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    <title><![CDATA[elDiario.es - Albert Corominas]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/autores/albert_corominas/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Albert Corominas]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[El laberinto de los títulos universitarios]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/laberinto-titulos-universitarios_129_9675792.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/e583484a-d30d-4af3-8eb7-7757e94eb820_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El laberinto de los títulos universitarios"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Subsiste el riesgo de trivializar los títulos oficiales y de que sean 'canibalizados' por los propios, con repercusión en los precios de las matrículas y las tasas</p></div><p class="article-text">
        La tramitaci&oacute;n en el Congreso del Proyecto de Ley Org&aacute;nica del Sistema Universitario ofrece una oportunidad para resolver los problemas de dicho sistema. Entre ellos, y no son los menores, los que presenta la organizaci&oacute;n de las ense&ntilde;anzas, regulada por un decreto de setiembre de 2021.
    </p><p class="article-text">
        Tales ense&ntilde;anzas comprenden las de los t&iacute;tulos oficiales (grado, m&aacute;ster universitario, doctorado), que en las universidades p&uacute;blicas tienen precios regulados, y los estudios propios, que comprenden los de formaci&oacute;n permanente y otros sin denominaci&oacute;n ni funci&oacute;n definida en el sistema.
    </p><p class="article-text">
        En cuanto a los t&iacute;tulos oficiales, la oferta es a todas luces excesiva, comporta altos costes de producci&oacute;n y resulta confusa (hasta 20 nombres distintos para los grados relacionados con la administraci&oacute;n de empresas, por ejemplo), pese a que el decreto establece como un principio rector en el dise&ntilde;o de los planes de estudios oficiales &ldquo;su comprensibilidad social&rdquo;. Y el nombre de algunos grados (p. ej.,<em> Asistencia de Direcci&oacute;n</em>) sugiere que su alcance es inferior al propio de esta etapa formativa o que su car&aacute;cter especializado no concuerda con el &ldquo;objetivo fundamental de formaci&oacute;n b&aacute;sica y generalista&rdquo; correspondiente al grado.
    </p><p class="article-text">
        Los t&iacute;tulos oficiales se imparten en las facultades y escuelas de las universidades y tambi&eacute;n en los centros adscritos, p&uacute;blicos y privados, en los que no rigen los precios p&uacute;blicos. As&iacute;, crear un centro y adscribirlo es una posible v&iacute;a para que una universidad p&uacute;blica pueda percibir por ense&ntilde;anzas oficiales precios superiores a los p&uacute;blicos.
    </p><p class="article-text">
        Los t&iacute;tulos propios, los no oficiales, incluyen una amplia gama de programas docentes, diversos por su n&uacute;mero de cr&eacute;ditos, por el personal docente y por la entidad que los implementa, que puede ser la propia universidad, una fundaci&oacute;n o similar perteneciente a la universidad o, mediante convenio, un centro privado. Puede haber, pues, t&iacute;tulos propios impartidos fuera de la universidad y sin participaci&oacute;n de su personal, tal vez bajo la supervisi&oacute;n de alg&uacute;n centro o departamento.
    </p><p class="article-text">
        Antes de 2008 hab&iacute;a un cat&aacute;logo (una lista limitada) de 140 t&iacute;tulos universitarios oficiales. Pod&iacute;a tener sentido implantar, para un nuevo &aacute;mbito de conocimiento, un t&iacute;tulo propio, con caracter&iacute;sticas similares a las de los oficiales, a fin de que fuera reconocido e incorporado al Cat&aacute;logo. Pero desde que este fue sustituido por el Registro de Universidades, Centros y T&iacute;tulos, en el que se inscriben, con la denominaci&oacute;n propuesta por la universidad, los t&iacute;tulos que superan un proceso de verificaci&oacute;n, no parece haber otros motivos para la existencia de t&iacute;tulos propios parecidos a los oficiales que la poca calidad de la propuesta o, en el caso de las universidades p&uacute;blicas, la voluntad de sortear los l&iacute;mites fijados para los precios.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Ciertamente, la idea de ofrecer <em>grados propios</em> no ha prosperado, aunque alguna universidad los ha llegado a programar. En cambio, existen infinidad de m&aacute;steres que no son <em>m&aacute;steres universitarios</em>: m&aacute;steres propios de las universidades (pero no <em>universitarios</em>), m&aacute;steres (tal vez <em>propios</em>) impartidos en fundaciones o entidades similares dependientes de las universidades o en entidades privadas, con pocas restricciones en cuanto a sus caracter&iacute;sticas (contenido, profesorado, instalaciones).
    </p><p class="article-text">
        El conjunto es confuso y tiene elementos que no se ajustan a los objetivos de formaci&oacute;n deseables y previstos por la ley. En los grados, la confusi&oacute;n proviene de la misma oferta de t&iacute;tulos oficiales. En los m&aacute;steres, de la concurrencia de los <em>universitarios</em> con otros de variadas caracter&iacute;sticas, sin los efectos de los oficiales y en perjuicio de estos &uacute;ltimos.
    </p><p class="article-text">
        Las causas m&aacute;s inmediatas de este estado de cosas son la concepci&oacute;n de la ense&ntilde;anza superior como un mercado competitivo y los recortes presupuestarios en las universidades p&uacute;blicas, que las han inducido a diversificar su oferta docente con el objetivo de captar m&aacute;s estudiantes y, as&iacute;, m&aacute;s recursos.
    </p><p class="article-text">
        El decreto de 2021 es un intento de poner orden, pero es t&iacute;mido, concede plazos transitorios demasiado largos y no estructura claramente el &aacute;mbito de las ense&ntilde;anzas universitarias no oficiales.
    </p><p class="article-text">
        Lamentablemente, el Proyecto de ley actualmente en tr&aacute;mite no aporta nada nuevo en relaci&oacute;n con esta problem&aacute;tica. Asume, por omisi&oacute;n, la situaci&oacute;n de la oferta de grados y no contiene elementos para regular y distinguir debidamente los &aacute;mbitos del posgrado oficial y de la formaci&oacute;n permanente.
    </p><p class="article-text">
        La ley deber&iacute;a garantizar el car&aacute;cter universitario de los t&iacute;tulos propios y que la calidad de su docencia sea comparable con la de los t&iacute;tulos oficiales. Y evitar as&iacute; que, a trav&eacute;s de entidades vinculadas m&aacute;s o menos estrechamente a la universidad, se ofrezcan como t&iacute;tulos propios estudios con escasa o nula intervenci&oacute;n de su profesorado.<strong> </strong>Los t&iacute;tulos propios deber&iacute;an llevarse a cabo bajo la responsabilidad de unidades acad&eacute;micas de la universidad y por medio de su personal docente e investigador.
    </p><p class="article-text">
        La confusi&oacute;n de los t&iacute;tulos propios con los oficiales deber&iacute;a vedarse de forma m&aacute;s precisa que la prevista en el Proyecto de ley, en el cual se indica que &ldquo;las universidades y otros centros de estudios superiores deber&aacute;n evitar que la denominaci&oacute;n o el formato de sus t&iacute;tulos propios puedan inducir a confusi&oacute;n con respecto a los t&iacute;tulos universitarios oficiales&rdquo;, sin m&aacute;s detalle y sin prever qu&eacute; medidas deber&iacute;an adoptarse en caso de incumplimiento de este precepto, que el propio texto contradice al introducir como t&iacute;tulos propios los <em>microgrados</em>.
    </p><p class="article-text">
        Subsiste, pues, el riesgo de trivializar los t&iacute;tulos oficiales y de que sean progresivamente <em>canibalizados</em> por los propios, con la repercusi&oacute;n consiguiente sobre los precios de las matr&iacute;culas y las tasas.
    </p><p class="article-text">
        La nueva ley podr&iacute;a racionalizar la oferta de grados y ajustarla a los objetivos formativos que les corresponden, eliminar la confusi&oacute;n entre t&iacute;tulos oficiales y propios, robustecer las garant&iacute;as de calidad, evitar el uso indebido de la adscripci&oacute;n de centros y, finalmente, poner barreras a la canibalizaci&oacute;n de los t&iacute;tulos oficiales por t&iacute;tulos propios.
    </p><p class="article-text">
        Que eso sea as&iacute;, o no, depende ahora del Congreso.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Albert Corominas]]></dc:creator>
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      <pubDate><![CDATA[Wed, 02 Nov 2022 21:44:12 +0000]]></pubDate>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Rey Juan Carlos: un roc a la sabata de les universitats públiques espanyoles]]></title>
      <link><![CDATA[http://diarieducacio.cat/rey-juan-carlos-roc-sabata-universitats-publiques-espanyoles/]]></link>
      <description><![CDATA[]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Albert Corominas]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[http://diarieducacio.cat/rey-juan-carlos-roc-sabata-universitats-publiques-espanyoles/]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 17 Mar 2017 05:00:00 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[La Rey Juan Carlos: un roc a la sabata de les universitats públiques espanyoles]]></media:title>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[¿Vicios privados en las universidades públicas?]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/opinions/vicios-privados-universidades-publicas_132_3774873.html]]></link>
      <description><![CDATA[<div class="list">
                    <ul>
                                    <li><a href="http://diarieducacio.cat/vicis-privats-a-les-universitats-publiques/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia"><strong>Este es un art&iacute;culo publicado en El Diari de l'Educaci&oacute;</strong></a></li>
                            </ul>
            </div><p class="article-text">
        Hace unos meses <a href="http://cadenaser.com/emisora/2016/04/15/radio_barcelona/1460746240_788695.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">se hizo p&uacute;blico que profesores de una universidad p&uacute;blica catalana hab&iacute;an gastado</a>, entre 2009 y 2014, a trav&eacute;s de una fundaci&oacute;n de universidad, unos 800.000 euros en actividades &ndash;tales como viajes, hoteles, comidas o compra de DVD&ndash; que no ten&iacute;an ninguna relaci&oacute;n aparente con la docencia ni con la investigaci&oacute;n. La misma fundaci&oacute;n hab&iacute;a hecho gastos para nada m&oacute;dicos, incluido el alquiler de un velero y fiestas de inicio y de final de curso para su personal.&nbsp;El rector, en una comparecencia parlamentaria motivada por estos hechos, dijo que no se opondr&iacute;a a un cambio en el modelo de gesti&oacute;n de muchas entidades de este tipo que, de acuerdo con sus palabras, en su momento se crearon para ganar flexibilidad, pero que en muchos casos se hab&iacute;a tenido que ir con mucho cuidado. La Sindicatura de Cuentas ha se&ntilde;alado hechos similares en otros momentos y en otras universidades.
    </p><p class="article-text">
        &iquest;C&oacute;mo pueden pasar cosas as&iacute;? &iquest;Por qu&eacute; pasan? Por lo menos, se pueden apuntar tres causas.
    </p><h3 class="article-text">Las leyes: &iquest;obst&aacute;culo o garant&iacute;a?</h3><p class="article-text">
        En primer lugar, sigue muy extendida la visi&oacute;n de la ley como una amenaza y un obst&aacute;culo, y no como un instrumento de protecci&oacute;n de derechos, por lo que&nbsp;salt&aacute;rsela a menudo es bien visto socialmente, considerado como algo meritorio y digno de ser ensalzado &ndash;el fraude fiscal, por ejemplo, puede llegar a generar muestras p&uacute;blicas de comprensi&oacute;n y de solidaridad&ndash;. Es, en parte, una herencia del siniestro r&eacute;gimen franquista que, cuarenta a&ntilde;os despu&eacute;s, marca todav&iacute;a muchos de los comportamientos en nuestra sociedad.
    </p><h3 class="article-text">Pa&iacute;s de jauja</h3><p class="article-text">
        La ley de reforma universitaria de 1983 estableci&oacute; el derecho del profesorado a cobrar por trabajos en el marco de contratos con empresas o instituciones, y esto se ha mantenido en todas las leyes universitarias posteriores. As&iacute; se fomentaba la relaci&oacute;n de las universidades con el entorno y la obtenci&oacute;n de recursos para universidades y profesorados, que estaban bastante faltos de ello. Pocos a&ntilde;os despu&eacute;s, Espa&ntilde;a era el pa&iacute;s europeo en el que uno se pod&iacute;a enriquecer m&aacute;s f&aacute;cilmente y m&aacute;s r&aacute;pidamente, como dijo, memorablemente y significativamente, el ministro socialista Carlos Solchaga. Un medio propicio para relajar controles y para que una parte del profesorado considerara que el dinero generado con los contratos era suyo y lo pod&iacute;a gastar como considerara oportuno. Pero lo que preve&iacute;a la ley de 1983 es que este dinero se pod&iacute;an cobrar en una n&oacute;mina, respetando los l&iacute;mites establecidos y las regulaciones fiscales correspondientes, y no gast&aacute;rselo directamente en recreos y facilitar as&iacute; la elusi&oacute;n de impuestos.
    </p><h3 class="article-text">Gesti&oacute;n privada de lo p&uacute;blico</h3><p class="article-text">
        Mientras tanto, bajo el impulso de la primera ministra inglesa Margaret Thatcher y del presidente estadounidense Ronald Reagan, el neoliberalismo, y en particular el concepto de <em>New Public Management</em> (NEP: no debe confundirse con la <em>New Economic Policy</em> de Lenin, en los primeros a&ntilde;os de la URSS), iba ganando terreno. En s&iacute;ntesis, la NEP (ahora superada por la NEG, <em>New Economic Governance</em>) consiste en introducir conceptos y pr&aacute;cticas de la gesti&oacute;n privada en el sector p&uacute;blico, tachado de r&iacute;gido y pesado. En el ambiente creado por este discurso, varias administraciones p&uacute;blicas han generado entidades de propiedad p&uacute;blica y derecho privado.&nbsp;Recordemos, por ejemplo, que <a href="http://www.eldiario.es/catalunya/barcelona/Colau-presuntas-irregularidades-Pujol-Trias_0_445855699.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el actual gobierno municipal de Barcelona ha llevado a la fiscal&iacute;a el caso de Barcelona Regional, SA</a>, creada por el ayuntamiento de Barcelona, por actuaciones llevadas a cabo por su filial Barcelona Strategical and Urban Systems (BSUS).
    </p><p class="article-text">
        El control p&uacute;blico, ejercido por las personas elegidas democr&aacute;ticamente por la ciudadan&iacute;a, se diluye a medida que se intercalan estratos entre la entidad p&uacute;blica y la sociedad o fundaci&oacute;n que lleva a cabo las actividades. Que estas pr&aacute;cticas agilicen la gesti&oacute;n o reduzcan los costes es dudoso (cada entidad, por el solo hecho de existir, genera unos costes fijos correspondientes a locales y estructuras de direcci&oacute;n y de administraci&oacute;n), pero est&aacute; claro que facilitan las irregularidades, sean por acci&oacute;n o por omisi&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        En cuanto a las universidades, aunque gozan de un margen muy amplio en su gesti&oacute;n &ndash;a diferencia de los ayuntamientos, por ejemplo, no est&aacute;n sujetas a intervenci&oacute;n y rinden cuentas a posteriori&ndash; a menudo han considerado conveniente, en este ambiente de desprestigio de la cosa p&uacute;blica y de ensalzamiento de la privada, constituir sociedades o fundaciones, en particular para gestionar la formaci&oacute;n permanente o, en algunos casos, los contratos de la universidad con entidades p&uacute;blicas y privadas. Incluso se da el caso de fundaciones de universidades p&uacute;blicas que han creado centros docentes, de derecho privado, adscritos a las mismas universidades, en los que se imparten t&iacute;tulos oficiales a precios muy superior a los p&uacute;blicos. Todas estas entidades se rigen por normas menos estrictas que las de las administraciones p&uacute;blicas y, al tener personalidad jur&iacute;dica, objetivos y &oacute;rganos de gobierno propios, el control por parte las universidades que son responsables se complica y, as&iacute;, es m&aacute;s f&aacute;cil que se lo produzcan anomal&iacute;as y que se celebren actos, irregulares o no, impropios de una universidad p&uacute;blica como aquellos a que se ha hecho referencia m&aacute;s arriba.
    </p><h3 class="article-text">Una cuesti&oacute;n moral</h3><p class="article-text">
        En comparaci&oacute;n con los grandes esc&aacute;ndalos de corrupci&oacute;n que se han hecho habituales en nuestro entorno, irregularidades como las mencionadas pueden parecer insignificantes, pero no caben la tolerancia ni la resignaci&oacute;n, porque, por encima de todo, se trata de una cuesti&oacute;n moral.
    </p><p class="article-text">
        No es posible que todos los miembros de unas comunidades tan numerosas como las universitarias se comporten ejemplarmente, pero las universidades p&uacute;blicas deben ser ejemplares.&nbsp;Es necesario que controles internos, consejos de gobierno y consejos sociales celen&nbsp;escrupulosamente el cumplimiento estricto de la legalidad y erradiquen las irregularidades, sin excepciones ni vacilaciones. Y que se reviertan decisiones organizativas adoptadas en circunstancias muy diferentes de las actuales y que han mostrado sus limitaciones y peligros.
    </p><p class="article-text">
        Y es necesario que las universidades fomenten la transparencia y, sobre todo, un cambio cultural que propicie el rechazo activo de las pr&aacute;cticas incorrectas en las propias universidades y en&nbsp;las entidades en las que participan.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Albert Corominas]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/opinions/vicios-privados-universidades-publicas_132_3774873.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sat, 22 Oct 2016 20:17:46 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[¿Vicios privados en las universidades públicas?]]></media:title>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Vicis privats a les universitats públiques?]]></title>
      <link><![CDATA[http://diarieducacio.cat/vicis-privats-a-les-universitats-publiques/]]></link>
      <description><![CDATA[]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Albert Corominas]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[http://diarieducacio.cat/vicis-privats-a-les-universitats-publiques/]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 20 Oct 2016 15:53:03 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[Vicis privats a les universitats públiques?]]></media:title>
    </item>
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