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    <title><![CDATA[elDiario.es - Loreto Corredoira]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/autores/loreto_corredoira/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Loreto Corredoira]]></description>
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    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[El cierre de Google News: un tiro en el pie de la prensa]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/tecnologia/diario-turing/cierre-google-news-tiro-prensa_129_4466203.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/84aa64b0-08c5-4e32-bf64-42af537d8b85_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="880" height="495" alt="Bisutería social o botones para compartir contenido en redes sociales"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El equilibrio entre derechos y libertades en el acceso a Internet siempre genera este necesario debate, pero aquí las cosas han ido lejos.</p><p class="subtitle">El quid legal del asunto es, ¿puede un derecho remuneratorio impedir el link o el meneo de un titular o noticia? ¿Se considera eso una "reproducción" en sentido estricto?</p></div><p class="article-text">
        Desde hace d&eacute;cadas estamos acostumbrados a esta &ldquo;<em>bisuter&iacute;a de la web social</em>&rdquo;&nbsp;como se llama a los botones de compartir, t&eacute;rmino que escuch&eacute; en su d&iacute;a a Jos&eacute; Luis Orihuela, en los diarios y medios digitales. A partir de enero de 2015 algunos de estos servicios&nbsp; tendr&aacute;n que &ldquo;pagar&rdquo; un derecho remuneratorio o canon a los editores o productores de la informaci&oacute;n despu&eacute;s de la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual aprobada en octubre pasado y que entrar&aacute; en vigor en enero.
    </p><p class="article-text">
        Aunque a&uacute;n no se sabe c&oacute;mo ni mediante qu&eacute; mecanismo o c&oacute;mo se concretar&aacute; &ldquo;qu&eacute; es un fragmento no significativo de contenido&rdquo; o c&oacute;mo se concretar&aacute; &ldquo;qu&eacute; es una b&uacute;squeda aislada de palabras&rdquo;, esa remuneraci&oacute;n ser&aacute; objeto de una tarifa&nbsp; que fijar&aacute; la Entidad de Gesti&oacute;n que va a hacerse cargo (CEDRO), el sector editorial celebr&oacute; esta reforma de la Ley, que no est&aacute; exenta de riesgos y contradicciones.&nbsp; 
    </p><p class="article-text">
        Uno de los riesgos es el <strong>cierre o la huida de negocios digitales</strong>. Esto <a href="http://www.eldiario.es/turing/Google-cerrara-News-Espana-diciembre_0_333866644.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">es lo que anuncia ahora Google News</a>&nbsp;&ndash;cuesti&oacute;n que ya hab&iacute;a sido barajada como opci&oacute;n por la empresa californiana-. Los editores espa&ntilde;oles de los medios tradicionales&nbsp;&ndash;que han presionado al Gobierno y al Parlamento para introducir este p&aacute;rrafo 2 del art. 32- parecen no querer comprender el calado de este asunto que les afecta tambi&eacute;n a ellos pues, por definici&oacute;n, <strong>atenta al coraz&oacute;n de la filosof&iacute;a web</strong>.&nbsp; Veremos, por otro lado, cu&aacute;nto aguantan ese &ldquo;apag&oacute;n&rdquo; y c&oacute;mo es la reacci&oacute;n de sus lectores de pago o no. 
    </p><p class="article-text">
        Que los robots de Google News puedan o no seguir indexando contenidos provenientes de publicaciones peri&oacute;dicas o de web informaci&oacute;n es para beneficio de todos (lectores, editores que han visto incrementado su tr&aacute;fico, y para Google que&nbsp; ofrece ese servicio a sus usuarios); el beneficio &ndash;si se valora s&oacute;lo en t&eacute;rminos monetarios- no siempre es econ&oacute;mico como ocurre precisamente con el portal Google News que no inserta publicidad. Otros agregadores como Men&eacute;ame o Twitter est&aacute;n preocupados por el efecto que puede tener esta Ley en el uso masivo de estos servicios, y no es para menos. 
    </p><p class="article-text">
        El equilibrio entre derechos y libertades en el acceso a Internet siempre genera este necesario debate, pero aqu&iacute; las cosas han ido lejos. Utilizar una ley, el BOE para &ldquo;legislar&rdquo; sobre una actividad concreta, &iquest;les parece razonable?&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        El quid legal del asunto es, <strong>&iquest;puede un derecho remuneratorio impedir el link o el meneo de un titular o noticia?</strong> &iquest;Se considera eso una <strong>&ldquo;reproducci&oacute;n&rdquo;</strong> en sentido estricto?&nbsp; Yo dir&iacute;a que no a las dos cosas, pues por la naturaleza de Internet, los agregadores y el etiquetado para el seguimiento de informaci&oacute;n es as&iacute; (y ya es sabido que un editor no quiera aparecer sabe c&oacute;mo hacerlo); pero, la Ley tampoco es muy clara (v&eacute;ase al final de este art&iacute;culo c&oacute;mo ha quedado el art. 32) y d&iacute;ganme si lo entienden del todo. 
    </p><p class="article-text">
        La redacci&oacute;n no da certeza jur&iacute;dica ni a empresas que se basen en la agregaci&oacute;n (captaci&oacute;n de fuentes de contenidos), ni siquiera para usuarios como docentes, blogueros, periodistas que tambi&eacute;n tendr&aacute;n que pagar por eso si las fuentes que insertan son &ldquo;informativas&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Los editores ya pod&iacute;an exigir &ndash;a la vista del texto del art. 32 LPI, como se hace desde hace d&eacute;cadas el sector de la&nbsp; m&uacute;sica o el cine- una tarifa por comunicaci&oacute;n online no autorizadas. Eso cobra ya CEDRO a las Universidades, bibliotecas, sitios web,&nbsp; revistas online incluso por los dosieres de prensa que difunden en sus portales, a veces con una concepci&oacute;n muy estricta de lo que es &ldquo;uso justo&rdquo;, que siempre se interpreta negativamente en contra del centro docente o biblioteca. 
    </p><h3 class="article-text">Prohibido &ldquo;citar&rdquo; en la red</h3><p class="article-text">
        El nuevo derecho remuneratorio por &ldquo;agregaci&oacute;n&rdquo;&nbsp; se a&ntilde;ade a otros canones o tasas ya previstas en nuestro sistema de derechos de autor. La clave de alguno de los asuntos est&aacute; en el texto final del art. 32 y las excepciones o usos con fines de cita informativa y cultural. 
    </p><p class="article-text">
        Los medios off line pueden reproducir a tenor de la Ley fragmentos con fines informativos y sin fin comercial; es pr&aacute;ctica habitual en prensa, radio y televisi&oacute;n. Resulta que ahora que estamos inmersos en la web, que los Estados hablan de &ldquo;agenda digital&rdquo;, de negocios innovadores, de &ldquo;econom&iacute;a en internet&rdquo;, se siguen autorizando sin tasa alguna las citas de la propia prensa o radio, pero si se excluye el &ldquo;agregador&rdquo; por excelencia del mercado, Google News. Tambi&eacute;n otras App de lectura de noticias, el propio Flipboard o Bing se ver&aacute;n afectados. 
    </p><h3 class="article-text">Un tiro en el pie a la propia industria de prensa y a nuestra profesi&oacute;n </h3><p class="article-text">
        Creo que es necesario explicar un poco qu&eacute; supone esta &ldquo;tasa&rdquo;. Google News, Google Noticias, Google Press es pues un servicio autom&aacute;tico de selecci&oacute;n de noticias, b&aacute;sicamente a partir de titulares, entradillas y fotos, que se configuran en el portal de Google Inc. porque su algoritmo de gesti&oacute;n de la informaci&oacute;n, altamente depurado,&nbsp; recoge las &ldquo;fuentes&rdquo; de informaci&oacute;n de los servidores del mundo entero que no hayan bloqueado la indexaci&oacute;n, que los ordena por temas y materias afines y que permite al usuario su personalizaci&oacute;n. Incluye, a partir de las noticias, reportajes y otros datos de las web de editores&nbsp;(el &ldquo;rankeo&rdquo; se hace a partir de los sitios con mayor actualizaci&oacute;n de noticias) otros productos como alertas, versi&oacute;n para m&oacute;vil, sistema de feeds o Atom Rss para su suscripci&oacute;n y seguimiento, y un util&iacute;simo sistema de archivo.
    </p><p class="article-text">
        Fue lanzado en 2002 en versi&oacute;n beta por Google Inc. Se actualiza cada 15 minutos y&nbsp; tiene m&aacute;s de 40 ediciones regionales. Este servicio ha estado rodeado de pol&eacute;mica, ya desde que en 2005 la agencia France Presse le demandase en el Tribunal del Distrito de Columbia por infracci&oacute;n de los derechos de autor o, los editores belgas iniciasen su pleito. Desde entonces, Google Inc. tambi&eacute;n ha ganado recursos y frentes legales&nbsp; porque<strong> la legalidad&nbsp;del indexado y la cita est&aacute; permitida en muchos ordenamientos jur&iacute;dicos</strong>. 
    </p><p class="article-text">
        Espa&ntilde;a aprob&oacute; en octubre la Ley 21/2014 de 4 de noviembre que constituye la 10&ordf; reforma de la Ley de Propiedad Intelectual en vigor (Real Decreto Legislativo 1/1996 de 12 de abril) <strong>modificando la esencia de la cita</strong> espec&iacute;ficamente en servicios de la sociedad de la informaci&oacute;n y dando un giro a su libre uso de la cita para introducir una remuneraci&oacute;n o canon por agregaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Editores y periodistas de medios AEDE, la mayor&iacute;a de medios impresos, quieren esta situaci&oacute;n. FAPE, la federaci&oacute;n que nos representa a los periodistas,&nbsp;es parte del asunto. FAPE pidi&oacute; al&nbsp; Parlamento y al Gobierno espa&ntilde;ol en 2011 que &ldquo;a la luz de las recomendaciones de la Comisi&oacute;n Europea, consideramos que los cambios en la LPI deben recoger la nueva concepci&oacute;n de los derechos de autor que deriva del surgimiento de los servicios de agregaci&oacute;n, indexaci&oacute;n y referencia de noticias a trav&eacute;s de las redes&rdquo;, es decir que se incorporen sistemas de remuneraci&oacute;n en el periodismo digital, algo a mi entender contrario a la propia l&oacute;gica de la informaci&oacute;n y de la prensa.
    </p><p class="article-text">
        Nuestro sistema de prensa carece y busca a&uacute;n un modelo de transici&oacute;n digital pero no acaba de concebir el papel que empresas como Google pueden hacer en este paso al mundo online. El &uacute;nico modelo conocido, por seguro &ndash;aunque no demasiado rentable hoy- es el propietarista, el del &ldquo;esto es m&iacute;o y yo lo controlo&rdquo;, cosa err&aacute;tica porque si una empresa est&aacute; en la web no controla su difusi&oacute;n. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Loreto Corredoira]]></dc:creator>
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      <pubDate><![CDATA[Fri, 12 Dec 2014 21:21:51 +0000]]></pubDate>
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