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    <title><![CDATA[elDiario.es - Carlos Ameztoy]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/autores/carlos-ameztoy/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Carlos Ameztoy]]></description>
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    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[Escuela pública para aprender en libertad]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/euskadi/blogs/viento-del-norte/escuela-publica-aprender-libertad_132_12055832.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/63c7b026-ad83-4b6b-a144-c77b403ee63b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Escuela pública para aprender en libertad"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">"El sentido de la educación no es generar una burbuja para el alumnado tanto mejor cuanto más se parezca su casa, sino la formación de ciudadanas y ciudadanos libres, con una perspectiva amplia del mundo, con pensamiento crítico"</p></div><p class="article-text">
        El d&iacute;a 3 de febrero empez&oacute; el periodo de matriculaci&oacute;n escolar en Euskadi. Ahora es la &eacute;poca en la que los padres y madres eligen d&oacute;nde matricular a la criatura. En esta decisi&oacute;n suelen pesar varios aspectos, como la costumbre, la cercan&iacute;a del centro, la pertenencia a determinada comunidad, el enfoque pedag&oacute;gico, las recomendaciones de terceros, etc. En la posibilidad de tomar esa decisi&oacute;n radica, en parte, la libertad de ense&ntilde;anza, derecho recogido en el art&iacute;culo 27.1 de la Constituci&oacute;n espa&ntilde;ola. Pero en realidad, la frontera entre esa supuesta libertad y el privilegio de cuna es muy difusa, especialmente en Euskadi, donde esa libertad no aplica para las familias con bajos recursos, ya que la mitad de los centros son privados y cobran cuotas ilegales.
    </p><p class="article-text">
        La libertad de ense&ntilde;anza es un principio recogido en la mayor&iacute;a de los pa&iacute;ses del mundo, lo que no es habitual es que esa libertad de ense&ntilde;anza la tenga que financiar la administraci&oacute;n p&uacute;blica a trav&eacute;s de conciertos educativos. Para que nos hagamos una idea: la media de educaci&oacute;n p&uacute;blica en la OCDE es del 85%; en Euskadi, en cambio, apenas roza el 50%. &iquest;Esto implica que en los pa&iacute;ses del resto de la UE hay menos &ldquo;libertad de ense&ntilde;anza&rdquo;? En absoluto. Esto ocurre porque en Euskadi tenemos un sistema de 'concertaci&oacute;n universal'. Es decir, apenas existen requisitos ni l&iacute;mites para que un centro privado se acoja a un concierto y tenga financiaci&oacute;n p&uacute;blica. El Gobierno Vasco no exige que la oferta de plazas en los centros privados se ajuste a las necesidades de escolarizaci&oacute;n (lo que provoca sobreoferta), ni que su composici&oacute;n sea reflejo de la realidad social del entorno (segregaci&oacute;n), ni que dejen de cobrar cuotas de forma ilegal (exclusi&oacute;n de alumnado por razones econ&oacute;micas).
    </p><p class="article-text">
        Dicho esto, m&aacute;s all&aacute; de que esa libertad de ense&ntilde;anza est&eacute; absolutamente condicionada por factores socioecon&oacute;micos, y que el excesivo peso de la escuela privada-concertada funcione, efectivamente, como un elemento discriminador del alumnado vulnerable, esa libertad de ense&ntilde;anza tiene otras implicaciones que merecen una reflexi&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        En primer lugar, la libertad de ense&ntilde;anza para elegir centro es una libertad que se ejerce con car&aacute;cter previo. Me explico: la libertad de elecci&oacute;n concluye en el momento en que los padres escogen un centro determinado porque quieren una formaci&oacute;n religiosa o ideol&oacute;gica espec&iacute;fica para sus hijos, porque se sobreentiende que los padres han escogido voluntariamente la adhesi&oacute;n a la doctrina de ese centro. Sin embargo, en el caso de la escuela p&uacute;blica, ese derecho tambi&eacute;n se ejerce de manera posterior a su matriculaci&oacute;n, porque solo los centros p&uacute;blicos est&aacute;n obligados a asegurar el pluralismo en su seno, sin estar sujetos a religi&oacute;n o ideolog&iacute;a alguna.
    </p><p class="article-text">
        Dicho de otro modo, mientras la escuela privada-concertada debe ser garante de la extensi&oacute;n de los valores y creencias de la familia al centro escolar, educando seg&uacute;n determinadas convicciones ideol&oacute;gicas; la escuela p&uacute;blica garantiza el acceso del alumnado a una enorme pluralidad que, en &uacute;ltima instancia, proporciona una perspectiva m&aacute;s objetiva de la realidad fruto de esa misma pluralidad. Y es que es en el medio escolar p&uacute;blico donde el alumnado se relaciona con personas de otras culturas, tradiciones, entornos sociales y, por otra parte, encuentra una mayor diversidad ideol&oacute;gica en el conjunto del profesorado.
    </p><p class="article-text">
        La diversidad ideol&oacute;gica del profesorado es una consecuencia de la aplicaci&oacute;n efectiva de la libertad de c&aacute;tedra (estrechamente ligada a la libertad de ense&ntilde;anza). Este es un derecho que tienen los docentes para expresar sus ideas sin injerencias externas, y a pesar de que ninguna centro privado-concertado puede obligar a un profesor a adherirse a su ideario, pecar&iacute;amos de ingenuidad si crey&eacute;ramos que en dichos centros este no va a tener l&iacute;mites al abordar ciertos temas, como el aborto, el matrimonio homosexual o la cuesti&oacute;n nacional con total libertad. Y esta es una condici&oacute;n necesaria para generar pensamiento cr&iacute;tico y un debate libre en el medio escolar.
    </p><p class="article-text">
        Al final, el proceso p&uacute;blico de selecci&oacute;n del profesorado, objetivo, neutral, transparente, en igualdad de condiciones, sin filtros ideol&oacute;gicos y atendiendo exclusivamente a sus capacidades, garantiza la pluralidad y diversidad del cuerpo docente y constituye un reflejo m&aacute;s fiel de la sociedad en la que se vive. En contraposici&oacute;n, una escuela privada-concertada no deja de ser una empresa y, en ese sentido, es el due&ntilde;o de la empresa quien puede imponer una orientaci&oacute;n ideol&oacute;gica y pedag&oacute;gica al profesorado.
    </p><p class="article-text">
        El sentido de la educaci&oacute;n no es generar una burbuja para el alumnado tanto mejor cuanto m&aacute;s se parezca su casa, sino la formaci&oacute;n de ciudadanas y ciudadanos libres, con una perspectiva amplia del mundo, con pensamiento cr&iacute;tico. Para garantizar la pluralidad, y por lo tanto, el derecho a acceder al conocimiento al margen de todos los condicionantes culturales, religiosos, familiares o de clase social, es decir, para aprender en libertad, est&aacute; la escuela p&uacute;blica.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Carlos Ameztoy]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/euskadi/blogs/viento-del-norte/escuela-publica-aprender-libertad_132_12055832.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 14 Feb 2025 20:46:10 +0000]]></pubDate>
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      <media:keywords><![CDATA[Educación,Educación privada,Educación concertada,Educación pública,OCDE]]></media:keywords>
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