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    <title><![CDATA[elDiario.es - Jorge A. García González]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/autores/jorge_a_garcia_gonzalez/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Jorge A. García González]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[Inmatricular  o el derecho a expoliar legalmente]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/aragon/el-prismatico/inmatricular-derecho-expoliar-legalmente_132_4220184.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/83aacf57-5144-46cf-bad3-489ec1e258fe_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="880" height="495" alt="Colegiata de Alquezar."></p><p class="article-text">
        La Ley Hipotecaria de 1946, en los art&iacute;culos 206 y 304 de su reglamento, confer&iacute;a la potestad de inmatricular -primera inscripci&oacute;n registral- bienes de dominio p&uacute;blico a la Iglesia Cat&oacute;lica (s&oacute;lo a ella, el resto de confesiones religiosas estaban prohibidas en 1946); equipar&aacute;ndola&nbsp; a una corporaci&oacute;n de derecho p&uacute;blico, con la potestad de poder ejercer a los diocesanos (obispos y arzobispos) como aut&eacute;nticos fedatarios p&uacute;blicos a la hora de inscribir bienes a su nombre con un certificado propio y sin aportar ning&uacute;n t&iacute;tulo de propiedad ante los registros. Sin duda un acto de naturaleza jur&iacute;dica sospechosa por su car&aacute;cter de privilegio consentido.
    </p><p class="article-text">
        Posteriormente, en el a&ntilde;o 1998, con el Gobierno del Sr. Aznar, se procede a modificar la Ley Hipotecaria ampliando la potestad inmatriculadora de la Iglesia a los bienes inmuebles dedicados al&nbsp; culto (iglesias, bas&iacute;licas, catedrales, abad&iacute;as, ermitas, etc.) hasta ese momento vetadas para su inscripci&oacute;n a la Iglesia Cat&oacute;lica.
    </p><p class="article-text">
        En el mes de junio del 2015, y despu&eacute;s de los preceptivos tr&aacute;mites parlamentarios no exentos de pol&eacute;mica, el gobierno del Sr. Rajoy modifica nuevamente la citada ley y sus art&iacute;culos, dando por finada la potestad inmatriculadora de la Iglesia Cat&oacute;lica.
    </p><p class="article-text">
        69 a&ntilde;os, siete d&eacute;cadas para poner bienes a nombre de una corporaci&oacute;n de derecho privado como es la Iglesia Cat&oacute;lica. Es de muy dif&iacute;cil encaje jur&iacute;dico constitucional que estos art&iacute;culos de la Ley Hipotecaria pasaran los filtros de nuestra vigente Carta Magna, puesto que entran en flagrante contradicci&oacute;n con los art&iacute;culos 14 y 16.3 de la Constituci&oacute;n de 1978 (Igualdad jur&iacute;dica y Principio de aconfesionalidad del Estado) y que tampoco son amparados ni reconocidos por las pesadas cargas y obligaciones del Concordato de 1953 y acuerdos posteriores de 1976 y 1979 firmados por el Estado Espa&ntilde;ol y la Santa Sede .
    </p><p class="article-text">
        Opino que todo este largo proceso no es m&aacute;s que un privilegio establecido por la Dictadura y mantenido y ampliado durante la etapa democr&aacute;tica. Un marco jur&iacute;dico especial que posibilita la inscripci&oacute;n a nombre de la Iglesia de propiedades variadas y que junto a la pasividad o inacci&oacute;n de los diferentes poderes civiles, ha podido ocasionar el mayor de los expolios legales del &uacute;ltimo siglo de nuestra historia y al que se puede tildar como esc&aacute;ndalo monumental.
    </p><p class="article-text">
        La asociaci&oacute;n Movimiento hacia un Estado Laico ( MHUEL ) -que tengo la responsabilidad&nbsp; de presidir-, ha sido &ldquo;punta de lanza&rdquo; en investigar y denunciar estas pr&aacute;cticas ante los medios de comunicaci&oacute;n y los poderes p&uacute;blicos. MHUEL no cuestiona en ning&uacute;n momento el car&aacute;cter y uso religioso de los inmuebles de culto inmatriculados por la Iglesia, pero reclama que regresen al dominio p&uacute;blico de donde no ten&iacute;an que haber salido nunca.
    </p><p class="article-text">
        Las inmatriculaciones de la Catedral de San Salvador La Seo, San Juan de los Panetes, Iglesia de la Magdalena, Santiago el Mayor, Iglesia de Pozuel de Ariza, Catedral de Roda de Is&aacute;bena, Colegiata de Alqu&eacute;zar, San Juan Bautista de Zaid&iacute;n; deber&iacute;an ser suficientes ejemplos descubiertos por MHUEL para que de una vez el Gobierno de Arag&oacute;n y las Cortes aragonesas se tomen muy en serio esta problem&aacute;tica y act&uacute;en con valent&iacute;a y decisi&oacute;n pol&iacute;tica para atajar un expolio entre legal y alegal, claramente inconstitucional y de muy poca catadura moral.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Jorge A. García González]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/aragon/el-prismatico/inmatricular-derecho-expoliar-legalmente_132_4220184.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 26 Jan 2016 21:38:07 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Inmatricular  o el derecho a expoliar legalmente]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Estado aconfesional ha muerto]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/aragon/el-prismatico/aconfesional-muerto_132_2185484.html]]></link>
      <description><![CDATA[<div class="subtitles"><p class="subtitle">"Un PP desmelenado y desbocado que intenta en color sepia transmitir que las esencias patrias, el buen españolismo y las tradiciones van siempre unidas a la cruz , el sable y la corona"</p></div><p class="article-text">
        <strong> </strong>No entrar&eacute; en las p&iacute;rricas discusiones entre las diferencias sem&aacute;nticas entre aconfesionalidad , laicismo y laicidad; es hablar de lo mismo con matices muy sutiles para crear diferencias donde no las hay. Un Estado aconfesional de una manera u otra es laico o pretende que el laicismo sea uno de sus valores democr&aacute;ticos.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n es obvio y conocido que los padres constitucionales que redactaron la carta magna de 1978 se inspiraron en su articulado 16 mientras recorr&iacute;an en busca de complicidades los despachos donde se cocinaban y ultimaban los acuerdos de 1979 entre la Santa Sede y el Estado Espa&ntilde;ol, coincidentes en el tiempo y que dejaban a falta de concreci&oacute;n y reglamentaci&oacute;n a un albur interpretativo el texto constitucional en la esfera pol&iacute;tica, judicial y social el principio de aconfesionalidad del Estado y de sus Instituciones .
    </p><p class="article-text">
        Mucho cost&oacute; traer la libertad de culto y creencias a un Pa&iacute;s donde el nacional catolicismo campaba a sus anchas como una cultura propia e identitaria de la naci&oacute;n. Mi generaci&oacute;n pensaba  que avanzada la transici&oacute;n los pol&iacute;ticos y legisladores ir&iacute;an progresando con dosis de finura no exenta de firmeza para profundizar en la esencia democr&aacute;tica que representa el laicismo para erradicar viejos fantasmas que tanto da&ntilde;o y atraso han provocado en la modernidad del Estado y de su sociedad.
    </p><p class="article-text">
        La realidad es tozuda y los atisbos de esperanza han sido borrados definitivamente en el siglo XXI . Un aluvi&oacute;n de nombramientos meritorios civiles para advocaciones de V&iacute;rgenes y Santos, indultos penales a petici&oacute;n de Cofrad&iacute;as y Hermandades, banderas a media asta en cuarteles del ej&eacute;rcito constitucional, televisiones p&uacute;blicas con una parrilla de programaci&oacute;n cien por cien nazarena, ministros y cargos p&uacute;blicos haciendo carrera pol&iacute;tica utilizando el sentimiento religioso y un largu&iacute;simo etc&eacute;tera que no hacen m&aacute;s que certificar la defunci&oacute;n definitiva del Estado Aconfesional .
    </p><p class="article-text">
        &iquest;Causas de la muerte?, muchas y variadas. Falta de decisi&oacute;n pol&iacute;tica en general y acomodamiento de las altas Instituciones del Estado en un &ldquo;status quo&rdquo; asumido proclive a la continuidad obviando la secularizaci&oacute;n real de la sociedad en su conjunto.
    </p><p class="article-text">
        Un PP desmelenado y desbocado que intenta en color sepia transmitir que las esencias patrias, el buen espa&ntilde;olismo y las tradiciones van siempre unidas a la cruz , el sable y la corona. Un PSOE timorato, indeciso y a veces irreconocible que hace todo lo contrario a las pautas que aprueban en sus congresos federales . Un partido emergente como Ciudadanos que en pocos meses ha pasado de considerarse estatutariamente laico a declararse aconfesional jugando con las palabras para no fijar postura y no quemarse.
    </p><p class="article-text">
        Una Izquierda diversa e imprevisible que en ocasiones no termina de creerse la importancia de la separaci&oacute;n Iglesias/Estado para la consecuci&oacute;n de un gran avance social pendiente en democracia. Y por &uacute;ltimo nos queda la  Jerarqu&iacute;a Cat&oacute;lica  espa&ntilde;ola -no la creencia- cobardona y miope, capaz de vender su liturgia para atrincherarse  en no perder privilegios  haciendo gui&ntilde;os en  el &ldquo;aliviadero pol&iacute;tico&rdquo; de la multiconfesionalidad del Estado para seguir siendo la parte m&aacute;s beneficiada y hegem&oacute;nica.
    </p><p class="article-text">
        Con este panorama en ciernes, habr&aacute; que esperar a una nueva mayor&iacute;a social moderna, avanzada, did&aacute;ctica y culta que se estructure y vertebre pol&iacute;ticamente en las c&aacute;maras de representaci&oacute;n de la naci&oacute;n para dar aire nuevo con  una ley modernizadora de libertades religiosas y libertad de conciencia, una revisi&oacute;n constitucional profunda del cap&iacute;tulo 16 de la Constituci&oacute;n espa&ntilde;ola y la derogaci&oacute;n definitiva del Concordato de 1953 y acuerdos posteriores de 1976 y 1979 entre el Estado Espa&ntilde;ol y la Santa Sede.
    </p><p class="article-text">
        Resp&eacute;tense siempre las diferentes creencias o no creencias de la sociedad, pero el Estado y sus Instituciones, siempre neutrales en materia religiosa.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Jorge A. García González]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/aragon/el-prismatico/aconfesional-muerto_132_2185484.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sat, 07 Apr 2018 00:49:32 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[El Estado aconfesional ha muerto]]></media:title>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La amargura y el amargor]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/aragon/el-prismatico/amargura-amargor_132_2792206.html]]></link>
      <description><![CDATA[<div class="subtitles"><p class="subtitle">"Doctos y “amargos hermanos” ¿Cómo era la cara de Cristo?  ¿Lo sabéis? ¿Algo que decir de los maestros canteros, pintores, escultores o tallistas que durante siglos configuraron sus caras, las de sus familiares e incluso las de sus enemigos en sus obras en alegorías de cristos, vírgenes, santos y autoridades eclesiales?"</p></div><p class="article-text">
        Vaya y siempre por delante mi escrupuloso respeto hacia todas las personas que en su &iacute;ntima libertad profesan creencias religiosas al igual y del mismo modo a las personas que no tienen creencia religiosa alguna. Tan respetables son las unas como las otras y todas tienen el necesario encaje y garant&iacute;a constitucional para respetar y ser respetados .
    </p><p class="article-text">
        Dicho esto, me centrar&eacute; en los anacronismos que subyacen de una abyecta interpretaci&oacute;n de los cap&iacute;tulos constitucionales que defienden la libertad de expresi&oacute;n como  un derecho fundamental y su controversia con los art&iacute;culos del C&oacute;digo Penal referentes a las ofensas a los sentimientos religiosos -no pueden haber leyes fundamentales que se den patadas entre s&iacute; mismas dejando al albur interpretativo sobre qu&eacute; norma prima sobre otra -
    </p><p class="article-text">
        D&iacute;as muy tristes para la p&iacute;rrica victoria judicial de &ldquo;La Hermandad del Santo Rosario y Cofrad&iacute;a de Nazarenos de Nuestro Se&ntilde;or de la Pasi&oacute;n, Despojado de sus Vestidos, Mar&iacute;a Sant&iacute;sima de la Amargura, Madre de la Iglesia y de San Juan&rdquo; (JAEN).
    </p><p class="article-text">
        &iquest;Victoria? Querid&iacute;simos hermanos de la amargura, vuestra gesta o gesto no es valiente ni honesto. So en vuestra libre &ldquo;amargura&rdquo; hab&eacute;is querido &ldquo;amargar&rdquo; a un chaval de 24 a&ntilde;os que ha tenido que pactar con la fiscal&iacute;a una multa de 480 euros para librarse de una pena mayor que le podr&iacute;a haber conducido a prisi&oacute;n por una imagen que os ha parecido ofensiva, pod&eacute;is estar contentos pero sois el hazmerre&iacute;r generalizado de una sociedad que en el siglo XXI apuesta por la modernidad y el avance com&uacute;n alej&aacute;ndose de angustiosos cuentos g&oacute;ticos que han lastrado de siempre ese salto definitivo hacia un cambio real en el pensamiento racional de este Pa&iacute;s.
    </p><p class="article-text">
        Doctos y &ldquo;amargos hermanos&rdquo; &iquest;C&oacute;mo era la cara de Cristo?  &iquest;Lo sab&eacute;is?  Doctos y sapientes &ldquo;cofrades de la amargura &rdquo; &iquest;Algo que decir de los maestros canteros, pintores, escultores o tallistas que durante siglos configuraron sus caras, las de sus familiares e incluso las de sus enemigos en sus obras en alegor&iacute;as de cristos, v&iacute;rgenes, santos y autoridades eclesiales?
    </p><p class="article-text">
        No les entiendo ni les comprendo amargu&iacute;simos hermanos&ldquo; en vuestra osada actitud de disciplinar hasta el escarnio utilizando el recoveco jur&iacute;dico conforme a unas leyes retr&oacute;gradas en vigor para poner orden en vuestra visi&oacute;n moral. &iquest;Nunca os hab&eacute;is preguntado si es ofensiva para parte de la ciudadan&iacute;a la imaginer&iacute;a luctuosa y sanguinolienta del culto a la muerte trufada y adornada de s&iacute;mbolos nacionales de todas y de todos como la bandera y el himno nacional con presencia de estamentos p&uacute;blicos como corporaciones municipales, ejercito constitucional o benem&eacute;rita de gala? Ah&hellip; claro, eso no est&aacute; tipificado en el C&oacute;digo Penal -faltar&iacute;a m&aacute;s- , ergo unos tienen los parabienes y el dominio efectivo de lo bueno, legal conforme a su moralidad y otros solo anhelamos a la &eacute;tica global de los principios del ordenamiento constitucional de la neutralidad de los poderes p&uacute;blicos en materia religiosa y en que la libertad de expresi&oacute;n sea un derecho no constitutivo de delito penal alguno.
    </p><p class="article-text">
        Quiz&aacute;s ustedes hayan vivido gracias a la cobard&iacute;a de ciertas clases, que jam&aacute;s compart&iacute;. Que la historia y los deudos del martirio que han protagonizado, hagan con ustedes la justicia que se merecen. Siento expresarme tan claro, pero queda as&iacute; tranquila mi libertad de conciencia. De ustedes quedo &ldquo;hermanos de la amargura&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Jorge A. García González]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/aragon/el-prismatico/amargura-amargor_132_2792206.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 14 Feb 2018 21:56:28 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[La amargura y el amargor]]></media:title>
    </item>
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