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    <title><![CDATA[elDiario.es - Aïda Guillén Lanzarote]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/autores/aida_guillen_lanzarote/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Aïda Guillén Lanzarote]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[Naciones Unidas evalúa los derechos humanos en España]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/agendapublica/hicimos-nuevo-onu-verguenzas-espana_132_4270507.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/3fab8946-458d-426b-9707-74bfda86e35b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Naciones Unidas evalúa los derechos humanos en España"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El informe del Examen Periódico Universal (EPU) recoge las 189 recomendaciones que los diferentes Estados realizaron en enero pasado a nuestro país</p><p class="subtitle">España tendrá que declarar delante de sus homólogos qué recomendaciones acepta totalmente, cuáles parcialmente y cuáles rechaza. Y deberá ser una manifestación fundamentada</p></div><p class="article-text">
        Este jueves, 25 de junio de 2015, el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas debe adoptar el informe del Examen Peri&oacute;dico Universal, conocido como EPU, sobre Espa&ntilde;a. Este informe recoge las 189 recomendaciones que los diferentes estados realizaron en enero pasado a nuestro pa&iacute;s.
    </p><p class="article-text">
        El EPU es un mecanismo claramente pol&iacute;tico, puesto que son los mismos estados los que examinan la situaci&oacute;n de derechos humanos de cada pa&iacute;s, a diferencia de otros instrumentos de Naciones Unidas donde son personas expertas independientes las que emiten los informes. Este hecho resta dureza en muchos casos al diagn&oacute;stico que se realiza, incluso objetividad, y es, sin duda, la principal limitaci&oacute;n del EPU. Sin embargo, este mecanismo est&aacute; tambi&eacute;n abierto a la participaci&oacute;n de la sociedad civil ya que las organizaciones pueden presentar informes alternativos (como hemos hecho desde el IDHC, entre otras tantas organizaciones) y esto permite que el diagn&oacute;stico final del EPU recoja los principales puntos negros de la situaci&oacute;n de derechos humanos en el pa&iacute;s, como as&iacute; ha sido. Y hoy, ante el Consejo de Derechos Humanos que adoptar&aacute; el informe final, podremos tomar la palabra para denunciar precisamente estos puntos negros.
    </p><p class="article-text">
        Este mismo car&aacute;cter pol&iacute;tico tambi&eacute;n puede ser analizado como oportuno ya que los estados deben pronunciarse de manera un&iacute;voca, y esto nos brinda a las organizaciones y a la ciudadan&iacute;a en general, un term&oacute;metro claro, en forma de sem&aacute;foro como ahora veremos, de las prioridades y compromisos de nuestro gobierno en materia de pol&iacute;ticas de protecci&oacute;n y promoci&oacute;n de los derechos humanos. Hoy, Espa&ntilde;a tendr&aacute; que declarar delante de sus hom&oacute;logos qu&eacute; recomendaciones acepta totalmente, cu&aacute;les acepta parcialmente y cu&aacute;les rechaza. Y deber&aacute; ser una manifestaci&oacute;n motivada. De las 189 recomendaciones, Espa&ntilde;a ya ha anunciado que acepta totalmente 139, acepta parcialmente 35 y rechaza 15. Esta ma&ntilde;ana escucharemos las razones.
    </p><p class="article-text">
        Tan interesante resulta analizar las recomendaciones rechazadas como las aceptadas. Empecemos por estas. Respecto de las acusaciones de uso excesivo de la fuerza y de abusos por parte de las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado, Espa&ntilde;a ha aceptado asegurar la investigaci&oacute;n diligente, imparcial e independiente de las mismas. Tambi&eacute;n ha aceptado el establecimiento de mecanismos de control de las autoridades policiales ante signos de tortura y malos tratos. No se compromete a nada nuevo,  estos mecanismos ya existen en nuestra legislaci&oacute;n. &ldquo;&Uacute;nicamente&rdquo; resta dotarlos de recursos y espacio de maniobra para que ejerzan sus funciones. Para esto, no hay compromiso expl&iacute;cito.
    </p><p class="article-text">
        La preocupaci&oacute;n internacional ante la adopci&oacute;n de la Ley de Seguridad Ciudadana, que por cierto entrar&aacute; en vigor en tan solo 6 d&iacute;as junto con la reforma del C&oacute;digo Penal, tambi&eacute;n se vio reflejada en este EPU que contiene hasta 5 recomendaciones con referencias al derecho de reuni&oacute;n y manifestaci&oacute;n pac&iacute;ficas y a la libertad de expresi&oacute;n relacionada con actos de protesta. En ocasiones anteriores ya vimos como el Comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa o hasta 5 relatores especiales de Naciones Unidas hab&iacute;an llamado la atenci&oacute;n a nuestro pa&iacute;s sobre este proyecto legislativo, al considerarlo contrario de los est&aacute;ndares internacionales de derechos humanos. Pues bien, las recomendaciones han sido aceptadas. Espa&ntilde;a se compromete p&uacute;blica y pol&iacute;ticamente a evitar reformas legislativas que puedan limitar excesivamente el ejercicio de la libertad de reuni&oacute;n, a ajustar la ley de seguridad ciudadana para no limitar este ejercicio e incluso se compromete a cooperar con las personas defensoras de derechos humanos para crear un ambiente favorable a los miembros de las organizaciones de la sociedad civil. &iquest;Son compatibles estos compromisos con la pr&aacute;ctica legislativa y ejecutiva del gobierno espa&ntilde;ol actual? Por lo que respecta al EPU, jur&iacute;dicamente, s&iacute;. El Consejo de Derechos Humanos no cuenta con ning&uacute;n mecanismo coercitivo que pueda obligar a los estados a poner en pr&aacute;ctica las recomendaciones aceptadas o a sancionarlos en caso de no hacerlo. Pero pol&iacute;ticamente, no, no y no. No puede salirle gratis al gobierno este ejercicio de cinismo ante la comunidad internacional.
    </p><p class="article-text">
        Espa&ntilde;a lleva a&ntilde;os manifestando ante los diferentes mecanismos internacionales de protecci&oacute;n de los derechos humanos que revisar&aacute; el r&eacute;gimen de detenci&oacute;n incomunicada por el cual una persona sospechosa de terrorismo o de crimen organizado puede estar hasta 13 d&iacute;as sin ver a un abogado o a un m&eacute;dico de su elecci&oacute;n y sin poder comunicarse con su familia. En este segundo ciclo del EPU Espa&ntilde;a rechaza las tres recomendaciones que le instaban a abolir el r&eacute;gimen de incomunicaci&oacute;n y acepta las dos que le piden revisarlo, de nuevo.
    </p><p class="article-text">
        Otro de los aspectos que ha suscitado m&aacute;s recomendaciones, aceptadas en su pr&aacute;ctica totalidad por Espa&ntilde;a, tiene que ver con la lucha contra el racismo, el discurso de odio y los cr&iacute;menes de odio. Las fiscal&iacute;as especiales para la persecuci&oacute;n de estos delitos ya est&aacute;n en marcha en todas las provincias espa&ntilde;olas y el Ministerio de Interior ha empezado a dar estad&iacute;sticas sobre estos cr&iacute;menes tras a&ntilde;os de reivindicaciones por parte de las organizaciones de la sociedad civil y tambi&eacute;n por parte de Naciones Unidas. Sin embargo, el estado no se ha comprometido, tampoco en esta ocasi&oacute;n, a adoptar una ley integral tal y como las entidades especializadas y las personas expertas en racismo vienen reclamando.
    </p><p class="article-text">
        Relacionado con esta materia, el trato de personas de origen migrante es otro de los aspectos que m&aacute;s preocupaci&oacute;n internacional despierta. Para empezar, Espa&ntilde;a sigue rechazando todas las recomendaciones que le instan a ratificar el Convenio internacional de protecci&oacute;n de los trabajadores migrantes y sus familias, &uacute;nico instrumento de derechos humanos que a&uacute;n no ha ratificado el estado espa&ntilde;ol (se lo piden hasta 19 estados). Esta ma&ntilde;ana volveremos a escuchar los manidos argumentos de que las decisiones sobre inmigraci&oacute;n deben de ser consensuadas en Bruselas y de que los est&aacute;ndares de la Convenci&oacute;n son menores que las garant&iacute;as establecidas por nuestro ordenamiento interno. Ratifiquemos, pues, cabe contestar.
    </p><p class="article-text">
        A pesar de esas supuestas garant&iacute;as, las &ldquo;devoluciones en caliente&rdquo;, las muertes en frontera y las condiciones y existencia misma de los centros de internamiento de personas extranjeras (CIE) son protagonistas habituales de todas las revisiones de derechos humanos a las que se somete Espa&ntilde;a. &iquest;Y qu&eacute; podemos destacar en esta ocasi&oacute;n? Hasta 17 recomendaciones han sido aceptadas por Espa&ntilde;a en este sentido. Entre ellas, asegurar que todas las personas migrantes detenidas tienen acceso a los servicios b&aacute;sicos y a unas condiciones dignas de vida, el respeto absoluto del principio de no devoluci&oacute;n y la garant&iacute;a de acceso al proceso de petici&oacute;n de asilo para aquellas personas que huyen de situaciones de violaci&oacute;n de derechos humanos, con una especial atenci&oacute;n -expl&iacute;citamente redactada- a las ciudades de Ceuta y Melilla. Esperemos que Espa&ntilde;a explique c&oacute;mo piensa hacer compatibles estos compromisos con las recientes reformas legislativas encaminadas justamente a matizar y rebajar estos est&aacute;ndares internacionales. Y es que Espa&ntilde;a solo se ha comprometido parcialmente a asegurar la igualdad ante la ley de las personas no residentes.
    </p><p class="article-text">
        En este sentido, el impacto que la crisis econ&oacute;mica y las medidas de <em>austericidio</em> han tenido sobre el disfrute efectivo de derechos econ&oacute;micos, sociales y culturales de toda la poblaci&oacute;n, especialmente del colectivo inmigrante, no es un diagn&oacute;stico compartido por el gobierno. Si bien, se ha comprometido a retomar las pol&iacute;ticas de protecci&oacute;n social de los colectivos m&aacute;s vulnerables, rechaza realizar un an&aacute;lisis serio e integral sobre el impacto de los recortes en el disfrute de derechos como el derecho a la salud, el derecho a la vivienda, el derecho al trabajo o el derecho a la alimentaci&oacute;n. Especial relevancia cobra en este sentido la limitaci&oacute;n del derecho a la salud de las personas en situaci&oacute;n administrativa irregular, a pesar del anuncio por parte del gobierno de la correcci&oacute;n de esta medida, el cambio efectivo no se ha producido. La aceptaci&oacute;n de algunas de estas recomendaciones nos da un argumento m&aacute;s para seguir reivindicando el acceso universal a los servicios b&aacute;sicos. 
    </p><p class="article-text">
        Y para concluir, las medias tintas, los matices, los grises, los &ldquo;s&iacute; pero no&rdquo;, el cinismo y las interpretaciones subjetivas se acaban al hablar de dos solitarias recomendaciones, las dos rechazadas de plano. No a la elaboraci&oacute;n de un instrumento internacional jur&iacute;dicamente vinculante sobre el control de las empresas transnacionales en la protecci&oacute;n de los derechos humanos y no al principio de jurisdicci&oacute;n universal, tristemente extirpado de nuestra legislaci&oacute;n en dos fases en 2009 y 2014. Estas dos iniciativas pod&iacute;an colocar a Espa&ntilde;a, m&aacute;s all&aacute; de su actuaci&oacute;n de fronteras (o de vallas) para adentro, en una posici&oacute;n de punta de lanza a nivel internacional. La persecuci&oacute;n de cr&iacute;menes de lesa humanidad, genocidio y cr&iacute;menes de guerra y la exigencia a las corporaciones de sus responsabilidades en materia de derechos humanos, fuertemente matizadas y diluidas tanto en derecho interno como en derecho internacional, son dos causas que el estado espa&ntilde;ol ha decidido ignorar. Un estado que en estos momentos es miembro no permanente del Consejo de Seguridad y por tanto tiene un extra de responsabilidad y visibilidad ante la comunidad internacional durante los pr&oacute;ximos dos a&ntilde;os. 
    </p><p class="article-text">
        No ignoremos nuestro papel de altavoz y nuestra labor de denuncia. Amplifiquemos el sonido de las recomendaciones y de los compromisos que Espa&ntilde;a adquiere de nuevo hoy y sigamos poniendo luz a aquellos que rechaza.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Aïda Guillén Lanzarote]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/agendapublica/hicimos-nuevo-onu-verguenzas-espana_132_4270507.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 24 Jun 2015 18:33:47 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Naciones Unidas evalúa los derechos humanos en España]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[ONU - Organización de las Naciones Unidas]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[España a examen en la ONU]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/agendapublica/nueva_politica/onu-examen_1_4472905.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/128c0fdc-cfd1-4850-a1ab-73b542054364_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="España a examen en la ONU"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Los exámenes a los que nos someterá Naciones Unidas dejarán claro que la protección de los derechos humanos no es una prioridad en la planificación de políticas públicas, y que España tiene un serio déficit en lo que respecta a su capacidad para atender y hacer efectivas las recomendaciones y compromisos internacionales.</p></div><p class="article-text">
        Hoy, 10 de diciembre, es el d&iacute;a internacional de los derechos humanos. Hoy hace 66 a&ntilde;os que la Asamblea General de las Naciones Unidas adopt&oacute; la&nbsp;<a href="http://www.google.es/url?sa=t&amp;rct=j&amp;q=&amp;esrc=s&amp;source=web&amp;cd=1&amp;cad=rja&amp;uact=8&amp;ved=0CCwQFjAA&amp;url=http%3A%2F%2Fwww.un.org%2Fes%2Fdocuments%2Fudhr%2F&amp;ei=1RaHVI3VDMitUcWDhIgP&amp;usg=AFQjCNEbEvHMXOc44x2dDcpVZeO9nZ73XA&amp;bvm=bv.81449611,d.d24" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Declaraci&oacute;n Universal de los Derechos Humanos</a> y lanz&oacute; el mensaje de que la protecci&oacute;n de los derechos de las personas dejaba de ser un &aacute;mbito estrictamente interno para pasar a ser una preocupaci&oacute;n internacional.
    </p><p class="article-text">
        Hoy ser&aacute; el d&iacute;a en el que las noticias nos recordar&aacute;n cu&aacute;l es la situaci&oacute;n en Siria o en Corea del Norte, en el Sahel o en Irak. Se hablar&aacute; de la pena de muerte, de reg&iacute;menes no democr&aacute;ticos, de libertad de expresi&oacute;n, de la justiciabilidad de los derechos sociales y econ&oacute;micos y de tantos otros temas que afectan a la dignidad y a la igualdad de las personas. Tambi&eacute;n se hablar&aacute;, como no puede ser de otra manera, de la situaci&oacute;n en nuestro pa&iacute;s. De c&oacute;mo nos hemos dado cuenta de que no somos espectadores de violaciones de derechos humanos de otros, sino que protagonizamos nuestra propia historia de vulneraciones.
    </p><p class="article-text">
        Perm&iacute;tanme aprovechar esta ventana de oportunidad informativa para explicar por qu&eacute; el 2015 es un a&ntilde;o crucial para la credibilidad de Espa&ntilde;a en el sistema universal de protecci&oacute;n de los derechos humanos. En el 2015, Espa&ntilde;a est&aacute; de examen. Y no una sola vez. Al menos dos son las citas esenciales que el estado espa&ntilde;ol deber&aacute; atender durante los pr&oacute;ximos meses: el&nbsp;<a href="http://www.google.es/url?sa=t&amp;rct=j&amp;q=&amp;esrc=s&amp;source=web&amp;cd=1&amp;cad=rja&amp;uact=8&amp;ved=0CCMQFjAA&amp;url=http%3A%2F%2Fwww.amnesty.org%2Fes%2Funited-nations%2Funiversal-periodic-review&amp;ei=WRiHVK_TG4L6UMWSgcgF&amp;usg=AFQjCNGxYgtA4KOpOQPH1lpj1kt6C3SeeA&amp;bvm=bv.81449611,d.d24" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Examen Peri&oacute;dico Universal (EPU)</a> en enero y la revisi&oacute;n de su informe peri&oacute;dico por parte del <a href="http://www.google.es/url?sa=t&amp;rct=j&amp;q=&amp;esrc=s&amp;source=web&amp;cd=1&amp;cad=rja&amp;uact=8&amp;ved=0CCMQFjAA&amp;url=http%3A%2F%2Fwww.ohchr.org%2FSP%2FHRBodies%2FHRC%2FPages%2FHRCIndex.aspx&amp;ei=dRiHVLumJ4X5UIftgLAL&amp;usg=AFQjCNFGMIvz0G7nuzGLe4CAdl3jlEe1HQ&amp;bvm=bv.81449611,d.d24" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Comit&eacute; de Derechos Humanos (CDH)</a>.
    </p><p class="article-text">
        En general, el sistema internacional de protecci&oacute;n de derechos humanos lo conforman varios mecanismos poco coercitivos y no jurisdiccionales, como suele ser habitual en derecho internacional, puesto que son los propios estados los que se dotan de las normas que les obligan. Y no, los estados no suelen ser especialmente exigentes ni amigos de grandes obligaciones jur&iacute;dicas. Es por ello que ni los mecanismos convencionales, como lo es el CDH, ni los no convencionales, como el EPU, se caracterizan por tener una fuerza arrolladora.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, en el juego de las relaciones internacionales muchas veces son la imagen y la reputaci&oacute;n de los estados la que se dilucida en estos foros. Y ahora que Espa&ntilde;a <a href="http://www.google.es/url?sa=t&amp;rct=j&amp;q=&amp;esrc=s&amp;source=web&amp;cd=1&amp;cad=rja&amp;uact=8&amp;ved=0CCMQFjAA&amp;url=http%3A%2F%2Fcadenaser.com%2Fser%2F2014%2F10%2F16%2Finternacional%2F1413420318_850215.html&amp;ei=lRiHVKG1J8H3UuO_hNgG&amp;usg=AFQjCNHSNzknCrHx1Py_dtahDc340orJKg&amp;bvm=bv.81449611,d.d24" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">ha conseguido un asiento no permanente en el Consejo de Seguridad</a>, se ve obligado a tener mucho m&aacute;s en cuenta estos mecanismos y las recomendaciones y observaciones que de ellos emanan. Aprovechemos, por tanto, la ocasi&oacute;n e intentemos utilizar estos instrumentos para cambiar la legislaci&oacute;n, la pr&aacute;ctica y la garant&iacute;a de los derechos humanos en nuestro pa&iacute;s. Y si es posible, incluso intentemos mejorar nuestras vidas con ellos.
    </p><p class="article-text">
        El EPU es un examen que deben de pasar todos los estados miembro de las Naciones Unidas cada 4 o 5 a&ntilde;os. En enero de 2015 Espa&ntilde;a pasar&aacute; su segundo EPU. Los examinadores son otros estados y la materia que entra a examen son tanto las obligaciones y compromisos que Espa&ntilde;a haya voluntariamente adquirido como otros est&aacute;ndares y costumbre internacional sobre derechos humanos.
    </p><p class="article-text">
        La sociedad civil tiene un espacio bastante limitado en el proceso oficial del EPU. Podemos enviar informes, de no m&aacute;s de 10 p&aacute;ginas, pero no podemos tomar la palabra. Sin embargo, la interlocuci&oacute;n existe y cada vez de manera m&aacute;s frecuente, los propios estados son los interesados en entrevistarse con nosotras y apoyarse en nuestras informaciones para plantear las cuestiones m&aacute;s preocupantes.
    </p><p class="article-text">
        En el caso del CDH, que es el &oacute;rgano encargado de vigilar la aplicaci&oacute;n del <a href="http://www.google.es/url?sa=t&amp;rct=j&amp;q=&amp;esrc=s&amp;source=web&amp;cd=2&amp;cad=rja&amp;uact=8&amp;ved=0CCkQFjAB&amp;url=http%3A%2F%2Fes.wikipedia.org%2Fwiki%2FPacto_Internacional_de_Derechos_Civiles_y_Pol%25C3%25ADticos&amp;ei=FxmHVN3eOYX-Ur6LhPAG&amp;usg=AFQjCNGZfjzJBEWEC0ZzR0GQsPWZbs6jnw&amp;bvm=bv.81449611,d.d24" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol&iacute;ticos</a>, las organizaciones de la sociedad civil tambi&eacute;n pueden enviar informes alternativos (conocidos como informes en la sombra) que ayudan a elaborar la lista de cuestiones que los expertos independientes del CDH hacen al estado y que &eacute;ste est&aacute; obligado a contestar tanto por escrito como oralmente en la sesi&oacute;n p&uacute;blica que en esta ocasi&oacute;n tendr&aacute; lugar en julio de 2015.
    </p><p class="article-text">
        &iquest;Y cu&aacute;les son estas cuestiones? Desgraciadamente no pueden ser todas las que consideramos relevantes y necesarias para cambiar la realidad, sino s&oacute;lo aquellas que est&aacute;n sostenidas por alguna norma o costumbre internacional. Muchos son los temas, sin embargo, a los que Espa&ntilde;a se ver&aacute; obligada a contestar. Destacaremos algunos de ellos.
    </p><p class="article-text">
        En el &aacute;mbito de los derechos econ&oacute;micos, sociales y culturales (DESC) cabe destacar el retroceso que las medidas pol&iacute;ticas de recortes, o medidas de &ldquo;austericidio&rdquo;, han supuesto para el goce efectivo del derecho a la salud, el derecho a la alimentaci&oacute;n, el derecho a la educaci&oacute;n o el derecho a la vivienda, por poner solo unos ejemplos. Las obligaciones positivas que se desprenden de los compromisos internacionales ratificados por Espa&ntilde;a incluyen la prohibici&oacute;n de retroceder en la protecci&oacute;n de los DESC, puesto que este retroceso constituye una violaci&oacute;n de derechos humanos en si mismo seg&uacute;n los est&aacute;ndares internacionales. El abandono de la universalidad de nuestro sistema sanitario por v&iacute;a legislativa (<a href="http://www.google.es/url?sa=t&amp;rct=j&amp;q=&amp;esrc=s&amp;source=web&amp;cd=1&amp;cad=rja&amp;uact=8&amp;ved=0CCMQFjAA&amp;url=http%3A%2F%2Fwww.boe.es%2Fboe%2Fdias%2F2012%2F04%2F24%2Fpdfs%2FBOE-A-2012-5403.pdf&amp;ei=VxmHVLm-HISvUfOMAg&amp;usg=AFQjCNFlu9JTf1zDh2ZCzj16UFj1BIgnGg&amp;bvm=bv.81449611,d.d24" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Real Decreto 16/2012</a>) es uno de los ejemplos m&aacute;s claros y sobre el que ser&aacute; cuestionada la actuaci&oacute;n del gobierno, as&iacute; como el elevado n&uacute;mero de desahucios y de personas desempleadas.
    </p><p class="article-text">
        Por otro lado, y aunque no soy partidaria de la divisi&oacute;n generacional de los derechos humanos, hay que pararse a analizar la situaci&oacute;n de los derechos civiles y pol&iacute;ticos ya que, aun siendo los m&aacute;s protegidos en su desarrollo legislativo, incluso constitucionalmente, su goce efectivo depende de las pol&iacute;ticas p&uacute;blicas implementadas y &eacute;stas est&aacute;n demostrando ser cada vez m&aacute;s restrictivas. La tutela judicial efectiva es unos de los pilares de los estados de derecho, y el CDH preguntar&aacute; a Espa&ntilde;a c&oacute;mo la ley de tasas judiciales afecta al acceso a ese derecho en particular. Adem&aacute;s, el uso excesivo y desproporcionado de la fuerza por parte de los cuerpos policiales y su falta de investigaci&oacute;n e incluso la pol&iacute;tica de indultos en estos casos ser&aacute; tambi&eacute;n objeto de inter&eacute;s.
    </p><p class="article-text">
        La denostada Ley de Seguridad Ciudadana se encuentra en sus &uacute;ltimos tr&aacute;mites parlamentarios y podr&iacute;a ser aprobada por el Congreso ma&ntilde;ana mismo. Esta ley ya ha sido objeto de inter&eacute;s por parte de Naciones Unidas, en concreto por parte del Relator Especial sobre el derecho a la reuni&oacute;n y manifestaci&oacute;n pac&iacute;ficas que en su informe de este mismo a&ntilde;o se preguntaba sobre las limitaciones excesivas y desproporcionadas que el entonces proyecto de ley parec&iacute;a contener. La conocida ya como &ldquo;ley mordaza&rdquo; es el &uacute;ltimo eslab&oacute;n en una cadena de iniciativas legislativas y ejecutivas encaminadas a criminalizar la protesta y la disidencia. Sobre esto tambi&eacute;n ser&aacute; cuestionada Espa&ntilde;a.
    </p><p class="article-text">
        El trato de las personas extranjeras que intentan cruzar nuestra frontera huyendo de la miseria y de la falta de oportunidades y futuro es otro de los temas que tomar&aacute; un gran protagonismo en estos ex&aacute;menes. No llamemos inmigrantes, por favor, a las personas que ni siquiera se encuentran en nuestro territorio. Y cuando s&iacute; que se encuentran, evitemos la sustantivaci&oacute;n de un calificativo que, en todo caso, no es ni alienable ni permanente. El internamiento de las personas extranjeras en situaci&oacute;n administrativa irregular en los CIEs o en los CETIs puede alargarse hasta 6o d&iacute;as. Entre otras cuestiones procedimentales, se le deber&aacute; preguntar a Espa&ntilde;a sobre la situaci&oacute;n y protecci&oacute;n de derechos como el derecho de asilo, el derecho a la salud, la protecci&oacute;n de los menores no acompa&ntilde;ados o la tutela judicial efectiva en estos centros.
    </p><p class="article-text">
        El resultado de estos ex&aacute;menes no ser&aacute; cuantificado en una nota num&eacute;rica, no podremos decir que Espa&ntilde;a ha aprobado o ha suspendido estos ex&aacute;menes. Pero s&iacute; que podremos, una vez m&aacute;s, constatar que, lejos de poder permitirnos ser complacientes, la vigilancia y el control de los derechos humanos en nuestro pa&iacute;s debe redoblarse e intensificarse. Ser&aacute; evidente que la protecci&oacute;n de los derechos humanos no es una prioridad en la planificaci&oacute;n de pol&iacute;ticas p&uacute;blicas y que Espa&ntilde;a tiene un serio d&eacute;ficit en lo que respecta a su capacidad para atender y hacer efectivas las recomendaciones y compromisos internacionales que emanan de los organismos internacionales de derechos humanos. Quedar&aacute;, de nuevo, meridianamente claro que tenemos un problema de dotaci&oacute;n de recursos tanto econ&oacute;micos como humanos cuando hablamos de pol&iacute;ticas de derechos humanos. Pero sobretodo veremos que lo que falta en nuestro pa&iacute;s es verdadera voluntad pol&iacute;tica para implementar estos principios, estas normas y estas pr&aacute;cticas que Naciones Unidas seguir&aacute; record&aacute;ndonos. Nosotras, las entidades de la sociedad civil, seguiremos repiti&eacute;ndolo, cada 10 de diciembre y los otros 364 d&iacute;as de cada a&ntilde;o.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Aïda Guillén Lanzarote]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/agendapublica/nueva_politica/onu-examen_1_4472905.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 09 Dec 2014 20:26:54 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[España a examen en la ONU]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Nueva Política,Derechos Humanos]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[¿Derechos de segunda?]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/agendapublica/reforma_constitucional/derechos-segunda_1_5137526.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/76f7f923-7885-457e-ae7d-49ae954a56b8_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="¿Derechos de segunda?"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La autora defiende que mantener los derechos económicos, sociales y culturales como derechos de segunda categoría en nuestra Constitución y en nuestro sistema legal, es una decisión política, no jurídica. Una posible reforma constitucional tendría que dotar de fundamentalidad a los derechos sociales.</p></div><p class="article-text">
        Si sali&eacute;semos a la calle a preguntar qu&eacute; derechos consideran los ciudadanos y ciudadanas que son fundamentales, muy probablemente encontrar&iacute;amos en esa lista el derecho a la educaci&oacute;n, a la sanidad, a la alimentaci&oacute;n, al trabajo o a la vivienda. Y, sinti&eacute;ndolo mucho, deber&iacute;amos explicar a esos ciudadanos y ciudadanas que de esa lista, solo el derecho a la educaci&oacute;n est&aacute; recogido como derecho fundamental en nuestra Constituci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        El car&aacute;cter de fundamental lo otorga la carta magna a aquellos derechos que gozan de un grado superior de protecci&oacute;n. En la pr&aacute;ctica quiere decir que ser&aacute;n atendidos por la justicia ordinaria utilizando un recurso preferente y sumario y que se puede interponer recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. El derecho a la salud, por ejemplo, s&oacute;lo consta en la Constituci&oacute;n como un principio rector de la vida econ&oacute;mica y social.
    </p><p class="article-text">
        La pregunta es entonces, &iquest;por qu&eacute; decidi&oacute; el poder constituyente otorgar este plus de protecci&oacute;n a unos derechos y a otros no? &iquest;cu&aacute;les fueron los criterios que se siguieron? O, mejor, &iquest;por qu&eacute; no se protegen todos los derechos por igual?
    </p><p class="article-text">
        La respuesta, desde una aproximaci&oacute;n desde el derecho internacional, nos retrotrae, necesariamente, al a&ntilde;o 1948 que marca el inicio del proceso de internacionalizaci&oacute;n de los derechos humanos con la adopci&oacute;n de la Declaraci&oacute;n Universal de Derechos Humanos, como una resoluci&oacute;n de la Asamblea General de las Naciones Unidas. Tras los horrores de la Segunda Guerra Mundial y tras constatar que era necesario proteger a la ciudadan&iacute;a de los abusos y desmanes de sus propios estados, la protecci&oacute;n de la misma pas&oacute; a ser un asunto de inter&eacute;s internacional.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, el final de la guerra no s&oacute;lo trajo consensos sino tambi&eacute;n grandes disensos, y pronto se vieron reflejadas las divergencias entre los aliados en la concepci&oacute;n de qu&eacute; significa proteger los derechos de su propia ciudadan&iacute;a. 
    </p><p class="article-text">
        De esta manera, los pa&iacute;ses occidentales de corte liberal, ten&iacute;an en su propio ADN la concepci&oacute;n de los denominados derechos civiles y pol&iacute;ticos, aquellos basados en el principio de libertad, como los m&aacute;s esenciales. Hablamos de derecho a la vida, a la integridad f&iacute;sica y moral y las garant&iacute;as frente a las detenciones arbitrarias, derechos del &aacute;mbito de la privacidad, libertad de conciencia y religi&oacute;n entre otros, a los que se suman los derechos que hacen posible la participaci&oacute;n y el desarrollo de un estado democr&aacute;tico: libertades de expresi&oacute;n e informaci&oacute;n, de asociaci&oacute;n y manifestaci&oacute;n y, claro est&aacute;, el derecho de voto. 
    </p><p class="article-text">
        Fueron estos derechos los que constituyeron los elementos de consenso m&iacute;nimos entre los estados que buscaban la consolidaci&oacute;n de las democracias liberales frente al modelo sovi&eacute;tico. Este, por otro lado, antepuso los derechos basados en el principio de igualdad y, por tanto, daba preeminencia a la consecuci&oacute;n de las condiciones m&iacute;nimas e iguales de subsistencia (salud, trabajo, educaci&oacute;n&hellip;), aquellas que configuran los conocidos como derechos econ&oacute;micos, sociales y culturales (DESC). 
    </p><p class="article-text">
        Esto condujo a que en el seno de Naciones Unidas, organizaci&oacute;n internacional global donde se encontraban todos estos estados representados, se adoptaran en el a&ntilde;o 1966 dos tratados internacionales de protecci&oacute;n de los derechos humanos diferentes, los conocidos Pactos, uno para los derechos civiles y pol&iacute;ticos, y otro para los DESC.
    </p><p class="article-text">
        Y esta diferencia primigenia, de razones hist&oacute;ricas, es la que venimos arrastrando y sufriendo desde entonces. En nuestros estados y sociedades occidentales, las libertades p&uacute;blicas y los derechos pol&iacute;ticos se protegen m&aacute;s y est&aacute;n mejor consolidados legislativamente, y por tanto tienen m&aacute;s tradici&oacute;n constitucional. Al menos, hasta ahora.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, son muchas otras las razones que se esgrimen para justificar el hecho de que los DESC no est&eacute;n recogidos como derechos fundamentales en nuestra Constituci&oacute;n. Intentaremos rebatir algunos de estos argumentos.
    </p><p class="article-text">
        Por un lado se esgrime que los DESC son derechos de comportamiento, que s&oacute;lo obligan al estado a intentar hacer lo m&aacute;ximo posible para realizarlos, pero que, en cambio, los derechos civiles y pol&iacute;ticos son de resultado, obligan al Estado a conseguirlos, s&iacute; o s&iacute;. Esta diferencia es meramente pol&iacute;tica, no jur&iacute;dica. Cambiar las obligaciones de &ldquo;fomentar&rdquo; o &ldquo;promover&rdquo;, por las de &ldquo;garantizar&rdquo; o &ldquo;defender&rdquo;, &uacute;nicamente requiere un esfuerzo por parte del legislador, no conlleva ninguna dificultad jur&iacute;dica. Por ejemplo, reconocer el derecho a la vivienda como derecho fundamental no significa que el Estado deba proveer directamente a cada ciudadano o ciudadana de un techo, pero s&iacute; que antepondr&aacute; ese derecho a otros, como el derecho a la propiedad o la protecci&oacute;n de los intereses bancarios.
    </p><p class="article-text">
        Por otro lado se argumenta que los derechos sociales son abstractos y poco concretos, que el derecho al trabajo, por ejemplo, necesita de una concreci&oacute;n por lo que respecta a las obligaciones positivas del Estado. En cambio, se dice, los derechos civiles y pol&iacute;ticos son mucho m&aacute;s claros, el derecho a la reuni&oacute;n todo el mundo entiende a qu&eacute; se refiere y el papel del Estado es inequ&iacute;voco. Sin embargo, de nuevo, la supuesta falta de concreci&oacute;n de los DESC solo denota una falta de inter&eacute;s por parte del legislador en acotar exactamente cu&aacute;les deben de ser las obligaciones que acompa&ntilde;an a cada derecho. Es necesario legislar cada derecho, no la tem&aacute;tica (el trabajo est&aacute; muy regulado, constantemente, de hecho), para determinar claramente los titulares y las obligaciones estatales, pero no es un problema espec&iacute;fico de los DESC.
    </p><p class="article-text">
        Por &uacute;ltimo, otra de las razones que se utilizan m&aacute;s habitualmente para colocar los DESC en un plano secundario respecto de los civiles y pol&iacute;ticos es su car&aacute;cter prestacional y por tanto pecuniario. Para entendernos, que cuestan dinero y son caros. Garantizar el derecho a la participaci&oacute;n pol&iacute;tica y por tanto la celebraci&oacute;n de elecciones peri&oacute;dicas, en diversos niveles administrativos adem&aacute;s, no cuesta dinero, cuesta mucho dinero. Garantizar el derecho a un recurso judicial efectivo y por tanto establecer y mantener un sistema judicial operativo no cuesta mucho dinero, cuesta much&iacute;simo dinero. Y estos son solo dos ejemplos de derechos civiles y pol&iacute;ticos cl&aacute;sicos, de los m&aacute;s fundamentales. 
    </p><p class="article-text">
        Por tanto, de nuevo, mantener los derechos econ&oacute;micos, sociales y culturales como derechos de segunda categor&iacute;a en nuestra constituci&oacute;n y en nuestro sistema legal, es una decisi&oacute;n pol&iacute;tica, no jur&iacute;dica. No existe ninguna diferencia jur&iacute;dicamente insalvable entre estos dos tipos de derechos, y as&iacute; lo ha reiterado en diversas ocasiones el mismo Comit&eacute; de derechos econ&oacute;micos, sociales y culturales de las Naciones Unidas (<a href="http://tbinternet.ohchr.org/_layouts/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=E%252fC.12%252f1998%252f24&amp;Lang=en" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Observaci&oacute;n General n&ordm; 9</a>, por ejemplo). 
    </p><p class="article-text">
        Para concluir, resulta tambi&eacute;n necesario argumentar la necesidad de dotar de fundamentalidad, y por tanto de mecanismos efectivos de justiciabilidad, a los DESC, puesto que son estos los que configuran nuestro estado del bienestar. Un marco constitucional m&aacute;s garantista permitir&iacute;a afianzar las pol&iacute;ticas sociales, demasiado expuestas en estos momentos a las reformas, ajustes o, directamente, recortes. Si entendemos el &ldquo;gasto social&rdquo; como inversi&oacute;n, inversi&oacute;n en futuro, inversi&oacute;n en cohesi&oacute;n, la reforma constitucional en este sentido resulta perentoria.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Aïda Guillén Lanzarote]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/agendapublica/reforma_constitucional/derechos-segunda_1_5137526.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sun, 01 Dec 2013 20:11:03 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[¿Derechos de segunda?]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Reforma constitucional]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El rapapolvo del Comisario]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/agendapublica/impacto_social/enmienda-totalidad-comisario_1_5846783.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/a7f24f0f-8a26-4332-8ad0-7ab68547f37c_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El rapapolvo del Comisario"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El informe del comisario para los Derechos Humanos del Consejo de Europa sobre España constata que la falta de recursos está sirviendo para retroceder, recortar y dejar de proteger ciertos derechos.</p></div><p class="article-text">
        El pasado 9 de octubre, el comisario para los Derechos Humanos del  Consejo de Europa, que en la actualidad es el Sr. Nils Muiznieks, hizo  p&uacute;blico <a href="https://wcd.coe.int/com.instranet.InstraServlet?command=com.instranet.CmdBlobGet&amp;InstranetImage=2356738&amp;SecMode=1&amp;DocId=2056532&amp;Usage=2" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">su informe</a> tras su visita a Espa&ntilde;a entre los d&iacute;as 3 y 7 de junio de este mismo a&ntilde;o.
    </p><p class="article-text">
        El  informe, de apenas 50 p&aacute;ginas, recoge las impresiones, conclusiones y   recomendaciones del comisario respecto a tres temas concretos: las   repercusiones de la crisis econ&oacute;mica y de las medidas de austeridad en   los ni&ntilde;os, estas mismas repercusiones en las personas con discapacidad y   la funci&oacute;n de las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley en la   protecci&oacute;n de los derechos humanos. En este art&iacute;culo nos ocuparemos y   preocuparemos de los dos primeros temas.
    </p><p class="article-text">
        El <a href="http://www.coe.int/t/commissioner/default_EN.asp" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">comisario para los Derechos Humanos</a> del Consejo de Europa es una instituci&oacute;n independiente y no jurisdiccional dentro del <a href="http://hub.coe.int/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Consejo de Europa</a> y tiene como mandato la promoci&oacute;n sobre el conocimiento y el respeto de  los derechos humanos en los 47 estados miembro de la organizaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        El  actual comisario, de nacionalidad letona, sucede en el cargo al sueco  Thomas Hammarberg (2006-2012) y al espa&ntilde;ol &Aacute;lvaro Gil-Robles  (1999-2006). En un momento en el que la crisis econ&oacute;mica y financiera y  las medidas de austeridad impuestas por los estados como &ldquo;consecuencia&rdquo;  de la misma han minado, como nunca antes, el discurso de los derechos  humanos en las sociedades europeas, el comisario se propone entre sus  objetivos la consolidaci&oacute;n y reivindicaci&oacute;n del mismo.
    </p><p class="article-text">
        La  justificaci&oacute;n de la falta de recursos est&aacute; sirviendo, y as&iacute; lo constata  en su informe con cifras el Comisario, para retroceder, recortar y dejar  de proteger ciertos derechos. En concreto, el comisario pone su acento  en dos colectivos de los m&aacute;s vulnerables, la infancia y las personas con  discapacidad.
    </p><p class="article-text">
        La tasa de pobreza infantil en Espa&ntilde;a supera en estos momentos el 27% seg&uacute;n el <a href="http://www.unicef.es/sites/www.unicef.es/files/Infancia_2012_2013_final.pdf" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">&uacute;ltimo informe de UNICEF</a>.  Los recortes presupuestarios aplicados a las ayudas sociales a las  familias, a las becas comedor, para libros y transporte escolar, al  personal docente &ndash;que se traduce en m&aacute;s ni&ntilde;os por aula&ndash;, a la sanidad y  los programas de atenci&oacute;n sanitaria preventiva, y a un largo etc&eacute;tera  de recortes, s&oacute;lo producir&aacute;n un aumento en esa tasa.
    </p><p class="article-text">
        El comisario  recoge en su informe los efectos particularmente negativos que los  desahucios tienen en los menores de edad, por lo que conllevan de p&eacute;rdida  de estabilidad familiar, escolar y social. Tambi&eacute;n destaca el  desmantelamiento de programas para la protecci&oacute;n de la salud mental de  los ni&ntilde;os, programas especialmente vinculados a proteger a los ni&ntilde;os de  grupos sociales desfavorecidos.
    </p><p class="article-text">
        Por lo que respecta a las personas  con discapacidad, el informe es muy duro en lo referente a la  aplicaci&oacute;n de la conocida como Ley de la Dependencia. Y no s&oacute;lo por la  falta de recursos disponibles tanto por parte de la Administraci&oacute;n Central del Estado como por parte de algunas comunidades aut&oacute;nomas, que  ha sido cr&oacute;nica desde su aprobaci&oacute;n, sino tambi&eacute;n por la falta de  voluntad pol&iacute;tica para comprender la esencia de la ley. Tal y como  recoge la <a href="http://www.un.org/esa/socdev/enable/documents/tccconvs.pdf" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Convenci&oacute;n sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas</a>,  la prestaci&oacute;n de servicios a las personas con discapacidad no debe ser  concebida como un sistema de medidas puramente asistenciales, sino como  un sistema dirigido a la consecuci&oacute;n de la autonom&iacute;a de las personas con  discapacidad, desde un enfoque basado en los derechos humanos. En  palabras del comisario, el enfoque asistencialista da &ldquo;lugar a que las  personas con discapacidad sean sumamente vulnerables a la pobreza en  tiempos de austeridad y de limitaciones presupuestarias&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Entre  los aspectos que se ven afectados por este &ldquo;desenfoque&rdquo; pol&iacute;tico y  social, agravado por los recortes presupuestarios, el informe destaca,  entre otros, la educaci&oacute;n incluyente, el acceso al empleo digno y el  derecho a la capacidad jur&iacute;dica.
    </p><p class="article-text">
        El rapapolvo del comisario es  continuo y sistem&aacute;tico. La realidad es que, tras la crisis y la  aplicaci&oacute;n de estas medidas por parte del estado, los derechos de los  ni&ntilde;os y ni&ntilde;as y de las personas con discapacidad est&aacute;n menos protegidos,  menos garantizados y son menos defendidos por las administraciones.
    </p><p class="article-text">
        El  informe incluye una serie de recomendaciones que podr&iacute;amos resumir en  la siguiente idea general: las medidas de austeridad y los recortes  presupuestarios no pueden realizarse a costa de recortar derechos. Entre  las obligaciones internacionales que tiene contra&iacute;das Espa&ntilde;a, hay que  tener en cuenta la que se refiere a la progresividad de los derechos  econ&oacute;micos, sociales y culturales, por la cual Espa&ntilde;a se compromete a no  tomar medidas que supongan un retroceso en el goce efectivo de los  mismos, como de hecho est&aacute; sucediendo.
    </p><p class="article-text">
        Es inaceptable. As&iacute; no, dice el comisario. Y decimos nosotros.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Aïda Guillén Lanzarote]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/agendapublica/impacto_social/enmienda-totalidad-comisario_1_5846783.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 23 Oct 2013 18:48:52 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El rapapolvo del Comisario]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Impacto social,Derechos Humanos]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[¿Primero los de casa?]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/agendapublica/primero-casa_132_5482906.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p class="article-text">
        Una de las pol&iacute;ticas p&uacute;blicas que est&aacute; sufriendo m&aacute;s recortes en los &uacute;ltimos a&ntilde;os es la pol&iacute;tica de cooperaci&oacute;n al desarrollo. Contrariamente a lo que se cree, estos recortes no han empezado con el actual gobierno central, sino que ya se iniciaron con el anterior gobierno socialista. No en vano, desde 2009 los presupuestos dedicados a cooperaci&oacute;n han disminuido en un 73%, seg&uacute;n la Coordinadora de ONGs de Desarrollo de Espa&ntilde;a  . El presupuesto presentado estos &uacute;ltimos d&iacute;as para la Agencia Espa&ntilde;ola de Cooperaci&oacute;n Internacional para el Desarrollo (AECID), que es el &oacute;rgano gubernamental principal encargado de canalizar esta ayuda, la deja a la altura de una ONG grande (poco m&aacute;s de 200 millones de euros).
    </p><p class="article-text">
        Estos recortes a penas generan contestaci&oacute;n en la calle y, de hecho, las organizaciones de desarrollo se enfrentan a la realidad de la desmovilizaci&oacute;n social para reivindicar el mantenimiento de estas pol&iacute;ticas. La justificaci&oacute;n de esta falta de apoyo popular est&aacute; tan manida como manipulada desde los estratos pol&iacute;ticos y comunicativos: &ldquo;en tiempos de crisis, primero los de casa. Si no hay para nosotros, no vamos encima a dar a los de fuera&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Este argumento utiliza el miedo y las situaciones de incertidumbre para fomentar los prejuicios y difundir falsedades. Veamos por qu&eacute;.
    </p><p class="article-text">
        La ayuda oficial al desarrollo son todos aquellos recursos (econ&oacute;micos, humanos, materiales&hellip;) que un pa&iacute;s pone a disposici&oacute;n de otros estados para colaborar en su desarrollo. Esta cooperaci&oacute;n es una obligaci&oacute;n de los estados seg&uacute;n la Carta de Naciones Unidas de 1945 y se encuentra recogida en el art&iacute;culo 1.3 de la misma que recoge los prop&oacute;sitos de la organizaci&oacute;n. Nada menos.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, el concepto de desarrollo no es un&iacute;voco y de hecho ha ido variando a lo largo de los a&ntilde;os y la pr&aacute;ctica de la cooperaci&oacute;n. Durante a&ntilde;os, este desarrollo se identific&oacute; con el &uacute;nicamente econ&oacute;mico y su &eacute;xito se med&iacute;a con los aumentos del PIB y otros indicadores econ&oacute;micos. Con la introducci&oacute;n del concepto de desarrollo humano en los a&ntilde;os 90 del siglo pasado se dio un paso en la concepci&oacute;n de este desarrollo y se empezaron a valorar aspectos como el nivel educativo, las condiciones sanitarias o el acceso a la justicia.
    </p><p class="article-text">
        En este sentido, las pol&iacute;ticas de cooperaci&oacute;n han ido tambi&eacute;n variando y el entramado internacional de agencias donantes, programas y actores involucrados se ha ido complicando y agrandando, con lo que las diferentes agendas de cooperaci&oacute;n se han visto ampliadas.
    </p><p class="article-text">
        En este camino, tambi&eacute;n hemos observado c&oacute;mo las pol&iacute;ticas de cooperaci&oacute;n se han visto muy influenciadas por otros intereses estatales, como los comerciales, los geoestrat&eacute;gicos o los puramente pol&iacute;ticos, lo cual ha desvirtuado y desdibujado en numerosas ocasiones las intervenciones con objetivos de desarrollo.
    </p><p class="article-text">
        Por tanto, &iquest;qu&eacute; cooperaci&oacute;n se ha hecho hasta el momento? &iquest;En qu&eacute; se invierte la ayuda oficial al desarrollo? No es este el lugar ni es nuestra pretensi&oacute;n hacer un an&aacute;lisis exhaustivo de estas pol&iacute;ticas, pero s&iacute; que nos resulta &uacute;til destacar que las pol&iacute;ticas de cooperaci&oacute;n se han ido configurando como un veh&iacute;culo de exportaci&oacute;n de nuestro propio modelo, tanto econ&oacute;mico como pol&iacute;tico y social.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute;, la ayuda oficial al desarrollo se ha utilizado para fomentar cambios y reformas democr&aacute;ticas, para colaborar en la provisi&oacute;n de derechos y servicios b&aacute;sicos como la salud y la educaci&oacute;n, para reforzar las instituciones y las organizaciones de la sociedad civil&hellip; Es decir, entre otros objetivos, la cooperaci&oacute;n al desarrollo ha pretendido hacer part&iacute;cipes a otras sociedades de nuestro modelo de estado social y democr&aacute;tico.
    </p><p class="article-text">
        En el momento en que este modelo, b&aacute;sicamente occidental, entra en crisis y deja de ser apoyado por las clases dirigentes (pol&iacute;ticas, econ&oacute;micas, financieras&hellip;), se ven afectados todos sus componentes, entre ellos las pol&iacute;ticas de cooperaci&oacute;n al desarrollo. Los recortes en cooperaci&oacute;n obedecen a la misma l&oacute;gica que los recortes en sanidad o educaci&oacute;n: la voluntad ideol&oacute;gica firme de querer acabar con el estado del bienestar, ampar&aacute;ndose en justificaciones y argumentos economicistas supuestamente absolutos e irrenunciables (estabilidad presupuestaria, pago de deuda, adelgazamiento del sector p&uacute;blico&hellip;)
    </p><p class="article-text">
        La diferencia entre los recortes en cooperaci&oacute;n y los recortes en otros sectores sociales, es que los primeros son m&aacute;s &ldquo;baratos&rdquo; pol&iacute;ticamente y por eso se han llevado a cabo con mayor contundencia y rapidez. Y la culpa, entre otros, es del propio sector de la cooperaci&oacute;n. No hemos sido capaces de consolidar una verdadera base social.
    </p><p class="article-text">
        Se ha utilizado, err&oacute;neamente desde nuestro punto de vista, la justificaci&oacute;n de la cooperaci&oacute;n como las &ldquo;pol&iacute;ticas buenas&rdquo; encaminadas a impedir que gentes de otros lugares decidan emigrar a nuestro pa&iacute;s. El argumento es simple: &ldquo;ayud&eacute;mosles a mejorar su calidad de vida y as&iacute; no vendr&aacute;n aqu&iacute; y har&aacute;n peligrar nuestro sistema&rdquo;. Como ocurr&iacute;a con el argumento anterior, &eacute;ste tambi&eacute;n es falso y adem&aacute;s no educa.
    </p><p class="article-text">
        No hemos sabido explicar el mensaje b&aacute;sico de que la solidaridad internacional es una obligaci&oacute;n. Nuestro modelo y ritmo de consumo est&aacute; basado en la explotaci&oacute;n de otros lugares y otras sociedades. Aplicar el 0,7% de nuestro presupuesto a la ayuda oficial al desarrollo no es caridad de buenos samaritanos ni tampoco es una jugada calculadora donde se entremezclan otros intereses, es pura justicia social, recogida, adem&aacute;s, en instrumentos internacionales.
    </p><p class="article-text">
        Defender las pol&iacute;ticas de cooperaci&oacute;n es defender el estado del bienestar, aqu&iacute; y all&aacute;. Porque las fronteras son cada vez m&aacute;s permeables, porque el sistema internacional basado en el Estado-naci&oacute;n hace d&eacute;cadas que se encuentra en la picota, porque luchar por mis derechos sin luchar por los de los dem&aacute;s es reclamar privilegios. 
    </p><p class="article-text">
        Resulta imprescindible renovar el papel de la cooperaci&oacute;n al desarrollo, repensar el papel de las organizaciones no gubernamentales, rehacer la agenda pol&iacute;tica internacional y basarla en est&aacute;ndares com&uacute;nmente aceptados, como algunos tratados de derechos humanos, por ejemplo. Pero sobretodo, necesitamos hacer llegar nuestro mensaje m&aacute;s all&aacute; del sector de la cooperaci&oacute;n: &ldquo;el pobre del sur no es nuestro competidor ni nuestro rival en la distribuci&oacute;n de los bienes y servicios recortados ideol&oacute;gicamente y, por tanto, artificialmente. Es un compa&ntilde;ero de lucha, es un damnificado m&aacute;s de este sistema que nos ahoga&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &iquest;Primero lo de casa? S&iacute;, por supuesto, primero los ciudadanos y ciudadanas del mundo.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Aïda Guillén Lanzarote]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/agendapublica/primero-casa_132_5482906.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 07 Nov 2012 08:37:27 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[¿Primero los de casa?]]></media:title>
      <media:keywords><![CDATA[Nueva Política,Cooperación al desarrollo,AECID]]></media:keywords>
    </item>
  </channel>
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