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    <title><![CDATA[elDiario.es - Carlos Sanz Díaz]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/autores/carlos-sanz-diaz/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Carlos Sanz Díaz]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[Hacia el fin del secreto eterno]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/secreto-eterno_129_12484603.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/1f4db128-c200-483d-9ac1-d3be92d4528e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Hacia el fin del secreto eterno"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Cada uno podrá hacer sus cálculos sobre si vivirá para verlo, y sobre todo, para verlo desclasificado. En cualquier caso, que el secreto tenga fecha de caducidad es un principio de higiene institucional y en ese sentido la propuesta del Gobierno lanza una señal positiva</p></div><p class="article-text">
        Todas las democracias tienen secretos, pero demasiados secretos pueden acabar con cualquier democracia. Esto es especialmente cierto cuando, como en Espa&ntilde;a, la ley que regula los secretos de Estado procede de una dictadura y no se ha adaptado plenamente a las exigencias de una democracia avanzada como la espa&ntilde;ola. 
    </p><p class="article-text">
        El Gobierno de Pedro S&aacute;nchez se ha propuesto acabar con esta anomal&iacute;a al presentar su anteproyecto de Ley de Informaci&oacute;n Clasificada aprobado en el &uacute;ltimo Consejo de Ministros. Comparar este texto con el de la Ley franquista de Secretos Oficiales de 1968, reformada en 1978, ser&iacute;a poner demasiado bajo el list&oacute;n. Tiene m&aacute;s sentido ver qu&eacute; cambia respecto al anterior proyecto del Gobierno, presentado en 2022, criticado por jueces, periodistas, archiveros e historiadores, y finalmente enterrado con el abrupto final de la legislatura y la convocatoria de elecciones anticipadas en 2023. 
    </p><p class="article-text">
        Que es conveniente que Espa&ntilde;a cuente con una Ley de Informaci&oacute;n Clasificada &ndash;mejor que una ley de secretos oficiales&ndash;, plenamente adaptada al marco constitucional y democr&aacute;tico, es algo que no se discute. Mejor a&uacute;n ser&iacute;a si viniera acompa&ntilde;ada de una Ley de Libertad de Informaci&oacute;n, pero eso es otro tema.
    </p><p class="article-text">
        Sin duda, hay elementos positivos en la propuesta del Gobierno. El secreto pasar&aacute; a ser la excepci&oacute;n, y no la norma, y los poderes p&uacute;blicos deber&aacute;n justificar que la restricci&oacute;n que establece es necesaria, id&oacute;nea y proporcional. Las cuatro categor&iacute;as de clasificaci&oacute;n (alto secreto, secreto, confidencial y reservado) est&aacute;n en l&iacute;nea con est&aacute;ndares de otras democracias occidentales y de organismos internacionales, incluyendo la OTAN y la Agencia Espacial Europea. Se definen mejor que hace tres a&ntilde;os los &aacute;mbitos de aplicaci&oacute;n, las autoridades competentes, y la necesidad de justificar la clasificaci&oacute;n, que ya no podr&aacute; encubrir vulneraciones de los Derechos Humanos, atendiendo a una reivindicaci&oacute;n hist&oacute;rica de numerosas ONG y siguiendo los tratados internacionales. El secreto dejar&aacute; de proteger a los perpetradores de los peores cr&iacute;menes del franquismo y la transici&oacute;n, o as&iacute; deber&iacute;a ser.
    </p><p class="article-text">
        Por otra parte, tambi&eacute;n aspectos menos luminosos. Se alude a la Ley de Transparencia de 2013, pero solo en la exposici&oacute;n de motivos &ndash;no en el articulado&ndash; y en la disposici&oacute;n adicional cuarta, para indicar que no se aplica a la informaci&oacute;n clasificada: ninguna sorpresa por aqu&iacute;. Se acota mejor el concepto de &ldquo;informaci&oacute;n&rdquo; clasificada, pero se sigue prefiriendo este amplio t&eacute;rmino al de &ldquo;documento&rdquo; o &ldquo;documentaci&oacute;n&rdquo;, m&aacute;s espec&iacute;fico. Se mantiene la posibilidad de reclasificar lo ya desclasificado, eso s&iacute;, de manera excepcional y motivada, pero creando la posibilidad de generar secretos (casi) eternos. La posibilidad de prorrogar la clasificaci&oacute;n queda al albur de la decisi&oacute;n discrecional de la &ldquo;autoridad&rdquo;. Y por supuesto, aspectos importantes deber&aacute;n desarrollarse en leyes y reglamentos, a cuya letra y esp&iacute;ritu habr&aacute; que estar muy atentos.
    </p><p class="article-text">
        El proyecto no parece ajeno, por suerte, a lo que la historiadora francesa Arlette llam&oacute; &ldquo;la atracci&oacute;n del archivo&rdquo;, pues a diferencia del texto de 2022, menciona a estos lugares en los que, a fin de cuentas, los ciudadanos ejercen el derecho de acceso a la documentaci&oacute;n p&uacute;blica. No es estrictamente novedoso, pero s&iacute; digno de aplauso, que se prevean registros p&uacute;blicos de documentos, que deber&iacute;an permitir a cualquier usuario saber a qu&eacute; atenerse en cuanto a qu&eacute; est&aacute; clasificado y qu&eacute; ya no, y cu&aacute;les son los plazos establecidos para la consulta. Sobre todo, el texto se&ntilde;ala que, para poder desclasificar, hay que saber qu&eacute; est&aacute; clasificado, lo que no siempre ocurre. Es m&aacute;s, la documentaci&oacute;n debe estar &ldquo;perfectamente identificada, organizada, ordenada y descrita&rdquo;, algo imposible sin aumentar considerablemente los recursos humanos y materiales con que cuentan los archivos p&uacute;blicos. Como la norma dice que hay que dar a estos centros &ldquo;los medios necesarios&rdquo; para que cumplan su funci&oacute;n, es de esperar que todo ello tenga su reflejo en los Presupuestos Generales del Estado. Sin personal ni recursos suficientes en los archivos, gran parte de la desclasificaci&oacute;n que prev&eacute; la ley ser&aacute; papel mojado.
    </p><p class="article-text">
        Por supuesto, para los historiadores (al menos los contemporane&iacute;stas), periodistas, archiveros y otros profesionales que trabajan con documentaci&oacute;n sensible, la cuesti&oacute;n de los plazos de desclasificaci&oacute;n es crucial, pues marca el l&iacute;mite entre lo que se puede conocer bas&aacute;ndose en fuentes p&uacute;blicas y lo que no, dibujando el contorno de nuestra reconstrucci&oacute;n del pasado, e incluso del presente. Es del todo oportuno y necesario establecer, como hace la ley, unos plazos de desclasificaci&oacute;n autom&aacute;tica, plazos que ahora, sencillamente, no existen, lo que provoca que lo secreto puede serlo para siempre. 
    </p><p class="article-text">
        La propuesta actual es un poco m&aacute;s generosa que la de 2022, pero tampoco tanto: un m&aacute;ximo de 45 a&ntilde;os prorrogables por 15 (60 en total) m&aacute;s para el &ldquo;alto secreto&rdquo;, 35 m&aacute;s 10 (45 en total) para el &ldquo;secreto&rdquo;, de 7 a 9 para lo &ldquo;confidencial&rdquo; y de 4 a 5 para lo &ldquo;restringido&rdquo;, estas dos &uacute;ltimas categor&iacute;as sin posibilidad de pr&oacute;rroga. Es decir, se ha acortado el plazo de clasificaci&oacute;n en cinco a&ntilde;os en las dos primeras categor&iacute;as, y en uno en las otras dos respecto a lo prepuesto en 2022. Esto nos situar&iacute;a en niveles similares a los de otros pa&iacute;ses europeos, pero no desde luego entre los m&aacute;s aperturistas, ni en la vanguardia internacional de la transparencia. Queda lejos, en todo caso, del m&aacute;ximo de 25 a&ntilde;os (prorrogables a 10) para los secretos de Estado, propuesto tenazmente &ndash;y en vano&ndash; por Aitor Estaban (PNV) en el Congreso.
    </p><p class="article-text">
        Sobre todo, se trata de aquilatar qu&eacute; significan estos plazos para la investigaci&oacute;n hist&oacute;rica, por una parte, y para el control ciudadano sobre la actuaci&oacute;n de los poderes p&uacute;blicos, por otra. Por una parte, la desclasificaci&oacute;n autom&aacute;tica de toda la documentaci&oacute;n de m&aacute;s de 45 a&ntilde;os, y por tanto de todos los documentos del franquismo, como prev&eacute; una disposici&oacute;n transitoria, es una excelente noticia. Por otra parte, deber&iacute;a resolverse el espacio de ambig&uuml;edad que introduce la equiparaci&oacute;n del antiguo &ldquo;secreto&rdquo; al actual &ldquo;alto secreto&rdquo; por los efectos contradictorios que podr&iacute;a tener sobre lo anterior. &iquest;Este tipo de informaciones tambi&eacute;n ser&aacute; desclasificado a los 45 a&ntilde;os, o se le aplicar&aacute; la posible pr&oacute;rroga de 15 a&ntilde;os m&aacute;s, llegando a los 60? De ello depende el acceso a documentos de la &uacute;ltima d&eacute;cada del franquismo tan importantes como los de la descolonizaci&oacute;n del S&aacute;hara en 1975. Por otra parte, pueden hacer sus c&aacute;lculos: el intento de golpe de Estado del 23-F de 1981 podr&aacute; estar cubierto por el secreto hasta 2041, las acciones del GAL hasta 1987 lo estar&iacute;an hasta 2047, y los atentados del 11-M de 2004, hasta 2064. 
    </p><p class="article-text">
        Cada uno podr&aacute; hacer sus c&aacute;lculos sobre si vivir&aacute; para verlo, y sobre todo, para verlo desclasificado. En cualquier caso, que el secreto tenga fecha de caducidad es un principio de higiene institucional y en ese sentido la propuesta del Gobierno lanza una se&ntilde;al positiva. Ahora falta ver si todo ello se convierte en ley &ndash;y c&oacute;mo cambia la norma en el tr&aacute;mite parlamentario&ndash;, y se implementa con medios, voluntad pol&iacute;tica y garant&iacute;as suficientes.
    </p><p class="article-text">
        Profesor Titular de Historia Contempor&aacute;nea en la Universidad Complutense de Madrid
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Carlos Sanz Díaz]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/secreto-eterno_129_12484603.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 22 Jul 2025 20:31:53 +0000]]></pubDate>
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