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    <title><![CDATA[elDiario.es - José Ramón Canedo]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/autores/jose_ramon_canedo/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - José Ramón Canedo]]></description>
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    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[¿Para qué sirven las elecciones del domingo?]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/agendapublica/proyecto_europeo/sirven-elecciones-domingo_1_4870957.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/29112768-e61a-4fef-8de4-7fa5a3b82493_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="¿Para qué sirven las elecciones del domingo?"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Desde las instituciones y los medios nos llegan mensajes que no se corresponden del todo con la realidad</p></div><p class="article-text">
        <strong> </strong>
    </p><p class="article-text">
        Las elecciones al Parlamento Europeo han vuelto a colocar a esta instituci&oacute;n y, en general, a todas las de la Uni&oacute;n Europea (UE), en posiciones preeminentes de los medios de comunicaci&oacute;n. Sin embargo, esto no supone autom&aacute;ticamente que entendamos bien &ndash;ni que se nos intente explicar- qu&eacute; son esas instituciones y c&oacute;mo funcionan. De hecho, con mejor o peor intenci&oacute;n, se nos hacen llegar mensajes que no se corresponden del todo con la realidad. Entre estos, quiero destacar dos que usar&eacute; como hilo conductor de este texto. As&iacute;, se nos hace ver que, en estas pr&oacute;ximas elecciones &ldquo;europeas&rdquo;, vamos a elegir al legislador de la UE, a lo que se a&ntilde;ade que tambi&eacute;n nos permitir&aacute;n elegir al futuro Presidente de la Comisi&oacute;n Europea.
    </p><p class="article-text">
        A fin de refutar la primera afirmaci&oacute;n, ser&aacute; conveniente explicar, aunque sea de manera simplificada, el procedimiento de adopci&oacute;n de &ldquo;leyes&rdquo; (reglamentos, directivas o decisiones) en la UE, ya que podemos avanzar que el Parlamento Europeo no puede hacer leyes por s&iacute; solo.
    </p><p class="article-text">
        En el momento actual, el proceso normativo de la UE se lleva a cabo normalmente mediante el llamado &ldquo;procedimiento legislativo ordinario&rdquo; o procedimiento de codecisi&oacute;n (<a href="http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/HTML/?uri=CELEX:12012E294&amp;qid=1400077650767&amp;from=ES" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">art. 294 del Tratado de Funcionamiento de la UE</a>). En el mismo, la Comisi&oacute;n Europea es la encargada de formular una propuesta de norma, normalmente tras proceder a consultar a los potenciales afectados y recibir las sugerencias de los grupos de presi&oacute;n &ndash;que act&uacute;an en cada fase del procedimiento-. En algunos casos excepcionales, la propuesta puede o debe venir de otros actores (una cuarta parte de los Estados miembros o el Banco Central Europeo, por ejemplo). Por otro lado, tanto el Consejo como el Parlamento Europeo como al menos 1 mill&oacute;n de ciudadanos de la UE que provengan de al menos 7 pa&iacute;ses miembros puede sugerir a la Comisi&oacute;n que &eacute;sta formule una propuesta, pero estas sugerencias no son vinculantes.
    </p><p class="article-text">
        Para que esa propuesta se transforme en &ldquo;ley&rdquo;, hace falta que se pongan de acuerdo sobre un mismo texto el Parlamento Europeo y el Consejo. Esto se producir&iacute;a como resultado de un proceso en fases (lecturas) en las que cada una de esas instituciones propone enmiendas a la propuesta de la Comisi&oacute;n. S&oacute;lo cuando ambas instituciones se pongan de acuerdo sobre un mismo texto, se adoptar&aacute; la norma en cuesti&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Para que el Parlamento de su consentimiento, en principio, se requiere que la mayor&iacute;a de los votos emitidos sean favorables. Por su parte, en el Consejo de Ministros, en principio, ser&aacute; necesaria una mayor&iacute;a cualificada. Por lo tanto, este sistema ordinario de legislaci&oacute;n funciona de manera bastante parecida a un parlamento bicameral, en el que las dos c&aacute;maras tuviesen el mismo peso y fuesen imprescindibles para aprobar las leyes.
    </p><p class="article-text">
        Con un procedimiento ligeramente diferente pero an&aacute;logo en la sustancia se aprueba tambi&eacute;n, por el Parlamento Europeo y el Consejo, el presupuesto anual de la UE. Adem&aacute;s, hay casos en los que quien decide es el Consejo y el Parlamento s&oacute;lo puede dar su opini&oacute;n o aprobar o rechazar el texto &iacute;ntegro, sin proponer enmiendas.
    </p><p class="article-text">
        En la pr&aacute;ctica m&aacute;s reciente ha alcanzado un alto protagonismo un mecanismo alegal que trastoca un tanto el proceso descrito. Se trata del llamado &ldquo;tri&aacute;logo&rdquo;, es decir, un di&aacute;logo informal, no previsto por los Tratados, entre delegados de la Comisi&oacute;n, del Parlamento y del Consejo para negociar, de manera discreta &ndash;quiz&aacute;s deber&iacute;amos decir opaca-, el texto de las normas a adoptar. Si se alcanza un acuerdo mediante este mecanismo, que se desarrolla inmediatamente despu&eacute;s de que la Comisi&oacute;n formule su propuesta, realmente no hay debate parlamentario en la euroc&aacute;mara, lo que supone un riesgo para la transparencia y en consecuencia para el grado de democracia del sistema.
    </p><p class="article-text">
        La segunda afirmaci&oacute;n que se desliza a veces en el discurso electoral de estos d&iacute;as es, como queda dicho, que con estas elecciones vamos a elegir al Presidente de la <a href="http://www.eldiario.es/agendapublica/proyecto-europeo/solo-elecciones-europeas_0_261773901.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Comisi&oacute;n Europea</a>. Lo cierto es que esto no es (del todo) as&iacute;.
    </p><p class="article-text">
        Por primera vez, cada gran familia pol&iacute;tica en el Parlamento Europeo ha avanzado qui&eacute;n ser&iacute;a su candidato a esa presidencia de la Comisi&oacute;n. Sin embargo, los Tratados s&oacute;lo dicen que el Consejo Europeo (es decir, b&aacute;sicamente los Jefes de gobierno de cada pa&iacute;s, salvo en el caso de Francia, que estar&aacute; representada por el Presidente de la Rep&uacute;blica), &ldquo;(t)eniendo en cuenta el resultado de las elecciones al Parlamento Europeo y tras mantener las consultas apropiadas&rdquo;, propondr&aacute; a un candidato a Presidente de la Comisi&oacute;n, el cual deber&aacute; ser aprobado por el Parlamento Europeo por mayor&iacute;a de sus miembros. Podr&iacute;amos pensar que ser&aacute; propuesto como candidato a presidente de la Comisi&oacute;n el l&iacute;der del grupo pol&iacute;tico que obtenga la mayor&iacute;a en las elecciones pr&oacute;ximas. No obstante, es importante destacar que el grupo pol&iacute;tico en el Parlamento Europeo que hist&oacute;ricamente m&aacute;s peso ha tenido en la euroc&aacute;mara ni siquiera alcanz&oacute; el 39% del total de esca&ntilde;os. Por lo tanto, no cabe descartar las coaliciones que conduzcan a que sea Presidente de la Comisi&oacute;n un candidato que no provenga del grupo mayoritario.
    </p><p class="article-text">
        Como puede comprobarse una vez m&aacute;s, casi todo lo que tiene que ver con la UE es sustancialmente m&aacute;s complejo de lo que parece. Y las implicaciones siempre son profundas.
    </p><p class="article-text">
        <strong> </strong>
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[José Ramón Canedo]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/agendapublica/proyecto_europeo/sirven-elecciones-domingo_1_4870957.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 22 May 2014 19:24:35 +0000]]></pubDate>
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