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    <title><![CDATA[elDiario.es - Vicente Sánchez]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/autores/vicente_sanchez/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Vicente Sánchez]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[Contratación Pública de 2020 a examen: asignatura pendiente]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/contratacion-publica-examen-asignatura-pendiente_129_7290355.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/0858943f-d8f9-42d5-bfbb-7ed7e59e7686_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Contratación Pública de 2020 a examen: asignatura pendiente"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Las administraciones públicas han dejado de invertir cantidades sin duda impactantes en determinados sectores. Y la reducción no siempre se debe a unos criterios justos basados en la eficiencia: se evidencia la preponderancia del criterio económico</p></div><p class="article-text">
        La Contrataci&oacute;n P&uacute;blica, entendida como el aprovisionamiento p&uacute;blico de bienes y servicios por parte de las diferentes administraciones, es una actividad econ&oacute;mica de primordial inter&eacute;s que posibilita el funcionamiento eficiente de los servicios p&uacute;blicos de un pa&iacute;s. Una de sus funciones m&aacute;s destacables es la de potenciar acciones encaminadas a proteger y ampliar los m&aacute;rgenes del Estado del Bienestar para el conjunto de la ciudadan&iacute;a, sin importar la ubicaci&oacute;n geogr&aacute;fica o nivel econ&oacute;mico. Junto a ello tambi&eacute;n debe servir para conseguir nuevos objetivos sociales y medioambientales ya prometidos.
    </p><p class="article-text">
        Es un hecho que los poderes p&uacute;blicos, el desarrollo de la democracia y la universalidad de los derechos humanos son indisolubles, sin embargo todo ello debe ir acompasado de buenas pr&aacute;cticas en la implementaci&oacute;n de las propias pol&iacute;ticas p&uacute;blicas.
    </p><p class="article-text">
        La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector P&uacute;blico se elabor&oacute; precisamente para modificar el arquetipo de funcionamiento de la Contrataci&oacute;n P&uacute;blica que hasta entonces prevalec&iacute;a en nuestro pa&iacute;s, donde se antepon&iacute;a la burocracia, la falta de transparencia y el factor precio, sobre la calidad del servicio prestado y la sensibilidad hacia quienes los desarrollaban y donde, por desgracia, tambi&eacute;n operaba alguna dosis de corruptela. Esta nueva normativa supon&iacute;a la incorporaci&oacute;n al ordenamiento jur&iacute;dico espa&ntilde;ol de las posibilidades abiertas por la legislaci&oacute;n europea en orden a garantizar una contrataci&oacute;n p&uacute;blica socialmente responsable, en beneficio de la Administraci&oacute;n contratante, de los trabajadores y trabajadoras asignados a los servicios y de las empresas respetuosas con la normativa vigente.
    </p><p class="article-text">
        A finales de 2019, CCOO de Construcci&oacute;n y Servicios puso en marcha el Observatorio Sectorial de la Contrataci&oacute;n P&uacute;blica, OSCP, como instrumento de vigilancia del cumplimiento de la legislaci&oacute;n. Desde entonces realiza un seguimiento para los tres niveles de la Administraci&oacute;n, estatal, auton&oacute;mico y local, de las adjudicaciones p&uacute;blicas en sectores como la construcci&oacute;n, la limpieza de edificios y locales, la seguridad privada, el saneamiento urbano, la recogida de residuos, el servicio de ayuda a domicilio y jardiner&iacute;a, por citar los m&aacute;s representativos. Tras m&aacute;s de un a&ntilde;o de andadura, ya se dispone de lo que ha supuesto el proceder de los poderes p&uacute;blicos en la gesti&oacute;n de su contrataci&oacute;n durante el pasado a&ntilde;o.
    </p><p class="article-text">
        De enero a diciembre de 2020 se han registrado y analizado un total de 10.568 expedientes de contrataci&oacute;n p&uacute;blica. Estos contratos suponen una gesti&oacute;n de m&aacute;s de 5.000 millones de euros licitados por los tres niveles competenciales de la administraci&oacute;n p&uacute;blica en todo el territorio nacional. Tras el desarrollo de los procedimientos, los diferentes organismos gestores han aplicado una rebaja media del 15%, cifra que supone haber dejado de invertir en los servicios p&uacute;blicos m&aacute;s de 757 millones de euros que ya estaba presupuestado. En el caso del sector de jardiner&iacute;a, el m&aacute;s llamativo en porcentaje, la reducci&oacute;n llega a ser del 24,3%, o lo que es lo mismo se dej&oacute; de invertir casi 22 millones de euros. No obstante, la cifra m&aacute;s relevante por su envergadura es el del sector de la construcci&oacute;n, donde el porcentaje de reducci&oacute;n, siendo m&aacute;s bajo que el de jardiner&iacute;a, el&nbsp;18,2% dej&oacute; de emplear m&aacute;s de 498 millones de euros. Si nos detenemos en sectores esenciales por su papel trascendental en tiempos de pandemia observamos que en el sector de la limpieza se ha llevado a cabo una reducci&oacute;n anual del 12,3%, lo que se traduce en una rebaja de 82 millones;&nbsp; mientras que el sector de ayuda a domicilio el porcentaje ha sido del 3,4% privando a un servicio tan vital por su papel social de m&aacute;s de 5 millones de euros. Cantidades sin duda impactantes cuya reducci&oacute;n no siempre se debe a unos criterios justos basados en la eficiencia. Se evidencia, entre otras cuestiones, la preponderancia del criterio econ&oacute;mico identificando la oferta m&aacute;s baja como la deseable, sin tener en cuenta unas garant&iacute;as de suficiente capacidad para cumplir con lo contratado a ese menor coste.
    </p><p class="article-text">
        Entre otras consecuencias de lo anterior es frecuente que se detecten deficiencias como incumplimientos en los pagos a trabajadores y trabajadoras o insuficiencia de medios para la protecci&oacute;n de su salud, as&iacute; como impagos de las obligaciones fiscales y de Seguridad Social.
    </p><p class="article-text">
        Es de temer, adem&aacute;s, que se intenten solventar en parte los actuales problemas econ&oacute;micos consecuencia de la situaci&oacute;n sanitaria, empeorando las condiciones de trabajo de sectores tan sensibles al precio como son los de limpieza, seguridad privada, ayuda a domicilio o jardiner&iacute;a. Sectores muy castigados, de forma pr&aacute;cticamente estructural por condiciones de precariedad laboral: bajos salarios, temporalidad y parcialidad.
    </p><p class="article-text">
        Asimismo, la divisi&oacute;n competencial en la gesti&oacute;n de los distintos procedimientos y sus organismos implicados han admitido reducciones en el precio muy dispares. La Administraci&oacute;n General del Estado y todos sus organismos dependientes son las que aceptan con mayor frecuencia, a lo largo de los diferentes meses, reducciones mayores con una media del<em><strong> </strong></em>16,7%. Las Entidades Locales, por su parte, se sit&uacute;an en una reducci&oacute;n media del 15,9%. En todo caso, son las Comunidades Aut&oacute;nomas las que aplican una menor reducci&oacute;n media con el 13,2%. Por encima de esta media se sit&uacute;an Ceuta (26,7%), Asturias (21,5%), Murcia (20,7%), la Rioja (20,1%), Navarra (20,1%), Comunitat Valenciana (16,5%) Castilla y Le&oacute;n (16,1%) y&nbsp;Melilla (13,4%); por debajo de la misma: Galicia (12,8%), Arag&oacute;n (12,5%), Baleares (12,3%), Castilla La Mancha (11,9%), Pa&iacute;s Vasco (10,6%), Andaluc&iacute;a (10,4%), Canarias (11,2%), Madrid (9,9%), Extremadura (7,7%), Catalunya (6,3%) y, por &uacute;ltimo, Cantabria (5,7%)
    </p><p class="article-text">
        Durante todo el 2020 este OSCP ha encontrado ciertas deficiencias en los procesos de licitaci&oacute;n como es el hecho de no poder recibir la informaci&oacute;n completa del mismo; falta de cumplimentaci&oacute;n de datos; divisi&oacute;n por lotes que &ldquo;dividen poco&rdquo;; carencia de documentos como actas que reflejen un procedimiento claro de gesti&oacute;n; dificultad de acceso a la informaci&oacute;n detallada;&nbsp; importes de licitaci&oacute;n y adjudicaci&oacute;n incorrectos o parciales; falta de desglose con y sin impuestos como el IVA; variaci&oacute;n sobre informaci&oacute;n de anuncio en total de importe y publicaci&oacute;n&nbsp; de importe/hora de un servicio etc. As&iacute; como en un gran n&uacute;mero falta de publicaci&oacute;n de motivos para considerar justificada una propuesta con baja temeraria.
    </p><p class="article-text">
        En este sentido no se debe olvidar que tanto empresas como la propia Administraci&oacute;n P&uacute;blica a la hora de interactuar en el &aacute;mbito de la Contrataci&oacute;n P&uacute;blica, que en definitiva no deja de ser una actividad que en la pr&aacute;ctica afecta a todos los mercados, deben ser conscientes de hacerlo bajo el paraguas de la sostenibilidad, pues afecta directamente a la productividad del pa&iacute;s, a los precios, la calidad, la innovaci&oacute;n y de manera especial a los niveles de bienestar a disposici&oacute;n de la ciudadan&iacute;a; o lo que es lo mismo, hagamos efectivo el Objetivo de Desarrollo Sostenible n&uacute;mero 12 de Naciones Unidas: Producci&oacute;n y Consumo responsable.
    </p><p class="article-text">
        Obremos, en definitiva, por una Contrataci&oacute;n P&uacute;blica &eacute;tica, social y sostenible.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Vicente Sánchez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/contratacion-publica-examen-asignatura-pendiente_129_7290355.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 10 Mar 2021 05:00:15 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Contratación Pública de 2020 a examen: asignatura pendiente]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[En defensa de un empleo profesionalizado y con derechos para el sector de los cuidados]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/defensa-empleo-profesionalizado-derechos-cuidados_129_1327216.html]]></link>
      <description><![CDATA[<div class="subtitles"><p class="subtitle">Invertir en el sector de los cuidados es avanzar en la igualdad de género</p></div><p class="article-text">
        Desde 2008, millones de personas han participado en eventos promovidos el 7 de octubre como D&iacute;a Mundial para el Trabajo Decente. Este a&ntilde;o, los sindicatos internacionales ponemos la mirada en los trabajos de cuidados, uno de los sectores laborales m&aacute;s precarizados y feminizados. En el caso espa&ntilde;ol los realizan mayoritariamente mujeres, pero con circunstancias laborales muy diferentes seg&uacute;n uno de los tres colectivos al que pertenezcan.
    </p><p class="article-text">
        En primer lugar, existen servicios p&uacute;blicos de atenci&oacute;n domiciliaria, ofertados y gestionados normalmente por los ayuntamientos en forma de concierto con empresas privadas. Un derecho social ofertado dentro del Estado de Bienestar, conformado por aproximadamente 40.000 trabajadoras.
    </p><p class="article-text">
        Por otro lado, tambi&eacute;n realizan servicios de cuidados las trabajadoras del hogar, cuyas cifras en el R&eacute;gimen Especial al que est&aacute;n adheridas asciende a 400.000 personas, aunque se calcula que en la econom&iacute;a sumergida puede haber m&aacute;s de 200.000 personas. Del total, las estimaciones sindicales se&ntilde;alan que por lo menos la mitad llevan a cabo trabajos de cuidados adem&aacute;s de las tareas de limpieza que tambi&eacute;n se espera que realicen.
    </p><p class="article-text">
        Por &uacute;ltimo, quiz&aacute;s el grueso de dichos trabajos son asumidos directamente por familiares de forma no remunerada. Esta situaci&oacute;n es uno de los pilares en los que se asienta la desigualdad de g&eacute;nero en todo el mundo.
    </p><p class="article-text">
        En su momento, la conocida como Ley de Dependencia, la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoci&oacute;n de la Autonom&iacute;a Personal y Atenci&oacute;n a las personas en situaci&oacute;n de dependencia, supuso un revulsivo en el panorama de los cuidados en nuestro pa&iacute;s, entre otras cuestiones, al crear la figura de las cuidadoras no profesionales de personas con dependencia,- normalmente familiares- a quienes el Estado pagaba la cotizaci&oacute;n a la Seguridad Social. De esta manera, mujeres que estaban sacrificando la posibilidad de un trabajo remunerado con sus correspondientes derechos laborales, se les compensaba con una m&iacute;nima cotizaci&oacute;n a la Seguridad Social.
    </p><p class="article-text">
        Apenas seis a&ntilde;os despu&eacute;s de su puesta en marcha, el ejecutivo de Mariano Rajoy elimin&oacute; esta medida. Sin embargo, el Gobierno de Pedro S&aacute;nchez, desde el 1 de abril de este a&ntilde;o, ha recuperado la cotizaci&oacute;n a la Seguridad Social para este colectivo con Real-decreto ley. Antes de esa fecha 7.460 personas cuidadoras estaban acogidas al Convenio Especial de Cuidadores. Seg&uacute;n los &uacute;ltimos datos disponibles de agosto, ya hay m&aacute;s de 43.000 cuidadores no profesionales cotizando a la Seguridad Social. Es decir, se han multiplicado por seis en menos de cuatros meses. Sin embargo, solo uno de cada diez cuidadores es hombre, es decir, son las mujeres las que cargan, en casi todos los casos, con estos trabajos no remunerados y, hasta ahora, tampoco reconocidos por la Administraci&oacute;n a efectos de futuras prestaciones. Es decir, teniendo en cuenta que ha sido aprobada como &ldquo;medidas para la garant&iacute;a de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo&rdquo;, las que asumen este trabajo, que aunque coticen sigue sin ser remunerado, son mujeres en un 90% de los casos.
    </p><p class="article-text">
        Para el Estado, es una medida simple y barata para solucionar un problema complejo por el progresivo envejecimiento de la poblaci&oacute;n, pero con un gran potencial para dinamizar la econom&iacute;a. Desde un punto de vista sindical, habiendo una fuerza laboral de mujeres formadas y acreditadas para llevar a cabo este trabajo con plena profesionalidad, defendemos y promovemos un concepto de trabajo asalariado, digno y profesionalizado para llevar a cabo la atenci&oacute;n a la dependencia. Es un fen&oacute;meno estudiado que, debido a una valoraci&oacute;n sexista del trabajo, aquellas tareas desarrolladas tradicionalmente por mujeres conllevan retribuciones econ&oacute;micas m&aacute;s bajas que cualquier tarea realizada tradicionalmente por hombres, existiendo estas diferencias tambi&eacute;n en los casos en los que las responsabilidades son muy parecidas.
    </p><p class="article-text">
        Por otra parte, desde un punto de vista econ&oacute;mico, aceptar que las tareas de cuidados necesitan de una formaci&oacute;n y profesionalizaci&oacute;n supone una dignificaci&oacute;n y valorizaci&oacute;n de esos trabajos, que debe traducirse en mejores condiciones laborales. De esta manera, si los cuidados fuesen realizados por profesionales del sector con una remuneraci&oacute;n acorde a la responsabilidad, supondr&iacute;a una importante inyecci&oacute;n de dinero en las econom&iacute;as locales. As&iacute;, adem&aacute;s de abordar de una forma muy importante la desigualdad de g&eacute;nero, se estar&iacute;a generando empleos de calidad y riqueza .
    </p><p class="article-text">
        En definitiva, para que los trabajos de cuidados dejen de ser precarios, con sueldos bajos, parciales y temporales, y un sector laboral principalmente femenino, es urgente que el Estado y las administraciones apuesten por estos trabajos y pongan de su parte para hacer valer, de verdad, el art&iacute;culo 50 de la Constituci&oacute;n.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Vicente Sánchez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/defensa-empleo-profesionalizado-derechos-cuidados_129_1327216.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sun, 06 Oct 2019 20:09:23 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[En defensa de un empleo profesionalizado y con derechos para el sector de los cuidados]]></media:title>
      <media:keywords><![CDATA[Trabajo,Trabajadoras del hogar]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Ana Gilda: el asesinato de una mujer que luchó contra la violencia de género]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/ana-gilda-asesinato-violencia-genero_129_3042871.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/4585e9e0-691d-43ac-96be-890eebf2aa0a_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="880" height="495" alt=""></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">En lo que llevamos de año han tenido lugar 49 asesinatos de mujeres y otros 10 de menores, catalogados como homicidios machistas</p></div><p class="article-text">
        Coincidiendo con el 25 de noviembre, fecha que la ONU ha se&ntilde;alado como D&iacute;a Internacional de la Eliminaci&oacute;n de la Violencia contra la Mujer, desde CCOO Construcci&oacute;n y Servicios queremos hacer un homenaje a nuestra afiliada, amiga y compa&ntilde;era Ana Gilda, asesinada en un contexto de violencia machista, para recordar y poner en justo lugar su valent&iacute;a.
    </p><p class="article-text">
        Para quien no conozca los hechos, la ma&ntilde;ana del 17 de mayo de 2017, el que ser&iacute;a su asesino hab&iacute;a intentado estrangular a su sobrina en la casa de aquella. Ana Gilda, sola, como est&aacute;n la inmensa mayor&iacute;a de las mujeres frente a la violencia de los hombres, se interpuso para evitar la tragedia. Valiente y comprometida en su lucha a diario por los derechos laborales, tambi&eacute;n lo era como mujer, como ser humano a la hora de defender a otra persona de su agresor.
    </p><p class="article-text">
        Esa misma ma&ntilde;ana su sobrina fue a la comisar&iacute;a para denunciar a su maltratador. Por la tarde, &eacute;l busc&oacute; a Ana Gilda en el Hogar del Jubilado donde trabajaba, para vengarse clav&aacute;ndole un cuchillo letal. Ella muri&oacute;, indefensa, en la calle a plena luz del d&iacute;a.
    </p><p class="article-text">
        El asesinato de nuestra compa&ntilde;era no figurar&aacute; oficialmente en las estad&iacute;sticas de muerte por violencia de g&eacute;nero al no existir relaci&oacute;n sentimental alguna con su asesino. La Ley Org&aacute;nica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protecci&oacute;n Integral contra la Violencia de G&eacute;nero, en una interpretaci&oacute;n estrecha de lo que supone este tipo de violencia, no contempla supuestos como los de Ana Gilda. Sin embargo, el sentido com&uacute;n y las evidencias se&ntilde;alan claramente los hechos como consecuencia de una sociedad machista en la que fallaron los mecanismos de prevenci&oacute;n y protecci&oacute;n para la parte m&aacute;s d&eacute;bil, la mujer, y como consecuencia lo pag&oacute; con su vida.
    </p><p class="article-text">
        En lo que llevamos de a&ntilde;o han tenido lugar 49 asesinatos de mujeres y otros 10 de menores, catalogados como homicidios machistas seg&uacute;n la Ley Org&aacute;nica 1/2004. Pero adem&aacute;s ha habido otras cinco v&iacute;ctimas indirectas, una muerte a consecuencia de una agresi&oacute;n sexual y 22 menores han quedado hu&eacute;rfanos. Asimismo, hace unas semanas desayun&aacute;bamos con la noticia de que el sistema de seguimiento integral en los casos de Violencia de G&eacute;nero (Sistema VioG&eacute;n), que puso en marcha la Secretar&iacute;a de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior para velar por la protecci&oacute;n de las mujeres en riesgo de maltrato y tambi&eacute;n para tener controlados a sus presuntos agresores, hab&iacute;a alcanzado la insoportable cifra de 720 menores de edad, adolescentes en riesgo. Adem&aacute;s, el mismo sistema alertaba de que 175 mujeres estaban en peligro alto de morir en manos de un criminal conocido por ellas.
    </p><p class="article-text">
        Son cifras intolerables que nos deben hacer reflexionar sobre la imperiosa necesidad de articular medidas que respondan a la violencia de g&eacute;nero como sociedad en conjunto. Unas estad&iacute;sticas que nos deben hacer meditar y recapacitar sobre el tipo de sociedad en el que vivimos y la educaci&oacute;n que deber&iacute;amos estar dando a nuestros hijos e hijas. No podemos seguir permitiendo que las mujeres se encuentren solas y desamparadas por las instituciones ante las amenazas, coacciones y agresiones machistas.
    </p><p class="article-text">
        Los cr&iacute;menes machistas encuentran sus ra&iacute;ces en la desigualdad de g&eacute;nero y en los macro y micro machismos diarios. El Pacto de Estado contra la violencia de g&eacute;nero no puede posponerse m&aacute;s y debe contar con los medios econ&oacute;micos y humanos necesarios para prevenir, combatir y eliminar este grav&iacute;simo problema social. Es imprescindible la concienciaci&oacute;n de la sociedad en todos sus &aacute;mbitos, tambi&eacute;n en el mundo laboral, haciendo que el conjunto de empresas dispongan de planes de igualdad.
    </p><p class="article-text">
        Por ello, un paso trascendental ha sido romper la barrera que la propia normativa impon&iacute;a para extender los planes de igualdad al conjunto de las empresas. El requisito marcado por la Ley es que solo tienen obligaci&oacute;n de negociar planes de igualdad las empresas que cuenten con m&aacute;s de 250 empleados, lo que deja fuera a la inmensa mayor&iacute;a. Ahora hemos logrado bajar este requisito, y lo hemos conseguido en el Convenio General del Sector de la Construcci&oacute;n para todas las empresas a partir de 100 trabajadores. Un compromiso pionero que se debe extender, con trabajo sindical y toma de conciencia patronal, al conjunto de sectores productivos, sumando el granito de arena que a cada cual le corresponde para lograr una sociedad igualitaria de hombres y mujeres, acabando con todas la formas de violencia machista.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Vicente Sánchez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/ana-gilda-asesinato-violencia-genero_129_3042871.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 23 Nov 2017 20:21:39 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Ana Gilda: el asesinato de una mujer que luchó contra la violencia de género]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Violencia machista,Violencia doméstica]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El sindicalismo ante el cambio sistémico: entorno, economía y sociedad]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/sindicalismo-sistemico-entorno-economia-sociedad_129_3891903.html]]></link>
      <description><![CDATA[<div class="subtitles"><p class="subtitle">La cuestión es si los grandes sindicatos vamos a ser capaces de ampliar nuestras organizaciones con toda la diversidad existente en el mundo del trabajo y adaptarnos a las reglas del juego impuestas unilateralmente por el neoliberalismo</p></div><p class="article-text">
        Desde los 80 del siglo pasado llevamos sufriendo un cambio de ciclo basado en una globalizaci&oacute;n que no hace m&aacute;s que agudizarse. En este sentido, de la misma manera que desde el siglo XIX el sindicalismo de clase es protagonista en la lucha contra las desigualdades, conquistando derechos sociales y laborales, el debilitamiento del sindicalismo viene acompa&ntilde;ado de un aumento de la pobreza, empeoramiento de las condiciones de empleo y retrocesos en las libertades sociales. De ah&iacute; la importancia de que el sindicalismo se reinvente y consiga de nuevo capacidad de influencia.
    </p><p class="article-text">
        La &eacute;poca dorada de los sindicatos coincide con el modelo de los centros de trabajo fordistas, espacios propicios para la afiliaci&oacute;n y la acci&oacute;n sindical: empleo estable, condiciones gen&eacute;ricas de trabajo y posibilidades de mejora laboral.
    </p><p class="article-text">
        En aquellos tiempos, el enemigo era el sistema capitalista. Sin embargo, junto al proceso de globalizaci&oacute;n el capitalismo experimenta un proceso de mayor liberalizaci&oacute;n, convirti&eacute;ndose en un sistema econ&oacute;mico especulativo y salvaje, que se expande en un af&aacute;n de lucro que se desentiende de los derechos humanos, entre ellos los laborales, y de la protecci&oacute;n del medioambiente.
    </p><p class="article-text">
        La econom&iacute;a y las empresas, principalmente las multinacionales verdadero motor de este cambio, llevan actuando desde hace d&eacute;cadas en un marco global, mientras que, a pesar de algunos avances significativos, el sindicalismo sigue fundamentalmente anclado en el &aacute;mbito nacional. Como consecuencia, pierde una gran parte de su capacidad de intervenci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Hoy en d&iacute;a, en nuestro mercado de trabajo, encontramos a trabajadores y trabajadoras en paro, precarios, falsos aut&oacute;nomos, a domicilio, pymes y micropymes, subcontrataciones, etc&hellip; As&iacute;, ante la inmensa diversificaci&oacute;n de las condiciones de empleo es muy complicado organizar la acci&oacute;n colectiva en la que se sustenta gran parte del trabajo sindical. Es decir, no todos los trabajadores tienen la oportunidad de participar en esta acci&oacute;n colectiva, para muchos supone un riesgo muy importante y, adem&aacute;s, dada la breve permanencia en la empresa los logros obtenidos no son duraderos para dicho trabajador. El neoliberalismo ha cambiado las reglas del juego y el sindicalismo de clase va por detr&aacute;s con una capacidad de adaptaci&oacute;n poco desarrollada.
    </p><p class="article-text">
        Ante esto es importante apuntar que en los pa&iacute;ses m&aacute;s avanzados el segmento principal del sindicalismo pierde su conformaci&oacute;n tradicional: obrero masculino de proceso manufacturero. Ahora est&aacute; formado, cada vez m&aacute;s, por trabajadores y trabajadoras de sectores de servicios p&uacute;blicos y privados.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, lo m&aacute;s grave es que los sindicatos no estamos incorporando entre nuestras filas a un ritmo adecuado a los trabajadores y trabajadoras de segmento secundarios del mercado laboral: temporales, precarios, inmigrantes, de subcontratas, pymes y micropymes, aut&oacute;nomos y &ldquo;freelance&rdquo; etc, que en general cuentan con peores condiciones de empleo y son por tanto, los que m&aacute;s necesitan de la acci&oacute;n sindical. As&iacute; como de forma muy destacada los j&oacute;venes que son los trabajadores y trabajadoras de los pr&oacute;ximos 40 a&ntilde;os, como as&iacute; lo eran los que en su momento lucharon por traer la democracia y un marco de relaciones laborales democr&aacute;ticas a nuestro pa&iacute;s
    </p><p class="article-text">
        Por todo ello la cuesti&oacute;n es si los grandes sindicatos vamos a ser capaces de ampliar nuestras organizaciones con toda la diversidad existente en el mundo del trabajo y adaptarnos a las reglas del juego impuestas unilateralmente por el neoliberalismo. La respuesta s&oacute;lo puede ser un: S&iacute;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Vicente Sánchez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/sindicalismo-sistemico-entorno-economia-sociedad_129_3891903.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 20 Jul 2016 17:42:32 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[El sindicalismo ante el cambio sistémico: entorno, economía y sociedad]]></media:title>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Asimetría entre la protección del derecho a hacer huelga y no hacerla]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/asimetria-proteccion-derecho-huelga-hacerla_129_4193486.html]]></link>
      <description><![CDATA[<div class="subtitles"><p class="subtitle">No se conocen casos en los que el peso de la ley caiga con tanta fuerza sobre los empresarios que de alguna manera boicotean el derecho a huelga de los trabajadores</p></div><p class="article-text">
        Este pr&oacute;ximo jueves 11 de febrero en Madrid multitud de organizaciones sindicales est&aacute;n convocando una manifestaci&oacute;n para reivindicar algo que parec&iacute;a tan obvio y superado como que la huelga no es delito.
    </p><p class="article-text">
        En estos momentos hay en nuestro Estado m&aacute;s de 300 sindicalistas que podr&iacute;an afrontar penas de c&aacute;rcel por ejercer este derecho b&aacute;sico y que se encuentra reconocido en la Constituci&oacute;n Espa&ntilde;ola (art&iacute;culo 28.2), as&iacute; como en el Real Decreto-Ley 17/1977, de 4 de marzo de Relaciones de Trabajo. Igualmente, la Carta de Derechos Fundamentales de la Uni&oacute;n Europea lo incluye expresamente, as&iacute; como el Pacto Internacional de Derechos Econ&oacute;micos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas. Como vemos, hay un amplio sustento legal que protege el derecho a la huelga.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, tambi&eacute;n hay en nuestro C&oacute;digo Penal un resquicio legal para criminalizarla. Se trata del punto 3 del art&iacute;culo 315, que contempla la protecci&oacute;n de aquellos que, habiendo huelga, quieren ejercer su derecho a trabajar igualmente. Es decir, mediante este apartado se criminaliza de manera feroz la actividad de los piquetes informativos. De esta manera, a los m&aacute;s de 300 afectados se les est&aacute; acusando fundamentalmente de impedir el acceso al lugar de trabajo de los que no quieren hacer huelga, y con estas acusaciones, mayormente sostenidas sin ning&uacute;n tipo de prueba, se les hacen cargos penales.
    </p><p class="article-text">
        Curiosamente, no se conocen casos en los que el peso de la ley caiga con tanta fuerza sobre los empresarios que de alguna manera boicotean el derecho a huelga de los trabajadores. Es decir, hay una absoluta asimetr&iacute;a entre la protecci&oacute;n del derecho a huelga y la protecci&oacute;n del derecho a no hacerla. Hasta la fecha, en el mejor de los casos, se dan sanciones administrativas cuando se demuestra que un empleador ha impedido u obstaculizado el ejercicio del derecho de huelga, como en el caso de la contrataci&oacute;n de trabajadores para la sustituci&oacute;n de huelguistas o en la utilizaci&oacute;n de actos de retorsi&oacute;n frente a la huelga, como despidos o sanciones. Estos actos no se consideran en ning&uacute;n momento con la suficiente gravedad como para tener relevancia penal. Sin embargo, es la v&iacute;a penal la que preponderantemente se utiliza frente a la actuaci&oacute;n de los piquetes de huelga.
    </p><p class="article-text">
        Por todo esto, no s&oacute;lo es importante instar al Gobierno Central a derogar el art&iacute;culo 315.3 del C&oacute;digo Penal, la Ley de Seguridad Ciudadana, y las Reformas Laborales de 2010 y 2012. Tambi&eacute;n, y sobre todo, debemos denunciar la ausencia de protecci&oacute;n del derecho a huelga por parte de los aparatos policiales, los jueces y magistrados en lo que se refiere al esclarecimiento de las conductas delictivas protagonizadas por los empleadores frente al ejercicio del derecho de huelga. Sin duda, la asimetr&iacute;a entre la protecci&oacute;n para ejercer el derecho a huelga y el derecho a no hacerla refleja que los aparatos del Estado mantienen en muchos casos pautas continuistas con la jurisprudencia del franquismo.
    </p><p class="article-text">
        Es necesario desterrar esa pr&aacute;ctica antidemocr&aacute;tica de la incriminaci&oacute;n penal de miembros de piquetes de extensi&oacute;n de huelgas convocadas y desarrolladas conforme a la legalidad vigente.
    </p><p class="article-text">
        <em>Fuentes: Antonio Baylos, Catedr&aacute;tico de Derecho Laboral; CEOE; Entrevista a Jos&eacute; Alc&aacute;zar, portavoz de los sindicalistas Airbus</em><a href="http://baylos.blogspot.com.es/2007/04/sobre-el-articulo-3153-del-codigo-penal.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Antonio Baylos, Catedr&aacute;tico de Derecho Laboral</a><a href="http://www.cen7dias.es/contenido.php?bol=57&amp;id=1411&amp;sec=1" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">CEOE</a><a href="http://www.estrelladigital.es/articulo/espanha/acusacion-8-airbus-instruccion-politica/20160126201722269570.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Entrevista a Jos&eacute; Alc&aacute;zar, portavoz de los sindicalistas Airbus</a>
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Vicente Sánchez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/asimetria-proteccion-derecho-huelga-hacerla_129_4193486.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 09 Feb 2016 17:13:27 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[Asimetría entre la protección del derecho a hacer huelga y no hacerla]]></media:title>
      <media:keywords><![CDATA[Código Penal,Derecho a huelga,CCOO - Comisiones Obreras]]></media:keywords>
    </item>
  </channel>
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