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    <title><![CDATA[elDiario.es - Irene Escorihuela Blasco]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/autores/irene_escorihuela_blasco/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Irene Escorihuela Blasco]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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    <item>
      <title><![CDATA[España ante el espejo de la ONU: elogios, advertencias y derechos vulnerados]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/espana-espejo-onu-elogios-advertencias-derechos-vulnerados_129_12292513.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/5ad17e0f-cdb7-4b85-b7bd-a792f1e25334_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="España ante el espejo de la ONU: elogios, advertencias y derechos vulnerados"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Examen Periódico Universal evidencia los límites de la política de derechos humanos del Estado español: vivienda, represión política, fronteras y derechos lingüísticos concentran las principales críticas</p><p class="subtitle">España ignora a la ONU y mantiene sin vivienda a una familia con tres menores: “Solo nos queda hablar con el presidente”
</p></div><p class="article-text">
        El cuestionamiento de los derechos humanos avanza a escala global, entre discursos reaccionarios y la erosi&oacute;n de garant&iacute;as fundamentales. Este contexto, cada vez m&aacute;s preocupante, coincide con el aniversario de los 80 a&ntilde;os de las Naciones Unidas, una instituci&oacute;n clave pero hoy debilitada, tanto por el bloqueo pol&iacute;tico entre potencias como <a href="https://www.eldiario.es/economia/espana-ignora-onu-mantiene-vivienda-familia-tres-menores-queda-hablar-presidente_1_12284604.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">por la incapacidad de hacer cumplir sus decisiones</a>. El genocidio en curso en Gaza, o la incapacidad de establecer un tratado internacional que obligue a las empresas a respetar los derechos humanos son ejemplos claros.
    </p><p class="article-text">
        Aun as&iacute;, la ONU conserva mecanismos relevantes para la rendici&oacute;n de cuentas. Uno de los m&aacute;s destacados es el Examen Peri&oacute;dico Universal (EPU), en el que todos los Estados miembros deben someterse regularmente al escrutinio de sus hom&oacute;logos. Se trata de un ejercicio diplom&aacute;tico, pero tambi&eacute;n pol&iacute;tico: una ventana para sacar a la luz violaciones de derechos humanos que a menudo permanecen invisibles o desatendidas a nivel interno.
    </p><p class="article-text">
        El pasado 30 de abril, Espa&ntilde;a se someti&oacute; a este <a href="https://www.ohchr.org/es/hr-bodies/upr/es-index" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">examen para el periodo 2021-2025</a>. La sociedad civil jug&oacute; un papel fundamental, con decenas de informes <a href="https://a0d0455b-cdb9-43e5-8ea6-ece7abf5fc7c.filesusr.com/ugd/10c749_4163aeceb2cf4a4b808dd30bbfc429f5.pdf" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">elaborados por organizaciones de derechos humanos,</a> infancia, medioambientales, de derechos ling&uuml;&iacute;sticos o de apoyo a personas migrantes. Este trabajo previo tambi&eacute;n incluye identificar qu&eacute; Estados pueden formular preguntas incisivas y compartirles temas urgentes: vivienda, racismo institucional, criminalizaci&oacute;n de la protesta, segregaci&oacute;n escolar&hellip;
    </p><p class="article-text">
        Durante la sesi&oacute;n, m&aacute;s de un centenar de pa&iacute;ses intervinieron con recomendaciones. Muchos aplaudieron avances en materia de igualdad de g&eacute;nero, pero las observaciones cr&iacute;ticas fueron numerosas en derechos sociales: el escaso parque de vivienda p&uacute;blica, las tasas de desempleo juvenil, la desinversi&oacute;n en educaci&oacute;n, la privatizaci&oacute;n de servicios de salud. Tambi&eacute;n se puso el foco en las vulneraciones de derechos en la frontera sur, los controles policiales por perfil &eacute;tnico, la desprotecci&oacute;n de los menores no acompa&ntilde;ados, la falta de garant&iacute;as para las personas refugiadas y el problema de la trata de personas.
    </p><p class="article-text">
        Ahora, el Gobierno espa&ntilde;ol tiene unos meses para responder si acepta, toma nota o rechaza las recomendaciones. El Ejecutivo se presenta como un firme defensor de los derechos humanos, cosa que hay que celebrar en un contexto global negacionista, pero esta autoimagen no se corresponde del todo con la realidad. 
    </p><p class="article-text">
        Hay cuestiones graves que siguen encalladas. Por ejemplo, la discriminaci&oacute;n racial, la ley de seguridad ciudadana o el caso de espionaje masivo con Pegasus, que afect&oacute; a representantes pol&iacute;ticos, periodistas y activistas catalanes. De hecho, las reivindicaciones de diversas entidades catalanas han aparecido <a href="https://docs.un.org/es/A/HRC/WG.6/49/ESP/2" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">en el propio informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas</a>, con referencias a la libertad de expresi&oacute;n, el derecho de participaci&oacute;n pol&iacute;tica y las limitaciones a los derechos ling&uuml;&iacute;sticos.
    </p><p class="article-text">
        Como dijo el embajador espa&ntilde;ol durante el examen, este ha sido el EPU del &ldquo;<em>however</em>&rdquo; [sin embargo]: s&iacute;, hay avances importantes, pero. Por ejemplo, finalmente se ha aprobado el II Plan de Derechos Humanos, una demanda largamente reivindicada por las entidades sociales, pero la aplicaci&oacute;n de estas pol&iacute;ticas sigue siendo lenta y fragmentada. Por otro lado, algunos pa&iacute;ses como Portugal destacaron que en el Estado espa&ntilde;ol no existe ning&uacute;n mecanismo para garantizar el cumplimiento efectivo de las resoluciones de los comit&eacute;s de derechos humanos de la ONU. 
    </p><p class="article-text">
        A diferencia de lo que ocurre con las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, las decisiones de la ONU a menudo no se implementan, <a href="https://www.eldiario.es/economia/espana-ignora-onu-mantiene-vivienda-familia-tres-menores-queda-hablar-presidente_1_12284604.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">como el reciente caso del desahucio de Richard y Josefina</a>. Y, mientras tanto, se perpet&uacute;a un modelo que infrafinancia derechos sociales b&aacute;sicos, a pesar de los avances: Espa&ntilde;a contin&uacute;a invirtiendo por debajo de la media europea en sanidad, educaci&oacute;n y vivienda. En un momento en que la brecha de desigualdad se ensancha, esto no es solo una cuesti&oacute;n presupuestaria, sino de voluntad pol&iacute;tica.
    </p><p class="article-text">
        El EPU es una oportunidad para la autocr&iacute;tica y la mejora. Pero no puede quedarse en un ejercicio diplom&aacute;tico de buena voluntad. Se necesitan compromisos claros y, sobre todo, mecanismos efectivos para garantizar que el Estado cumple lo que promete ante la comunidad internacional. Al fin y al cabo, la calidad democr&aacute;tica de un pa&iacute;s tambi&eacute;n se mide por la capacidad de proteger los derechos de los m&aacute;s vulnerables, no &uacute;nicamente por su imagen exterior. Sigamos por el buen camino y acelerando el paso firme.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Irene Escorihuela Blasco]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/espana-espejo-onu-elogios-advertencias-derechos-vulnerados_129_12292513.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 15 May 2025 06:00:47 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[España ante el espejo de la ONU: elogios, advertencias y derechos vulnerados]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[ONU - Organización de las Naciones Unidas,Derechos fundamentales,Derechos sociales]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[¿Tienen Trump o Milei derecho a ser cuidados?]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/trump-milei-derecho-cuidados_132_11832523.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/5addce42-8b01-4067-87d0-9e336845dc05_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="¿Tienen Trump o Milei derecho a ser cuidados?"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Aunque Milei o Trump no lo quieran ver, estamos ante una evidente crisis de cuidados que pone en jaque al patriarcado y que profundiza la injusta división sexual e internacional del trabajo. El reconocimiento del derecho al cuidado a nivel internacional puede ser una oportunidad para impulsar normativa y políticas que lo garanticen</p></div><p class="article-text">
        En el actual contexto de derechizaci&oacute;n de los Estados, vemos pol&iacute;ticos como Donald Trump o Javier Milei cargando, en nombre de la eficiencia econ&oacute;mica, contra derechos sociales del llamado &ldquo;estado del bienestar&rdquo;, tales como el sistema de ayudas o pensiones. Resulta ir&oacute;nico que este desmantelamiento est&eacute; corriendo a cargo de dos hombres que no son precisamente j&oacute;venes (Milei ya supera los 50 a&ntilde;os y Trump es un hombre septuagenario), y que m&aacute;s pronto que tarde ser&aacute;n m&aacute;s dependientes y necesitar&aacute;n cuidados. Y es que no hay nadie en el planeta que no necesite de cuidados: desde que nacemos, cuando enfermamos, en nuestra vejez&hellip; Lo que es seguro es que en alg&uacute;n momento de nuestras vidas todos requerimos de apoyo o cuidado.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Hasta ahora invisibilizado, el derecho al cuidado toma fuerza con el avance de la agenda feminista, y tanto en Naciones Unidas como en la Corte Interamericana de Derechos Humanos se est&aacute; estudiando su &iquest;inminente? reconocimiento como nuevo derecho humano. S&iacute;, un nuevo derecho que sirva como palanca para la acci&oacute;n de los Estados, para caminar hacia la corresponsabilidad colectiva de los cuidados. Y es que no hay nada m&aacute;s importante para la dignidad y la reproducci&oacute;n de la vida, y esa es la base de los derechos humanos.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        <strong>&iquest;De qu&eacute; hablamos cuando exigimos el derecho al cuidado?</strong>
    </p><p class="article-text">
        De forma sencilla, podemos definirlo como el derecho a cuidar, a ser cuidado (con autonom&iacute;a y agencia) y al autocuidado (con tiempo, por ejemplo). Sin embargo, se trata de algo complejo: estamos ante un derecho transversal y multidimensional, que interacciona con muchos otros derechos (al trabajo digno y la seguridad social en lo que se refiere a los cuidados remunerados, a la intimidad, a la salud&hellip;). A su vez, se configura como un derecho aut&oacute;nomo que reconocidas autoras como Ana Marrades o Laura Pautassi desde el iusfeminismo estudian c&oacute;mo incorporar en nuestras constituciones y normativa.
    </p><p class="article-text">
        Pero no solamente la vertiente jur&iacute;dica es relevante: en los cuidados, la vertiente econ&oacute;mica es clave, porque cuidar es un trabajo, y adem&aacute;s un ejemplo claro de la divisi&oacute;n sexual del trabajo. Por un lado, es un trabajo que, cuando es remunerado, genera precariedad y condiciones laborales p&eacute;simas para las trabajadoras, en su mayor&iacute;a mujeres de origen migrante. Aqu&iacute; cabe cuestionarnos de forma cr&iacute;tica cu&aacute;l es el rol del norte global en la econom&iacute;a mundial de los cuidados. Por otro lado, cabe reconocer los cuidados no remunerados, que se calcula representar&iacute;a un 2,5% del PIB de Europa y mucho mayor en los pa&iacute;ses latinoamericanos.
    </p><p class="article-text">
        <strong>&iquest;C&oacute;mo podr&iacute;a ser este reconocimiento del derecho?</strong>
    </p><p class="article-text">
        Encontramos ya algunos precedentes sobre los cuidados a nivel internacional, como en los Objetivos de Desarrollo Sostenible y la Agenda 2030 y en algunos comit&eacute;s de Naciones Unidas (en el CEDAW, en el Comit&eacute; de los derechos del ni&ntilde;o, en la OIT&hellip;). Sin embargo, los primeros pasos m&aacute;s relevantes se est&aacute;n dando en el sistema interamericano de Derechos Humanos, a ra&iacute;z de una <a href="https://www.corteidh.or.cr/observaciones_oc_new.cfm?lang=es&amp;lang_oc=es&amp;nId_oc=2639" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">opini&oacute;n consultiva planteada por Argentina sobre &ldquo;el contenido y el alcance del derecho al cuidado y su interrelaci&oacute;n con otros derechos&rdquo;</a>. M&aacute;s de 129 aportaciones de la sociedad civil, de otros muchos gobiernos y organismos oficiales, as&iacute; como del mundo acad&eacute;mico; y 70 delegaciones para las audiencias p&uacute;blicas, han mostrado el enorme inter&eacute;s que este tema despierta.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        A pesar de ello, o tal vez a causa de esta punta de lanza de los cuidados, el nuevo presidente argentino, Javier Milei, solicit&oacute; retirar su consulta, considerando irrelevante la tem&aacute;tica. Afortunadamente, la Corte ya ha respondido que no puede ser retirada, as&iacute; que esperamos en breves leer lo que ser&iacute;a una primera aproximaci&oacute;n a los cuidados como derecho por parte de un tribunal de derechos humanos. Por su parte, Naciones Unidas estableci&oacute; recientemente el 29 de octubre como el D&iacute;a Internacional de los Cuidados y el Apoyo. Adem&aacute;s, aprob&oacute; una <a href="https://www.google.es/url?sa=t&amp;rct=j&amp;q=&amp;esrc=s&amp;source=web&amp;cd=&amp;ved=2ahUKEwiL4ujPrbGJAxWMUKQEHUqYKd8QFnoECBIQAQ&amp;url=https%3A%2F%2Fdigitallibrary.un.org%2Frecord%2F4025103%2Ffiles%2FA_HRC_RES_54_6-ES.pdf&amp;usg=AOvVaw1MtXowad_gTme1Q8D4N1Vl&amp;opi=89978449" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">hist&oacute;rica resoluci&oacute;n</a> hace justo un a&ntilde;o en el Consejo de Derechos Humanos, afirmando la importancia del derecho al cuidado &ldquo;para orientar las pol&iacute;ticas p&uacute;blicas y fomentar la igualdad de g&eacute;nero y la justicia social&rdquo;, y contin&uacute;a trabajando la tem&aacute;tica en la actualidad.
    </p><p class="article-text">
        A nivel estatal, el reconocimiento jur&iacute;dico deber&iacute;a venir de la mano de una reforma constitucional, incorporando un nuevo derecho social, como han hecho ya algunas constituciones pioneras como Escocia o Ciudad de M&eacute;xico.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        <strong>Y si se reconoce el derecho al cuidado, &iquest;qu&eacute; cambia?</strong>
    </p><p class="article-text">
        El hecho de tener un derecho humano reconocido como tal proporciona garant&iacute;as de protecci&oacute;n y cumplimiento. Los Estados deber&iacute;an respetar, proteger y realizar el derecho al cuidado. Por ejemplo, no deber&iacute;an dificultar el acceso a las ayudas de dependencia con una burocracia infinita (respetar); deber&iacute;an proteger que los cuidados se ofrecen en condiciones dignas y monitorear, por ejemplo, el aterrizaje de fondos buitre en las residencias (proteger); y desplegar un servicio de calidad con apoyo p&uacute;blico (realizar).&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Ahora bien, si los avances en materia de la configuraci&oacute;n de los cuidados como derechos a&uacute;n son incipientes, las pol&iacute;ticas p&uacute;blicas y leyes desarrolladas pueden darnos un poco de esperanza. Ciertamente, y especialmente a ra&iacute;z de la Covid-19, los cuidados est&aacute;n ganando peso en la agenda pol&iacute;tica. La Xarxa pel Dret a Cura de Catalunya, una potente red ciudadana de cuidados, afirmaba que pod&iacute;amos vislumbrar algunos avances: &ldquo;la Ley de la Eutanasia, la igualdad de los permisos de paternidad, la Ley de autonom&iacute;a del paciente, las voluntades anticipadas, la prohibici&oacute;n de las inmovilizaciones en las residencias, la Ley de promoci&oacute;n de la autonom&iacute;a personal y atenci&oacute;n de personas con dependencia&rdquo;.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        <strong>Las pol&iacute;ticas de cuidados en marcha</strong>
    </p><p class="article-text">
        Tanto en Espa&ntilde;a como en Europa se han desarrollado estrategias de abordaje de los cuidados. Pero, si nos fijamos en las pol&iacute;ticas p&uacute;blicas que implementan cuidados, debemos fijarnos en Am&eacute;rica Latina con sistemas punteros como Uruguay, con un <a href="https://www.gub.uy/sistema-cuidados/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">sistema nacional de cuidados</a>, o Bogot&aacute;, con el proyecto de las <a href="https://manzanasdelcuidado.gov.co/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Manzanas del Cuidado</a>. Desde Naciones Unidas se ha publicado recientemente una <a href="https://www.google.es/url?sa=t&amp;rct=j&amp;q=&amp;esrc=s&amp;source=web&amp;cd=&amp;cad=rja&amp;uact=8&amp;ved=2ahUKEwj845uqwLGJAxXjWUEAHYPXEaoQFnoECCkQAQ&amp;url=https%3A%2F%2Funsdg.un.org%2Fdownload%2F14483%2F112514&amp;usg=AOvVaw0JONVvGivnDJ3zJiWWoTYL&amp;opi=89978449" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">gu&iacute;a para transformar los sistemas de cuidados</a> de forma &ldquo;integral&rdquo;, integrando pol&iacute;ticas sociales y econ&oacute;micas abordando la protecci&oacute;n social, el trabajo, la migraci&oacute;n, la salud, el clima, el medio ambiente, la infraestructura y la movilidad. <a href="https://observatoridesca.org/sites/default/files/news/files/guia_manzanas_cuidados_imprimir.pdf" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Tambi&eacute;n desde el Observatorio DESCA hemos publicado recientemente una peque&ntilde;a gu&iacute;a sobre c&oacute;mo implementar sistemas de cuidados en cualquier municipio del territorio espa&ntilde;ol</a>, pilar b&aacute;sico para pasar de las palabras a los hechos desde lo local.
    </p><p class="article-text">
        Por &uacute;ltimo, la forma como se proveen estos servicios de cuidados suscita <a href="https://observatoridesc.org/sites/default/files/publication/files/cap_a_un_model_public-comunitari_per_la_provisio_de_serveis_publics._el_cas_dels_serveis_de_cures_a_catalunya._e08_i_odesc.pdf" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">importantes debates</a>. Partiendo de una realidad donde la familia y el sector privado aportan la mayor parte de los cuidados, caminar hacia sistemas de gesti&oacute;n p&uacute;blica y comunitaria no resulta f&aacute;cil pero cada vez es m&aacute;s urgente. Debemos ampliar la corresponsabilidad de los cuidados m&aacute;s all&aacute; de la divisi&oacute;n hombre-mujer en las familias nucleares heterosexuales (sin duda imprescindible) e incluir al Estado, responsable de garantizar este futuro derecho humano, as&iacute; como la sociedad y la comunidad. Aunque Milei o Trump no lo quieran ver, estamos ante una evidente crisis de cuidados que pone en jaque al patriarcado y que profundiza la injusta divisi&oacute;n sexual e internacional del trabajo. Ojal&aacute; el reconocimiento del nuevo derecho sea el catalizador de normativa y pol&iacute;ticas de cuidados, porque habr&aacute; sido el &eacute;xito del movimiento feminista que tanto temen el presidente argentino y el candidato republicano a la Casa Blanca.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Irene Escorihuela Blasco]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/trump-milei-derecho-cuidados_132_11832523.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 19 Nov 2024 21:39:49 +0000]]></pubDate>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Con racismo inmobiliario no hay derecho a la vivienda]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/racismo-inmobiliario-no-hay-derecho-vivienda_132_9180130.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/c582f670-31f6-41bc-aac3-91b6e7942683_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Con racismo inmobiliario no hay derecho a la vivienda"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Los ayuntamientos deben ejercer de forma valiente su potestad sancionadora para garantizar derechos sociales y caminar hacia ciudades libres de discriminación, además de desarrollar políticas públicas como oficinas de no discriminación y ordenanzas sobre la temática</p></div><p class="article-text">
        Anunciar un piso en alquiler &ldquo;solo para espa&ntilde;oles&rdquo; ha costado 90.001 euros a uno de los agentes inmobiliarios que difundi&oacute; la oferta. As&iacute; lo ha confirmado una <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/justicia-avala-primera-vez-multas-agente-inmobiliario-negarse-alquilar-personas-migrantes_1_9166938.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">sentencia pionera</a> del Juzgado Contencioso-Administrativo n&ordm; 8 de Barcelona, siguiendo lo establecido en la ley catalana de vivienda, la misma semana que se ha publicado, tras a&ntilde;os de trabajo, la Ley Integral para la igualdad de trato y la no discriminaci&oacute;n en Espa&ntilde;a.&nbsp;El consistorio mult&oacute; tambi&eacute;n a otro agente, a los anunciantes y al portal Idealista, pero el tribunal todav&iacute;a no ha resuelto esos casos.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Rebobinemos un poco para ver c&oacute;mo se ha llegado a esta decisi&oacute;n. En primer lugar, el derecho a una vivienda digna constituye un derecho humano reconocido a nivel internacional y tambi&eacute;n en la Constituci&oacute;n espa&ntilde;ola, en su art&iacute;culo 47. Sin embargo, su provisi&oacute;n en Espa&ntilde;a est&aacute; privatizada pr&aacute;cticamente en su totalidad: la vivienda p&uacute;blica representa menos de un 2%, y el resto se deja en manos del mercado. Desgraciadamente, desde hace d&eacute;cadas se privilegia la concepci&oacute;n de la vivienda como una mercanc&iacute;a o bien de inversi&oacute;n, en un mercado inmobiliario altamente especulativo, frente a la vivienda como derecho.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, la insuficiente inversi&oacute;n p&uacute;blica en vivienda no exime a los poderes p&uacute;blicos de asegurar el principio de igualdad y no discriminaci&oacute;n en la cobertura del derecho a la vivienda, como en todos los derechos humanos. Desde el Observatorio DESC <a href="https://observatoridesc.org/es/primera-sentencia-contra-racismo-inmobiliario-desde-poderes-publicos" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">denunci&aacute;bamos</a> que &ldquo;hay que afirmar sin tapujos una vez m&aacute;s, que la regulaci&oacute;n del acceso a la vivienda de protecci&oacute;n oficial o a los pisos de urgencia de las Mesas de Emergencia, todav&iacute;a contienen verdaderas barreras que excluyen por ejemplo a las personas en situaci&oacute;n administrativa irregular&rdquo;. &iquest;C&oacute;mo concretar pues dichos principios? Sin duda, no resulta sencillo, ya que no basta con dise&ntilde;ar una pol&iacute;tica social inclusiva para el escaso parque de vivienda p&uacute;blica, sino que es necesario tambi&eacute;n prohibir pr&aacute;cticas discriminatorias en el mayor proveedor de vivienda, el mercado.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En el caso de la Ley por el Derecho a la Vivienda de Catalunya (2007) define como discriminaci&oacute;n directa en materia de vivienda cuando &ldquo;una persona recibe, en alg&uacute;n aspecto relacionado con la vivienda, un trato distinto del recibo por una otra persona en una situaci&oacute;n an&aacute;loga, siempre que la diferencia de trato no tenga una finalidad leg&iacute;tima&rdquo; (art. 45.3.a) y regula como infracci&oacute;n muy grave &ldquo;llevar a cabo acciones u omisiones que comporten acoso o discriminaci&oacute;n en el uso de la vivienda&rdquo;(art. 123.2.a). En virtud de esto, el Ayuntamiento de Barcelona curs&oacute; un procedimiento administrativo que termin&oacute; en una sanci&oacute;n de 90.001 euros por el mencionado anuncio discriminatorio.
    </p><p class="article-text">
        A pesar de la vigencia de dicho art&iacute;culo desde 2007, se conoce la dificultad de probar pr&aacute;cticas de este tipo. El inasumible precio del alquiler en Espa&ntilde;a, con una desconexi&oacute;n total respecto de los salarios, resulta ya una enorme barrera para acceder a la vivienda, especialmente a los colectivos m&aacute;s vulnerables. Pero, adem&aacute;s, el racismo de las agencias inmobiliarias y de muchos propietarios imposibilita en muchas ocasiones poder alquilar un piso, con la consecuente vulneraci&oacute;n de derechos que comporta no tener un hogar. Diversos estudios en los &uacute;ltimos a&ntilde;os han puesto sobre la mesa la existencia tan extendida de este tipo de pr&aacute;cticas discriminatorias. Adem&aacute;s, organizaciones como el Sindicat de Llogateres y SOS Racisme han hecho de altavoz&nbsp; y puesto al alcance de la ciudadan&iacute;a <a href="https://sindicatdellogateres.org/nova-guia-contra-discriminacions-racistes/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">herramientas</a> para denunciar.
    </p><p class="article-text">
        Llegados a este punto, el rol sancionador de los poderes p&uacute;blicos es clave para terminar con la impunidad con que se act&uacute;a en este &aacute;mbito. Sentencias como &eacute;sta sientan las bases para avanzar hacia la eliminaci&oacute;n del racismo inmobiliario. As&iacute;, los ayuntamientos deben ejercer de forma valiente su potestad sancionadora para garantizar derechos sociales y caminar hacia <a href="https://observatoridesc.org/es/ciudades-y-asentamientos-humanos-libres-discriminacion" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">ciudades libres de discriminaci&oacute;n</a>, adem&aacute;s de desarrollar pol&iacute;ticas p&uacute;blicas espec&iacute;ficas, como por ejemplo oficinas de no discriminaci&oacute;n y ordenanzas sobre la tem&aacute;tica. Adem&aacute;s, la normativa catalana tipifica tambi&eacute;n como discriminaci&oacute;n en vivienda el acoso inmobiliario o <em>mobbing</em> que sufren muchas personas inquilinas en su d&iacute;a a d&iacute;a y que tiene su <a href="https://observatoridesc.org/es/node/4839" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">propia v&iacute;a de denuncia</a><em>. </em>Otras comunidades como el Pa&iacute;s Valenci&agrave; <a href="https://www.eldiario.es/comunitat-valenciana/politica/poner-coto-acoso-inmobiliario-gobierno-valenciano-sancionara-grandes-propietarios-950-000-euros_1_9148182.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">est&aacute;n asimismo planteando leyes</a> para ponerle coto.<em>&nbsp;</em>
    </p><p class="article-text">
        De forma m&aacute;s amplia, el Parlament de Catalunya aprob&oacute; hace casi&nbsp;dos a&ntilde;os la Ley 19/2020, de igualdad de trato y no discriminaci&oacute;n, con un art&iacute;culo espec&iacute;fico en materia de discriminaci&oacute;n en el acceso a la vivienda. En esta misma l&iacute;nea, se acaba de aprobar la Ley 15/2022 Integral para la Igualdad de trato y no discriminaci&oacute;n, cuyo art&iacute;culo 20 sobre vivienda se desarrolla en t&eacute;rminos muy similares y recoge de forma espec&iacute;fica la protecci&oacute;n de las personas sinhogar. En la justificaci&oacute;n de la norma se afirma que &ldquo;no es una Ley m&aacute;s de derechos sociales sino, sobre todo, de derecho antidiscriminatorio espec&iacute;fico&rdquo;. Los avances en materia legislativa son imprescindibles y sin duda una victoria para la sociedad civil, pero solamente su aplicaci&oacute;n firme en todos los niveles de gobierno supondr&aacute; un paso para poco a poco erradicar el racismo estructural que existe, en este caso en el mercado de vivienda.&nbsp;
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Irene Escorihuela Blasco]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/racismo-inmobiliario-no-hay-derecho-vivienda_132_9180130.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 21 Jul 2022 20:57:33 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Con racismo inmobiliario no hay derecho a la vivienda]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[¿Quién nos defiende de la Administración?]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/defiende-administracion_132_9156509.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/b991e8e3-6a26-4c79-8324-94c5bab7682a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="¿Quién nos defiende de la Administración?"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">En un contexto de guerra, crisis económica y ascenso de la ultraderecha, los próximos años serán clave para consolidar nuestras estructuras de derechos humanos</p></div><p class="article-text">
        La figura del S&iacute;ndic de Greuges es un tesoro que tenemos en Catalunya. Por supuesto, no se trata de una instituci&oacute;n &uacute;nica, m&aacute;s bien al contrario: forma parte de un amplio acervo de <em>ombudsman, </em>defensor&iacute;as de derechos humanos que velan por el buen funcionamiento de la administraci&oacute;n y el bienestar de las personas en todo el mundo. Naciones Unidas las denomina &ldquo;<a href="https://www.ohchr.org/es/countries/nhri" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Instituciones Nacionales de Derechos Humanos</a> (INDH)&rdquo;, apostilla que &ldquo;desempe&ntilde;an una funci&oacute;n esencial en la promoci&oacute;n y el seguimiento de la aplicaci&oacute;n eficaz de la normativa internacional de derechos humanos en el plano nacional&rdquo; y se rigen por los <a href="https://ganhri.org/paris-principles/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Principios de Par&iacute;s</a>. Sin embargo, su existencia a nivel regional y local no est&aacute; tan extendida. Incluso podemos decir que no son pocos los lugares cuya presencia es desconocida o sus actuaciones pasan desapercibidas. No es el caso de Catalunya, donde los dieciocho a&ntilde;os de Rafael Rib&oacute; en el ejercicio del cargo han sido sumamente prol&iacute;ficos, con informes y declaraciones relevantes para la agenda pol&iacute;tica y social.
    </p><p class="article-text">
        En Espa&ntilde;a, m&aacute;s all&aacute; del Defensor del Pueblo a nivel estatal &ndash;reglado por el art&iacute;culo 54 CE&ndash;, contamos con <a href="https://www.defensordelpueblo.es/enlaces-a-instituciones/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">nueve instituciones auton&oacute;micas</a> de esta &iacute;ndole en la actualidad. Cabe tener en cuenta que en 2013 se suprimieron, por razones de austeridad y &ldquo;eficiencia administrativa&rdquo;, los defensores del pueblo de Castilla la Mancha y de La Rioja, y que hace un a&ntilde;o Vox promovi&oacute; &ndash;sin &eacute;xito&ndash; la supresi&oacute;n de la figura andaluza. A nivel local, existen tambi&eacute;n defensor&iacute;as y sindicaturas locales, agrupadas en el <a href="https://www.sindicatureslocals.cat/nosaltres/el-forumsd/https:/www.sindicatureslocals.cat/nosaltres/el-forumsd/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">F&ograve;rum de S&iacute;ndics i Defensories Locals</a> (con 41 sindicaturas de Catalunya y 6 del resto del Estado), con una alta implicaci&oacute;n y posicionamiento a favor de los derechos humanos desde el municipalismo.
    </p><p class="article-text">
        El pasado 31 de mayo, Rib&oacute; imparti&oacute; una conferencia sobre &ldquo;el estado de los derechos en Catalunya&rdquo;. A este acto de cierre del mandato asisti&oacute; una curiosa amalgama de entidades y movimientos sociales, personalidades de la pol&iacute;tica institucional, periodistas y cargos p&uacute;blicos, s&iacute;mbolo del importante rol que el S&iacute;ndic ha tenido durante este tiempo. Ciertamente, el final de su mandato no ha estado exento de pol&eacute;mica: por un lado, por su firme apoyo al derecho a la autodeterminaci&oacute;n de Catalunya, cuya voz ha resonado a nivel internacional y hasta en Naciones Unidas. Por otro lado, por la dificultad para conseguir un relevo institucional: ha tenido que permanecer durante casi tres a&ntilde;os en el cargo con el mandato expirado, consecuencia del desacuerdo pol&iacute;tico entre los grupos parlamentarios que lo eligen.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, para las personas que trabajamos en los derechos humanos, hay un tercer elemento que es clave en su cierre de mandato y que el S&iacute;ndic no pierde ocasi&oacute;n de enarbolar: la conformaci&oacute;n de la Estructura de Derechos Humanos de Catalunya, en 2017, con una amplia representaci&oacute;n de entidades sociales y expertos/as. La tarea principal de dicha Estructura fue la creaci&oacute;n del <a href="https://estructuradh.cat/promocio-i-proteccio-dels-drets-humans/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Plan de Derechos Humanos de Catalunya</a>: un documento ambicioso e innovador, aprobado en diciembre de 2019 tras un vasto proceso de participaci&oacute;n social. Con tal de que dicho plan no se quede en un caj&oacute;n,&nbsp; desde la propia Estructura se ha apostado por la elaboraci&oacute;n de <a href="https://observatoridesc.org/ca/indicadors-del-dret-l-habitatge-avaluar-pla-drets-humans-catalunya" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">indicadores</a> para cada uno de los objetivos que permitan evaluar el grado de implementaci&oacute;n del mismo.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Ahora bien, estos primeros pasos tan valiosos mermar&aacute;n mucho su capacidad de incidencia si las instituciones p&uacute;blicas no se toman en serio la difusi&oacute;n del Plan y su seguimiento. Publicitar la existencia del Plan de Derechos Humanos y realizar una campa&ntilde;a en medios de comunicaci&oacute;n sobre el avanzado marco de defensa de los derechos de la ciudadan&iacute;a es, a d&iacute;a de hoy, una tarea pendiente por parte del gobierno catal&aacute;n. Mientras tanto, a nivel estatal, el Ministerio de la Presidencia, relaciones con las Cortes y Memoria Democr&aacute;tica est&aacute; elaborando el II Plan Nacional de Derechos Humanos, tras diez a&ntilde;os de inexplicable vacancia desde que caduc&oacute; el anterior (2008-2012).
    </p><p class="article-text">
        Parece que, por un lado, los derechos humanos importen poco, y es necesario el impulso de la sociedad civil para la aprobaci&oacute;n de planes y su seguimiento. Sin embargo, por otro lado, el nombramiento de aquellas personas que tienen que velar por su cumplimiento acostumbra a generar importantes disputas. Recientemente, as&iacute; sucedi&oacute; con el Defensor del Pueblo estatal, nombrado &Aacute;ngel Gabilondo con cuatro a&ntilde;os de retraso, con la Sindicatura local de la ciudad de Barcelona o con el dilatado relevo de Rafael Rib&oacute;, y basta ver la mencionada propuesta de Vox para Andaluc&iacute;a. En un contexto de guerra, crisis econ&oacute;mica y ascenso de la ultraderecha, los pr&oacute;ximos a&ntilde;os ser&aacute;n clave para consolidar nuestras estructuras de derechos humanos. Esta tarea, si bien debe nutrirse del trabajo conjunto con entidades y organizaciones, no puede depender de su insistencia, capacidad y buena voluntad: es urgente fortalecer las INDH a nivel estatal, auton&oacute;mico y local y desplegar los planes con una financiaci&oacute;n adecuada, tal y como ha recomendado en m&uacute;ltiples ocasiones Naciones Unidas.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Irene Escorihuela Blasco]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/defiende-administracion_132_9156509.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sat, 09 Jul 2022 20:52:22 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[¿Quién nos defiende de la Administración?]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Síndic de Greuges,Catalunya,Derechos Humanos]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El caso de Ángela: la oportunidad de oro para creernos los derechos humanos]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/angela-oportunidad-creernos-derechos-humanos_132_2008731.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/276d212e-e315-49a4-8677-50d13a8d64e1_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El caso de Ángela: la oportunidad de oro para creernos los derechos humanos"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El gran reto es conseguir que las directrices de Naciones Unidas se hagan realidad, ya que no existe a día de hoy en España ningún mecanismo encargado de darles cumplimiento</p><p class="subtitle">Este fue el caso de Ángela, que tras agotar las vías posibles de denuncia internas, llevó a Naciones Unidas el asesinato de su hija a manos de su expareja</p></div><p class="article-text">
        &ldquo;Naciones Unidas&rdquo; acostumbra a ser percibida como una entelequia que invocamos con distintos motivos, a menudo como fuente de autoridad en nuestros razonamientos. Las personas que trabajamos en el &aacute;mbito de los derechos humanos sabemos sus l&iacute;mites y potencialidades. Conseguir un pronunciamiento favorable de la ONU sobre nuestras causas representa una victoria encomiable, que se plasma en titulares de prensa y se incorpora como lema en las luchas sociales. No obstante, no es infrecuente que el gran esfuerzo para lograr ese reconocimiento se quede en eso: un argumento de peso a la espera que los poderes p&uacute;blicos, si lo desean, lo lleven a la pr&aacute;ctica. El gran reto es conseguir que las directrices de Naciones Unidas se hagan realidad, ya que no existe a d&iacute;a de hoy en Espa&ntilde;a ning&uacute;n mecanismo encargado de darles cumplimiento.
    </p><p class="article-text">
        Este fue el caso de &Aacute;ngela, que tras agotar las v&iacute;as posibles de denuncia internas, llev&oacute; al Comit&eacute; para la Eliminaci&oacute;n de la Discriminaci&oacute;n contra la Mujer de Naciones Unidas el asesinato de su hija a manos de su expareja en una visita no vigilada. &Aacute;ngela, con el apoyo de Women&rsquo;s Link, obtuvo un gran triunfo: que el comit&eacute; fallara a su favor, condenando a Espa&ntilde;a a indemnizarla y a tomar una serie de medidas en relaci&oacute;n con la violencia machista.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, durante a&ntilde;os este dictamen no se ha implementado, de modo que &Aacute;ngela decidi&oacute; exigir su cumplimiento ante los tribunales espa&ntilde;oles hasta llegar al Tribunal Supremo en casaci&oacute;n. Y se acaba de conocer la sentencia: el alto tribunal considera que el Estado &ldquo;vulner&oacute; derechos fundamentales de la recurrente, concretamente sus derechos a la igualdad y a no ser discriminada por raz&oacute;n de sexo, a la integridad f&iacute;sica y moral, y a la tutela judicial efectiva&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        El posicionamiento del Supremo tiene una enorme transcendencia, esta vez s&iacute;, pr&aacute;ctica: en primer lugar, permitir&aacute; resarcir la injusticia a la que se ha visto sometida &Aacute;ngela durante tanto tiempo. Este caso es muy importante porque cambiar&aacute; su realidad, pero tambi&eacute;n la de muchas otras mujeres si se adoptan las medidas que se establecen en el dictamen. Este efecto multiplicador tiene un nombre: litigio estrat&eacute;gico, es decir, casos emblem&aacute;ticos cuya resoluci&oacute;n permiten cambiar una vulneraci&oacute;n de derechos generalizada.
    </p><p class="article-text">
        En segundo lugar, la clara interpretaci&oacute;n del Tribunal Supremo respecto a la vinculatoriedad de los dict&aacute;menes de los comit&eacute;s de Naciones Unidas es un paso de gigante. Hasta ahora, el Gobierno se hab&iacute;a limitado a considerar que el Derecho Internacional de los Derechos Humanos es algo m&aacute;s bien simb&oacute;lico, y que no tiene por qu&eacute; generar efectos pr&aacute;cticos en nuestro ordenamiento jur&iacute;dico como s&iacute; lo hace, por ejemplo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Pues bien, la sentencia del Supremo establece lo contrario, teniendo en cuenta que se ratific&oacute; y public&oacute; en el BOE la Convenci&oacute;n sobre la Eliminaci&oacute;n de Todas Formas de Discriminaci&oacute;n contra la Mujer (CEDAW por sus siglas en ingl&eacute;s) y que, en virtud de los art&iacute;culos 10.2 y 96 de la Constituci&oacute;n espa&ntilde;ola, forma parte del ordenamiento jur&iacute;dico interno.
    </p><p class="article-text">
        En tercer lugar, hay otra consecuencia directa de esta sentencia. Est&aacute; sobre la mesa la implementaci&oacute;n de un dictamen del Comit&eacute; de Derechos Econ&oacute;micos, Sociales y Culturales, cuyo Pacto Internacional tambi&eacute;n est&aacute; ratificado por Espa&ntilde;a, as&iacute; como su Protocolo. El dictamen, de hace un a&ntilde;o, condena a Espa&ntilde;a por vulneraci&oacute;n del derecho a la vivienda, y le insta a modificar el procedimiento de desahucio y garantizar que nadie pierda su vivienda si no hay un realojo por parte de la administraci&oacute;n. Diversas organizaciones de la sociedad civil y del mundo de la abogac&iacute;a nos hemos unido para conseguir la aplicaci&oacute;n de dichas recomendaciones, trabajando de cerca con el Defensor del Pueblo y manteniendo reuniones con los grupos parlamentarios.
    </p><p class="article-text">
        Finalmente, tal vez ha llegado el momento, aprovechando asimismo la coyuntura del nuevo gobierno, de empezar a creer en el sistema de Naciones Unidas, con todas sus dificultades, y tomar en serio sus directrices y recomendaciones. En marzo de 2018 Espa&ntilde;a fue examinada ante el Comit&eacute; DESC, con un suspenso may&uacute;sculo y unas conclusiones muy claras sobre vivienda, salud o libertad sindical.
    </p><p class="article-text">
        Desde la Plataforma DESC, donde participamos decenas de entidades de derechos humanos, del tercer sector y sindicatos, hemos propiciado la creaci&oacute;n en el Congreso de un intergrupo parlamentario que facilite dicha implementaci&oacute;n. Pero, adem&aacute;s, un verdadero &oacute;rgano interministerial que permita esa tarea ser&iacute;a sin duda de gran ayuda, es decir, un cauce adecuado para dar cumplimiento al Derecho Internacional de los Derechos Humanos y los art&iacute;culos 10 y 96 de la Constituci&oacute;n Espa&ntilde;ola, tal y como se ha reiterado por parte de la ONU en varias ocasiones. La sentencia del Supremo es sin duda una oportunidad de oro para hacerlo realidad.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Irene Escorihuela Blasco]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/angela-oportunidad-creernos-derechos-humanos_132_2008731.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 23 Jul 2018 20:06:16 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El caso de Ángela: la oportunidad de oro para creernos los derechos humanos]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Violencia machista,Tribunal Supremo,Reforma constitucional]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La debilitación de la integración regional en América: un obstáculo para los derechos humanos]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/debilitacion-integracion-regional-america-obstaculo_132_3947786.html]]></link>
      <description><![CDATA[<div class="subtitles"><p class="subtitle">El aparente ocaso de algunos de los gobiernos progresistas de la región, las actuales tensiones políticas y las constantes amenazas de "golpes blandos” dificultan todavía más la integración latinoamericana a la que se aspiraba desde las repúblicas bolivarianas</p></div><p class="article-text">
        Que &ldquo;la solidaridad es la ternura de los pueblos&rdquo; es algo que en Am&eacute;rica Latina se palpa a diario. La com&uacute;n historia de ser colonia y patio trasero, las dictaduras y las desapariciones forzosas forman parte de un pasado compartido por la mayor&iacute;a de sus pa&iacute;ses. Para cualquiera que conozca la regi&oacute;n, no cabe duda de que el continente latinoamericano mantiene viva esa hermandad tan distinta a la de Europa. La crisis de los refugiados, las pol&iacute;ticas de austeridad o el auge de la extrema derecha no van precisamente en la l&iacute;nea de la integraci&oacute;n. Sin embargo, las instituciones comunitarias son r&iacute;gidas y ejercen un fuerte poder sobre los estados -que a menudo perjudica los m&aacute;s d&eacute;biles-.
    </p><h3 class="article-text">Una integraci&oacute;n regional d&eacute;bil</h3><p class="article-text">
        En Am&eacute;rica Latina sucede lo contrario: aunque la voluntad y la necesidad de integraci&oacute;n han sido vigorosas durante a&ntilde;os, los mecanismos a menudo han resultado d&eacute;biles e ineficaces. La Organizaci&oacute;n de Estados Americanos (OEA) es la estructura regional m&aacute;s antigua: su creaci&oacute;n data del a&ntilde;o 1948 y la conforman 36 pa&iacute;ses del continente americano. Posteriormente, diversas iniciativas subregionales han surgido en base a afinidades pol&iacute;ticas, econ&oacute;micas y de proximidad: la Comunidad Andina (CAN), el Mercosur, Unasur, la Alianza del Pac&iacute;fico, la Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra Am&eacute;rica (ALBA) o la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribe&ntilde;os (CELAC). Esta &uacute;ltima, conformada por los 33 estados, es la apuesta m&aacute;s reciente y robusta que ha entrado a disputar la hegemon&iacute;a regional a la OEA. En ocasiones se ha considerado que la CELAC se configura como un proyecto m&aacute;s leg&iacute;timo que la OEA por el hecho de no incorporar a los Estados Unidos y Canad&aacute; entre sus miembros.
    </p><p class="article-text">
        El impulso que Hugo Ch&aacute;vez dio a la integraci&oacute;n y cooperaci&oacute;n regional, especialmente mediante el ALBA y la CELAC, ha perdido fuerza tras su muerte. Con mayor o menor &eacute;xito, el proyecto del ALBA-TCP aportaba f&oacute;rmulas innovadoras de relaci&oacute;n interestatal en materia de solidaridad e intercambio econ&oacute;mico. No obstante, el aparente ocaso de algunos de los gobiernos progresistas de la regi&oacute;n, las actuales tensiones pol&iacute;ticas y las constantes amenazas de &ldquo;golpes blandos&rdquo; dificultan todav&iacute;a m&aacute;s la integraci&oacute;n latinoamericana a la que se aspiraba desde las rep&uacute;blicas bolivarianas y del buen vivir.
    </p><h3 class="article-text">Pero... &iquest;qui&eacute;n vigila a los Estados?</h3><p class="article-text">
        El debilitamiento de la integraci&oacute;n regional tambi&eacute;n afecta de forma clara a la garant&iacute;a de los derechos humanos en Am&eacute;rica. Junto con las estructuras regionales de car&aacute;cter pol&iacute;tico y econ&oacute;mico coexisten los sistemas de protecci&oacute;n de los derechos humanos. Se trata de instancias judiciales o cuasijudiciales que velan por el cumplimiento de las cartas o pactos regionales firmados por los estados, donde se comprometen a proteger, promover y respetar los derechos humanos.
    </p><p class="article-text">
        En Europa contamos con el Consejo de Europa, nacido en 1949 y formado por 47 Estados. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos es su instituci&oacute;n m&aacute;s emblem&aacute;tica: supervisa el respeto al Convenio Europeo de Derechos Humanos. Am&eacute;rica, por su parte, cuenta con el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Con sede en Washington, est&aacute; compuesto por la Comisi&oacute;n (CIDH) y la Corte, que resuelven sobre vulneraciones de la Convenci&oacute;n Americana sobre Derechos Humanos (CADH).
    </p><p class="article-text">
        La trayectoria de esta instituci&oacute;n, sin duda imprescindible durante las dictaduras del Cono Sur, ha sido puesta en duda durante los &uacute;ltimos a&ntilde;os por los gobiernos progresistas de la regi&oacute;n. La Comisi&oacute;n y la Corte han realizado un s&oacute;lido trabajo en materia de derechos humanos, pero algunos pa&iacute;ses han denunciado interferencias pol&iacute;ticas en sus actuaciones en el &uacute;ltimo lustro. Las principales problem&aacute;ticas: el desajuste entre aportaciones econ&oacute;micas y jurisdicci&oacute;n o la preferencia a actuar en determinados pa&iacute;ses. A pesar de tener la sede en Washington y de que Estados Unidos financie su actuaci&oacute;n, este pa&iacute;s no ha ratificado la CADH y por lo tanto no se pueden enjuiciar sus vulneraciones de derechos humanos. Esta anomal&iacute;a ha llevado a mandatarios como Rafael Correa o Evo Morales a cuestionar su funcionamiento e incluso a abandonarlas, como es el caso de Venezuela. La gota que ha colmado el vaso ha sido la gerencia poco diplom&aacute;tica de Luis Almagro, el actual secretario general de la OEA, quien ha participado recientemente en una pugna con el gobierno de Maduro. Los conflictos pol&iacute;ticos en el seno de la OEA tienen un peso importante en este debate.
    </p><h3 class="article-text">La CIDH en crisis</h3><p class="article-text">
        Sin embargo, si bien ciertas cr&iacute;ticas son comprensibles desde una &oacute;ptica de izquierdas, otras no lo son tanto. Esgrimir la soberan&iacute;a estatal para evitar la investigaci&oacute;n de vulneraciones de derechos humanos es un error pol&iacute;tico de gran envergadura. Mal que nos pese, los estados necesitan de un organismo externo e independiente capaz de monitorear los avances y retrocesos en materia de derechos humanos en la regi&oacute;n. El marco de sus actuaciones puede ser la OEA u otro foro regional que genere m&aacute;s consenso, pero hasta el momento el instrumento que garantiza los derechos en el continente es la Carta Americana de Derechos Humanos. La propuesta de implementaci&oacute;n de un nuevo mecanismo latinoamericano de protecci&oacute;n de los derechos humanos no ha llegado a ver la luz.
    </p><p class="article-text">
        En la actualidad, una reducci&oacute;n dr&aacute;stica de las aportaciones de los estados conlleva el desmantelamiento de gran parte de la CIDH, recortando el 40% de su plantilla. Financiar un ojo cr&iacute;tico a los gobiernos y apostar por los derechos humanos deber&iacute;a ser una premisa b&aacute;sica para cualquier estado democr&aacute;tico. La campa&ntilde;a #CIDHencrisis denuncia la situaci&oacute;n cr&iacute;tica en que se encuentra actualmente este sistema.
    </p><p class="article-text">
         Desde las organizaciones de derechos humanos se reivindica el rol de la CIDH y la necesidad de un sistema que vele por evitar y denunciar los abusos de los gobiernos. Las pugnas pol&iacute;ticas no deber&iacute;an debilitar a la CIDH sin una propuesta alternativa. Se trata sin duda una mala noticia para los defensores de derechos humanos de Am&eacute;rica Latina y la ciudadan&iacute;a en su conjunto, que quedar&aacute; desamparada ante el mal funcionamiento de las jurisdicciones nacionales y las vulneraciones por parte de los estados, desgraciadamente numerosas a d&iacute;a de hoy.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Irene Escorihuela Blasco]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/debilitacion-integracion-regional-america-obstaculo_132_3947786.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 13 Jun 2016 18:08:13 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[La debilitación de la integración regional en América: un obstáculo para los derechos humanos]]></media:title>
      <media:keywords><![CDATA[Latinoamérica]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Una (ley de) segunda oportunidad perdida]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/segunda-oportunidad-hipotecas-sobreendeudamiento_132_4316157.html]]></link>
      <description><![CDATA[<div class="subtitles"><p class="subtitle">La Ley del PP para acabar con el sobreendeudamiento de las familias contempla un procedimiento excesivamente lento y complicado.</p><p class="subtitle">Para las personas afectadas por la hipoteca se trata de una medida que alarga la agonía de la estafa hipotecaria.</p></div><p class="article-text">
        Mariano Rajoy aprovech&oacute; la ocasi&oacute;n que le brindaba el debate sobre el estado de la naci&oacute;n para anunciar una medida orientada a acabar con el sufrimiento de las personas agobiadas por las deudas. La iniciativa, tramitada como real decreto, y por lo tanto sin apenas tr&aacute;mite parlamentario, fue presentada por el Presidente del Gobierno como un procedimiento &ldquo;especialmente sencillo&rdquo; para &ldquo;salvar&rdquo; a las familias sobreendeudadas.
    </p><p class="article-text">
        La necesidad de disponer de mecanismos legales que otorguen una segunda oportunidad a las personas sobreendeudadas ha sido reivindicada por la sociedad civil y propuesta por diversas formaciones pol&iacute;ticas, sin que el Partido Popular diese el brazo a torcer. De hecho, el derecho a una segunda oportunidad, el llamado &ldquo;fresh start&rdquo;, se recoge en diversas legislaciones de nuestro entorno. En t&eacute;rminos generales, consiste en someter a las personas sobreendeudadas a un plan de pagos acorde a su capacidad adquisitiva y durante un plazo de tiempo&nbsp;limitado que suele ser de tres a&ntilde;os. Superada esta etapa, las personas vuelven a empezar de cero.
    </p><p class="article-text">
        Este tipo de mecanismos evitan la &ldquo;muerte civil&rdquo; que supone la inscripci&oacute;n de por vida en registros de morosos o el embargo de la n&oacute;mina <em>in eternum</em>. Los beneficios para la econom&iacute;a son evidentes. La condonaci&oacute;n de las deudas permite que estas personas salgan de la econom&iacute;a sumergida sin temor a ver embargados sus ingresos. Al volver a ser sujetos de cr&eacute;dito disponen de posibilidades para reemprender su actividad econ&oacute;mica y profesional. En definitiva, se reactivan los circuitos de ingresos y crece el nivel de consumo de las familias.
    </p><p class="article-text">
        En el estado espa&ntilde;ol, en cambio, tan s&oacute;lo las empresas cuentan con la posibilidad real de liquidar deudas. Pese al impacto de la crisis, ni la reforma de la Ley Concursal por parte del Partido Socialista en 2011 ni las recientes modificaciones del Partido Popular han conseguido solventar el sobreendeudameinto de las personas f&iacute;sicas. El objetivo del gobierno, pues, deber&iacute;a ser superar esta anomal&iacute;a con respecto al resto de pa&iacute;ses europeos y resarcir a los ciudadanos sobrepasados por las deudas.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, si bien la ley no prev&eacute; ninguna exclusi&oacute;n expl&iacute;cita, al menos para las personas afectadas por la hipoteca ser&aacute; dif&iacute;cil conseguir la renombrada segunda oportunidad. La menci&oacute;n que se hace en la exposici&oacute;n de motivos respecto a que las personas f&iacute;sicas, tras un fracaso econ&oacute;mico, tengan la posibilidad de encarrilar nuevamente su vida, no se corresponde con el articulado de la ley, que presenta un procedimiento lento y complicado.
    </p><p class="article-text">
        Lento, porque las familias que decidan acogerse a la ley, con independencia del tiempo que ya acumulen en situaci&oacute;n de insolvencia, podr&aacute;n perfectamente tardar entre seis y siete a&ntilde;os m&aacute;s hasta conseguirlo. Complicado, porque obliga a superar distintas fases hasta llegar a la exoneraci&oacute;n definitiva de las deudas. En concreto, el Decreto Ley establece, en primer lugar, un procedimiento extrajudicial consistente en un acuerdo voluntario de pagos. El notario, o en su caso el mediador concursal, deber&aacute; proponer una serie de medidas como quitas o esperas que deber&aacute;n ser aceptadas voluntariamente por las dos partes. En caso de no llegar a un acuerdo o de no poder cumplir el plan de pagos se deber&aacute; instar un procedimiento judicial.
    </p><p class="article-text">
        La v&iacute;a extrajudicial seguramente resulta interesante cuando acreedor y deudor se encuentran en igualdad de condiciones. Adem&aacute;s, podr&iacute;a ayudar a descongestionar un sistema judicial colapsado. No obstante, siete a&ntilde;os de crisis han evidenciado la falta de predisposici&oacute;n de las entidades financieras a adoptar soluciones dignas para las personas afectadas. Los intentos de negociar con los responsables de las entidades financieras y los servicios de mediaci&oacute;n impulsados por las administraciones p&uacute;blicas constatan la dificultad de llegar a acuerdos satisfactorios. M&aacute;s bien, los bancos han aprovechado la desesperaci&oacute;n de estas personas para, a trav&eacute;s de servicios p&uacute;blicos de mediaci&oacute;n como Ofideute en Catalu&ntilde;a, impulsar renegociaciones y refinanciaciones de la hipoteca que acaban por empeorar la situaci&oacute;n inicial. A&uacute;n conociendo los abusos propiciados por los bancos, el proyecto prev&eacute; que sea el deudor hipotecario quien asuma el coste de la negociaci&oacute;n extrajudicial con independencia del resultado y de la actitud del banco en cuesti&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        La segunda fase, el concurso, consiste en liquidar todos los bienes de la persona que busca su segunda oportunidad. Se tendr&aacute; que desprender de todo aquello que pueda considerarse &ldquo;superfluo&rdquo;. No es hasta haber liquidado todas sus pertenencias que la persona hipotecada podr&aacute; solicitar la condonaci&oacute;n de sus deudas restantes. No obstante, la condonaci&oacute;n de las deudas no afecta a las deudas con Hacienda o con la Seguridad Social para las cuales se prev&eacute; un plan de pagos durante cinco a&ntilde;os. Se exige tambi&eacute;n haber colaborado con el procedimiento, ser introducido en un registro de morosos durante cinco a&ntilde;os, o no haber rechazado ning&uacute;n trabajo durante los &uacute;ltimos cuatro a&ntilde;os.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, la banca podr&aacute; recuperar los cr&eacute;ditos reclam&aacute;ndolos a las personas avalistas. La mayor&iacute;a de las familias con hipotecas tienen como avalistas a sus padres o familiares. Esto significa que ser&aacute;n ellos quienes deber&aacute;n responder con sus casas y ahorros ante la deuda restante tras la ejecuci&oacute;n hipotecaria. La regulaci&oacute;n tampoco prev&eacute; medidas para realojar a las personas que pasen por todo el proceso, ni introduce medidas orientadas a penalizar el abuso del cr&eacute;dito o la existencia de pr&aacute;cticas abusivas por parte de las entidades financieras.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        La cancelaci&oacute;n&nbsp;de las deudas, si llega, es provisional, ya que durante un per&iacute;odo de cinco a&ntilde;os podr&aacute; revocarse. Durante este tiempo, si se constata &ldquo;una mejora sustancial en las condiciones econ&oacute;micas&rdquo;, como heredar o ganar la loter&iacute;a, pero tambi&eacute;n encontrar un trabajo bien remunerado, la exoneraci&oacute;n de las deudas podr&iacute;a revertirse.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Esta circunstancia contradice&nbsp;las prerrogativas de los pa&iacute;ses de nuestro entorno en materia de segunda oportunidad. La espada de Damocles que pende durante cinco sobre estas personas en caso de &ldquo;mejor fortuna&rdquo; no existe en ninguna otra regulaci&oacute;n europea. En todas ellas, la revocaci&oacute;n de las deudas adem&aacute;s de llegar antes, cuando llega es definitiva.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        La celeridad con que se rescat&oacute; a las entidades financieras contrasta con el procedimiento impulsado para salvar a las personas afectadas por la crisis. A los bancos, dinero r&aacute;pido y sin contraprestaciones. A los ciudadanos, en cambio, largos y complejos mecanismos que dif&iacute;cilmente permiten empezar de nuevo. En definitiva, al menos para las personas afectadas por la hipoteca, no se trata de una segunda oportunidad, sino de un procedimiento que alarga a&uacute;n m&aacute;s la agon&iacute;a de la estafa hipotecaria.
    </p><p class="article-text">
        &nbsp;
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Irene Escorihuela Blasco]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/segunda-oportunidad-hipotecas-sobreendeudamiento_132_4316157.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 24 Mar 2015 19:47:55 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[Una (ley de) segunda oportunidad perdida]]></media:title>
      <media:keywords><![CDATA[Hipotecas]]></media:keywords>
    </item>
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