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    <title><![CDATA[elDiario.es - Susana Gisbert Grifo]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/autores/susana_gisbert_grifo/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Susana Gisbert Grifo]]></description>
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    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[Mutilación genital femenina vs. justicia universal]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/agendapublica/impacto_social/mutilacion-genital-femenina-justicia-universal_1_4556620.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/2fe39e96-1ff5-4496-8242-b1fe2588af33_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Mutilación genital femenina vs. justicia universal"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Ahora es posible perseguir la mutilación genital femenina más allá de la jurisdicción española, aunque sólo en aquellos casos en los que el autor sea español o que éste se halle en nuestro país</p></div><p class="article-text">
        Hace apenas unos d&iacute;as conoc&iacute;amos una noticia esperanzadora: <a href="#" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link" target="_blank">la posibilidad de seguir persiguiendo la mutilaci&oacute;n genital femenina</a> m&aacute;s all&aacute; de los l&iacute;mites de la jurisdicci&oacute;n espa&ntilde;ola. Y ello a pesar de <a href="http://www.boe.es/boe/dias/2014/03/14/pdfs/BOE-A-2014-2709.pdf" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la reforma de la LOPJ</a> que restringi&oacute; notablemente la llamada <a href="http://www.eldiario.es/agendapublica/impacto_social/Justicia-universal-cuerda-floja_0_248475493.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">&ldquo;justicia universal&rdquo;</a>, y que afectaba de lleno a este terrible delito, que somete, veja, mutila y humilla cada d&iacute;a miles de ni&ntilde;as en el mundo, a algunas hasta causarles la muerte.
    </p><p class="article-text">
        La noticia que saltaba, arrojando una peque&ntilde;a luz en un negro t&uacute;nel, era que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional hab&iacute;a decidido por unanimidad que nuestro pa&iacute;s tiene competencia para conocer de estos delitos, aun cuando hayan sido perpetrados en el extranjero, cuando los autores o las v&iacute;ctimas tengan alguna vinculaci&oacute;n con Espa&ntilde;a. Como se ha comentado, un portillo a la esperanza ante un panorama que aparec&iacute;a un tanto sombr&iacute;o. Pero, como bien sabemos, no todo el monte es or&eacute;gano. Veamos si no.
    </p><p class="article-text">
        La reforma de la Ley Org&aacute;nica del Poder Judicial que entr&oacute; en vigor el pasado mes de marzo modificaba, con car&aacute;cter enormemente restringido, el art&iacute;culo 23 de la misma en lo atinente a la jurisdicci&oacute;n universal. Esta restricci&oacute;n hizo correr r&iacute;os de tinta, y de justa indignaci&oacute;n, cuando hubo que <a href="http://www.eldiario.es/politica/Fiscalia-argumenta-liberacion-vulnera-Constitucion_0_267723841.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">poner en libertad a presuntas bandas de narcotraficantes</a> o cuando afectaba a temas sobradamente conocidos como el del <a href="http://elpais.com/elpais/2014/02/11/planeta_futuro/1392113038_599851.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">T&iacute;bet</a> o <a href="#" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link" target="_blank">el asesinato del periodista Jos&eacute; Couso</a>. Pero no se oyeron tantas voces en lo que afecta a un tema tan sangrante como <a href="http://politica.elpais.com/politica/2014/02/04/actualidad/1391541477_643255.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la mutilaci&oacute;n genital femenina</a>. Ignoro si por falta de sensibilidad, o por considerarlo algo lejano o de poco inter&eacute;s para el lector potencial. Sin embargo, esta pr&aacute;ctica consentida todav&iacute;a en muchos pa&iacute;ses y tolerada en otros, constituye una lacra que perpet&uacute;a la sumisi&oacute;n y la desigualdad de las mujeres, adem&aacute;s de causar la muerte, lesiones grav&iacute;simas y secuelas permanentes a sus v&iacute;ctimas. La mencionada reforma constitu&iacute;a un retroceso intolerable en su persecuci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        En efecto, a partir de <a href="http://www.derechoshumanos.net/normativa/normas/spain/LO/1985-LO-06-1985-LOPJ-competencia-sp-genocidio-terrorismo-hasta-lo-2009-01.htm" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la redacci&oacute;n del precepto del a&ntilde;o 2009</a>, bastaba con encontrarse en territorio espa&ntilde;ol para poder perseguir los casos de ablaci&oacute;n, que se contemplaba expresamente en la norma. Sin embargo, la reforma que entr&oacute; en vigor el pasado mes de marzo vino a dar al traste con el camino andado. Y eso a pesar de que de las grandilocuentes afirmaciones de la Exposici&oacute;n de Motivos de la ley parec&iacute;a deducirse lo contrario. As&iacute;, la aludida Exposici&oacute;n de Motivos se vanagloriaba de suponer un avance en la persecuci&oacute;n de delitos antes no contemplados en el &aacute;mbito de la justicia extraterritorial, como la violencia de g&eacute;nero, los delitos sexuales y la ablaci&oacute;n genital. Sin embargo, la ablaci&oacute;n genital o mutilaci&oacute;n genital femenina ya estaba expresamente contemplada en la redacci&oacute;n anterior de la ley, y lo que en realidad supone esta reforma es, como en otros casos, una limitaci&oacute;n a la persecuci&oacute;n que queda vinculada a la concurrencia de unos requisitos muy concretos, cuales son la nacionalidad espa&ntilde;ola o residencia en Espa&ntilde;a de la v&iacute;ctima y la nacionalidad espa&ntilde;ola del presunto autor o que &eacute;ste se halle en nuestro pa&iacute;s. Esto es, la reforma limita la persecuci&oacute;n de estos delitos a los casos en que el autor sea espa&ntilde;ol o en caso de ser extranjero, se encuentre en Espa&ntilde;a. De esta forma, dejar&iacute;an de poder perseguirse cualquiera de estos delitos cometidos fuera de Espa&ntilde;a, aun cuando la v&iacute;ctima sea espa&ntilde;ola, si el autor no es espa&ntilde;ol ni se encuentra en Espa&ntilde;a, en este &uacute;ltimo caso aunque s&iacute; se encontrara la v&iacute;ctima. Sin duda alguna, un evidente retroceso que dejar&iacute;a fuera de nuestra jurisdicci&oacute;n supuestos en que incluso la v&iacute;ctima sea espa&ntilde;ola pero no lo sea el autor y no se encuentre en Espa&ntilde;a.
    </p><p class="article-text">
        Evidentemente, tal restricci&oacute;n, adem&aacute;s de contradecir el esp&iacute;ritu que parece proclamar la propia ley que recalca la necesidad de persecuci&oacute;n de &eacute;ste y otros delitos, contraviene las convenciones internacionales al respecto, en concreto el <a href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2014-5947" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Convenio del Consejo de Europa sobre prevenci&oacute;n y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia dom&eacute;stica</a> en virtud del cual las partes hab&iacute;an de esforzarse por adoptar las medidas legislativas o de otro tipo necesarias para establecer su competencia con respecto, entre otros, a estos delitos.
    </p><p class="article-text">
        Y es, precisamente, la entrada en vigor de dicho convenio en Espa&ntilde;a el pasado 1 de Agosto, la que motiva la decisi&oacute;n de los Magistrados de la sala de lo Penal a que me refer&iacute;a al principio. Su aplicaci&oacute;n hace inclinar la balanza <a href="http://noticias.lainformacion.com/policia-y-justicia/juez/ampliacion-los-tribunales-espanoles-podran-perseguir-la-mutilacion-genital-femenina-realizada-fuera-del-pais_kqofZHr5JyY7v1fgg0Guq/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">a favor de no restringir la persecuci&oacute;n internacional de tan execrables delitos</a>. Persecuci&oacute;n ya de por s&iacute; compleja, porque no olvidemos que, adem&aacute;s de quien materialmente realiza el acto, tienen responsabilidad en ella los padres de la menor, fundamentada en su posici&oacute;n de garante, en la que se ha basado al menos ya una sentencia condenatoria.
    </p><p class="article-text">
        Pero todav&iacute;a es pronto para echar las campanas al vuelo. Como dije, no es m&aacute;s que una peque&ntilde;a luz que ilumina el t&uacute;nel, pero falta andar un buen camino para alcanzar la luz al final del mismo. Por un lado, a&uacute;n queda recorrido judicial a cada uno de los casos que en la pr&aacute;ctica surjan al respecto. Pero por otro, y quiz&aacute;s m&aacute;s preocupante, est&aacute;n aquellos hechos acaecidos despu&eacute;s de marzo y antes de la ratificaci&oacute;n del Convenio. &iquest;Ser&aacute; entonces imposible la persecuci&oacute;n por aplicaci&oacute;n de la ley penal m&aacute;s favorable? Luces y sombras de la interpretaci&oacute;n jur&iacute;dica, que ojal&aacute; discurran por el camino que nos lleve hacia la luz.
    </p><p class="article-text">
        Por &uacute;ltimo, un peque&ntilde;o espacio para la reflexi&oacute;n. Hoy, que parece haberse exacerbado nuestra sensibilidad al sentir en nuestra piel que lo que pasa en otros continentes no nos es tan ajeno como pens&aacute;bamos, quiz&aacute;s sea tiempo para despertar conciencias sobre las cosas tan terribles que pasan en este mundo que compartimos todos. Tiempo de dejar de cerrar los ojos de una vez. Porque cada mujer mutilada es un atentado contra todos y cada uno de nosotros.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Susana Gisbert Grifo]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/agendapublica/impacto_social/mutilacion-genital-femenina-justicia-universal_1_4556620.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sun, 26 Oct 2014 19:26:47 +0000]]></pubDate>
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