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    <title><![CDATA[elDiario.es - José Luis Ramírez Ortiz]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/autores/jose_luis_ramirez_ortiz/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - José Luis Ramírez Ortiz]]></description>
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    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[La Corte Interamericana de Derechos Humanos ante un reto histórico]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/agendapublica/nueva_politica/corte-interamericana-derechos-humanos-historico_1_4397141.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/d1ddd064-2ede-495e-9a86-e50154ab1c4a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Corte Interamericana de Derechos Humanos ante un reto histórico"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">No cabe duda de la singular trascendencia que cobraría una resolución de la Corte que declarase que los jueces hondureños despedidos deben ser reintegrados a sus puestos.</p></div><p class="article-text">
        El 28 de junio de 2009 se produjo en Honduras lo que la comunidad internacional calific&oacute; como el primer golpe de Estado del siglo XXI en ese pa&iacute;s. A su &eacute;xito contribuy&oacute; la Corte Suprema de Justicia, &oacute;rgano integrado por miembros nombrados por los partidos mayoritarios, Liberal y Nacional, que promovieron dicho golpe. En ese contexto, los jueces Ad&aacute;n Guillermo L&oacute;pez Lone, Luis Alonso Ch&eacute;vez de la Rocha, Ram&oacute;n Barrios Maldonado y Tirza Flores Lanza, participaron en diversos actos de denuncia de los hechos y defensa del orden constitucional. Tras ello, fueron sancionados y removidos de la magistratura por la Corte, que acumulaba poderes jurisdiccionales y disciplinarios. El Tribunal entendi&oacute;, a grandes rasgos, que hab&iacute;an incurrido en actos contra la &ldquo;dignidad&rdquo; o el &ldquo;decoro&rdquo; de sus cargos.
    </p><p class="article-text">
        Desde el golpe de Estado han sido asesinados en Honduras, en circunstancias no esclarecidas, 6 jueces, 3 de ellos pertenecientes a la asociaci&oacute;n judicial Jueces para la Democracia. Adem&aacute;s, el n&uacute;mero de fiscales, abogados y juristas defensores de derechos humanos asesinados desde el a&ntilde;o 2010 es de 72. El pasado 10 de octubre de 2014 fueron asesinadas Marlene Janeth Banegas y Olga Patricia Eufragio, ambas&nbsp; fiscales del Ministerio Publico en la ciudad de San Pedro Sula. De igual modo, a pocos d&iacute;as de este hecho, fue asesinada Iris Elizabeth Argueta, Defensora Publica en la ciudad de Catacamas.&nbsp;&nbsp;&nbsp; 
    </p><p class="article-text">
        En el a&ntilde;o 2010, la asociaci&oacute;n hondure&ntilde;a Jueces para la Democracia (AjD), una organizaci&oacute;n judicial legalmente reconocida y comprometida con la defensa de la independencia de la judicatura a la que pertenecen los jueces afectados, y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), asociaci&oacute;n de defensa y promoci&oacute;n de los derechos humanos en Am&eacute;rica, presentaron una petici&oacute;n ante la Comisi&oacute;n Interamericana de Derechos Humanos para que se declarase la responsabilidad del Estado de Honduras por la violaci&oacute;n de diversos derechos de la Convenci&oacute;n Americana sobre Derechos Humanos, de 1969. La Comisi&oacute;n, tras la admisi&oacute;n y sustanciaci&oacute;n de la petici&oacute;n, y ante el incumplimiento del Estado hondure&ntilde;o de las recomendaciones que le dirigi&oacute;, en marzo de 2014 remiti&oacute; el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, &oacute;rgano equivalente en el &aacute;mbito regional americano al Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Los d&iacute;as 2 y 3 de febrero de 2015 tendr&aacute; lugar la celebraci&oacute;n de la vista oral ante el Tribunal en su sede en San Jos&eacute; de Costa Rica.&nbsp; 
    </p><p class="article-text">
        Honduras tiene el dudoso honor de encabezar la estad&iacute;stica mundial de homicidios con una tasa de 85 muertes violentas por cada 100.000 habitantes. Exactamente, una cada 70 minutos. La tremenda brecha social, los alt&iacute;simos niveles de desempleo o la inexistencia de un sistema efectivo de protecci&oacute;n social se traducen en la ausencia de alternativas para la mayor&iacute;a de la poblaci&oacute;n, en situaci&oacute;n de marginalidad, que malvive en una zona geogr&aacute;fica marcada por ser el corredor de la droga entre Sudam&eacute;rica y Norteam&eacute;rica, favoreciendo la expansi&oacute;n de la delincuencia organizada, que resulta atractiva para una juventud sin futuro. En s&iacute;ntesis, incertidumbre, vulnerabilidad y desprotecci&oacute;n corren parejas de la inseguridad econ&oacute;mica y delincuencial. En este complicado contexto, el futuro del pa&iacute;s pasa, adem&aacute;s de por las indispensables pol&iacute;ticas sociales y redistributivas, por la instauraci&oacute;n de un sistema institucional s&oacute;lido que permita hacer efectivos los principios y valores contenidos en la Constituci&oacute;n de 1982. De otro modo, acaba siendo inevitable que el verdadero control del pa&iacute;s quede en mano de poderes privados a trav&eacute;s de sus delegados, que copan el poder pol&iacute;tico.
    </p><p class="article-text">
        Dejar atr&aacute;s esta realidad supone, entre otras cosas, que la judicatura deje de ser un instrumento del poder pol&iacute;tico para convertirse en una instancia de control de dicho poder, en garante de los derechos de los ciudadanos, que son derechos frente al poder. En este sentido, en noviembre de 2013 el Consejo de la Judicatura emprendi&oacute; un nuevo proceso de &ldquo;depuraci&oacute;n judicial&rdquo; que ha dado lugar hasta la fecha a 20 suspensiones de empleo y sueldo y el despido de 3 jueces.
    </p><p class="article-text">
        Para realizar una funci&oacute;n de tal centralidad, es indispensable la existencia de un sujeto institucional que sea un tercero, ajeno a los intereses presentes en el conflicto (poderes pol&iacute;ticos-ciudadanos/ poderes privados-ciudadanos/ ciudadanos en situaci&oacute;n sim&eacute;trica), que intervenga para darle soluci&oacute;n. Un sujeto imparcial. Y s&oacute;lo reconociendo un estatuto de independencia en sentido fuerte, un sistema pol&iacute;tico asegura la disponibilidad de jueces imparciales. La independencia se erige as&iacute; en un derecho fundamental, el derecho a un juez independiente, imprescindible para la subsistencia del Estado constitucional, y se define como la ausencia de ataduras a todo lo que no es la ley, incluyendo la Constituci&oacute;n y los Convenios Internacionales, en especial, para la protecci&oacute;n de derechos humanos.
    </p><p class="article-text">
        Independencia e imparcialidad constituyen elementos definitorios del estatuto del juez. Y su preservaci&oacute;n puede justificar la restricci&oacute;n de algunos derechos pol&iacute;ticos, pero no puede suponer su aislamiento del espacio p&uacute;blico. El juez no puede vivir separado de la sociedad, no puede ser indiferente al entorno econ&oacute;mico, social o cultural en el que se integra. En especial, cuando &eacute;ste es dram&aacute;tico. Ello no significa que pueda hacer valer sus concepciones en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales, en las que queda sujeto al ordenamiento, pero puede participar en el debate p&uacute;blico institucional y extrainstitucional sobre el Estado constitucional y la justicia y contribuir activamente a reforzar el papel del poder judicial en el sistema pol&iacute;tico.
    </p><p class="article-text">
        La contribuci&oacute;n de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, desde su creaci&oacute;n, a la consolidaci&oacute;n de una nueva cultura jurisdiccional, que reconoce el valor central de la independencia judicial, ha sido notable. Ahora ha de enfrentarse ante un nuevo reto. Un reto hist&oacute;rico. La &uacute;nica reparaci&oacute;n eficaz es la reincorporaci&oacute;n de los jueces despedidos a sus cargos. Cualquier otra, s&oacute;lo contribuir&iacute;a a minar la credibilidad del sistema regional de protecci&oacute;n de derechos. Nos hallamos ante unos jueces que, en el contexto de un golpe de Estado, se limitaron a defender el orden constitucional vigente, sea desde la jurisdicci&oacute;n, como en el leg&iacute;timo ejercicio de sus derechos pol&iacute;ticos. Unos jueces de un pa&iacute;s centroamericano, dominado desde siempre por poderes privados salvajes, que intenta caminar hacia la democracia, mediante el establecimiento de una institucionalidad fuerte. Un pa&iacute;s, en el que, a d&iacute;a de hoy, el ejercicio honesto de la jurisdicci&oacute;n se cobra su tributo, como lo patentiza el elevado n&uacute;mero de jueces asesinados y v&iacute;ctimas de amenazas y extorsiones. En este marco, no cabe duda de la singular trascendencia que cobrar&iacute;a una resoluci&oacute;n de la Corte que declarase que los jueces despedidos deben ser reintegrados a sus puestos. No s&oacute;lo trasladar&aacute; al conjunto de la judicatura hondure&ntilde;a el mensaje de que el sistema interamericano de derechos humanos protege eficazmente el ejercicio independiente de la jurisdicci&oacute;n, de que la opini&oacute;n p&uacute;blica reclama jueces que no se sometan a los poderes privados y sus delegados pol&iacute;ticos. Adem&aacute;s, pondr&aacute; fin a la vulneraci&oacute;n de los derechos de los afectados, vulneraci&oacute;n que se ha perpetuado desde el d&iacute;a en que fueron removidos. Y, lo que es m&aacute;s importante para la salud institucional de la Rep&uacute;blica de Honduras: su ciudadan&iacute;a volver&aacute; a contar con cuatro jueces independientes: Ad&aacute;n Guillermo L&oacute;pez Lone, Luis Alonso Ch&eacute;vez de la Rocha, Ram&oacute;n Barrios Maldonado y Tirza Flores Lanza.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[José Luis Ramírez Ortiz]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/agendapublica/nueva_politica/corte-interamericana-derechos-humanos-historico_1_4397141.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sat, 31 Jan 2015 19:34:09 +0000]]></pubDate>
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