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    <title><![CDATA[elDiario.es - Milagros Paniagua San Martín]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/autores/milagros-paniagua-san-martin/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Milagros Paniagua San Martín]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[La incapacidad de los sistemas fragmentados del Estado de bienestar para dar una respuesta integral a las personas mayores]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/incapacidad-sistemas-fragmentados-bienestar-dar-respuesta-integral-personas-mayores_129_13163916.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/1a881542-dab4-40dd-962c-84ba135a0b0d_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La incapacidad de los sistemas fragmentados del Estado de bienestar para dar una respuesta integral a las personas mayores"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Es necesario de desarrollar un instrumento de financiación intergubernamental específico para la atención sociosanitaria integrada, con corresponsabilidad entre Estado, comunidades autónomas y municipio</p></div><p class="article-text">
        En la primavera de 2026, la Fundaci&oacute;n Econom&iacute;a y Salud ha vuelto a documentar un fen&oacute;meno que el sistema sanitario espa&ntilde;ol arrastra con car&aacute;cter cr&oacute;nico: entre 40.000 y 50.000 pacientes con ictus permanecen ingresados en hospitales de agudos semanas o meses despu&eacute;s de haber recibido el alta cl&iacute;nica, por no tener otras opciones de servicios sociosanitarios a los que puedan ser derivados. El coste de mantenerlos en una cama de agudos multiplica entre tres y cinco veces el de otros recursos alternativos que ser&iacute;an m&aacute;s apropiados, adem&aacute;s de que la hospitalizaci&oacute;n prolongada genera en las personas mayores un deterioro funcional que en muchos casos resulta irreversible.
    </p><p class="article-text">
        La respuesta habitual ante este diagn&oacute;stico apunta a la insuficiencia de recursos: d&eacute;ficit de plazas de media estancia, escasez de atenci&oacute;n domiciliaria o demoras en el sistema de valoraci&oacute;n de la dependencia. Esta lectura no es incorrecta, pero resulta incompleta. En buena medida, la escasez de recursos es tambi&eacute;n consecuencia de una arquitectura institucional que no est&aacute; dise&ntilde;ada para ofrecer una respuesta articulada a la complejidad de las personas mayores, sino para gestionar dimensiones parciales de esa necesidad en subsistemas independientes, con escasos mecanismos de integraci&oacute;n. Mientras no se aborde esta arquitectura, la intervenci&oacute;n sobre los s&iacute;ntomas dif&iacute;cilmente permitir&aacute; resolver el problema de fondo.
    </p><h2 class="article-text">Una necesidad indivisible atendida fragmentariamente </h2><p class="article-text">
        Las personas mayores con dependencia severa o enfermedad cr&oacute;nica compleja presentan perfiles de necesidad que pertenecen simult&aacute;neamente a cuando menos tres categor&iacute;as: atenci&oacute;n sanitaria continua, apoyo social y cuidado personal, y suficiencia econ&oacute;mica para sufragar los costes de vida en situaci&oacute;n de dependencia. Estas dimensiones no son separables: el deterioro funcional compromete la adherencia terap&eacute;utica, la insuficiencia econ&oacute;mica restringe el acceso a los cuidados, y la ausencia de apoyo social acelera la progresi&oacute;n cl&iacute;nica.
    </p><p class="article-text">
        La respuesta p&uacute;blica a este perfil de necesidades se ha construido, sin embargo, mediante subsistemas sectoriales concebidos con l&oacute;gicas institucionales independientes. El Sistema Nacional de Salud opera con una l&oacute;gica de episodio agudo que no encaja bien con la cronicidad y la dependencia. El Sistema para la Autonom&iacute;a y Atenci&oacute;n a la Dependencia (SAAD), creado por la Ley 39/2006, se constituy&oacute; como sistema paralelo al sanitario, con su propia l&oacute;gica de valoraci&oacute;n y elegibilidad, sin mecanismos institucionales de integraci&oacute;n. El sistema de pensiones protege la renta en la vejez sin conexi&oacute;n con las necesidades de cuidado. Cada subsistema tiene su legislaci&oacute;n, sus criterios de acceso, sus instrumentos de valoraci&oacute;n y sus tiempos de resoluci&oacute;n propios. El hospital gestiona el episodio agudo en d&iacute;as; el sistema de dependencia resuelve la valoraci&oacute;n en meses.
    </p><p class="article-text">
        Esta asincron&iacute;a dif&iacute;cilmente puede entenderse solo como un fallo de gesti&oacute;n: responde, en gran medida, a una arquitectura que no est&aacute; dise&ntilde;ada para la integraci&oacute;n. Se trata, adem&aacute;s, de un patr&oacute;n extendido en muchos sistemas de bienestar europeos. El an&aacute;lisis comparado de la OCDE sobre sistemas de cuidados de larga duraci&oacute;n en 29 pa&iacute;ses muestra que solo alrededor del 40% presentan integraci&oacute;n plena con los servicios sanitarios, y que la legislaci&oacute;n permanece fragmentada entre el sector sanitario y el de cuidados en la mayor&iacute;a de ellos.
    </p><h2 class="article-text">Incentivos estructurales a la descoordinaci&oacute;n</h2><p class="article-text">
        Sobre esta fragmentaci&oacute;n sectorial se superpone, en el caso espa&ntilde;ol, una segunda dimensi&oacute;n que la agrava: la derivada de la distribuci&oacute;n de competencias entre niveles de gobierno. Cuando la atenci&oacute;n sanitaria y los cuidados de larga duraci&oacute;n se financian con cargo a presupuestos distintos y son responsabilidad de administraciones diferentes, cada actor tiende a trasladar hacia el presupuesto ajeno los costes que se sit&uacute;an en la frontera entre ambos sistemas. La literatura de federalismo fiscal denomina <em>cost-shifting</em> a este mecanismo y lo identifica como uno de los principales riesgos del gobierno descentralizado cuando las externalidades fiscales atraviesan fronteras administrativas.
    </p><p class="article-text">
        En Espa&ntilde;a, este patr&oacute;n puede observarse en la gesti&oacute;n del alta hospitalaria diferida. El hospital de agudos, financiado con cargo al presupuesto sanitario de la comunidad aut&oacute;noma, tiene incentivos para completar el alta tan pronto como la situaci&oacute;n cl&iacute;nica lo permite. El sistema de servicios sociales, con financiaci&oacute;n independiente y un proceso de valoraci&oacute;n que puede prolongarse durante meses, no internaliza plenamente el gasto hospitalario adicional derivado de la demora. Como resultado, el coste de la descoordinaci&oacute;n no recae de forma clara sobre ninguno de los dos sistemas, sino que se distribuye entre el presupuesto hospitalario, la persona mayor y su entorno familiar.
    </p><p class="article-text">
        La pandemia de COVID-19 puso de relieve el coste humano de esta arquitectura con una intensidad sin precedentes. El 66% de las defunciones registradas entre marzo y junio de 2020 correspondieron a personas mayores residentes en centros de larga estancia. Los an&aacute;lisis posteriores han se&ntilde;alado como factores relevantes la limitada integraci&oacute;n operativa entre la atenci&oacute;n primaria del SNS y los centros residenciales, as&iacute; como el uso reducido de los mecanismos de coordinaci&oacute;n intergubernamental existentes.
    </p><h2 class="article-text">Qu&eacute; muestra la evidencia comparada</h2><p class="article-text">
        Los modelos internacionales m&aacute;s relevantes ilustran tanto las posibilidades como los l&iacute;mites de las distintas estrategias de reforma. La Pflegeversicherung alemana, introducida en 1995 como quinto pilar del sistema de seguridad social, cre&oacute; un derecho independiente al cuidado financiado por una contribuci&oacute;n obligatoria espec&iacute;fica. Su aportaci&oacute;n es fundamentalmente financiera: los cuidados de larga duraci&oacute;n dejan de ser una carga residual de la asistencia social para convertirse en un derecho exigible. Su limitaci&oacute;n reside en que no aborda la integraci&oacute;n organizativa entre sanidad y servicios sociales, ni la tensi&oacute;n entre la fuente de financiaci&oacute;n federal y la responsabilidad de los L&auml;nder en la planificaci&oacute;n e inversi&oacute;n asistencial.
    </p><p class="article-text">
        El programa PRISMA, desarrollado en Quebec desde 1999, adopta un enfoque distinto: no crea un nuevo sistema de financiaci&oacute;n, sino que articula los existentes mediante seis componentes operativos &mdash;punto &uacute;nico de acceso, gesti&oacute;n de casos, plan de servicios individualizado, instrumento &uacute;nico de valoraci&oacute;n, historia cl&iacute;nica compartida y coordinaci&oacute;n institucional formal&mdash;. Su virtud principal est&aacute; en la dimensi&oacute;n territorial: resuelve el incentivo al desplazamiento de costes mediante acuerdos expl&iacute;citos de responsabilidad compartida entre organizaciones con presupuestos independientes. La evaluaci&oacute;n cuasi-experimental con 1.501 personas mayores de 75 a&ntilde;os mostr&oacute; una reducci&oacute;n de 62 casos de deterioro funcional por cada 1.000 personas al a&ntilde;o, sin incremento del coste total del sistema.
    </p><p class="article-text">
        El programa PACE, reconocido como prestaci&oacute;n federal en Estados Unidos en 1997 y que atiende actualmente a m&aacute;s de 91.000 participantes en 33 estados, es el &uacute;nico de los tres modelos que aborda ambas dimensiones de forma estructural. Una &uacute;nica organizaci&oacute;n y un &uacute;nico equipo interprofesional asumen toda la atenci&oacute;n m&eacute;dica y social de personas mayores fr&aacute;giles que desean permanecer en su comunidad. El mecanismo central es la capitaci&oacute;n: la organizaci&oacute;n PACE recibe un pago mensual por persona de Medicare y Medicaid y asume el riesgo financiero integral de toda su atenci&oacute;n. Una hospitalizaci&oacute;n evitable representa un coste directo para la organizaci&oacute;n, que tiene por tanto incentivos alineados estructuralmente con la prevenci&oacute;n del deterioro. Los resultados muestran de forma consistente menores tasas de hospitalizaci&oacute;n, de reingreso y de institucionalizaci&oacute;n permanente en comparaci&oacute;n con poblaciones equivalentes.
    </p><h2 class="article-text">Las reformas necesarias y su orden</h2><p class="article-text">
        El an&aacute;lisis en dos dimensiones permite identificar con mayor precisi&oacute;n qu&eacute; tipo de reformas son necesarias y en qu&eacute; orden. Las reformas en la dimensi&oacute;n sectorial constituyen una condici&oacute;n necesaria, aunque no suficiente. La implementaci&oacute;n de un instrumento &uacute;nico de valoraci&oacute;n sociosanitaria, que integre la valoraci&oacute;n cl&iacute;nica y funcional en un solo proceso &mdash;realizado por un equipo interdisciplinar con acceso simult&aacute;neo a la historia cl&iacute;nica y al expediente social&mdash;, representa una condici&oacute;n t&eacute;cnica habilitante para avanzar hacia modelos de atenci&oacute;n integrada. Lo mismo ocurre con la interoperabilidad entre los sistemas de informaci&oacute;n del SNS y del SAAD. Estas reformas pueden acometerse con relativa independencia de la organizaci&oacute;n territorial y conviene abordarlas con car&aacute;cter prioritario.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, estas reformas por s&iacute; solas no modifican los incentivos que perpet&uacute;an la fragmentaci&oacute;n territorial. Una valoraci&oacute;n &uacute;nica implementada en un sistema con presupuestos separados y administraciones con intereses presupuestarios divergentes tender&aacute; a seguir generando desplazamiento de costes. La evidencia comparada sugiere que los sistemas que han logrado mitigar esta limitaci&oacute;n lo han hecho mediante alg&uacute;n grado de responsabilidad financiera compartida sobre los resultados: acuerdos expl&iacute;citos de corresponsabilidad institucional, como en Quebec, o mecanismos de integraci&oacute;n presupuestaria, como en PACE.
    </p><p class="article-text">
        En el contexto espa&ntilde;ol, esto apuntar&iacute;a a la necesidad de desarrollar un instrumento de financiaci&oacute;n intergubernamental espec&iacute;fico para la atenci&oacute;n sociosanitaria integrada, con corresponsabilidad entre Estado, comunidades aut&oacute;nomas y municipios, y con mecanismos que permitan que el actor que evita una hospitalizaci&oacute;n o una institucionalizaci&oacute;n innecesaria capture, al menos parcialmente, los beneficios asociados. Asimismo, ser&iacute;a necesario avanzar hacia un marco com&uacute;n de indicadores de resultado orientados a la persona &mdash;y no &uacute;nicamente a la actividad sectorial&mdash; que facilite la comparabilidad en la rendici&oacute;n de cuentas entre comunidades aut&oacute;nomas y entre subsistemas.
    </p><p class="article-text">
        El envejecimiento demogr&aacute;fico proyectado, con estimaciones que sit&uacute;an en torno al 30% la proporci&oacute;n de poblaci&oacute;n mayor de 65 a&ntilde;os hacia mediados de siglo, acent&uacute;a las ineficiencias del sistema y sus efectos sobre la calidad de vida.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        La reforma necesaria no se limita al &aacute;mbito sanitario o de los servicios sociales en sentido estricto: apunta a la arquitectura del Estado de bienestar y a los mecanismos de coordinaci&oacute;n fiscal entre niveles de gobierno. La evidencia comparada sugiere que este tipo de reformas es viable, que no requiere necesariamente centralizaci&oacute;n competencial y que puede mejorar los resultados para las personas sin aumentar el coste global respecto al sistema fragmentado actual.
    </p><p class="article-text">
        La principal dificultad no parece ser t&eacute;cnica, sino pol&iacute;tica: implica revisar equilibrios presupuestarios consolidados entre administraciones y avanzar hacia f&oacute;rmulas de coordinaci&oacute;n que no dependan &uacute;nicamente de la voluntad de actores a los que el propio sistema no siempre incentiva a coordinar.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Daniel López-Acuña, Milagros Paniagua San Martín]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/incapacidad-sistemas-fragmentados-bienestar-dar-respuesta-integral-personas-mayores_129_13163916.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 29 Apr 2026 04:02:30 +0000]]></pubDate>
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    <item>
      <title><![CDATA[No basta con regularizar inmigrantes, hay que incluirlos]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/no-basta-regularizar-inmigrantes-hay-incluirlos_129_12959367.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/9398317d-9a0d-46ef-8f86-0b1ccffc4eaa_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="No basta con regularizar inmigrantes, hay que incluirlos"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La regularización no termina con la concesión de un permiso. Es inicio de un proceso. La integración efectiva requiere acceso al empleo formal, reconocimiento de competencias, información clara sobre derechos y obligaciones y apoyo en ámbitos clave como la vivienda, la sanidad y la educación</p></div><p class="article-text">
        La regularizaci&oacute;n de migrantes que viven ya en Espa&ntilde;a constituye, ante todo, una obligaci&oacute;n derivada del marco internacional de derechos humanos asumido por nuestro pa&iacute;s. Los compromisos adquiridos en virtud de los tratados internacionales ratificados imponen a los Estados el deber de garantizar condiciones de vida dignas y el acceso efectivo a derechos fundamentales con independencia de la situaci&oacute;n administrativa.
    </p><p class="article-text">
        Espa&ntilde;a est&aacute; dando, con esta regularizaci&oacute;n, una muestra de trato digno y respeto a los derechos humanos de migrantes en situaci&oacute;n administrativa irregular que viven ya en el pa&iacute;s, pero puede y debe seguir dando ejemplo internacional al no quedase &uacute;nicamente en la dimensi&oacute;n jur&iacute;dica del asunto avanzando con paso firme en su inclusi&oacute;n efectiva en la sociedad espa&ntilde;ola.
    </p><p class="article-text">
        El Gobierno ha aprobado un Real Decreto para una regularizaci&oacute;n extraordinaria al que podr&aacute;n acogerse las personas que hayan estado en Espa&ntilde;a antes del 31 de diciembre de 2025 y acrediten al menos cinco meses de estancia en el pa&iacute;s, no tengan antecedentes penales ni supongan una amenaza para el orden p&uacute;blico. Se busca poder otorgar permisos de residencia y trabajo a personas que se encuentran en situaci&oacute;n irregular en el pa&iacute;s y acceso a servicios p&uacute;blicos como la sanidad y la educaci&oacute;n. Asimismo, otorgar protecci&oacute;n contra la expulsi&oacute;n y posibilidad de reunificaci&oacute;n familiar.
    </p><p class="article-text">
        La regularizaci&oacute;n de migrantes en situaci&oacute;n administrativa irregular es un derecho humano fundamental que busca garantizar la dignidad y la protecci&oacute;n de las personas que se encuentran en situaci&oacute;n de vulnerabilidad. Los migrantes, independientemente de su estatus legal, son titulares de derechos humanos fundamentales.&nbsp;El derecho a la vida y la integridad personal: a la protecci&oacute;n de su vida y su integridad f&iacute;sica, y no tienen por qu&eacute; ser sometidos a tratos crueles, inhumanos o degradantes.&nbsp;Al derecho a la libertad y la seguridad: no pueden ser detenidos o privados de su libertad de manera arbitraria. El derecho a la no discriminaci&oacute;n: ser tratados con igualdad y sin discriminaci&oacute;n por motivos de raza, g&eacute;nero, religi&oacute;n, nacionalidad, u origen &eacute;tnico. Al derecho a la educaci&oacute;n: independientemente de su estatus legal. Al derecho a la salud: tanto a la atenci&oacute;n sanitaria como a la protecci&oacute;n de su salud, independientemente de su estatus legal. Al derecho a la reunificaci&oacute;n familiar: siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos por la ley. A la protecci&oacute;n consular:&nbsp;a la protecci&oacute;n y asistencia de su pa&iacute;s de origen a trav&eacute;s de su embajada o consulado. Al derecho a la no devoluci&oacute;n: a no ser devueltos a su pa&iacute;s de origen si corren el riesgo de sufrir persecuci&oacute;n, tortura o tratos inhumanos.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        La persistencia de situaciones de irregularidad prolongada no es neutra desde el punto de vista jur&iacute;dico, econ&oacute;mico y social, ya que adem&aacute;s de violatoria de derechos humanos fundamentales, incrementa el riesgo de explotaci&oacute;n laboral, dificulta el acceso normalizado a los sistemas de salud y educaci&oacute;n y tiende a reproducir din&aacute;micas de exclusi&oacute;n y vulnerabilidad que trascienden a las personas afectadas y tienen efectos sobre el conjunto de la sociedad.
    </p><p class="article-text">
        Desconocer este marco de derecho internacional y sus implicaciones demogr&aacute;ficas, econ&oacute;micas, sociales y humanas para Espa&ntilde;a, como lo hace la oposici&oacute;n de la derecha y la ultraderecha, vociferando argumentos falaces y mentiras, atribuy&eacute;ndole dimensiones de engrosamiento del padr&oacute;n electoral que ni tiene ni puede tener legalmente, solo contribuye al enga&ntilde;o, a la polarizaci&oacute;n, a la xenofobia delirante, a la aporofobia y a la crispaci&oacute;n pol&iacute;tica.
    </p><p class="article-text">
        La apertura de la consulta p&uacute;blica sobre una regularizaci&oacute;n extraordinaria que podr&iacute;a afectar a m&aacute;s de medio mill&oacute;n de personas que ya viven en Espa&ntilde;a plantea un desaf&iacute;o que va m&aacute;s all&aacute; del debate normativo. Nos sit&uacute;a ante una prueba de coherencia entre los principios que defendemos y la capacidad real para traducirlos en pol&iacute;ticas p&uacute;blicas eficaces.
    </p><p class="article-text">
        Este debate no es nuevo. La Ley Org&aacute;nica de Extranjer&iacute;a, aprobada en el a&ntilde;o 2000 en un contexto migratorio muy distinto del actual, ha quedado en buena medida desfasada frente a la realidad social, econ&oacute;mica y demogr&aacute;fica de la Espa&ntilde;a de hoy. En los &uacute;ltimos a&ntilde;os, esta rigidez legal se ha ido corrigiendo de forma parcial a trav&eacute;s de reformas del Reglamento de Extranjer&iacute;a, de manera destacada la modificaci&oacute;n de 2022, que han ampliado y flexibilizado las v&iacute;as de acceso a la residencia y al trabajo, especialmente mediante figuras como el arraigo.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Episodios como la <a href="https://elpais.com/elpais/2018/06/20/migrados/1529505596_263439.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">acogida del Aquarius</a> en 2018 simbolizaron tambi&eacute;n una voluntad humanitaria hacia los migrantes, refugiados y solicitantes de asilo, que a&uacute;n tiene que robustecerse en clave europea, pero tambi&eacute;n pusieron de relieve que la defensa de la dignidad humana no puede descansar &uacute;nicamente en respuestas excepcionales ni en ajustes reglamentarios sucesivos. La regularizaci&oacute;n extraordinaria ofrece ahora la oportunidad de avanzar de forma m&aacute;s estructural y coherente en esa direcci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        El argumento centrado en los derechos humanos convive con otras dimensiones que conviene abordar con realismo. La migraci&oacute;n tiene implicaciones demogr&aacute;ficas y econ&oacute;micas claras. Espa&ntilde;a afronta un proceso de envejecimiento que incrementa la necesidad de trabajadores en m&uacute;ltiples sectores. Pero tiene tambi&eacute;n una dimensi&oacute;n de seguridad que no debe eludirse. La irregularidad prolongada dificulta la identificaci&oacute;n administrativa, debilita la trazabilidad de las trayectorias laborales y residenciales y genera espacios de informalidad que complican la convivencia y la actuaci&oacute;n de los poderes p&uacute;blicos. La experiencia acumulada muestra que una regularizaci&oacute;n bien dise&ntilde;ada mejora el conocimiento de la poblaci&oacute;n residente, refuerza la seguridad jur&iacute;dica y facilita una gesti&oacute;n m&aacute;s eficaz desde el punto de vista administrativo y preventivo.
    </p><p class="article-text">
        La magnitud del proceso refuerza la necesidad de ese enfoque. El Ejecutivo estima que la regularizaci&oacute;n podr&iacute;a alcanzar a unas 500.000 personas, mientras que otros c&aacute;lculos, como los de Funcas, sit&uacute;an la cifra potencial cerca de las 840.000. En cualquiera de los escenarios, se trata de una intervenci&oacute;n de gran escala, cuyos efectos se extender&aacute;n a m&uacute;ltiples &aacute;mbitos de la acci&oacute;n p&uacute;blica y exigir&aacute;n una capacidad de gesti&oacute;n acorde.
    </p><p class="article-text">
        Una regularizaci&oacute;n de esta envergadura no se define &uacute;nicamente por su articulado legal. Su &eacute;xito depender&aacute;, en gran medida, de c&oacute;mo se implemente. El Estado es responsable de los procedimientos administrativos, pero la integraci&oacute;n efectiva se produce en el territorio, a trav&eacute;s de los servicios que prestan comunidades aut&oacute;nomas y ayuntamientos: sanidad, educaci&oacute;n, servicios sociales y vivienda. Junto a ellos, las organizaciones del tercer sector desempe&ntilde;an un papel esencial en el acompa&ntilde;amiento, la informaci&oacute;n y la mediaci&oacute;n con las personas afectadas.
    </p><p class="article-text">
        Conviene recordar, adem&aacute;s, que esta iniciativa no surge en el vac&iacute;o. El texto sometido a consulta tiene su origen en una iniciativa legislativa ciudadana avalada por m&aacute;s de 700.000 firmas, una expresi&oacute;n significativa de respaldo social. Este apoyo refuerza la legitimidad democr&aacute;tica del proceso y a&ntilde;ade una responsabilidad adicional a las instituciones: convertir una demanda ampliamente compartida en una pol&iacute;tica p&uacute;blica bien dise&ntilde;ada y correctamente implementada.
    </p><p class="article-text">
        Sin una coordinaci&oacute;n real entre los distintos niveles de gobierno y los actores sociales implicados, incluso la mejor norma corre el riesgo de quedarse corta. Espa&ntilde;a dispone de datos administrativos s&oacute;lidos y de experiencia en la gesti&oacute;n de pol&iacute;ticas p&uacute;blicas complejas. Incorporar desde el inicio sistemas de seguimiento que permitan anticipar impactos, identificar cuellos de botella y ajustar la intervenci&oacute;n durante su despliegue no es una cuesti&oacute;n t&eacute;cnica menor, es una condici&oacute;n necesaria para que la pol&iacute;tica funcione.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Conviene subrayar, adem&aacute;s, que la regularizaci&oacute;n no termina con la concesi&oacute;n de un permiso. Es, en realidad, el inicio de un proceso. La integraci&oacute;n efectiva requiere acceso al empleo formal, reconocimiento de competencias, informaci&oacute;n clara sobre derechos y obligaciones y apoyo en &aacute;mbitos clave como la vivienda, la sanidad y la educaci&oacute;n de los menores. Todo ello exige planificaci&oacute;n, recursos adecuados y una distribuci&oacute;n equilibrada de responsabilidades entre administraciones.
    </p><p class="article-text">
        Las experiencias internacionales muestran de forma consistente que las regularizaciones m&aacute;s exitosas son aquellas que se abordan con una visi&oacute;n integral, que anticipan el impacto sobre los servicios p&uacute;blicos y que establecen mecanismos de ajuste continuo. Cuando estas condiciones no se dan, los costes sociales y pol&iacute;ticos aparecen con rapidez.
    </p><p class="article-text">
        La regularizaci&oacute;n extraordinaria representa, por tanto, una oportunidad para reforzar la coherencia institucional y avanzar en direcci&oacute;n firme hacia una migraci&oacute;n gestionada como lo plantean desde hace d&eacute;cadas las Naciones Unidas Es necesaria desde el punto de vista de derechos humanos, razonable desde una perspectiva demogr&aacute;fica y econ&oacute;mica y &uacute;til para una mejor gesti&oacute;n de la convivencia y la seguridad. Pero su legitimidad y eficacia depender&aacute;n de la seriedad con la que se aborde su implementaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Espa&ntilde;a cuenta con administraciones p&uacute;blicas con experiencia, con un tejido social comprometido y con profesionales que, en todos los niveles, han demostrado capacidad para gestionar pol&iacute;ticas complejas cuando existe una direcci&oacute;n clara y cooperaci&oacute;n efectiva. Si los distintos actores implicados, Estado, comunidades aut&oacute;nomas, entidades locales y organizaciones sociales trabajan de forma coordinada, esta regularizaci&oacute;n puede traducirse en trayectorias migratorias m&aacute;s estables, en una inserci&oacute;n laboral m&aacute;s r&aacute;pida y en una menor reproducci&oacute;n de situaciones de irregularidad en el futuro.
    </p><p class="article-text">
        Gestionar la regularizaci&oacute;n con informaci&oacute;n, coordinaci&oacute;n y capacidad de ajuste no es un ejercicio t&eacute;cnico accesorio.&nbsp;Es la condici&oacute;n para que la pol&iacute;tica migratoria deje de ser una sucesi&oacute;n de respuestas excepcionales y se convierta en un pacto de Estado, en una pol&iacute;tica p&uacute;blica previsible, ordenada y capaz de ofrecer seguridad a quienes llegan y a la sociedad que los acoge. Esa es, en &uacute;ltimo t&eacute;rmino, la medida de su &eacute;xito.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Daniel López-Acuña, Milagros Paniagua San Martín]]></dc:creator>
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      <pubDate><![CDATA[Thu, 05 Feb 2026 21:32:42 +0000]]></pubDate>
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