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    <title><![CDATA[elDiario.es - Tomi Etxeandia]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/autores/tomi-tomi-etxeandia/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Tomi Etxeandia]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[Subfluvial de Lamiako: La Diputación no puede darse la razón a sí misma]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/euskadi/blogs/viento-del-norte/subfluvial-lamiako-diputacion-no-darse-razon-si_132_13199448.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/2777f891-8720-4306-acca-b1f81327bb3f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Subfluvial de Lamiako: La Diputación no puede darse la razón a sí misma"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">"La pregunta que merece hacerse es si tiene algún sentido llamar 'participación ciudadana' a un trámite cuyo resultado parece escrito de antemano por quien convoca, evalúa, decide, califica el Subfluvial de infraestructura estratégica y lo promueve"</p></div><p class="article-text">
        Hay preguntas cuya respuesta se conoce antes de formularlas. La Diputaci&oacute;n Foral de Bizkaia est&aacute; obligada a abrir un proceso de informaci&oacute;n p&uacute;blica antes de suspender los Objetivos de Calidad Ac&uacute;stica (OCA) en el entorno de las obras del t&uacute;nel subfluvial de Lamiako. Es un tr&aacute;mite legalmente exigido, no una opci&oacute;n. El problema es que esa instituci&oacute;n que debe evaluarlo es la misma que promueve la obra, la misma que la califica de estrat&eacute;gica, la misma que ha valorado su impacto ambiental y la misma que, en cada paso anterior, ha optado por la infraestructura, incluso por encima de las formas. Es dif&iacute;cil creer en su imparcialidad cuando necesita que el resultado sea favorable.
    </p><p class="article-text">
        Los OCA son los l&iacute;mites legales que protegen el derecho a la salud frente al ruido, y al parecer, la obra es incapaz de llevarse a cabo dentro de esos l&iacute;mites en cualquiera de sus fases. La Modificaci&oacute;n de la Declaraci&oacute;n de Impacto Ambiental es taxativa: su suspensi&oacute;n debe producirse &ldquo;de forma previa al inicio de las obras&rdquo; y &ldquo;conllevar&aacute; un tr&aacute;mite de informaci&oacute;n p&uacute;blica&rdquo;. La puesta en marcha de las m&aacute;quinas ya est&aacute; anunciada. La consulta ciudadana, a d&iacute;a de hoy, no.
    </p><p class="article-text">
        Ya hemos visto c&oacute;mo act&uacute;a la Diputaci&oacute;n frente a la participaci&oacute;n ciudadana. La Declaraci&oacute;n de Impacto Ambiental la aprob&oacute; sin que el estudio 'An&aacute;lisis de dispersi&oacute;n de contaminantes' estuviera disponible durante el per&iacute;odo de alegaciones. El estudio se redact&oacute; en octubre de 2023; las alegaciones se hab&iacute;an cerrado en junio de ese mismo a&ntilde;o. La ciudadan&iacute;a aleg&oacute; sin conocer esos datos, con los cuales se intentaba justificar, sin &eacute;xito, que las emisiones no superar&iacute;an los l&iacute;mites legales. De la misma manera, el 1 de julio de 2025, la Agencia Vasca del Agua abri&oacute; un plazo de veinte d&iacute;as h&aacute;biles para presentar alegaciones sobre la autorizaci&oacute;n de las obras. El 17 de julio, con ese plazo todav&iacute;a abierto, el Gobierno Foral aprob&oacute; definitivamente el proyecto. Y lo hizo salt&aacute;ndose sus propias reglas: la Modificaci&oacute;n de la DIA publicada ese mismo d&iacute;a fijaba condiciones que deb&iacute;an cumplirse &ldquo;de forma previa a la aprobaci&oacute;n definitiva del proyecto&rdquo;. El proceso participativo fue vaciado de contenido y el significado de la palabra &ldquo;previa&rdquo; qued&oacute; en el aire. Parec&iacute;a que la decisi&oacute;n ya estaba tomada y que hab&iacute;a prisa.
    </p><p class="article-text">
        En el sistema judicial existe un principio elemental: nadie puede formar parte de un jurado si ha tomado partido antes del juicio. Se llama imparcialidad, y su verificaci&oacute;n es obligatoria. La Diputaci&oacute;n lleva a&ntilde;os presentando el Subfluvial como una necesidad estrat&eacute;gica. Bajo cualquier est&aacute;ndar m&iacute;nimo de imparcialidad, estar&iacute;a descalificada para resolver alegaciones sobre la infraestructura. Es la promotora que presenta el Subfluvial como soluci&oacute;n estrat&eacute;gica irrenunciable para la movilidad metropolitana. Ha invertido capital pol&iacute;tico, t&eacute;cnico, institucional y mucho dinero en sacarlo adelante. Pedir a esa misma instituci&oacute;n que eval&uacute;e con neutralidad las alegaciones de quienes viven junto a las bocas de los t&uacute;neles o a las del IES Artaza-Romo o a las del CEIP Romo es una contradicci&oacute;n estructural. No olvidemos que son personas que corren el riesgo de perder la protecci&oacute;n de los l&iacute;mites ac&uacute;sticos durante m&aacute;s de seis a&ntilde;os. El sistema no tiene una figura arbitral, ya que el &oacute;rgano promotor y el &oacute;rgano ambiental responden al mismo Gobierno Foral. La independencia funcional existe en el papel, en cambio, el mecanismo de verificaci&oacute;n externa y control, no.
    </p><p class="article-text">
        Existe adem&aacute;s una demanda contencioso-administrativa contra el proyecto. Y es dif&iacute;cil no leer en la urgencia de estas semanas otra l&oacute;gica que la de quien necesita crear hechos consumados, antes de que los tribunales puedan pronunciarse. Adjudicaciones, expropiaciones y anuncio de inicio de las obras, todo a la vez y todo deprisa. Las excavadoras generan una realidad que las sentencias no siempre pueden deshacer.
    </p><p class="article-text">
        Tal vez la consulta sobre los OCA se convoque. Tal vez se publique en el Bolet&iacute;n Oficial de Bizkaia. Y tal vez haya un plazo para presentar alegaciones. Pero es previsible que la Diputaci&oacute;n resuelva que las medidas correctoras son suficientes, que el &ldquo;inter&eacute;s general&rdquo; de la obra prevalece, que los l&iacute;mites se respetar&aacute;n en lo esencial. Porque todo ello lo decidi&oacute; hace tiempo y porque nada en su arquitectura institucional la obliga a decidir otra cosa.
    </p><p class="article-text">
        La pregunta que merece hacerse es si tiene alg&uacute;n sentido llamar &ldquo;participaci&oacute;n ciudadana&rdquo; a un tr&aacute;mite cuyo resultado parece escrito de antemano por quien convoca, eval&uacute;a, decide, califica el Subfluvial de infraestructura estrat&eacute;gica y lo promueve. Quienes estudian, trabajan y viven en las inmediaciones de las bocas del t&uacute;nel subfluvial se merecen una respuesta honesta a esa pregunta. Y esa respuesta no puede darla la Diputaci&oacute;n. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Tomi Etxeandia]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/euskadi/blogs/viento-del-norte/subfluvial-lamiako-diputacion-no-darse-razon-si_132_13199448.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 06 May 2026 19:46:07 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Subfluvial de Lamiako: La Diputación no puede darse la razón a sí misma]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El subfluvial de Lamiako frente a la directiva europea de calidad del aire]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/euskadi/blogs/viento-del-norte/subfluvial-lamiako-frente-directiva-europea-calidad-aire_132_13016325.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/c158bf4e-2a72-4d17-92a1-5c153d7265dc_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El subfluvial de Lamiako frente a la directiva europea de calidad del aire"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">"La Diputación no puede proclamar la emergencia climática y la defensa de la salud pública por una parte y por otra aprobar infraestructuras que nos alejan de esos objetivos. Esta personalidad institucional múltiple no es sostenible. Europa ha trazado una ruta clara hacia un aire más limpio. Bizkaia tiene la oportunidad de seguirla o de empecinarse en un proyecto que nace viejo"</p></div><p class="article-text">
        Hay decisiones que nacen obsoletas. Proyectos concebidos en un tiempo que ya no existe, dise&ntilde;ados con par&aacute;metros que la realidad ha dejado atr&aacute;s. El subfluvial de Lamiako, impulsado por la Diputaci&oacute;n Foral de Bizkaia, es uno de esos casos que evidencian una contradicci&oacute;n cada vez m&aacute;s insostenible: la que existe entre el discurso medioambiental de las administraciones y sus pol&iacute;ticas reales de infraestructuras.
    </p><p class="article-text">
        Mientras Europa aprieta el acelerador hacia una calidad del aire acorde con las recomendaciones de la Organizaci&oacute;n Mundial de la Salud, este proyecto de m&aacute;s de tres kil&oacute;metros de t&uacute;neles se prepara para convertirse en una f&aacute;brica de contaminaci&oacute;n atmosf&eacute;rica para algunas zonas, como Ballonti y Artaza. Los propios documentos t&eacute;cnicos del proyecto no dejan lugar a dudas. El aire en el interior del t&uacute;nel se clasifica como ODA 4, aire con concentraciones extremadamente altas de gases y part&iacute;culas. Y aqu&iacute; viene lo m&aacute;s preocupante: no existe ning&uacute;n sistema de filtrado para esos contaminantes. Toda esa poluci&oacute;n generada a lo largo de kil&oacute;metros de t&uacute;nel ser&aacute; simplemente evacuada por las bocas de Artaza y Ballonti, lo que incluye zonas habitadas donde hay centros de ense&ntilde;anza y viviendas. Las cifras son elocuentes: seg&uacute;n las previsiones del propio proyecto, por ejemplo, las emisiones de mon&oacute;xido de carbono ir&aacute;n en aumento llegando casi a doscientas toneladas anuales en 2048, un contaminante que interfiere con el transporte de ox&iacute;geno en nuestro organismo.
    </p><p class="article-text">
        En sentido contrario al proyecto del subfluvial, en octubre de 2024 se aprob&oacute; la nueva directiva europea sobre calidad del aire ambiente. Esta normativa, que debe entrar en vigor como muy tarde en enero de 2030, establece un horizonte claro: la contaminaci&oacute;n deber&aacute; ajustarse a las recomendaciones de la Organizaci&oacute;n Mundial de la Salud para 2050. Como paso intermedio, rebaja dr&aacute;sticamente los l&iacute;mites actuales de contaminaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Tomemos de nuevo el mon&oacute;xido de carbono. La directiva limita la media de concentraciones diarias a cuatro miligramos por metro c&uacute;bico, con un m&aacute;ximo de dieciocho superaciones anuales. Si las emisiones del subfluvial fueran uniformes se superar&iacute;a la media tonelada emitida al d&iacute;a para 2048, quinientos millones de miligramos diarios. Y as&iacute; con el resto de contaminantes gaseosos y part&iacute;culas en suspensi&oacute;n. La dispersi&oacute;n de los contaminantes depender&aacute; de las condiciones meteorol&oacute;gicas y la orograf&iacute;a.
    </p><p class="article-text">
        Especialmente preocupantes son los episodios de inversi&oacute;n t&eacute;rmica, con poco viento o con niebla. En esos momentos, la contaminaci&oacute;n se concentrar&aacute; precisamente en las inmediaciones de las salidas de los t&uacute;neles, cerca de algunas zonas densamente pobladas y de centros educativos.
    </p><p class="article-text">
        Hay un t&eacute;rmino que resume bien lo que est&aacute; en juego: zonas de sacrificio. Es as&iacute; como se denominan aquellos territorios que se ven obligados a soportar una carga desproporcionada de contaminaci&oacute;n o degradaci&oacute;n ambiental. Artaza y Ballonti est&aacute;n siendo designadas, sin su consentimiento, para ese papel.
    </p><p class="article-text">
        M&aacute;s all&aacute; de la calidad del aire, el subfluvial plantea problemas estructurales m&aacute;s profundos. Se est&aacute; desarrollando sin un estudio integral de movilidad y transporte en el &aacute;rea metropolitana de Bilbao. Es como dise&ntilde;ar una habitaci&oacute;n sin conocer la casa completa. Adem&aacute;s, incrementar&aacute; tambi&eacute;n las emisiones de gases de efecto invernadero, contradiciendo los propios objetivos clim&aacute;ticos de las administraciones que lo promueven.
    </p><p class="article-text">
        El coste econ&oacute;mico de esta infraestructura es otra dimensi&oacute;n del problema. Los cientos de millones de euros que se invertir&aacute;n en este proyecto son recursos que no estar&aacute;n disponibles para alternativas m&aacute;s acordes con los objetivos clim&aacute;ticos y de salud.
    </p><p class="article-text">
        La Diputaci&oacute;n no puede proclamar la emergencia clim&aacute;tica y la defensa de la salud p&uacute;blica, por una parte, y por otra aprobar infraestructuras que nos alejan de esos objetivos. Esta personalidad institucional m&uacute;ltiple no es sostenible. Europa ha trazado una ruta clara hacia un aire m&aacute;s limpio. Bizkaia tiene la oportunidad de seguirla o de empecinarse en un proyecto que nace viejo. La elecci&oacute;n dir&aacute; mucho sobre qu&eacute; tipo de territorio queremos ser y qu&eacute; futuro estamos dispuestos a legar a las pr&oacute;ximas generaciones.
    </p><p class="article-text">
        La oposici&oacute;n ciudadana al proyecto continuamos con las movilizaciones, como la manifestaci&oacute;n organizada para el 25 de abril en Romo. Adem&aacute;s, hemos dado ya el salto a los tribunales mediante un procedimiento contencioso-administrativo. Es lamentable que seamos la ciudadan&iacute;a, con recursos limitados, quienes tengamos que defender en los juzgados lo que deber&iacute;a ser una prioridad de las propias instituciones: la salud p&uacute;blica y el cumplimiento de la legalidad. Para ello necesitamos ayuda econ&oacute;mica. M&aacute;s informaci&oacute;n en labur.eus/subfez.
    </p><p class="article-text">
        Es hora de exigir que la Diputaci&oacute;n act&uacute;e con coherencia. La calidad del aire no debe ser un lujo, sino un derecho que no puede sacrificarse en el altar de proyectos obsoletos.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Tomi Etxeandia]]></dc:creator>
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      <pubDate><![CDATA[Thu, 26 Feb 2026 20:46:13 +0000]]></pubDate>
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