de las emisiones de dichos gases en aquel pa&iacute;s provienen de los est&oacute;magos de los animales, principalmente en forma de metano, que son expulsados mayormente v&iacute;a eructos.
    </p><p class="article-text">
        El metano es un gas m&aacute;s potente y da&ntilde;ino para el calentamiento global que el di&oacute;xido de carbono que emiten los veh&iacute;culos de combusti&oacute;n y, seg&uacute;n la Organizaci&oacute;n para la Alimentaci&oacute;n y la Agricultura (FAO) de Naciones Unidas, solo el ganado de granja es el responsable del 10% de las emisiones de gases de efecto invernadero en el mundo, estimando por ejemplo que cada vaca puede llegar a eructar hasta 500 litros de metano al d&iacute;a. Sin embargo, hasta el momento, las emisiones de estos gases no se han incluido en el sistema de comercio de derechos de emisi&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        El ministro neozeland&eacute;s para el cambio clim&aacute;tico planea gravar las emisiones de gases de los animales de granja a partir de 2025 mediante un sistema de fijaci&oacute;n de precios de las emisiones contaminantes procedentes de la ganader&iacute;a similar al existente para las industrias. De este modo, se establecer&aacute;n l&iacute;mites de emisi&oacute;n a las explotaciones ganaderas que recibir&aacute;n derechos de emisi&oacute;n a cambio del pago del gravamen, los cuales, posteriormente, podr&aacute;n comercializar entre ellas en funci&oacute;n de los excedentes o necesidades de derechos que tuvieran al final de cada a&ntilde;o. Con ello se persigue incentivar la reducci&oacute;n de dichas emisiones.
    </p><p class="article-text">
        El plan contempla diferentes actuaciones para lograr la reducci&oacute;n de los gases emitidos a la atm&oacute;sfera, como el uso de algas u otros aditivos alimentarios en la comida de los animales o la plantaci&oacute;n de &aacute;rboles en los terrenos de las granjas para compensar el impacto de la contaminaci&oacute;n. Incluso se estudia la posibilidad de usar m&aacute;scaras faciales para el ganado que atrapen los gases y los filtren antes de que se exhalen al exterior. En cualquier caso, la existencia de alternativas para poder reducir los efectos contaminantes de la actividad ganadera y, por consiguiente, poder reducir la carga fiscal introducida por este nuevo impuesto, permite hablar de fiscalidad medioambiental o de c&oacute;mo los tributos pueden ayudar a la lucha contra el cambio clim&aacute;tico.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, demasiadas veces, y en nuestro pa&iacute;s tenemos sobrados ejemplos, se llama fiscalidad medioambiental a una serie de impuestos que penalizan actividades perjudiciales para el medio ambiente, pero sin que existan opciones reales para los obligados al pago, o las que existen son demasiado caras, las cuales les permitan cambiar de h&aacute;bitos para dejar de contaminar. El hecho de aumentar los costes (y precios) de productos y servicios contaminantes v&iacute;a impuestos cuando los consumidores no pueden optar a otros, termina generando la percepci&oacute;n de que la fiscalidad medioambiental no est&aacute; pensada realmente para ayudar a la lucha contra el cambio clim&aacute;tico sino simplemente como una nueva v&iacute;a para aumentar la recaudaci&oacute;n de ingresos p&uacute;blicos.
    </p><p class="article-text">
        Pero, adem&aacute;s de no lograr los objetivos para los que fueron creados, muchos de estos impuestos llamados verdes o medioambientales resultan regresivos, dado que refuerzan la idea de que no se paga por contaminar sino que se puede contaminar si se paga, de modo que aquellos que se lo pueden permitir pueden seguir contaminando. Si los ganaderos tienen que hacer frente a nuevos costes debido al gravamen por la emisi&oacute;n de gases contaminantes de sus animales y no se les ofrecieran alternativas para poder reducirlas y evitar su pago, el objetivo bienintencionado (y publicitado) de combatir los efectos negativos del cambio clim&aacute;tico ser&iacute;an pura ret&oacute;rica. En cambio, si a la vez que se crea el impuesto, se implantan y ofrecen alternativas para reducir las actividades contaminantes y, por consiguiente, tambi&eacute;n la factura impositiva, entonces el objetivo de la fiscalidad medioambiental de incentivar el cambio en el comportamiento de los ciudadanos adquiere todo su sentido.
    </p><p class="article-text">
        Aplicar un impuesto a los eructos de las vacas podr&iacute;a parecer una estrafalaria ocurrencia para conseguir recursos p&uacute;blicos, pero atendiendo a los planes del gobierno neozeland&eacute;s puede resultar una herramienta francamente &uacute;til para lograr su objetivo de reducir la contaminaci&oacute;n de la actividad ganadera en aquel pa&iacute;s, a la vista de las alternativas que ofrecen a los ganaderos. En cambio, cuando en nuestro pa&iacute;s se propone aumentar las tasas por el uso de aviones y barcos sin que existan otras opciones de transporte menos contaminantes pero igual de eficaces, o se decide incrementar la fiscalidad de los veh&iacute;culos de combusti&oacute;n privados y de los combustibles f&oacute;siles cuando los coches el&eacute;ctricos cuestan el doble o no se dispone de un transporte p&uacute;blico alternativo adecuado, o se planea gravar la congesti&oacute;n en la grandes ciudades o el uso de las v&iacute;as r&aacute;pidas sin ofrecer alternativas de movilidad planificadas, aunque todo ello no nos haga ninguna gracia, desde el punto de vista de la fiscalidad medioambiental se tratar&iacute;a de una broma, pero no en la acepci&oacute;n del t&eacute;rmino que significa diversi&oacute;n, sino en la de cosa cara o molesta.
    </p><p class="article-text">
        Por todo ello, bienvenida sea la fiscalidad medioambiental, siempre y cuando sirva verdaderamente para luchar contra el cambio clim&aacute;tico, pero llamemos directamente fiscalidad para contaminar al resto ya que, mientras los contribuyentes no tengan alternativas que les permitan cambiar de forma f&aacute;cil y r&aacute;pida sus actividades contaminantes, sus efectos no se notar&aacute;n en el medioambiente, sino mayormente en sus bolsillos y los de Hacienda, claro.&nbsp;
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Benjamí Anglès Juanpere]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/impuesto-eructos_129_9153194.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sat, 09 Jul 2022 20:52:22 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Un impuesto a los eructos]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Impuestos]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Parejas de hecho sin derechos]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/parejas-hecho-derechos_129_8929060.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/a7097b1e-1367-4db1-92e7-2036433360fd_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Parejas de hecho sin derechos"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Se cierra la puerta (parece que de forma definitiva) a que las parejas de hecho no inscritas en un registro oficial puedan aspirar a los mismos beneficios establecidos para las parejas efectivamente registradas</p></div><p class="article-text">
        Seg&uacute;n el diccionario de la Real Academia Espa&ntilde;ola, una pareja de hecho es la uni&oacute;n de dos personas que conviven como un matrimonio sin serlo. En cambio, si buscamos su definici&oacute;n legal, resulta que puede haber hasta diecisiete al no ser una materia de &aacute;mbito estatal sino regulada directamente por las comunidades aut&oacute;nomas, de modo que puede variar en funci&oacute;n del territorio. No obstante, casi todas coinciden en definirla como la uni&oacute;n entre dos personas de forma libre, estable y p&uacute;blica, d&aacute;ndole publicidad mediante su inscripci&oacute;n en el correspondiente registro auton&oacute;mico. En la pr&aacute;ctica, este registro es el que permite a este tipo de parejas acceder a las prestaciones p&uacute;blicas como medio de prueba de su convivencia, provocando un sinf&iacute;n de recursos por trato discriminatorio de las parejas no registradas que siempre terminaban desestimados.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, hace justo un a&ntilde;o, el Tribunal Supremo sorprendi&oacute; con una novedosa sentencia que otorgaba el derecho a percibir la pensi&oacute;n de viudedad al sobreviviente de una pareja de hecho no registrada, al admitir la posibilidad de demostrar la uni&oacute;n de la pareja mediante un certificado de empadronamiento. De este modo, cuestion&oacute; el criterio legal aplicado hasta entonces de que solamente las parejas de hecho inscritas en un registro oficial pod&iacute;an ser reconocidas oficialmente como tales a los efectos de obtener las pertinentes prestaciones establecidas por la ley, y declar&oacute; por primera vez admisible cualquier medio de prueba v&aacute;lido en Derecho que permitiera acreditar la convivencia de la pareja de hecho de manera inequ&iacute;voca.
    </p><p class="article-text">
        Por su parte, hace un par de meses, el Tribunal Constitucional tambi&eacute;n rechaz&oacute; que la &uacute;nica v&iacute;a para acreditar la convivencia de una pareja de hecho fuera la inscripci&oacute;n en el correspondiente registro auton&oacute;mico, y acept&oacute; que la pareja de hecho pudiera acceder a un determinado beneficio fiscal al acreditar su convivencia mediante su inscripci&oacute;n en un registro municipal. En opini&oacute;n del alto tribunal, si no se aceptase, la Administraci&oacute;n tratar&iacute;a de forma desigual a situaciones material y jur&iacute;dicamente iguales, lo cual ser&iacute;a contrario a la Constituci&oacute;n y, concretamente, al art. 14 que establece el principio de igualdad de todos los espa&ntilde;oles ante la ley.
    </p><p class="article-text">
        Aclaraba esta segunda sentencia que no se cuestionaba la exigencia legal de inscripci&oacute;n registral de las parejas de hecho, requisito que en su momento ya se declar&oacute; conforme a la Constituci&oacute;n por perseguir una leg&iacute;tima finalidad de seguridad jur&iacute;dica y evitaci&oacute;n de fraude. Pero el Tribunal Constitucional s&iacute; consideraba oportuno destacar que, la ausencia de una regulaci&oacute;n estatal uniforme sobre esta cuesti&oacute;n no pod&iacute;a ir en detrimento de los ciudadanos, hasta el punto de que la falta de reconocimiento de las inscripciones por raz&oacute;n del lugar del registro pudiera llegar a causar una posible discriminaci&oacute;n cuando los requisitos materiales para inscribirse fuesen id&eacute;nticos.
    </p><p class="article-text">
        Cuando m&aacute;s parec&iacute;a que los tribunales estaban dando un giro de ciento ochenta grados sobre esta cuesti&oacute;n, una reciente sentencia del Tribunal Supremo, y que adem&aacute;s fija doctrina, deshace el camino andado y vuelve a declarar que solamente las parejas de hecho inscritas oficialmente en un registro auton&oacute;mico o municipal pueden acceder a las prestaciones p&uacute;blicas legalmente establecidas, negando la posibilidad de demostrar su convivencia mediante cualquier otro medio. De nada ha servido que los miembros de la pareja de hecho en cuesti&oacute;n hubieran vivido juntos desde 1965, tuvieran cuatro hijos en com&uacute;n y fueran copropietarios del domicilio familiar, al no ser &eacute;stos los medios establecidos por la ley para acreditar la uni&oacute;n de hecho.
    </p><p class="article-text">
        El Tribunal Supremo reconoce ahora que la sentencia de hace un a&ntilde;o era sobre un caso l&iacute;mite y atend&iacute;a a las circunstancias tan particulares del mismo, de modo que se tratar&iacute;a de una excepci&oacute;n y no de la norma, la cual deja bien claro que la prueba de la existencia de una pareja de hecho solamente puede acreditarse a los efectos del derecho a la pensi&oacute;n de viudedad mediante la inscripci&oacute;n en un registro espec&iacute;fico auton&oacute;mico o local del lugar de residencia y que debe ser anterior, al menos en dos a&ntilde;os, al fallecimiento del causante.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Por todo ello, se cierra la puerta (parece que de forma definitiva) a que las parejas de hecho no inscritas en un registro oficial puedan aspirar a los mismos beneficios establecidos para las parejas efectivamente registradas, record&aacute;ndoles que no es lo mismo cumplir este requisito que no cumplirlo y, aunque las personas puedan convivir como si de un matrimonio se tratase sin pasar por el altar ni el registro civil, es imprescindible su inscripci&oacute;n si quieren hacer valer ante la Administraci&oacute;n su condici&oacute;n de pareja, de lo contrario ser&aacute;n un pareja de hecho&hellip; pero sin derechos.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Benjamí Anglès Juanpere]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/parejas-hecho-derechos_129_8929060.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 12 May 2022 20:31:20 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Parejas de hecho sin derechos]]></media:title>
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