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    <title><![CDATA[elDiario.es - Agustín Bernaldo Palatchi]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/autores/agustin_bernaldo_palatchi/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Agustín Bernaldo Palatchi]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[Messi y el delito fiscal]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/proposito-messi-delito-fiscal_129_5723338.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/b8c8addf-6784-4115-8dd8-ed49b338a040_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Messi y el delito fiscal"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Quien ha cometido un fraude delictivo tiene la oportunidad de pagar una  sanción inferior (solo el 25% en la mayoría de casos) a la que tendría  que pagar un contribuyente que hubiera cometido un fraude menos grave  que no sea delito si fuera inspeccionado en vía administrativa.</p></div><p class="article-text">
        El jugador del Barcelona Leo Messi ha sido imputado por presuntos delitos fiscales. Se le acusa de haber defraudado durante los a&ntilde;os 2007, 2008 y 2009 unos 4 millones de euros (en n&uacute;meros redondos), por no declarar los derechos de imagen cobrados a trav&eacute;s de sociedades opacas radicadas en para&iacute;sos fiscales o de baja tributaci&oacute;n. <a href="http://www.eldiario.es/economia/Messi-Hacienda-millones-derechos-imagen_0_146635466.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Seg&uacute;n se ha informado</a>, el jugador acaba de ingresar voluntariamente diez millones de euros por los a&ntilde;os 2010 y 2011, lo que parecer&iacute;a implicar que reconoce los hechos imputados y que busca un acuerdo judicial.
    </p><p class="article-text">
        Numerosos medios de comunicaci&oacute;n han realizado diversas consideraciones, y han afirmado que el pacto para evitar la c&aacute;rcel por lo supuestamente defraudado entre 2007 y 2009 podr&iacute;a costarle a Messi una multa de 24 millones de euros. Eso no es as&iacute;, y por ello conviene aclarar algunas cuestiones.
    </p><p class="article-text">
        En primer lugar, para que exista delito fiscal se precisa que el imputado haya defraudado, al menos, 120.000 euros en un a&ntilde;o respecto de alg&uacute;n tributo. Con pleno respeto a la presunci&oacute;n de inocencia, mi experiencia profesional me indica que cuando la Agencia Tributaria emite un informe seg&uacute;n el cual existen indicios de delito fiscal, las pruebas del fraude deben ser muy s&oacute;lidas y contrastadas (y la presentaci&oacute;n voluntaria de las declaraciones de los a&ntilde;os 2010 y 2011 as&iacute; parece confirmarlo).
    </p><p class="article-text">
        Ahora bien, aunque Messi hubiera dejado de ingresar cuatro millones de euros, eso no significar&iacute;a que debiera ser condenado penalmente, porque junto al elemento objetivo (defraudar m&aacute;s de 120.000 euros) debe concurrir el elemento subjetivo (la culpabilidad). Y Messi no ser&iacute;a culpable si el juez estimara, por ejemplo, que el joven jugador hab&iacute;a confiado plenamente en que su padre o sus asesores le indicaban que estaba tributando correctamente en Espa&ntilde;a. En tal supuesto, los responsables ser&iacute;an su padre o los asesores.
    </p><p class="article-text">
        &iquest;Y si Messi, hipot&eacute;ticamente, fuera culpable? &iquest;Deber&iacute;a pagar una multa de 24 millones de euros para evitar la prisi&oacute;n? En absoluto. Podr&iacute;a pagar much&iacute;simo menos. Veamos: la multa habitual en temas penales es de la misma cantidad que se ha defraudado, y solo en casos de excepcional gravedad se llega al triple. Pero es que adem&aacute;s se ha aprobado un reciente reforma penal que permite en los dos primeros meses (desde la imputaci&oacute;n) llegar a un acuerdo pagando la cuota defraudada, los intereses de demora y una multa de tan solo el 25%.
    </p><p class="article-text">
        Es decir, que en el caso de Messi podr&iacute;a llegar a un acuerdo que le evitar&iacute;a ingresar en prisi&oacute;n pagando los cuatro millones de euros presuntamente defraudados, los intereses de demora y una multa de un mill&oacute;n de euros siempre que se considerara que no ha actuado a trav&eacute;s de persona interpuesta (es decir, ocult&aacute;ndose tras sociedades creadas ex profeso para tal fin). Si se estimara que ha actuado a trav&eacute;s de persona interpuesta y atendiendo al elevado importe presuntamente defraudado (m&aacute;s de 600.000 euros por a&ntilde;o) la multa ser&iacute;a superior y oscilar&iacute;a entre el 37% y el 60% de los cuatro millones: es decir, entre 1.500.000 y 2.400.000 euros.
    </p><p class="article-text">
        Lo explicado anteriormente es debido a que la reciente reforma penal, por un lado, ha agravado las penas (el palo) y, por otro, permite una reducci&oacute;n muy grande de las penas (zanahoria) siempre que, en un plazo de dos meses, se pague a tocateja. Esto provoca la paradoja de que quien ha cometido un fraude delictivo tiene la oportunidad de pagar una sanci&oacute;n inferior (solo el 25% en la mayor&iacute;a de casos) a la que tendr&iacute;a que pagar un contribuyente que hubiera cometido un fraude menos grave que no sea delito si fuera inspeccionado en v&iacute;a administrativa. Otro efecto perverso de la norma puede consistir en que quien puntualmente considere acometer una operaci&oacute;n fraudulenta de gran calado valore que le compensa correr el riesgo porque, si le pillan, la consecuencia econ&oacute;mica no es demasiado grave y tampoco ingresar&iacute;a en prisi&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Ahora bien, esta reforma tambi&eacute;n tiene su cara muy positiva y pr&aacute;ctica, pues permitir&aacute; recaudar r&aacute;pidamente y tambi&eacute;n lograr&aacute; que muchos juicios se celebren con celeridad gracias al acuerdo, algo necesario pues como todo el mundo sabe la justicia que persigue los asuntos econ&oacute;micos est&aacute; atascada y los juicios se prolongan durante a&ntilde;os y a&ntilde;os.
    </p><p class="article-text">
         Y aqu&iacute; est&aacute; el quid de la cuesti&oacute;n. Desde el principio de la democracia, la justicia econ&oacute;mica ha funcionado as&iacute; de lenta y a ning&uacute;n partido pol&iacute;tico le ha interesado incrementar el n&uacute;mero de jueces dedicados a combatir los delitos econ&oacute;micos para que fuera m&aacute;s r&aacute;pida y eficaz. El resultado es que poqu&iacute;sima gente entra en prisi&oacute;n por delitos fiscales ni econ&oacute;micos, y uno de los motivos para ello es que la legislaci&oacute;n y el atasco judicial juegan a favor de los delincuentes.
    </p><p class="article-text">
        Un tema que habitualmente se desconoce es que el art&iacute;culo 221 del C&oacute;digo Penal permite reducir la pena cuando en un proceso penal se producen dilaciones excesivas. As&iacute;, una reciente sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona respecto a un juicio que dur&oacute; tres a&ntilde;os rebaj&oacute; la pena impuesta de cinco a&ntilde;os (en un juzgado de lo penal) a 18 meses por apreciar que se hab&iacute;an producido dilaciones en el procedimiento (el asunto de fondo es que un juicio lento viola los derechos fundamentales de la persona al provocarle un sufrimiento injusto y por ello se le compensa con una reducci&oacute;n). Y cuando la pena impuesta es inferior a dos a&ntilde;os, los condenados no suelen ingresar en prisi&oacute;n sino que se les ofrece la remisi&oacute;n condicional.
    </p><p class="article-text">
        Como la mayor&iacute;a de juicios penales por delito fiscal duran bastante m&aacute;s que tres a&ntilde;os, en la inmensa mayor&iacute;a de los casos los imputados podr&iacute;an beneficiarse de una quita de m&aacute;s del 50% de la pena por estimarse que la justicia es demasiado lenta. Un motivo suficiente para que, m&aacute;s all&aacute; de los juicios positivos o negativos sobre la reciente reforma penal, se reclame un incremento sustancial de los jueces especializados en delitos econ&oacute;micos para que los juicios se celebren lo m&aacute;s r&aacute;pidamente posible. 
    </p><p class="article-text">
        El argumento de la austeridad aqu&iacute; no se sostiene, porque una justicia r&aacute;pida y efectiva en asuntos econ&oacute;micos recaudar&iacute;a much&iacute;simo m&aacute;s de lo que pudiera costa, y a ello habr&iacute;a que sumarle el incremento recaudatorio indirecto pues muchos grandes defraudadores se lo pensar&iacute;an mucho m&aacute;s antes de enga&ntilde;ar al fisco. Y, desde luego, cabe preguntarse por qu&eacute; cuando el gasto p&uacute;blico se disparaba en todo tipo de inversiones estrafalarias (desde aeropuertos sin pasajeros a subvenciones millonarias para producir m&aacute;s del doble de la cantidad de energ&iacute;a que consumimos) y por parte de Comunidades Aut&oacute;nomas y Ayuntamientos se multiplicaban el n&uacute;mero de funcionarios y personal contratado sin oposici&oacute;n, nunca fue una prioridad contar con una justicia r&aacute;pida, eficiente y bien dotada para combatir la enorme cantidad de delitos econ&oacute;micos que se cometen en nuestro pa&iacute;s.
    </p><p class="article-text">
        La labor de los jueces es muy meritoria, pero es imprescindible multiplicar el n&uacute;mero de jueces dedicados a combatir los delitos econ&oacute;micos. La gente no ha sido consciente de las consecuencias de los delitos econ&oacute;micos pero es hora de despertar.  
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Agustín Bernaldo Palatchi]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/proposito-messi-delito-fiscal_129_5723338.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 24 Jun 2013 17:41:47 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Messi y el delito fiscal]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Lionel Messi,Fraude fiscal]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El fraude en el IVA: la solución no pasa por subir otra vez los tipos]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/fraude-iva-solucion-subir-tipos_129_5813406.html]]></link>
      <description><![CDATA[<div class="subtitles"><p class="subtitle">Uno de los fallos estructurales del IVA consiste en que tal como está  diseñado, cuando alguien deja de pagar, el Estado no solo deja de  ingresarlo, sino que, en muchas ocasiones, la Hacienda Pública  tiene que pagar a un tercero el importe no recaudado. Coloquialmente,  podríamos decir que "nos meten la mano en el bolsillo", porque, se  quiera o no, Hacienda somos todos.</p></div><p class="article-text">
        La Comisi&oacute;n Europea ha alertado recientemente sobre las graves carencias en el sistema de recaudaci&oacute;n del IVA. Seg&uacute;n sus c&aacute;lculos, la Uni&oacute;n Europea dej&oacute; de ingresar 192.000 millones de euros por IVA en el 2011 y Espa&ntilde;a 63.000 millones desde 2008, casi 16.000 millones de euros anuales.
    </p><p class="article-text">
        A la luz de estos datos, el comisario europeo de Fiscalidad, Algirdas Semeta, manifest&oacute; temer que las propias carencias del sistema sean una de las causas fundamentales de la ca&iacute;da de ingresos y advirti&oacute; de que sin una reforma adecuada, la p&eacute;rdida de ingresos podr&iacute;a continuar incluso si llegara la tan deseada recuperaci&oacute;n econ&oacute;mica.
    </p><p class="article-text">
        Confieso que, tras leer la noticia, me alegr&eacute; enormemente. Por mi experiencia profesional opino que el IVA es un impuesto te&oacute;ricamente perfecto, pero que en la pr&aacute;ctica adolece de enormes agujeros, por lo que conviene reformarlo para adaptarlo a la realidad. La Comisi&oacute;n, pens&eacute;, por fin se ha dado cuenta y va a actuar en consecuencia. Sin embargo, al leer sus propuestas sufr&iacute; una gran decepci&oacute;n. Junto a un consejo de Perogrullo (reforzar la lucha contra el fraude), y otro formal (simplificar el sistema de declaraciones), su principal aportaci&oacute;n consiste en suprimir las exenciones y aumentar los tipos reducidos. Traducido al rom&aacute;n paladino de nuestro sufrido pa&iacute;s: subidas generalizadas en productos de primera necesidad o bienes culturales como los libros. Parece un poco regresivo e inmoral  que si existen fallos en la recaudaci&oacute;n del IVA la soluci&oacute;n pase porque, por ejemplo, el IVA del pan suba hasta el 21%. Inmoral porque al rico la subida de tipos b&aacute;sicos le afectar&iacute;a  poco, pero al m&aacute;s d&eacute;bil econ&oacute;micamente le reducir&iacute;a dr&aacute;sticamente su capacidad de consumo. En cuanto a una hipot&eacute;tica subida al 21% del precio de los libros en papel, parafraseando a Tayllerand, &ldquo;ser&iacute;a peor que un crimen, ser&iacute;a un error&rdquo;.  
    </p><p class="article-text">
        En Espa&ntilde;a ya conjugamos ser un para&iacute;so l&iacute;der en descargas piratas con un tipo de IVA del 21% en los libros digitales con el resultado de que el mundo editorial est&aacute; tocado de muerte. Subir el IVA de los libros en papel al 21% ser&iacute;a como remachar los clavos del ata&uacute;d con cada punto de incremento. Sinceramente, dudo que las p&eacute;rdidas de puestos de trabajo, cierre de empresas y ca&iacute;da de consumo compensasen el hipot&eacute;tico aumento recaudatorio propuesto por la Comisi&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Y sin embargo, no se de qu&eacute; me sorprendo si todo es muy l&oacute;gico. Si en algo est&aacute;n siempre de acuerdo los tecn&oacute;cratas de Bruselas es en proponer bajadas de sueldos y subidas de impuestos. Bueno,  y tambi&eacute;n en negarse a viajar en clase turista en vuelos de duraci&oacute;n inferior a dos horas. L&oacute;gico: su tiempo es oro y redunda en beneficio de todos que lo aprovechen mejor viajando en business.
    </p><p class="article-text">
        No querr&iacute;a enmendarle la plana a nadie, pero en mi modesta opini&oacute;n uno de los fallos estructurales del IVA consiste en que tal como est&aacute; dise&ntilde;ado, cuando alguien deja de pagar, el Estado no solo deja de ingresar el IVA, sino que, en muchas ocasiones, la Hacienda P&uacute;blica tiene que pagar a un tercero el importe no recaudado. Coloquialmente, podr&iacute;amos decir que &ldquo;nos meten la mano en el bolsillo&rdquo;, porque, se quiera o no, Hacienda somos todos. Para entenderlo, nada mejor que un ejemplo.
    </p><p class="article-text">
        Una empresa NINI (ni paga impuestos, ni tiene bienes) emite una factura con IVA a una empresa tercera. La Agencia Tributaria podr&aacute; levantar actas a las empresas NINI pero no podr&aacute; cobrar nada si dicha empresa emisora y su administrador no son solventes. Sin embargo, la factura es v&aacute;lida y la empresa receptora de la factura puede deducirse el IVA, y en su caso, solicitar la devoluci&oacute;n de ese IVA a la Hacienda espa&ntilde;ola, que se lo pagar&aacute; religiosamente pese a no haber cobrado ni un euro.
    </p><p class="article-text">
        Como dec&iacute;amos, el IVA es te&oacute;ricamente perfecto, pero sus dise&ntilde;adores no estaban pensando en estos casos, frecuentes en la pr&aacute;ctica, ya sea a consecuencia de la crisis o porque much&iacute;simos defraudadores se han percatado del agujero que supone y lo aprovechan para organizar estructuras muy dif&iacute;ciles de combatir con la legislaci&oacute;n vigente. El agujero es tan grande que es demasiado f&aacute;cil colarse por &eacute;l y al final se detectan sectores enteros en los que casi todos los  proveedores son empresas NINI insolventes  que no pagan el IVA.
    </p><p class="article-text">
        La soluci&oacute;n en estos casos consiste en lo que se conoce como &ldquo;inversi&oacute;n del sujeto pasivo&rdquo;, que de manera muy simple consiste en que en las empresas NINI emitan facturas sin repercutir IVA en determinados sectores. As&iacute;, nos ahorramos pagar a las empresas que reciben las facturas de las empresas NINI el IVA que &eacute;stas no ingresan. 
    </p><p class="article-text">
        Esta soluci&oacute;n ya se ha adoptado en algunos sectores, y mi propuesta, en l&iacute;nea con lo defendido por Alemania, consistir&iacute;a en generalizar el sistema de &ldquo;inversi&oacute;n del sujeto pasivo&rdquo; a todos los sectores, acercando la obligaci&oacute;n del pago del IVA al final de la cadena productiva. Si no, la cadena es demasiado larga y si se rompe en cualquiera de los puntos intermedios, el IVA lo pagamos entre todos. Por el contrario, si acortamos la cadena, el n&uacute;mero de empresas a controlar descender&iacute;a dr&aacute;sticamente, con lo que ser&iacute;a mucho m&aacute;s f&aacute;cil combatir el fraude y adem&aacute;s evitar&iacute;amos que nos &ldquo;metieran la mano en el bolsillo&rdquo;. Porque lo peor no es que no ingresen. Lo peor es tener que pagar cuando nadie ha ingresado nada. Al menos, que no se nos quede la cara de tontos.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Agustín Bernaldo Palatchi]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/fraude-iva-solucion-subir-tipos_129_5813406.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sun, 22 Sep 2013 18:45:08 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[El fraude en el IVA: la solución no pasa por subir otra vez los tipos]]></media:title>
    </item>
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