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    <title><![CDATA[elDiario.es - Ana Valenzuela]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/autores/ana-valenzuela/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Ana Valenzuela]]></description>
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    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[Crueldad administrativa contra menores trans]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/crueldad-administrativa-menores-trans_129_9754331.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/4ab9df4f-e805-44d6-8cec-b9632aadaced_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Crueldad administrativa contra menores trans"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">¿Por qué se les pretende imponer más sufrimiento, obligándoles a los 14 años a asumir un DNI con un sexo que no es el suyo?</p></div><p class="article-text">
        Hagamos un peque&ntilde;o experimento mental. &iquest;Cree usted que la Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garant&iacute;a de los derechos de las personas LGTBI promueve &ldquo;el cambio de sexo&rdquo; en menores, la hormonaci&oacute;n y las operaciones de cambio de sexo? &iquest;Qu&eacute; es lo que piensa usted cuando se habla de esta ley y de menores? &iquest;Cree que se est&aacute; legislando para que las personas menores se hormonen con m&aacute;s facilidad? &iquest;para que puedan realizarse operaciones de &ldquo;reasignaci&oacute;n de sexo&rdquo; con facilidad?
    </p><p class="article-text">
        Si esto es lo que usted piensa, lamento enormemente tener que decirle que le han enga&ntilde;ado.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        La futura Ley elimina la actual obligatoriedad de la hormonaci&oacute;n para acceder al cambio administrativo en el registro civil, de la menci&oacute;n registral de sexo. Adem&aacute;s, la ley proh&iacute;be las operaciones de asignaci&oacute;n sexual en menores antes de los 12 a&ntilde;os, pensando en las personas intersexuales aunque, de cualquier manera, estas operaciones no se realizan en menores. La ley elimina requisitos obligatorios de hormonaci&oacute;n y no habla en absoluto sobre tratamientos m&eacute;dicos que son competencia auton&oacute;mica. La Ley despatologiza, desmedicaliza, desvincula con claridad el cambio en el registro civil de cualquier requisito m&eacute;dico, hormonal o cirug&iacute;as. Es una ley de cambio registral, una ley de cambio administrativo, que permite a adultos y menores trans cambiar un apunte administrativo, un apunte registral, en el registro civil.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Hablamos de cambiar una referencia administrativa, registral, que da derechos a personas que tienen clara su identidad<strong> </strong>y que ya est&aacute;n viviendo de forma acorde a su identidad de g&eacute;nero, porque nadie, absolutamente nadie que no tenga una convicci&oacute;n profunda y clara de su identidad, asumir&iacute;a los enormes costes sociales, en forma de discriminaci&oacute;n social y laboral, que sufren las personas trans cuando dan el paso en el registro civil.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Es por esto que cuestionar que las personas menores trans, a cualquier edad, puedan hacer ese cambio en el registro civil, que puedan modificar ese apunte registral, es una crueldad. &iquest;Qu&eacute; sentido tiene prohibir a un menor que pueda realizar ese cambio administrativo en el registro civil? A un menor que ya est&aacute; viviendo con su identidad de g&eacute;nero en su familia o en el colegio &iquest;por qu&eacute; se le deniega el cambio de un apunte administrativo? &iquest;Por qu&eacute; se hace? &iquest;Para imponer sufrimiento? &iquest;Para que sientan la humillaci&oacute;n de la sociedad, cuando su documentaci&oacute;n o su DNI, no coincida con su identidad de g&eacute;nero y su expresi&oacute;n de g&eacute;nero? &iquest;Por qu&eacute; las leyes y la administraci&oacute;n del estado les impone una documentaci&oacute;n que les genera sufrimiento y les exige, para que la documentaci&oacute;n est&eacute; correcta, hormonaciones, o tratamientos m&eacute;dicos o diagn&oacute;sticos m&eacute;dicos que no pide, en ning&uacute;n caso, al resto de la poblaci&oacute;n? &iquest;Es una especie de castigo o de coste que se impone a nuestres hijes porque su identidad no es la que el estado les asign&oacute; por error? &iquest;Deben pagar en tramites administrativos, en tramos de edad, en sufrimiento y discriminaci&oacute;n porque el estado no puede reconocer el error cometido?
    </p><p class="article-text">
        &iquest;Cu&aacute;les son los terribles riesgos que sufrir&iacute;an los menores porque el estado permita que se cambie ese apunte administrativo? &iquest;Qu&eacute; dolor, o qu&eacute; sufrimiento se producir&iacute;a porque un menor, voluntariamente, acompa&ntilde;ado de sus representantes legales que le conocen, pueda cambiar ese dato en el registro? &iquest;Qu&eacute; riesgo supone algo que es perfectamente recuperable con otro procedimiento administrativo?&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Pero del rev&eacute;s, bien sabemos los riesgos de no permitirlo, los riesgos de no permitir que su documentaci&oacute;n no coincida con su vida. Quienes hablan de riesgos para los menores &iquest;viven con ellos? &iquest;saben de su sufrimiento? &iquest;saben de su angustia? &iquest;saben de c&oacute;mo les trata la sociedad cuando no se reconoce su identidad? &iquest;saben lo que significa que se les trate como personas enfermas o como anomal&iacute;as en vez de, simplemente, reconocer su identidad?&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Hay ya varios pa&iacute;ses en el mundo, como Noruega, Islandia o Argentina, en los que se permite que a menores, de cualquier edad, puedan realizar el cambio en el registro civil, desvinculando este cambio administrativo de cualquier hormonaci&oacute;n, operaci&oacute;n, diagn&oacute;stico o tratamiento m&eacute;dico, sin que esto haya generado problema alguno. No son ocurrencias y, por mucho que las irresponsables difusoras de bulos digan lo contrario, no est&aacute; habiendo retrocesos en estos derechos, m&aacute;s bien al contrario: pa&iacute;ses como Nueva Zelanda o Dinamarca, est&aacute;n revisando sus legislaciones para ampliar los derechos trans.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        La ley solo est&aacute; siguiendo las recomendaciones del Consejo de Europa, que pide &ldquo;procedimientos r&aacute;pidos, transparentes y accesibles, basados en la autodeterminaci&oacute;n, para cambiar el nombre y el sexo registral&rdquo; y pide que esos procedimientos sean &ldquo;independientes de la edad, situaci&oacute;n m&eacute;dica o financiera&rdquo;, las mismas recomendaciones de los principios de Yogyakarta auspiciados por la ONU y de la Estrategia LGTBI de la Uni&oacute;n Europea.
    </p><p class="article-text">
        Y m&aacute;s importante, la Ley est&aacute; atendiendo a la Constituci&oacute;n, especialmente a la sentencia 99/2019 del Tribunal Constitucional que, sobre los derechos de los menores trans afirm&oacute; que la actual ley &ldquo;restringe los principios y derechos constitucionales que venimos considerando de un modo desproporcionado, dado que los perjuicios para los mismos claramente sobrepasan las menores necesidades de tutela especial que se manifiestan en estas categor&iacute;as espec&iacute;ficas de menores de edad, por lo que procede declarar su inconstitucionalidad.&rdquo;. Tan claro es que el actual texto es constitucional que el propio Consejo General del Poder Judicial, en su informe, dej&oacute; claro que &ldquo;Podr&aacute; ser, por tanto, constitucionalmente leg&iacute;tima, desde la perspectiva de los principios, derechos y bienes jur&iacute;dicos constitucionales concernidos (cfr. art&iacute;culos 10.1, 15 y 18.1 CE), la opci&oacute;n legislativa conforme a la cual se dote al derecho a la identidad sexual de su mayor virtualidad, extendi&eacute;ndose a un determinado tramo de la minor&iacute;a de edad sin someterlo a condici&oacute;n alguna, en el marco de un procedimiento registral.&rdquo; y el Consejo Fiscal indic&oacute; respecto al cambio registral en menores que &ldquo;Del razonamiento del Tribunal Constitucional puede llegarse a la conclusi&oacute;n (&hellip;) que, en aras de la seguridad jur&iacute;dica, la opci&oacute;n del prelegislador de concretar edades, predeterminando por tanto cu&aacute;ndo ocurre madurez, est&aacute; justificada&rdquo;. De hecho, ya hay catorce comunidades aut&oacute;nomas con leyes trans basadas en la autodeterminaci&oacute;n sin que haya habido problema alguno.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En resumidas cuentas, estamos hablando de un cambio administrativo, registral, y por ello, enmendable. Un cambio que reconoce derechos e igualdad a los menores trans. Un cambio que simplemente reconoce su realidad ya existente, rectificando en el registro un error de asignaci&oacute;n cometido por el estado. Un cambio que se legisla eliminando cualquier requisito de hormonaciones, operaciones, tratamientos o diagn&oacute;sticos m&eacute;dicos. Un cambio recomendado por todas las instituciones internacionales y que ya est&aacute; en funcionamiento sin problemas en varios pa&iacute;ses del mundo. Un cambio que es plenamente constitucional, como as&iacute; lo ha acreditado el Tribunal Constitucional y que, respecto a otros documentos administrativos auton&oacute;micos, ya&nbsp; est&aacute; en vigor en catorce comunidades aut&oacute;nomas sin ning&uacute;n efecto negativo.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        As&iacute; pues, &iquest;alguien puede explicarnos por qu&eacute; se les pretende negar a nuestres hijes el poder hacer este cambio en el registro civil? &iquest;Por qu&eacute; se les pretende imponer m&aacute;s sufrimiento, oblig&aacute;ndoles a los 14 a&ntilde;os a asumir un DNI con un sexo que no es el suyo? &iquest;Por qu&eacute; se les impide a los menores, a cualquier menor, no poder hacer ese cambio administrativo? &iquest;Por qu&eacute; les ha de validar su identidad la jurisprudencia? &iquest;Qu&eacute; tan mal hacen a la sociedad que han de acudir ante un juez o jueza para saberse reconocidos?
    </p><p class="article-text">
        &iquest;Alguien, sabiendo ya que todo es solo un cambio administrativo, puede explicarnos el motivo de mantener una legislaci&oacute;n como la actual, inconstitucional, que a nuestros menores les genera sufrimiento al imponerles una documentaci&oacute;n incorrecta?
    </p><p class="article-text">
        Sinceramente, como madres,&nbsp; padres y familias que somos, no comprendemos ni dejaremos pasar esta crueldad.&nbsp;
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Ana Valenzuela]]></dc:creator>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 29 Nov 2022 21:54:39 +0000]]></pubDate>
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