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    <title><![CDATA[elDiario.es - Joaquín Aparicio Tovar]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/autores/joaquin_aparicio_tovar/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Joaquín Aparicio Tovar]]></description>
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    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[Fiscales y jueces ante el derecho de huelga]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/fiscales-jueces-derecho-huelga_129_4789996.html]]></link>
      <description><![CDATA[<div class="subtitles"><p class="subtitle">En la historia de nuestra breve democracia representativa no se había   dado una situación como la actual en la que, como pidió un fiscal, se   están dictando sentencias ejemplarizantes para disciplinar a los   trabajadores</p></div><p class="article-text">
        El grupo de empleadores de la Organizaci&oacute;n Internacional del Trabajo  est&aacute; llevando adelante en los &uacute;ltimos a&ntilde;os una dura batalla contra el  derecho de huelga. Lo que pretenden los empresarios es que la OIT  declare que el derecho de huelga, al no estar expresa y textualmente  citado en los convenios 87 y 98 sobre libertad sindical y negociaci&oacute;n  colectiva, no est&aacute; protegido por dichos convenios y, por tanto, ni el  Comit&eacute; de Libertad Sindical ni la Comisi&oacute;n de Expertos en Aplicaci&oacute;n de  Convenios y Recomendaciones pueda entrar a valorar las violaciones de  este derecho. De ese modo la huelga saldr&iacute;a de los est&aacute;ndares  internacionales que permiten calificar un trabajo como digno para quedar  al albur de los Estados nacionales sometidos a las presiones de las  grandes corporaciones.  Se trata de un ataque en toda regla al derecho  de sindicaci&oacute;n cuyo contenido esencial est&aacute; formado, no s&oacute;lo por el  derecho de asociaci&oacute;n, es decir, de fundar sindicatos, sino de negociar  colectivamente y emprender acciones en defensa de las condiciones de  trabajo, en especial, hacer uso del derecho de huelga. Separar el  derecho de huelga de la libertad sindical es como desmochar por completo  un &aacute;rbol, lo que es lo mismo que acabar con el.
    </p><p class="article-text">
        Muy en sinton&iacute;a  con esas directrices internacionales, la organizaci&oacute;n patronal espa&ntilde;ola  CEOE, a la vista de su cada vez m&aacute;s disminuido papel por la  interlocuci&oacute;n directa que el Gobierno hace con las grandes empresas en  el llamado Foro de la Competitividad, entre sus bravatas,  ha lanzado  una nueva campa&ntilde;a contra el derecho de huelga pidiendo a quien sigue  considerando su  representante pol&iacute;tico, el Partido Popular, que haga  una regulaci&oacute;n restrictiva del mismo para volverlo m&aacute;s inocuo. Se une  as&iacute; al coro de voces de exponentes de ese partido que han pedido lo  mismo en meses pasados. Naturalmente los medios de formaci&oacute;n de la  opini&oacute;n al servicio del gran capital (pr&aacute;cticamente toda la prensa en  papel y la gran mayor&iacute;a de los medios audio visuales) se han sumado a la  campa&ntilde;a, ahondando la emprendida desde hace tiempo para tratar de  desprestigiar a los sindicatos.
    </p><p class="article-text">
        Pero ha surgido un nuevo y  terrible frente: la criminalizaci&oacute;n. En estos momentos en Espa&ntilde;a, solo  de Comisiones Obreras, hay m&aacute;s de 200 personas encausadas o condenadas  por hacer uso de su derecho de huelga, a los que hay que sumar otras  pertenecientes a otros sindicatos y otras sin afiliaci&oacute;n, aunque en  menor n&uacute;mero. El derecho de huelga comprende el derecho a organizar  piquetes, como desde hace tiempo ha dejado claro el Tribunal  Constitucional. Doctrina que por el momento no ha sido trastocada. Esta  criminalizaci&oacute;n es algo inusitado en un pa&iacute;s democr&aacute;tico y un ejemplo  m&aacute;s de la regresi&oacute;n en las libertades y los derechos sociales que se  est&aacute; dando en Espa&ntilde;a. Un n&uacute;mero importante de fiscales y jueces est&aacute;n  tratando con extraordinaria sa&ntilde;a a los sindicalistas que han osado poner  en cuesti&oacute;n la autoridad del empresario mediante la llamada a la  huelga. En la historia de nuestra breve democracia representativa no se  hab&iacute;a dado una situaci&oacute;n como la actual en la que, como pidi&oacute; un fiscal,  se est&aacute;n dictando sentencias ejemplarizantes para disciplinar a los  trabajadores.
    </p><p class="article-text">
        Los fiscales, de acuerdo con la estructura  jer&aacute;rquica en la que est&aacute;n organizados, se supone que act&uacute;an siguiendo  las instrucciones generales del Fiscal General del Estado nombrado por  el PP. &iquest;Existen instrucciones concretas en materia de huelga para tratar  con dureza a los sindicalistas? Si existen deber&iacute;an de ser eliminadas  cuanto antes, porque el ministerio fiscal no est&aacute; para defender  intereses de grupo.  El caso de los jueces es distinto. La independencia  judicial impide que est&eacute;n sometidos a instrucciones generales, y mucho  menos particulares, sobre c&oacute;mo hacer su trabajo. Entonces &iquest;Qu&eacute; est&aacute;  pasando?
    </p><p class="article-text">
        Aqu&iacute; se adelantan algunas razones, pero dejando abierta  la puerta a otras explicaciones m&aacute;s profundas que puedan ofrecerse. En  primer lugar parece claro que jueces y fiscales absorben mediante una  especie de &oacute;smosis las ideas que en la sociedad se van haciendo  dominantes, y en estos momentos los grupos olig&aacute;rquicos, conscientes de  sus debilidades y responsabilidades en  esta crisis, est&aacute;n difundiendo a  trav&eacute;s de sus potentes y variados medios la necesidad de imponer el  &ldquo;orden&rdquo;, es decir, la represi&oacute;n. La extracci&oacute;n social de la mayor&iacute;a de  fiscales y jueces favorece este proceso de &oacute;smosis.
    </p><p class="article-text">
        En segundo  lugar, hay que tener en cuenta que los mecanismos tradicionales para  acceder a estas profesiones relegan al Derecho del Trabajo a un papel  secundario. El Derecho del Trabajo es uno de los m&aacute;s modernos derechos y  no es bien entendido por mentes educadas en las disciplinas cl&aacute;sicas de  la tradici&oacute;n jur&iacute;dica. Saber Derecho Sindical, en concreto, exige al  jurista ser tambi&eacute;n un poco historiador y un poco soci&oacute;logo con una  mente abierta para comprender que la norma jur&iacute;dica no puede incluir en  el supuesto de hecho toda la riqueza de los sucesos de una realidad  social fluida, conflictiva y cambiante (Alonso Olea <em>dixit</em>). Debe  entender que el conflicto alumbra el pacto y con el la paz  social. Los  jueces civiles y penales, por lo general, tienen muchas dificultades  para resolver adecuadamente los conflictos de trabajo. Los jueces de lo  social, por el contrario, y tambi&eacute;n en general, saben que han de ser  imparciales, pero no neutrales. No son jueces de parte pero est&aacute;n  obligados a buscar la verdad material en aras de alcanzar algo de  justicia en sus resoluciones. Es algo que se est&aacute; echando en falta en  las actuaciones de los jueces y fiscales que est&aacute;n encausando a tantos  sindicalistas. No se dice aqu&iacute; que est&eacute;n actuando de modo consciente  como una larga mano de los empresarios, pero si el concepto de  discriminaci&oacute;n indirecta se ha construido prescindiendo de la intenci&oacute;n  del discriminador y atendiendo s&oacute;lo al resultado, el resultado con el  que nos encontramos es que hay base razonable para pensar que hay un  trato discriminatorio peyorativo para los trabajadores al observar la  laxitud con que se reprimen los delitos cometidos por los empresarios  contra el derecho de huelga, tipificado en el mismo  art. 315 del C&oacute;digo  Penal usado para incriminar a sindicalistas. Cuando el empresario ante  una huelga amenaza a los trabajadores de los muchos modos que puede  hacerlo, la libertad es una entelequia. Los trabajadores est&aacute;n deseando  la presencia del piquete para poder tener justificaci&oacute;n de sumarse a la  huelga.
    </p><p class="article-text">
        Tras las reformas laborales, la violencia contra los  trabajadores se ha instalado en las relaciones de trabajo en Espa&ntilde;a. La  facilidad para despedir, la debilitaci&oacute;n de la negociaci&oacute;n colectiva, la  reducci&oacute;n de salarios, el aumento del poder unilateral del empresario,  todo ello con el tel&oacute;n de fondo de las dram&aacute;ticas tasas de desempleo,  hacen que el autoritarismo empresarial este llegando a cotas  inaceptables. Las organizaciones sindicales han llegado a elaborar una  lista de empresas en las que se han detectado claros indicios de  violaciones de derechos y amenazas a quienes intenten hacer huelga, pero  ni la fiscal&iacute;a ni los jueces parece que han actuado de modo semejante a  como lo han hecho contra los piquetes de trabajadores. No parece que  siquiera hayan llegado a una posici&oacute;n neutral. Es una senda peligrosa de  deslegitimaci&oacute;n de la justicia, que en ambiente tenso de este pa&iacute;s no  se sabe muy bien a donde puede llevar. Resulta curioso que la  legalizaci&oacute;n de la huelga, o mejor, su permisividad, vino en Espa&ntilde;a no  de la mano de un cambio legislativo, sino de una interpretaci&oacute;n judicial  restrictiva de los supuestos del delito de coligaci&oacute;n del C&oacute;digo Penal  de 1870. La Circular de la Fiscal&iacute;a del Tribunal Supremo de 20 de junio  de 1902 es un buen ejemplo de ello, pero, a lo que parece, vamos ahora  en un viaje de vuelta a un  pasado anterior a esa fecha.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Joaquín Aparicio Tovar]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/fiscales-jueces-derecho-huelga_129_4789996.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sun, 29 Jun 2014 18:24:49 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[Fiscales y jueces ante el derecho de huelga]]></media:title>
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