<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<rss xmlns:media="http://search.yahoo.com/mrss/" xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/" xmlns:dcterms="http://purl.org/dc/terms/" xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"  xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/" version="2.0">
  <channel>
    <title><![CDATA[elDiario.es - Otilia Armiñana]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/autores/otilia_arminana/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Otilia Armiñana]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
    <ttl>10</ttl>
    <atom:link href="https://www.eldiario.es/rss/category/author/511183/" rel="self" type="application/rss+xml"/>
    <item>
      <title><![CDATA[Los tribunales de cuentas autonómicos son necesarios]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/agendapublica/nueva_politica/tribunales-cuentas-autonomicos-necesarios_1_4974213.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/66d45a08-7c1e-4a77-b58b-0dbc56a0e93b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Los tribunales de cuentas autonómicos son necesarios"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Los mecanismos de control deben organizarse descentralizadamente, en consonancia con nuestra organización territorial descentralizada</p></div><p class="article-text">
        Dentro del paquete de medidas impulsado por el Gobierno destinado a la Reforma de las Administraciones P&uacute;blicas <a href="http://www.seap.minhap.gob.es/dms/es/areas/reforma_aapp/INFORME-LIBRO/INFORME%20LIBRO.PDF" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">(informe CORA)</a>, se ha planteado la &ldquo;Racionalizaci&oacute;n de los &oacute;rganos de control externo&rdquo; que, en realidad, propone  la supresi&oacute;n de los Tribunales de Cuentas de las Comunidades Aut&oacute;nomas (conocidos por el acr&oacute;nimo OCEX) y la asunci&oacute;n de sus competencias por el Tribunal de Cuentas.
    </p><p class="article-text">
        El Tribunal de Cuentas es el &oacute;rgano fiscalizador de las cuentas y la gesti&oacute;n econ&oacute;mica del Estado en todo el territorio nacional, sin perjuicio de los &oacute;rganos fiscalizadores de cuentas que para las Comunidades Aut&oacute;nomas prevean sus Estatutos.
    </p><p class="article-text">
        CORA pretende atribuir al Tribunal de Cuentas el peso de la fiscalizaci&oacute;n y control de todo el sector p&uacute;blico de las Administraciones Auton&oacute;micas, que en este momento desarrollan 13 OCEX, sin tener en cuenta que hasta el 30 de octubre de 2013 aquel no concluy&oacute; las tareas sobre la Cuenta General del Estado del ejercicio 2011. Y que en 2014 concluir&aacute; los informes de Cantabria o Extremadura (que no tienen OCEX propio) correspondientes a los ejercicios 2010 y 2011.
    </p><p class="article-text">
        Resulta evidente como manifiesta el propio CORA <em>&ldquo;</em>la insuficiencia de medios con los que cuenta el Tribunal de Cuentas para asumir en exclusiva el control externo de las administraciones auton&oacute;micas y locales&rdquo;<em>.</em>
    </p><p class="article-text">
        No trato de justificar la necesidad de los OCEX en la escasez de medios del Tribunal de Cuentas ni en la tardanza en la emisi&oacute;n de informes, a&uacute;n con los muchos problemas que ocasiona reflejar con retraso las deficiencias detectadas y su correcci&oacute;n, pero debe saberse. Tampoco en el escas&iacute;simo ahorro que pretende justificar la  medida propuesta. El ahorro por s&iacute; mismo no es sin&oacute;nimo de mayor eficiencia. Y el expuesto por CORA solo se sustentar&iacute;a en la desaparici&oacute;n del personal funcionario que actualmente trabaja en los OCEX y al que, salvo desintegraci&oacute;n, habr&iacute;a que reubicar y seguir pagando.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, CORA no valora el enorme dispendio y derroche de capital intelectual y econ&oacute;mico que supone desbaratar una organizaci&oacute;n fiscalizadora en marcha y prescindir, sin m&aacute;s, de personas con una formaci&oacute;n y experiencia de a&ntilde;os en el control del Sector P&uacute;blico.
    </p><p class="article-text">
        Por lo que respecta a Presupuesto, estructura y resultados, en el ejercicio 2012, los OCEX elaboraron 202 informes, contaban con 869 personas y sus Presupuestos sumaban 73.706.000 euros, en tanto que el Tribunal de Cuentas, con 804 personas y 62.123.220 euros de presupuesto emiti&oacute; un total de 34 informes.
    </p><p class="article-text">
        Lo anterior es importante, pero lo realmente sustancial, lo que justifica y reclama la existencia de &oacute;rganos de control externo auton&oacute;micos es: la congruencia de que el control se organice descentralizadamente, en consonancia con nuestra descentralizada organizaci&oacute;n territorial. El art. 2 de la Constituci&oacute;n vigente reconoce y garantiza el derecho a la autonom&iacute;a. Dicho reconocimiento supuso la base fundamental de nuestro actual r&eacute;gimen democr&aacute;tico ya que dise&ntilde;&oacute;  una realidad pol&iacute;tica, administrativa, institucional, social y cultural diferente.
    </p><p class="article-text">
        Las Comunidades Aut&oacute;nomas coadyuvaron a mantener la idiosincrasia de los diferentes pueblos, fortalecieron la libertad y se constituyeron en el mejor medio para promover el desarrollo. De hecho intervienen en la pr&aacute;ctica totalidad de los temas de inter&eacute;s ciudadano y las principales pol&iacute;ticas p&uacute;blicas son de su competencia. 
    </p><p class="article-text">
        Los OCEX deben apoyar la acci&oacute;n de Parlamentos y Ejecutivos aut&oacute;nomos haciendo frente a la creciente preocupaci&oacute;n social por la opacidad y la ausencia de &eacute;tica p&uacute;blica detonantes del fraude y del despilfarro en el manejo de los caudales p&uacute;blicos. Ah&iacute; es donde su papel adquiere especial relieve. Sus funciones son m&aacute;s necesarias e imprescindibles ante la demanda de informaci&oacute;n y transparencia que plantea una sociedad civil cada d&iacute;a m&aacute;s preocupada por la forma en que se manejan los fondos p&uacute;blicos. Son el instrumento b&aacute;sico en la lucha contra el fraude, la corrupci&oacute;n y los abusos de todo tipo que tanto indignan a la ciudadan&iacute;a.
    </p><p class="article-text">
        Lejos de eliminarlos o integrarlos en una supraestructura arcaica y centralista, hay que desarrollarlos cada vez m&aacute;s eficazmente convirti&eacute;ndolos en &oacute;rganos de colaboraci&oacute;n, apoyo, y garant&iacute;a del cumplimiento de la legalidad base de nuestro Estado de derecho. 
    </p><p class="article-text">
        Por otra parte, los OCEX no pueden mantenerse al margen de las nuevas realidades ni ir a remolque de los cambios. Como &oacute;rganos especializados y cualificados en el control deben contribuir al perfeccionamiento de la gesti&oacute;n p&uacute;blica. Acercar a los ciudadanos el control de la actividad de los gobiernos, perfeccionar y ampliar la fiscalizaci&oacute;n hacia la equidad, la &eacute;tica p&uacute;blica, la calidad de los servicios, la satisfacci&oacute;n ciudadana, solo puede hacerse desde la cercan&iacute;a del &oacute;rgano de control al &oacute;rgano controlado.
    </p><p class="article-text">
        Poniendo &eacute;nfasis en impulsar lo que est&aacute; bien y criticando aquello que no ha tenido eficacia y que se hace preciso modificar, en alianza con la sociedad para impulsar un mejor y m&aacute;s eficaz funcionamiento de las Administraciones a las que sirven, los OCEX han de poner la fiscalizaci&oacute;n de sus Administraciones al servicio del inter&eacute;s com&uacute;n. 
    </p><p class="article-text">
        Consolidando instituciones, como los OCEX, se ayuda a corregir desv&iacute;os y anomal&iacute;as, se desincentivan comportamientos inmorales y se restaura la confianza de los ciudadanos en las instituciones democr&aacute;ticas. Hay que elevar el list&oacute;n, la receta propuesta  retrocede al pasado siglo recentralizando el control de administraciones descentralizadas y no atiende a la importancia de los informes de fiscalizaci&oacute;n como fuente de conocimiento de  actuaciones antijur&iacute;dicas.
    </p><p class="article-text">
        Es cierto que hay que repensar y analizar las posibilidades de mejora en el trabajo com&uacute;n entre el Tribunal de Cuentas y los OCEX (estableciendo claramente los mecanismos de colaboraci&oacute;n y coordinaci&oacute;n) y tambi&eacute;n que debe avanzarse en una eficaz relaci&oacute;n entre estos &oacute;rganos y los de control interno.  
    </p><p class="article-text">
        Todo ello debe hacerse, con la mirada puesta en la satisfacci&oacute;n del inter&eacute;s general. Pero la propuesta del CORA no plantea dichos mecanismos ni propicia un adecuado reparto de la ingente tarea de control que la estructura de un Estado descentralizado moderno reclama, sino que apuesta por torpedear la l&iacute;nea de flotaci&oacute;n del modelo de Estado que la Constituci&oacute;n del 78 establece.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Otilia Armiñana]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/agendapublica/nueva_politica/tribunales-cuentas-autonomicos-necesarios_1_4974213.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 25 Mar 2014 19:39:39 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/66d45a08-7c1e-4a77-b58b-0dbc56a0e93b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="95858" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/66d45a08-7c1e-4a77-b58b-0dbc56a0e93b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="95858" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Los tribunales de cuentas autonómicos son necesarios]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/66d45a08-7c1e-4a77-b58b-0dbc56a0e93b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Nueva Política]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Sobre el referéndum revocatorio]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/agendapublica/nueva_politica/crisis-carencias-democracia-referendum-revocatorio_1_5088799.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/7cbd5b00-d8e2-4905-9cff-18c49849e017_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Sobre el referéndum revocatorio"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Los autores argumentan que el referéndum revocatorio, aquel en el que la ciudadanía decide con su voto el mantenimiento o no de las Cortes Generales, constituye un mecanismo de autocontrol para los partidos políticos, el Gobierno y el Parlamento</p></div><p class="article-text">
        La crisis econ&oacute;mica, pol&iacute;tica, y de &eacute;tica p&uacute;blica, que estamos atravesando ha sacado a la luz algunas de las carencias de nuestro sistema democr&aacute;tico. Hemos visto c&oacute;mo el Partido Popular ha rechazado de manera habitual la petici&oacute;n de comparecencia del presidente, a pesar de que lo solicitaran casi la mitad de los diputados de la C&aacute;mara, se ha negado una y otra vez a la creaci&oacute;n de comisiones de investigaci&oacute;n y ninguna de las propuestas de los diferentes grupos que representan una parte del sentir de la ciudadan&iacute;a son escuchadas.
    </p><p class="article-text">
        No resulta razonable que el grupo parlamentario que sostiene al Gobierno determine si se le controla o no. No es razonable tampoco que el posible investigado decida si se abre comisi&oacute;n o no, ni si se efect&uacute;a una comparecencia del presidente del Gobierno ante el Parlamento. 
    </p><p class="article-text">
        Ante el espect&aacute;culo, a diario repetido, de falta de responsabilidad en el ejercicio de la representaci&oacute;n otorgada, la ciudadan&iacute;a asiste perpleja sin poder hacer nada. Es una situaci&oacute;n que resulta inaudita si observamos el Derecho constitucional comparado y que, aunque durante esta legislatura ha alcanzado niveles nunca conocidos, ha ocurrido en otros periodos de nuestra &eacute;poca democr&aacute;tica. En el Reglamento de las Cortes, anclado en f&oacute;rmulas de las primeras Cortes, con grandes riesgos de involuci&oacute;n, se encuentran parte de los problemas que estamos padeciendo.
    </p><p class="article-text">
        Nuestra Constituci&oacute;n tiene mimbres para superar esta situaci&oacute;n. No s&oacute;lo es que el Estado se autoproclame como &ldquo;democr&aacute;tico&rdquo; en el art&iacute;culo 1.1., no lo es tampoco que su pre&aacute;mbulo ratifique la voluntad de crear una democracia avanzada. En su propio articulado se se&ntilde;alan fundamentos de la participaci&oacute;n en la vida p&uacute;blica, por ejemplo, en los art&iacute;culos 9.2 o 23, que fijan un mandato para la participaci&oacute;n de los ciudadanos en los asuntos p&uacute;blicos.
    </p><p class="article-text">
        En esta l&iacute;nea de cauce de participaci&oacute;n ciudadana se sit&uacute;a el refer&eacute;ndum revocatorio del que nos ocupamos ahora, y que deber&iacute;a ser aplicable no s&oacute;lo en las Cortes Generales sino tambi&eacute;n en las Asambleas Legislativas de las Comunidades Aut&oacute;nomas.
    </p><p class="article-text">
        El refer&eacute;ndum revocatorio se puede encontrar, entre otros, en las constituciones de diversos Estados de Estados Unidos (California lo utiliz&oacute;, por ejemplo, en 2003 para remover a su gobernador Davis), en diversos cantones de Suiza o en la provincia de British Columbia en Canad&aacute;. El caso que m&aacute;s trascendi&oacute; fue el de Venezuela de 2003 contra el presidente Ch&aacute;vez.
    </p><p class="article-text">
        En nuestro caso, el refer&eacute;ndum revocatorio ser&iacute;a aquel en el que la ciudadan&iacute;a decide con su voto el mantenimiento o no de las Cortes Generales (y, por tanto, de forma indirecta del presidente del Gobierno) que, en opini&oacute;n de una mayor&iacute;a determinada de la ciudadan&iacute;a (que ser&iacute;a la que solicitar&iacute;a la convocatoria del citado refer&eacute;ndum), no ha ejercitado bien sus responsabilidades pol&iacute;ticas. Pensamos en circunstancias de mal gobierno o en situaciones como la de los papeles de Barcenas o en el lamentable espect&aacute;culo de las Cortes Valencianas con un alto porcentaje de los diputados del PP imputados por conductas de corrupci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Las condiciones b&aacute;sicas para su ejercicio ser&iacute;an, en primer lugar, su planteamiento al menos transcurrido un a&ntilde;o de la convocatoria de las elecciones. Tendr&iacute;a que solicitarlo un porcentaje significativo del censo electoral (aproximadamente un 20%) y la pregunta que se plantear&iacute;a ser&iacute;a sobre el mantenimiento o no del mandato de las Cortes Generales. Caso de que el pronunciamiento fuese negativo, el efecto autom&aacute;tico ser&iacute;a la convocatoria inmediata de elecciones generales en el plazo de dos o tres meses.
    </p><p class="article-text">
        El refer&eacute;ndum revocatorio sirve de mecanismo de (auto)control previo en un triple sentido: para los partidos pol&iacute;ticos, porque les obligar&iacute;a a ser m&aacute;s responsables a la hora de configurar el programa electoral. Para el Gobierno, porque limitar&iacute;a las tentaciones de tomar decisiones contrarias a dicho programa, evitar&iacute;a la escasa transparencia y, adem&aacute;s, permitir&iacute;a la exigencia de la responsabilidad pol&iacute;tica en los casos de esc&aacute;ndalos de &eacute;tica p&uacute;blica. Por &uacute;ltimo, para el Parlamento en su conjunto, porque le obligar&iacute;a a ejercitar de forma efectiva la labor de control del Gobierno, olvidando la disciplina de partido actual, que resulta tan nociva. Desde estos puntos de vista, el refer&eacute;ndum revocatorio constituye un mecanismo indirecto para mejorar el ejercicio de las funciones del Parlamento y del Gobierno.
    </p><p class="article-text">
        Pero lo m&aacute;s importante, si&eacute;ndolo mucho lo anterior, consiste en que la ciudadan&iacute;a conserva &iacute;ntegramente la capacidad de nombrar y cesar a sus representantes. Retiene en todo momento los poderes derivados de la soberan&iacute;a popular. Es la que designa al Parlamento y es, al mismo tiempo, la que lo puede cesar. Justo lo contrario de lo que ocurre ahora.
    </p><p class="article-text">
        Esperar al cumplimiento del mandato de cuatro a&ntilde;os para desautorizar a un gobernante que incumple sistem&aacute;ticamente sus compromisos es legal seg&uacute;n nuestro actual sistema, pero no responde, creemos, a las exigencias ciudadanas de una mayor participaci&oacute;n. Optar por f&oacute;rmulas de democracia mayor nos colocar&aacute; en el punto de salida hacia un ejercicio del poder con m&aacute;s responsabilidad.
    </p><p class="article-text">
        El refer&eacute;ndum revocatorio no es, sin duda, una panacea, deber&aacute; complementarse con otras medidas de m&aacute;s participaci&oacute;n democr&aacute;tica, como la consulta a la ciudadan&iacute;a de toda decisi&oacute;n de especial transcendencia, tal y como ocurre en otros pa&iacute;ses. Algunos ejemplos son Massachusetts o California, en las que se pregunt&oacute; el d&iacute;a de las &uacute;ltimas elecciones presidenciales por el uso terap&eacute;utico de la marihuana o la abolici&oacute;n de la pena de muerte; o Suiza, donde se ha preguntado a los ciudadanos esta &uacute;ltima semana acerca de la brecha salarial. Son decisiones de especial transcendencia sobre las que hay &ldquo;derecho a decidir&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Por ello es por lo que pensamos en la conveniencia de incluir estas modalidades de refer&eacute;ndum en nuestro esquema pol&iacute;tico.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Otilia Armiñana, Isabel Fernández Torres, Julio González García]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/agendapublica/nueva_politica/crisis-carencias-democracia-referendum-revocatorio_1_5088799.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 07 Jan 2014 19:19:07 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/7cbd5b00-d8e2-4905-9cff-18c49849e017_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="61328" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/7cbd5b00-d8e2-4905-9cff-18c49849e017_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="61328" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Sobre el referéndum revocatorio]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/7cbd5b00-d8e2-4905-9cff-18c49849e017_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Nueva Política]]></media:keywords>
    </item>
  </channel>
</rss>
