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    <title><![CDATA[elDiario.es - Antonio González]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/autores/antonio_gonzalez/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Antonio González]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[Por un cambio de rumbo en la regulación laboral]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/alternativaseconomicas/cambio-rumbo-regulacion-laboral_132_3941121.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/54cfac9c-fdcd-400e-ac53-f9dfd015cf14_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Por un cambio de rumbo en la regulación laboral"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Pese a que España es el país que ha aplicado más reformas del mercado de trabajo, el problema del paro no acaba resolverse</p><p class="subtitle">La cuestión tiene arreglo, pero sólo si se invierte la forma en la que operan las instituciones y nos acercamos a los países más estables de la UE</p><p class="subtitle">La negociación colectiva debe volver a su cauce original mediante el equilibrio entre los intereses de trabajadores y empresarios</p></div><p class="article-text">
        Desde la aprobaci&oacute;n en 1980 del Estatuto de los Trabajadores se ha reformado la legislaci&oacute;n laboral en m&aacute;s de 50 ocasiones. Es probablemente el cap&iacute;tulo del ordenamiento jur&iacute;dico espa&ntilde;ol que m&aacute;s veces se ha modificado, y Espa&ntilde;a es, con gran diferencia, el pa&iacute;s europeo en el que m&aacute;s reformas laborales se han realizado. Porque las reformas en el mercado de trabajo son raras en los dem&aacute;s pa&iacute;ses de nuestro entorno, incluso cuando se produce un aumento del paro. En Espa&ntilde;a sucede lo contrario. Tanto si la econom&iacute;a y el empleo crecen como, especialmente, si llega la recesi&oacute;n y aumenta el desempleo, siempre hay que hacer una reforma laboral.
    </p><p class="article-text">
        Pese a la reiteraci&oacute;n casi compulsiva de reformas, los problemas del empleo no terminan, sino m&aacute;s bien al contrario. Durante los per&iacute;odos expansivos, el mercado de trabajo espa&ntilde;ol crea mucho m&aacute;s empleo, aunque de mucha peor calidad, que cualquiera de las econom&iacute;as de los pa&iacute;ses desarrollados, lo que reduce el crecimiento de la productividad hasta pr&aacute;cticamente cero. Al llegar la recesi&oacute;n y la crisis es, asimismo, el que destruye m&aacute;s empleo. Como consecuencia, la tasa de paro en Espa&ntilde;a alcanza en esos momentos niveles tan altos que multiplica a los dem&aacute;s pa&iacute;ses. Dado que pr&aacute;cticamente s&oacute;lo aqu&iacute; cae m&aacute;s el empleo que el PIB, la productividad se dispara en las recesiones, mientras que en el resto de las econom&iacute;as desarrolladas se reduce para impedir el aumento del paro.
    </p><p class="article-text">
        En todo, pues, somos diferentes porque tenemos un mercado laboral con reglas distintas y un comportamiento contrario al de los dem&aacute;s pa&iacute;ses. La elasticidad del empleo respecto al PIB es desde comienzos de los a&ntilde;os noventa la m&aacute;s elevada (la ha vuelto a medir hace muy poco la Organizaci&oacute;n Internacional del Trabajo [OIT] con datos del FMI), lo que significa que por cada unidad de crecimiento o de ca&iacute;da de la econom&iacute;a, el empleo crece o se destruye m&aacute;s que en cualquier otro lado. Nuestro mercado laboral es m&aacute;s el&aacute;stico, es decir, menos r&iacute;gido, m&aacute;s flexible: es el que crea m&aacute;s empleo, de peor calidad y el que m&aacute;s r&aacute;pido lo destruye.
    </p><p class="article-text">
        Pero esto indudablemente tiene que ver con la orientaci&oacute;n de las reformas laborales, que es, por otra parte, siempre la misma. La pr&aacute;ctica totalidad se han dirigido a <em>flexibilizar</em> la regulaci&oacute;n laboral. Un t&eacute;rmino que ya resulta muy conocido, y que en esencia significa que se aumenta la capacidad o el poder unilateral de los empresarios para adoptar decisiones sobre contrataci&oacute;n, despido y cambios en las condiciones de trabajo. Como consecuencia de ello, el empleo en Espa&ntilde;a ha ido adquiriendo unas caracter&iacute;sticas cada vez m&aacute;s inestables y precarias.
    </p><p class="article-text">
        Durante la pasada legislatura se han aprobado, seg&uacute;n recuerdan los juristas, en torno a 18 leyes (o reales decretos leyes) que modifican el ordenamiento laboral. Todo un r&eacute;cord. Aunque la m&aacute;s profunda y conocida es la reforma laboral de 2012.
    </p><p class="article-text">
        Esta reforma modific&oacute; &mdash;de nuevo en sentido flexibilizador&mdash; pr&aacute;cticamente todos los grandes aspectos de la regulaci&oacute;n legal de las relaciones de trabajo: los contratos de trabajo, los despidos, las posibilidades de cambiar (empeorar) las condiciones de trabajo, incluidos los salarios, y los convenios colectivos. Comentamos a continuaci&oacute;n, para simplificar, las cuestiones m&aacute;s importantes, y los resultados obtenidos.
    </p><p class="article-text">
        En los contratos, la novedad mayor fue la creaci&oacute;n de un nuevo contrato indefinido con un per&iacute;odo de prueba de un a&ntilde;o (contrato &ldquo;de apoyo a los emprendedores&rdquo;), durante el cual el empresario puede decidir la rescisi&oacute;n ese contrato sin que se considere despido y sin necesidad de pagar indemnizaci&oacute;n alguna. Es decir, en el primer a&ntilde;o, resulta m&aacute;s factible y m&aacute;s barato el despido que incluso con un contrato temporal. Adem&aacute;s, el contrato entra&ntilde;a importantes ayudas p&uacute;blicas, fiscales y/o en las cotizaciones sociales.
    </p><p class="article-text">
        Las ventajas para los empresarios son tantas que sus promotores supon&iacute;an que el contrato ser&iacute;a un aut&eacute;ntico &eacute;xito, pero no ha sido as&iacute;. El flujo de los realizados ha oscilado entre 80.000 y 100.000 por a&ntilde;o, y se desconoce cu&aacute;ntos de ellos han terminado su vida antes de doce meses. Pero a juzgar por lo que sucede con los contratos temporales y por la inestabilidad y corta vida de los propios contratos indefinidos, en especial los subvencionados, puesta de manifiesto en sucesivas investigaciones, cabe pensar que una gran mayor&iacute;a no se han debido consolidar. Y las resistencias de la Administraci&oacute;n a realizar estudios y evaluaciones serios no ayudan a despejar estas dudas. Por supuesto, el contrato (aunque se contabilice como indefinido no si&eacute;ndolo en la pr&aacute;ctica) no ha servido para reducir la tasa de temporalidad del empleo, que contin&uacute;a siendo la segunda mayor de la UE debido a la utilizaci&oacute;n generalizadamente fuera de norma (fraudulenta) de los contratos temporales.
    </p><p class="article-text">
        <strong>MENOS INDEMNIZACI&Oacute;N</strong>
    </p><p class="article-text">
        En cuanto al despido, los cambios han sido m&aacute;s dr&aacute;sticos. Se han reducido hasta un 40% las indemnizaciones en los despidos improcedentes (sin causa justificada), que ya antes de ello eran los m&aacute;s frecuentes. Se ha cambiado la definici&oacute;n de las causas empresariales en los despidos objetivos y colectivos, hasta hacerlas irrelevantes, y se ha suprimido la autorizaci&oacute;n administrativa en los despidos colectivos. Con todo esto, si la protecci&oacute;n frente al despido era, seg&uacute;n los datos de la OCDE, de las m&aacute;s bajas de la UE, ahora los despidos son a&uacute;n m&aacute;s f&aacute;ciles, baratos y frecuentes. Si la estabilidad de los contratos indefinidos era &mdash;de acuerdo con los estudios m&aacute;s fiables&mdash; ya muy baja debido a su elevada <em>mortalidad</em> temprana, tras estas reformas se ha reducido todav&iacute;a m&aacute;s. Y si en esta crisis y antes de estos cambios se produjeron m&aacute;s de cinco millones de despidos de trabajadores con contrato indefinido (lo que explica una parte elevada del ascenso, diferencialmente m&aacute;s intenso que en otros pa&iacute;ses, de nuestra tasa de paro), en la siguiente recesi&oacute;n los despidos alcanzar&aacute;n cotas inimaginables. Nos estamos alejando, es evidente, mucho m&aacute;s de los dem&aacute;s pa&iacute;ses europeos.
    </p><p class="article-text">
        La suma de medidas en contrataci&oacute;n y despido aumentar&aacute; obviamente la elasticidad del empleo, por lo que los empleos ser&aacute;n (lo est&aacute;n siendo) de peor calidad, y sus movimientos de respuesta ante las expansiones y las recesiones de la econom&iacute;a producir&aacute;n aumentos y ca&iacute;das a&uacute;n m&aacute;s intensos. A la elevada inestabilidad del empleo, y sobre todo a su mala calidad, se le a&ntilde;aden las reformas a&ntilde;adidas en la regulaci&oacute;n del trabajo a tiempo parcial, cuya flexibilizaci&oacute;n y desreglamentaci&oacute;n est&aacute;n ocasionando una expansi&oacute;n del mismo que est&aacute; provocando el ascenso a los primeros lugares de Europa de las tasas de pobreza de las personas con empleo, y que da lugar a que seis de cada diez de estos trabajadores (otra vez el mayor porcentaje de la UE) rechacen, seg&uacute;n la EPA, el trabajo a tiempo parcial.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s de las medidas en materia de contrataci&oacute;n y despido, la reforma de 2012 ha realizado otras importantes modificaciones. Por un lado, ha otorgado la capacidad unilateral a los empresarios para rebajar las condiciones de trabajo, incluidas las retributivas, cuando no est&aacute;n establecidas en un convenio colectivo. Incluso si lo est&aacute;n, el empresario tiene la potestad de promoverlo y, si en la negociaci&oacute;n correspondiente no se produce un acuerdo, el empresario puede forzar la reducci&oacute;n de las condiciones establecidas en el convenio (inaplicaci&oacute;n) a trav&eacute;s de una decisi&oacute;n arbitral de la Comisi&oacute;n Consultiva de Convenios Colectivos (&oacute;rgano en el que dos tercios son representantes de los empresarios y del Gobierno).
    </p><p class="article-text">
        Aparte de la unilateralidad otorgada a los empresarios y de la inexistencia de l&iacute;mites en la rebaja de las condiciones laborales y salariales (o de proporci&oacute;n respecto a las razones, totalmente livianas en la definici&oacute;n legal, que dan lugar a los recortes), llama la atenci&oacute;n que tales medidas sean permanentes, aunque no lo sean las causas que les sirven de justificaci&oacute;n. La utilizaci&oacute;n de todos estos mecanismos constituye una de las v&iacute;as principales de la devaluaci&oacute;n de los salarios.
    </p><p class="article-text">
        Finalmente, la Reforma Laboral de 2012 limita la capacidad de los convenios colectivos. Entendida por los autores de la reforma como un instrumento antag&oacute;nico con las necesidades de las empresas, la negociaci&oacute;n colectiva, que ha representado durante m&aacute;s de medio siglo en Europa la piedra angular de unas relaciones laborales democr&aacute;ticas y la v&iacute;a para evitar el conflicto social y alcanzar el equilibrio entre salarios y beneficios en la distribuci&oacute;n primaria de la renta, ha sido dr&aacute;sticamente obstaculizada y coartada para favorecer a los empresarios.
    </p><p class="article-text">
        La reforma hace prevalecer el convenio de empresa sobre el convenio del sector, invirtiendo la regla precedente, con la intenci&oacute;n de que en las empresas individuales (mayoritariamente de reducido tama&ntilde;o) resulte m&aacute;s f&aacute;cil a los empresarios imponer sus condiciones. Asimismo, se limita el per&iacute;odo de validez y aplicaci&oacute;n de los convenios colectivos una vez que vence el plazo de duraci&oacute;n de los mismos (la denominada <em>ultraactividad</em>). Desde el inicio de las relaciones laborales democr&aacute;ticas se aceptaba que un convenio s&oacute;lo pod&iacute;a ser sustituido por la firma de otro convenio, y que entre tanto se mantendr&iacute;a su vigencia. La nueva norma establece que eso s&oacute;lo durar&aacute; un a&ntilde;o, finalizado el cual todo el convenio pierde su validez y las reglas laborales y salariales a aplicar (obviamente rebajadas) ser&iacute;an fijadas por el empresario.
    </p><p class="article-text">
        Aunque una sentencia del Tribunal Supremo estableci&oacute; limitaciones a esa pretensi&oacute;n de la nueva ley, la supresi&oacute;n de la ultraactividad entra&ntilde;a para los sindicatos la necesidad de ceder en la negociaci&oacute;n de un nuevo convenio hasta el punto que los empresarios consideren suficiente. En suma, unas medidas que han intensificado el proceso de devaluaci&oacute;n salarial, am&eacute;n de generar un nuevo marco de relaciones laborales desequilibrado, a partir del cual el poder empresarial se convierte en hegem&oacute;nico.
    </p><p class="article-text">
        <strong>DUALIDAD Y PRECARIEDAD</strong>
    </p><p class="article-text">
        Las medidas contenidas en la Reforma Laboral de 2012 no se han dirigido en la direcci&oacute;n adecuada. Son contrarias a los problemas reales que aquejan al mercado laboral espa&ntilde;ol: la dualidad y precariedad, derivadas del fraude general en los contratos temporales y de los excesos en los contratos a tiempo parcial; el evidente abuso de los despidos, los injustificados y aquellos otros con causa d&eacute;bil y discutible, contrarios a los sistemas de respuesta a la crisis en otros pa&iacute;ses y que han elevado la tasa de paro a niveles desorbitados; las medidas que promueven una devaluaci&oacute;n de los salarios, y las que han desintegrado un sistema de negociaci&oacute;n colectiva que cumple unas funciones econ&oacute;micas y sociales fundamentales.
    </p><p class="article-text">
        La correcci&oacute;n de este funcionamiento negativo del mercado laboral requiere invertir la forma en la que operan las instituciones del mismo y parecernos a los pa&iacute;ses m&aacute;s estables de la Uni&oacute;n Europea: sustituir el exceso de flexibilidad externa por los apropiados mecanismos temporales de adaptaci&oacute;n. La volatilidad del empleo, basada en una temporalidad injustificada y en un despido sin causas reales y utilizado como primera opci&oacute;n de ajuste, debe ser corregida estableciendo, primero, en&eacute;rgicos desincentivos econ&oacute;micos al fraude en los contratos temporales (lo contrario de lo que hoy sucede porque este fraude casi carece de consecuencias) y, segundo, restringiendo el despido sin causa (improcedente) y estableciendo en los dem&aacute;s despidos causas reales vinculadas a la inevitabilidad de los mismos, al tiempo que se articula un mecanismo institucional obligatorio similar al alem&aacute;n, que permita que las adaptaciones coyunturales y c&iacute;clicas de las empresas no se realicen sobre el empleo, sino sobre la reducci&oacute;n temporal de las horas de trabajo. La legislaci&oacute;n debe diferenciar as&iacute; entre las causas coyunturales y estructurales de los ajustes y regular la utilizaci&oacute;n necesaria de unos u otros mecanismos y procedimientos.
    </p><p class="article-text">
        Por otra parte, la adaptaci&oacute;n de las condiciones de trabajo (flexibilidad interna) para ser obligatoria debe vincularse con causas y necesidades estructurales y probadas de las empresas, sustituyendo la actual arbitrariedad empresarial por esa justificaci&oacute;n y por la negociaci&oacute;n con los trabajadores de la que, no nos enga&ntilde;emos, depende el &eacute;xito de las reestructuraciones y los cambios en la organizaci&oacute;n del trabajo en las empresas.
    </p><p class="article-text">
        Finalmente, la negociaci&oacute;n colectiva debe devolverse a su cauce original mediante el equilibrio entre los intereses enfrentados de las dos partes presentes en las empresas. Para que &eacute;stas, al igual que en los dem&aacute;s pa&iacute;ses del entorno, mediante los convenios colectivos se adapten progresivamente &mdash;como lo han hecho en los &uacute;ltimos treinta a&ntilde;os&mdash; a los profundos cambios que ha sufrido la econom&iacute;a espa&ntilde;ola. Esta funci&oacute;n no se podr&aacute; cumplir y quedar&aacute; abocada al fracaso si no hay equilibrio de fuerzas y autonom&iacute;a de la negociaci&oacute;n colectiva.
    </p><p class="article-text">
        En fin, el mercado de trabajo espa&ntilde;ol tiene arreglo, pero no si se mantiene el actual funcionamiento distorsionado y an&oacute;malo del mismo. S&iacute;, si se da el golpe de tim&oacute;n que haga que sus instituciones y caracter&iacute;sticas se parezcan a las de los dem&aacute;s pa&iacute;ses europeos.
    </p><p class="article-text">
        <strong>Antonio Gonz&aacute;lez</strong>, miembro de Economistas frente a la Crisis, fue secretario general de Empleo entre 2006 y 2008.
    </p><p class="article-text">
        [Este art&iacute;culo ha sido publicado en el n&uacute;mero de junio de la revista <a href="http://alternativaseconomicas.coop/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Alternativas Econ&oacute;micas.</a> Ay&uacute;danos a sostener este proyecto de periodismo independiente con<a href="http://alternativaseconomicas.coop/suscripciones" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"> una suscripci&oacute;n</a>]
    </p><p class="article-text">
        <a href="http://alternativaseconomicas.coop/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"> </a>
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Antonio González]]></dc:creator>
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      <pubDate><![CDATA[Sat, 18 Jun 2016 17:32:33 +0000]]></pubDate>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[¿Cuáles son los "aspectos más lesivos" de la Reforma Laboral del PP?]]></title>
      <link><![CDATA[https://economistasfrentealacrisis.com/cuales-son-los-aspectos-mas-lesivos-de-la-reforma-laboral-del-pp/]]></link>
      <description><![CDATA[]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Antonio González]]></dc:creator>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 05 Nov 2019 12:14:47 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[¿Cuáles son los "aspectos más lesivos" de la Reforma Laboral del PP?]]></media:title>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Culpabilizar a las pensiones]]></title>
      <link><![CDATA[https://economistasfrentealacrisis.com/culpabilizar-a-las-pensiones/]]></link>
      <description><![CDATA[]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Antonio González]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://economistasfrentealacrisis.com/culpabilizar-a-las-pensiones/]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 17 Jan 2019 19:50:33 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[Culpabilizar a las pensiones]]></media:title>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Paisaje después de la sentencia europea sobre las indemnizaciones laborales]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/paisaje-despues-sentencia-interinos_129_3819442.html]]></link>
      <description><![CDATA[<div class="subtitles"><p class="subtitle">La ley española habrá de ser adaptada a la normativa europea y a no tardar. Ha sido cuestionada y resulta insostenible. Aparecen ya las propuestas y el debate.</p></div><p class="article-text">
        <strong>I. El se&iacute;smo.</strong> La Sentencia del Tribunal de Justicia de la UE sobre la desigualdad en Espa&ntilde;a de las indemnizaciones de los contratos temporales respecto a los fijos ha producido una verdadera conmoci&oacute;n en cuantos est&aacute;n de una u otra forma implicados en el sistema de relaciones laborales. El estremecimiento responde sobre todo a que la Sentencia pone indudablemente en cuesti&oacute;n uno de los aspectos m&aacute;s sensibles y controvertidos del sistema laboral espa&ntilde;ol: el uso y regulaci&oacute;n de los contratos temporales, que es el origen desde hace muchos a&ntilde;os de la elevada precariedad del empleo, sin que se haya tomado medida eficaz alguna. As&iacute;, las interpretaciones han oscilado desde las visiones interesadas hasta las despistadas; desde quienes quieren que la Sentencia carezca totalmente de consecuencias hasta los que piensan que todos los problemas podr&iacute;an quedar solucionados.
    </p><p class="article-text">
        <strong>II. Consecuencias.</strong> La Sentencia, a mi juicio, tendr&aacute; extensas repercusiones. El Tribunal europeo responde a las cuestiones prejudiciales presentadas por el Tribunal espa&ntilde;ol enunciando con claridad la interpretaci&oacute;n que se debe dar a la norma europea, que prevalece sobre las leyes nacionales. De tal forma que, ante cualquier futura demanda judicial exigiendo la aplicaci&oacute;n a un contrato temporal de las indemnizaciones contempladas para los trabajadores fijos, lo previsible y razonable es que los tribunales apliquen esa interpretaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        A saber: las indemnizaciones forman parte de las condiciones de trabajo, y la normativa espa&ntilde;ola no puede amparar diferencias en las condiciones de trabajo (incluidas indemnizaciones) entre trabajadores temporales y fijos similares. La finalizaci&oacute;n de un contrato temporal queda, para el Tribunal europeo, asimilada al despido por causas objetivas de un contrato fijo.
    </p><p class="article-text">
        Estos derechos reconocidos a los trabajadores temporales tendr&aacute;n que ser reclamados, como los que figuran en las leyes nacionales, ante los tribunales si no son respetados por los empresarios. Y, por &uacute;ltimo, respecto a las dudas acerca de si la Sentencia afecta solo a los contratos de interinidad y no a los restantes temporales, cabe se&ntilde;alar que el Tribunal europeo afirma la prohibici&oacute;n de la norma europea de tratar a trabajadores iguales de manera diferente, solo porque su contrato sea temporal (independientemente del tipo de temporal), en lugar de fijo.
    </p><p class="article-text">
        Me parece claro que, si esta interpretaci&oacute;n no es aplicada por los tribunales nacionales habr&aacute; apelaciones y/o se plantear&aacute;n para una aclaraci&oacute;n plena nuevas cuestiones prejudiciales. Pensemos en el insostenible rid&iacute;culo legal y material de que solo el contrato de interinidad disponga de indemnizaci&oacute;n superior a la de los restantes temporales y, solo &eacute;l, equiparada a los fijos. La cuesti&oacute;n est&aacute; sentenciada. Esta es la raz&oacute;n de que afamados asesores jur&iacute;dicos empresariales no hayan dudado mucho al afirmar que esta es la direcci&oacute;n clara de la Sentencia.
    </p><p class="article-text">
        <strong>III. Perspectivas.</strong> La ley espa&ntilde;ola habr&aacute; de ser adaptada a la normativa europea y a no tardar. Ha sido cuestionada y resulta insostenible. Aparecen ya las propuestas y el debate. B&aacute;sicamente hay dos orientaciones: plasmar en la ley espa&ntilde;ola los derechos reconocidos a los temporales por la Sentencia europea o rebajar las indemnizaciones de los indefinidos hasta los doce d&iacute;as de los temporales, sea directamente o mediante un contrato &uacute;nico. Izquierda y derecha, intereses empresariales o derechos de los trabajadores.
    </p><p class="article-text">
        Pero, lo cierto es que no es esta la cuesti&oacute;n de fondo. No es aqu&iacute;, en las indemnizaciones mayores o menores de los temporales, donde est&aacute; el gran problema de su precariedad laboral. No tener los mismos derechos que los fijos es una odiosa discriminaci&oacute;n, claro que s&iacute;, pero la mayor de todas, la m&aacute;s terrible, la que habr&iacute;a que suprimir de una vez es trabajar con un contrato temporal, sin estabilidad en el empleo ni perspectivas, cuando el trabajo que se realiza es en realidad permanente, fijo. Este fraude general es el origen en Espa&ntilde;a de la alt&iacute;sima, injustificada, temporalidad del empleo. Y esto no lo arreglan unas indemnizaciones un poco mayores. Menos a&uacute;n el contrato &uacute;nico que baja las indemnizaciones para todos (todos los trabajadores empiezan al nivel actual de los temporales o menos), y por lo tanto solo unos pocos, como ahora, llegar&aacute;n al nivel de los fijos. Por el camino quedar&aacute;n, despedidos antes de que acumulen derecho a indemnizaciones mayores, los millones que ahora padecen la temporalidad. M&aacute;s precarios que ahora: sin derecho a la protecci&oacute;n de la ley europea.
    </p><p class="article-text">
        El contrato &uacute;nico es un gran subterfugio, que adem&aacute;s cubre la temporalidad del empleo con un velo que impedir&aacute; verla aunque seguir&aacute; existiendo, claro que existir&aacute;. Eliminar la precariedad no solo supone rechazar el contrato &uacute;nico, sino penalizar de manera intensa y disuasoria el fraude en los contratos temporales, en los contratos sin causa, en la rotaci&oacute;n de los trabajadores en un mismo puesto de trabajo, en el encadenamiento sin fin de contratos temporales. Estos, constituyen una de las partes m&aacute;s importantes de nuestros problemas laborales. Y el fraude, este fraude estructuralizado y sistem&aacute;tico, como en otros &oacute;rdenes de la vida, no se arregla con mayores indemnizaciones, sino con mayores penalizaciones.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Antonio González]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/paisaje-despues-sentencia-interinos_129_3819442.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 21 Sep 2016 17:08:33 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[Paisaje después de la sentencia europea sobre las indemnizaciones laborales]]></media:title>
      <media:keywords><![CDATA[Interinos,Contratos temporales,Indemnización]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Pensiones: errores y manipulaciones]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/pensiones-errores-manipulaciones_129_5699940.html]]></link>
      <description><![CDATA[<div class="subtitles"><p class="subtitle">La forma en la que se está vinculando la evolución  de los ingresos del sistema público de pensiones, derivada de la  crisis, y el desfase entre estos y el gasto en pensiones con una  supuesta inviabilidad del sistema está plagada de  errores conceptuales sobre los cuales se realiza una construcción  argumental que carece de sustento para avalar un recorte.</p></div><p class="article-text">
        Varios acontecimientos han reabierto en las &uacute;ltimas semanas el debate acerca de las reformas del sistema p&uacute;blico de pensiones. La creaci&oacute;n por parte del Gobierno de una Comisi&oacute;n de expertos que informe sobre la necesidad de las mismas. La llamativa insistencia de la Comisi&oacute;n Europea en la obligatoriedad de realizar nuevas y urgentes reformas en este campo. Y las reacciones que en los medios de comunicaci&oacute;n ha provocado todo ello.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, el debate presenta, a nuestro modesto entender, algunos errores de concepto que distorsionan la cuesti&oacute;n, y adolece de los intentos de asentar sobre aquellos ideas que dan lugar a una percepci&oacute;n equivocada sobre las reformas presentes y futuras que pudiera necesitar el sistema p&uacute;blico de pensiones espa&ntilde;ol.
    </p><div class="list">
                    <ol>
                                    <li>La viabilidad del sistema p&uacute;blico de pensiones ha de ser un concepto, por un lado, referido al largo plazo. Y por otro, a la capacidad para sostener un determinado volumen de gasto en pensiones en relaci&oacute;n con las posibilidades futuras de generar recursos (renta) por parte de la econom&iacute;a nacional (es decir, el PIB). Y la cuesti&oacute;n central de las reformas es si esos recursos son tales que permiten que el gasto en pensiones no exceda de una proporci&oacute;n razonable de la renta generada que lo haga insostenible. Cuesti&oacute;n, por cierto, sobre la que no existe mucha evidencia cient&iacute;fica y s&iacute;, al contrario, mucha opini&oacute;n pol&iacute;tica e intereses en juego.</li>
                                    <li>Tras la reforma de 2011, el m&aacute;ximo de gasto en pensiones que alcanzar&iacute;a Espa&ntilde;a, seg&uacute;n admite la Comisi&oacute;n Europea en su informe &ldquo;The 2012 Ageing Report&rdquo;, ser&iacute;a del 14% del PIB en 2050 (a partir de ese momento el gasto se reduce r&aacute;pidamente debido a que la presi&oacute;n demogr&aacute;fica de la llegada a la edad de jubilaci&oacute;n de las generaciones del <em>baby boom</em> es sustituida por el efecto contrario: la llegada de las generaciones de la m&aacute;s baja tasa de natalidad de la historia). Es decir, tendremos que destinar a las pensiones p&uacute;blicas lo mismo que hoy gastan sin demasiadas complicaciones pa&iacute;ses como Austria, Francia o Italia.</li>
                            </ol>
            </div><p class="article-text">
        En todo caso, actualmente, el gasto del sistema p&uacute;blico de pensiones espa&ntilde;ol es, en relaci&oacute;n al PIB, tan bajo cuando lo comparamos con el de la mayor&iacute;a de los pa&iacute;ses de nuestro entorno que no cabr&iacute;a hablar de que su viabilidad est&eacute; en cuesti&oacute;n. Destinamos a ello el 10% del PIB, mientras que la media de la eurozona tiene un gasto del 12,2%, y el conjunto de la UE, el 11,3%. 
    </p><div class="list">
                    <ol>
                                    <li>Y la situaci&oacute;n no va a cambiar durante muchos a&ntilde;os. Siempre siguiendo los datos de la Comisi&oacute;n Europea (que es quien nos insta a reformas urgentes), en 2030 nuestro gasto en pensiones ser&aacute; del 10,6%, pr&aacute;cticamente lo mismo que hoy gasta Alemania (10,5%). Y a&uacute;n en 2035, nuestro gasto ser&aacute; del 11,3%. Los datos no avalan, pues, en modo alguno, la premura ni la obligaci&oacute;n por el lado del gasto (aunque tampoco, como hemos dicho en el punto anterior, justifican la necesidad de hacerlo con la vista puesta en el largo plazo).</li>
                                    <li>El hecho de que los ingresos por cotizaciones sean en este momento inferiores a los gastos en pensiones, si indica algo es que lo insostenible en esta coyuntura es la ca&iacute;da de los ingresos debida a la recesi&oacute;n, y que, por extensi&oacute;n, lo verdaderamente insostenible es la propia recesi&oacute;n. Y el planteamiento urgente que se deber&iacute;a estar haciendo consiste en adoptar las medidas que permitan superar, de una vez por todas, la ca&iacute;da del PIB y del empleo.</li>
                                    <li>El supuesto &ldquo;d&eacute;ficit&rdquo; actual del sistema p&uacute;blico de pensiones es, adem&aacute;s, una entelequia y carece de relevancia porque el sistema p&uacute;blico de pensiones no es ni puede ser un sistema cerrado y autofinanciado por las cotizaciones en todo momento y lugar. Y si las cotizaciones no son suficientes de forma coyuntural para financiar las prestaciones en un determinado contexto, el desfase ha de ser cubierto en ese periodo por las aportaciones del Estado, como sucede en todos los dem&aacute;s grandes sistemas p&uacute;blicos (como el judicial o el de la defensa o cualquier otro). E incluso en estos momentos en algunos sistemas privados, como el financiero, y con menor justificaci&oacute;n a&uacute;n en casos como, por ejemplo, el de las autopistas, donde el Estado podr&iacute;a asumir una deuda de 3.500 millones de euros de empresas propiedad de m&aacute;s de 50 entidades financieras y 10 grandes constructoras.</li>
                            </ol>
            </div><p class="article-text">
        Las pensiones, en tanto que derechos subjetivos de los ciudadanos, tienen la consideraci&oacute;n de &ldquo;gastos obligatorios&rdquo; que por su naturaleza no est&aacute;n ligados a la suficiencia de recursos presupuestarios, ni a la evoluci&oacute;n de una determinada fuente de ingresos. El Estado ha de poner los recursos necesarios para asegurar el pago de las pensiones, sea con las cotizaciones o con cualquier otra fuente de ingresos. Luego el denominado &ldquo;d&eacute;ficit del sistema&rdquo;, m&aacute;s all&aacute; de una forma impropia de hablar, carece totalmente de sentido. Realmente s&oacute;lo puede tener d&eacute;ficit el Estado, pero no el sistema de pensiones, y el desfase de este entre ingresos y gastos no es sino una componente de aquel, y no algo propio, ni diferente, ni espec&iacute;fico ni con sustantividad propia. 
    </p><div class="list">
                    <ol>
                                    <li>Y siendo esto as&iacute;, es decir entendiendo que ese d&eacute;ficit como tal no existe, se podr&aacute; comprender mejor que menos sentido a&uacute;n tenga pretender que est&eacute; en cuesti&oacute;n la viabilidad del sistema de pensiones porque en una coyuntura como esta necesite que a los ingresos por cotizaciones se les sumen los de otras aportaciones del Estado.</li>
                            </ol>
            </div><p class="article-text">
        Asimismo, vincular la viabilidad del sistema p&uacute;blico de pensiones a la coyuntura actual de crisis, en la que la ca&iacute;da brutal del empleo (provocada en parte por la propia pol&iacute;tica econ&oacute;mica adoptada a nivel europeo y nacional) ocasiona una ca&iacute;da de ingresos por cotizaciones, carece tanto de sentido como pretender que fueran inviables por ese hecho, por utilizar un ejemplo exagerado y expresivo, las instituciones democr&aacute;ticas del Estado como el Parlamento o cualesquiera otra.
    </p><p class="article-text">
        La voluntad de decidir en este momento si es preciso realizar o no y, en su caso, d&oacute;nde y c&oacute;mo, recortes de gasto p&uacute;blico es solo una decisi&oacute;n pol&iacute;tica coyuntural que nada dice acerca de la viabilidad de nuestro sistema de pensiones (que, como hemos dicho, requiere menos recursos que la mayor&iacute;a de los pa&iacute;ses de la eurozona).
    </p><div class="list">
                    <ol>
                                    <li>De tal forma, que en ning&uacute;n caso se puede afirmar que la viabilidad del sistema de pensiones pueda estar siendo &ldquo;seriamente cuestionada&rdquo; por la severidad de la crisis econ&oacute;mica. Lo que est&aacute; en cuesti&oacute;n es la recesi&oacute;n y la ca&iacute;da de ingresos p&uacute;blicos que ocasiona.</li>
                            </ol>
            </div><p class="article-text">
        De hecho, en un enfoque puramente macroecon&oacute;mico, el mantenimiento de las pensiones cuando caen los ingresos por cotizaciones que habitualmente las financian, opera como un estabilizador autom&aacute;tico de respuesta a los ciclos recesivos de una forma similar a como lo hacen las prestaciones por desempleo.
    </p><p class="article-text">
        En general, se acepta que el Estado debe, en momentos de crisis, complementar los ingresos ordinarios (que tambi&eacute;n proceden de cotizaciones) del sistema de protecci&oacute;n por desempleo, y nadie razonable plantea que por ello este sistema se convierta en inviable. Todo lo contrario, resulta &uacute;til y conveniente que esto sea as&iacute;.
    </p><div class="list">
                    <ol>
                                    <li>Cualquier discusi&oacute;n acerca de la conveniencia de rebajar las prestaciones por desempleo en esa situaci&oacute;n (dejando a un lado que se tratar&iacute;a de una decisi&oacute;n proc&iacute;clica que empeora la coyuntura econ&oacute;mica, y los efectos sociales de debilitar la protecci&oacute;n a los m&aacute;s d&eacute;biles, los parados) se plantea en t&eacute;rminos de elecci&oacute;n pol&iacute;tica respecto a la forma de aplicar unos determinados recortes de gasto en este u otros aspectos del presupuesto del Estado, pero nunca en t&eacute;rminos de viabilidad del sistema de prestaciones por desempleo. Y si eso es as&iacute; en ese caso, mucho m&aacute;s habr&aacute; de serlo en el del sistema de pensiones, cuya naturaleza y funciones esenciales deben ser reconocidas independientemente de las coyunturas. </li>
                            </ol>
            </div><p class="article-text">
        Si no existe d&eacute;ficit del sistema de pensiones, sino solo d&eacute;ficit del Estado, y si la ca&iacute;da de ingresos por cotizaciones debida a la destrucci&oacute;n de empleo durante la crisis no puede presentarse como algo que ponga en cuesti&oacute;n la viabilidad y sostenibilidad futura del sistema de pensiones, no llega a entenderse la impaciencia de Bruselas acerca de una supuesta lentitud en la forma en que se aborden unas reformas para las que a&uacute;n no se ha ofrecido un solo dato acerca de su necesidad.
    </p><div class="list">
                    <ol>
                                    <li>La &uacute;ltima reforma (2011) fue analizada y evaluada por los organismos internacionales y estos aceptaron, como lo hizo la propia Comisi&oacute;n Europea, que las medidas adoptadas producir&iacute;an en su momento una contenci&oacute;n del gasto tal que, incluso con previsiones demogr&aacute;ficas y econ&oacute;micas tan negativas (y probablemente irreales) a largo plazo como las contempladas en el escenario <em>oficial</em> europeo de aquel momento de la aprobaci&oacute;n de la reforma, el gasto a largo plazo en pensiones p&uacute;blicas en Espa&ntilde;a no sobrepasaba en porcentaje del PIB el que en este momento est&aacute;n sosteniendo, con un PIB mucho menor, las econom&iacute;as de muchos pa&iacute;ses de la UE.</li>
                                    <li>La relaci&oacute;n entre cotizantes y pensionistas, para la que se ha tratado a menudo de establecer un umbral determinado por debajo del cual tambi&eacute;n el sistema p&uacute;blico de pensiones perder&iacute;a su sostenibilidad, carece asimismo de fundamento por s&iacute; misma. La incidencia de esa relaci&oacute;n sobre las variables financieras del sistema a largo plazo depende, por un lado, del tipo de cotizaci&oacute;n y de la base sobre la que se aplica el mismo (los salarios), y por otro de la cuant&iacute;a media de las pensiones. Una misma relaci&oacute;n cotizantes/pensionistas podr&iacute;a dar lugar a situaciones financieras muy diferentes seg&uacute;n sean los par&aacute;metros que se han mencionado (salario, tipo de cotizaci&oacute;n, y pensi&oacute;n media) en cada momento. Sin olvidar todo lo que hemos mencionado acerca del gasto presente y futuro de nuestro sistema p&uacute;blico de pensiones.</li>
                            </ol>
            </div><p class="article-text">
        En definitiva, la forma en la que se est&aacute; vinculando la evoluci&oacute;n actual de los ingresos del sistema p&uacute;blico de pensiones, derivada de la crisis, y el desfase entre estos y el gasto en pensiones con una supuesta inviabilidad del sistema p&uacute;blico de pensiones est&aacute; plagada de errores conceptuales sobre los cuales se va realizando una construcci&oacute;n argumental que carece de sustento, y sobre la que se pretende argumentar un nuevo y m&aacute;s grave recorte de las pensiones. Y la insistencia de la Comisi&oacute;n Europea en vincular la adopci&oacute;n de tales medidas con la flexibilidad (imprescindible, en todo caso, desde el punto de vista econ&oacute;mico, especialmente despu&eacute;s del grav&iacute;simo error cometido en los tres &uacute;ltimos a&ntilde;os por la pol&iacute;tica econ&oacute;mica auspiciada por la Comisi&oacute;n) en el programa plurianual de reducci&oacute;n del d&eacute;ficit p&uacute;blico son, ambas, cuestiones que carecen de justificaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Frente a ello, es preciso contemplar y analizar las decisiones de la Comisi&oacute;n y otras instancias europeas con una mirada pol&iacute;tica, entendiendo que las mismas derivan de la defensa de posiciones e intereses con claros componentes ideol&oacute;gicos. Lo mismo que deber&iacute;amos hacer con los editoriales de todos los peri&oacute;dicos.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto del Pozo Sen, Antonio González, Borja Suárez Corujo]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/pensiones-errores-manipulaciones_129_5699940.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 07 Jun 2013 18:43:40 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[Pensiones: errores y manipulaciones]]></media:title>
      <media:keywords><![CDATA[Pensiones]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Hay ya más de siete millones de parados]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/millones-parados_129_5658315.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/6649b7be-5c1c-4f41-a508-085c302e46b2_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Hay ya más de siete millones de parados"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">A los 6,2 millones de desempleados que en este momento estima la EPA, hay  que sumar otros 1,2 millones de jóvenes que se encuentran en este  momento en una situación de alejamiento “estadístico” del desempleo,  pero que hay que considerarlos parados “potenciales”</p></div><p class="article-text">
        S&iacute;, querido lector, no se trata de una confusi&oacute;n. Sabemos que la <a href="http://economistasfrentealacrisis.wordpress.com/2013/04/25/analisis-de-la-epa-emergencia-economica-y-social/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Encuesta de Poblaci&oacute;n Activa (EPA)</a> acaba de publicar que hay seis millones doscientos mil desempleados, pero las cifras que provienen de las estad&iacute;sticas han de ser analizadas e interpretadas. La EPA nos indica que hay un n&uacute;mero muy significativo de personas que han perdido su empleo y no figuran (temporalmente, al menos) como desempleados, pero que previsiblemente volver&aacute;n a aparecer, e incrementar&aacute;n las cifras del paro, en el momento en que la econom&iacute;a de signos de reactivaci&oacute;n y se recuperen las perspectivas de creaci&oacute;n de empleo y las oportunidades de encontrarlo.
    </p><p class="article-text">
        Analicemos los dos gr&aacute;ficos siguientes. El primero muestra la p&eacute;rdida de empleo sufrida por los asalariados (los resultados son muy similares si en lugar de los asalariados se toma el conjunto de los ocupados) y acumulada desde el inicio de la crisis (primer trimestre de 2008), de acuerdo con tres tramos de edad: los m&aacute;s j&oacute;venes, menores de 30 a&ntilde;os, los <em>maduros</em>, entre 30 y 44 a&ntilde;os, y los de mayor edad, entre 45 y 65 a&ntilde;os. Por su parte, el segundo gr&aacute;fico indica el aumento de desempleados acumulado en el mismo periodo, es decir, nuevamente desde el inicio de la crisis, para los grupos de edad mencionados en el caso anterior.
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                </figure><p class="article-text">
        En los grupos de edades m&aacute;s avanzadas (De 30 a 44 a&ntilde;os, y De 45 a 65) las p&eacute;rdidas de empleo son inferiores o muy inferiores a las registradas en el caso de los m&aacute;s j&oacute;venes, los menores de 30 a&ntilde;os.
    </p><p class="article-text">
        Y sin embargo, el incremento del desempleo presenta la imagen contraria: el paro acumulado desde el inicio de la crisis aumenta de forma muy superior en los grupos de edad m&aacute;s avanzada que en el caso de los m&aacute;s j&oacute;venes.
    </p><p class="article-text">
        Estas diferencias de comportamiento y aparente contradicci&oacute;n entre las p&eacute;rdidas de empleo y el crecimiento del desempleo se explican, l&oacute;gicamente, por los cambios sufridos por la poblaci&oacute;n activa en cada grupo de edad.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute;, en los dos grupos de trabajadores mayores se ha producido un aumento de parados como consecuencia de que muchas personas que antes no buscaban empleo (es decir, que eran consideradas <em>inactivas</em> a efectos de las categor&iacute;as utilizadas en el an&aacute;lisis del mercado de trabajo) han decidido hacerlo, probablemente con el fin de compensar la situaci&oacute;n creada en el &aacute;mbito familiar por las p&eacute;rdidas de empleo de otros miembros de la familia. En concreto, alrededor de 580.000 personas de entre 30 y 44 a&ntilde;os, y 1.250.000 de entre 45 y 65 a&ntilde;os han salido de la situaci&oacute;n de inactividad y buscan ahora empleo, y vienen a sumarse a aquellas otras que, en esos mismos grupos de edad, buscan empleo despu&eacute;s de haberlo perdido.
    </p><p class="article-text">
        Y lo contrario ha sucedido en el caso de los m&aacute;s j&oacute;venes, el incremento en el n&uacute;mero de parados es muy inferior al correspondiente a las personas que han perdido su empleo durante la crisis. Mientras que estas ascienden a unas 2.150.000, solamente 990.000 buscan activamente empleo. Los criterios de la EPA, como los de las restantes operaciones estad&iacute;sticas similares en los dem&aacute;s pa&iacute;ses de la UE, son en este aspecto estrictos y requieren el cumplimiento de una serie de requisitos para que las personas sin empleo puedan ser consideradas desempleadas, entre ellos la exigencia de que busquen empleo de forma activa y permanente.
    </p><p class="article-text">
        Si, como parece veros&iacute;mil suponer, un significativo n&uacute;mero de j&oacute;venes, que han perdido su empleo a lo largo de esta prolongada crisis, han retomado sus estudios o simplemente se encuentran desanimados por la falta de expectativas y respuestas a su b&uacute;squeda de empleo y, en todo caso, no mantienen esa b&uacute;squeda <em>activa</em> de empleo (en los t&eacute;rminos exigidos por la EPA), no son considerados como parados sino como inactivos. En este supuesto se encuentran nada menos que del orden de 1.160.000 j&oacute;venes menores de 30 a&ntilde;os.
    </p><p class="article-text">
        Dado que es poco cre&iacute;ble suponer que, en este grupo de edad, la situaci&oacute;n de la inactividad sea prolongada, cabe deducir que casi todos ellos volver&aacute;n a buscar activamente empleo a la primera se&ntilde;al de reactivaci&oacute;n de la economia. Lo cual significa que, en el momento en que se reinicie la creaci&oacute;n de empleo, o al menor s&iacute;ntoma de que ello pueda producirse, se registrar&aacute;n inmediatamente los aumentos de la poblaci&oacute;n activa y del desempleo correspondientes a este mill&oacute;n largo de j&oacute;venes que indudablemente necesitan (y buscar&aacute;n) empleo.
    </p><p class="article-text">
        En suma,  debemos ser conscientes de que, a los 6,2 millones de desempleados que en este momento estima la EPA, hay que sumar otros 1,2 millones de j&oacute;venes que se encuentran en este momento en una situaci&oacute;n de alejamiento &ldquo;estad&iacute;stico&rdquo; del desempleo, pero que hay que considerarlos parados &ldquo;potenciales&rdquo; porque buscar&aacute;n y demandar&aacute;n puestos de trabajo, lo que sumado a los parados actuales supera con mucho los siete millones de personas.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n hay una demanda potencial de empleo que representan todas aquellas personas que trabajan menos horas al a&ntilde;o de las que desear&iacute;an (es decir, los ocupados <em>subempleados</em>, que esencialmente son trabajadores contratados temporalmente y trabajadores a tiempo parcial), que a su vez suponen varios millones m&aacute;s. Solo los trabajadores a tiempo parcial que, en realidad, desean un trabajo a tiempo completo son 1,6 millones.
    </p><p class="article-text">
        No se trata en modo alguno de pretender inflar unas cifras de desempleo que ya son, por s&iacute; solas, enormes, las mayores que se han registrado nunca en nuestra historia econ&oacute;mica moderna. Se trata de que los ciudadanos y los medios de comunicaci&oacute;n, y por supuesto las fuerzas pol&iacute;ticas, comprendan que la cifra de desempleados que facilita la EPA solo refleja una parte de las verdaderas necesidades de empleo a las que nos enfrentamos como sociedad. Que entiendan que estamos ante un desaf&iacute;o de una magnitud formidable, y que es preciso poner manos a la obra (pero de forma inmediata) para hacer frente a esta situaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        El que suscribe est&aacute; modestamente convencido de que ello pasa necesariamente por cuatro grandes cuestiones inseparables:
    </p><div class="list">
                    <ol>
                                    <li> Un cambio de ciento ochenta grados de la Pol&iacute;tica Econ&oacute;mica, sustituyendo esta que destruye el empleo por otra que empiece r&aacute;pidamente a crearlo.</li>
                                    <li>El desarrollo de un nuevo modelo productivo que sea el resultado de un consenso social acerca de la estrategia que mejor garantiza un futuro de mayor prosperidad, rentas, nivel de vida y bienestar para nuestro pa&iacute;s (como hizo, por ejemplo, Suecia a principios de los a&ntilde;os noventa, cuando se encontr&oacute; con una situaci&oacute;n muy similar a esta por la que nosotros pasamos en este momento).</li>
                                    <li>Un cambio en la regulaci&oacute;n y el funcionamiento del mercado de trabajo, de tal forma que el despido f&aacute;cil y la contrataci&oacute;n temporal injustificada desaparezcan y sean sustituidos (de forma real y no solo aparente o cosm&eacute;tica) por otro modelo laboral que prime &uacute;nicamente la estabilidad del empleo, la eficiencia interna de las empresas y el incremento de la productividad del trabajo.</li>
                                    <li>Unas potentes y (de una vez por todas) realmente eficaces pol&iacute;ticas de empleo que permitan dar oportunidades a todos los millones de desempleados, no dejando a nadie en el camino (ni por su edad ni por ninguna otra de sus caracter&iacute;sticas o dificultades), reciclando y reinsertando profesionalmente a los desempleados en estrecha conexi&oacute;n con las necesidades del Nuevo Modelo Productivo.</li>
                            </ol>
            </div><p class="article-text">
        Todo esto se escribe f&aacute;cilmente, es bien sabido, pero requiere un trabajo de definici&oacute;n y articulaci&oacute;n que es mucho m&aacute;s complejo. Sin embargo, hay una falta de visi&oacute;n al no entender que la salida de la crisis no es la simple recuperaci&oacute;n de tasas positivas del PIB. Una falta de visi&oacute;n y de voluntad que impide que se comprenda que, como en Suecia, hace falta un modelo, hace falta saber qu&eacute; queremos ser y hacia d&oacute;nde queremos ir. Y sin ello, hay un grave riesgo de que fracasemos. A continuaci&oacute;n tendremos que exigirnos mucho a nosotros mismos, mucho trabajo, mucho esfuerzo, pero si todos sabemos y entendemos para qu&eacute; podremos hacerlo y exigirlo.
    </p><p class="article-text">
        Por eso, a las cuatro grandes cuestiones que he se&ntilde;alado, habr&iacute;a que a&ntilde;adirle una quinta, probablemente la m&aacute;s importante. Necesitamos <strong>una nueva actitud</strong>. Una actitud m&aacute;s clara (a&uacute;n), m&aacute;s exigente y activa por parte de la sociedad, de todos los grupos que en ella intervenimos, y de todos los ciudadanos, para exigir a las fuerzas pol&iacute;ticas, y en primer lugar al Gobierno, que entiendan que es hora de plantear y de alcanzar consensos sobre las grandes cuestiones nacionales.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Antonio González]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/millones-parados_129_5658315.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 30 Apr 2013 18:13:15 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Hay ya más de siete millones de parados]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[EPA - Encuesta de Población Activa,Desempleo,Paro,Economía]]></media:keywords>
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