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    <title><![CDATA[elDiario.es - Olga Sainz de Aja Iges]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/autores/olga_sainz_de_aja_iges/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Olga Sainz de Aja Iges]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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    <item>
      <title><![CDATA[He venido a votar no, pero voy a votar sí ]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/venido-votar-voy_132_3138368.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/a674c8a4-3a85-4caa-bb5b-265c8796acc1_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="He venido a votar no, pero voy a votar sí "></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Si la democracia, para existir, necesita el consentimiento del pueblo, el uso de la violencia indiscriminada ataca directamente la soberanía popular e incurre en la quiebra del pacto social en el que basamos nuestra convivencia</p></div><p class="article-text">
        9:00 AM, 1-O, Escola Mediterrani, Barcelona.
    </p><p class="article-text">
        No se han abierto las puertas y unas cuantas personas, mayoritariamente mujeres, protegen la entrada para garantizar que se pueda votar.
    </p><p class="article-text">
        Como en tantas otras escuelas que visitamos y testimonios que recogimos, la Polic&iacute;a Nacional hace acto de presencia con poco respeto al manido principio de que la primera garant&iacute;a ha de ser la Seguridad Ciudadana.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        La PN revienta la puerta de la escuela y comienzan a caer al suelo y a ser agredidas se&ntilde;oras de avanzada edad. Los Mossos intervienen levantando y separando a las personas m&aacute;s vulnerables; ello provoca un enfrentamiento entre ambas Fuerzas de Seguridad.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Una mujer mayor se acerca a otra mujer que porta un chaleco y acreditaci&oacute;n y le relata c&oacute;mo le han golpeado, rellena un formulario y sentencia: &ldquo;He venido a votar que no, pero ahora voy a votar s&iacute;.&rdquo;&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Lo anterior es un resumen del testimonio que recogemos de Montse, una de tantas que se organizaron para observar el incumplimiento de Derechos Humanos al que ha conducido esta situaci&oacute;n de excepcionalidad y suspensi&oacute;n de garant&iacute;as democr&aacute;ticas.
    </p><p class="article-text">
        Montse est&aacute; cansada, y nosotros tambi&eacute;n, llevamos desde la madrugada en las calles. Se sienta en una mesa en la que ambos compartimos un ordenador, recogemos las pruebas y testimonios de los grupos de observadores. Montse comienza a hablar en catal&aacute;n. &ldquo;Disculpe, somos castellanoparlantes&rdquo;. Ella nos sonr&iacute;e, &ldquo;&iquest;De d&oacute;nde sois?&rdquo; -De Madrid. &ldquo;&iquest;Y est&aacute;is aqu&iacute;? Gracias&rdquo;.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Nos han dado muchas veces las gracias estos d&iacute;as.
    </p><p class="article-text">
        Deviene incomprensible la demostraci&oacute;n de violencia institucional, y m&aacute;s a&uacute;n el amparo moral de que la polic&iacute;a &uacute;nicamente defend&iacute;a la legalidad. Nos preguntamos si el uso proporcionado o desproporcionado de la fuerza, es decir, el abuso de autoridad, es la &uacute;nica v&iacute;a para evitar una ilegalidad.
    </p><p class="article-text">
        &iquest;Destrozar puertas, empujar, pegar, arrastrar, tirar de los pelos, utilizar gases lacrim&oacute;genos, pelotas de goma y balas de fogueo era la &uacute;nica manera de impedir esta votaci&oacute;n, llam&eacute;mosla refer&eacute;ndum o de cualquier otra forma?&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Esta situaci&oacute;n ya se avecinaba como una demostraci&oacute;n de fuerza, de ah&iacute; el recordatorio del Alto Comisionado de Derechos humanos de la ONU el d&iacute;a antes: &ldquo;independientemente de la legalidad del refer&eacute;ndum, las autoridades espa&ntilde;olas tienen la responsabilidad de respetar los derechos que son esenciales para las sociedades democr&aacute;ticas.&rdquo; Y eso no sucedi&oacute;, por muchas mordazas que pongamos a la Justicia.
    </p><p class="article-text">
        La Resoluci&oacute;n 2116/2016 del Consejo de Europa, de 27 de mayo de 2016, indica que &ldquo;Las concentraciones son habitualmente el &uacute;ltimo mecanismo del que disponen los ciudadanos para ser escuchados; restringir este derecho o usar violencia contra manifestantes pac&iacute;ficos erosiona la democracia.&rdquo;
    </p><p class="article-text">
        Por su parte, la Recomendaci&oacute;n 2001/10 del Comit&eacute; de Ministros a los Estados Miembros sobre un C&oacute;digo Europeo de &Eacute;tica Policial, de 19 de septiembre de 2001, da en el clavo cuando asegura que &ldquo;La polic&iacute;a puede utilizar la fuerza s&oacute;lo cuando sea estrictamente necesario y s&oacute;lo hasta el l&iacute;mite necesario para alcanzar un objetivo leg&iacute;timo&rdquo;. Es decir, que debe ser el &uacute;ltimo recurso disponible y siempre proporcional al objetivo pretendido.&nbsp; &nbsp;
    </p><p class="article-text">
        El refer&eacute;ndum hab&iacute;a sido suspendido cautelarmente por el Constitucional antes de iniciarse el 1-O, por lo que sus efectos jur&iacute;dicos eran, sin duda, inexistentes. Nada legal pod&iacute;a salir de una consulta ilegal. Pod&iacute;an haber votado el 100% de los catalanes llamados a votar y a&uacute;n as&iacute; las consecuencias legales habr&iacute;an sido las mismas. Lo que estaba en juego no era el derecho al voto, era el derecho a la libertad de participaci&oacute;n pol&iacute;tica, expresi&oacute;n y manifestaci&oacute;n de miles de personas, y deb&iacute;a haberse protegido.&nbsp;&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        El punto 13 de los principios b&aacute;sicos de la ONU para la dispersi&oacute;n de concentraciones nos indica que en caso de manifestaciones ilegales pac&iacute;ficas &ldquo;los agentes de la autoridad deber&aacute;n evitar el uso de la fuerza o, si resulta necesario, deber&aacute;n restringir su uso al m&iacute;nimo imprescindible&rdquo;
    </p><p class="article-text">
        Se nos recuerda aqu&iacute; que no basta con esgrimir la proporcionalidad en el uso de la fuerza, sino que previamente hay que dirimir su necesidad estricta. Hemos asistido a un uso de la fuerza no s&oacute;lo excesivo y desproporcionado sino, ante todo, innecesario.
    </p><p class="article-text">
        Como resultado de ello hay cientos de heridos, el Tribunal Constitucional se apunta a la modalidad express y fascistas caminan cantando el Cara al Sol por las calles.
    </p><p class="article-text">
        A lo largo de estas semanas, hemos visto c&oacute;mo se registraban imprentas, confiscaban materiales electorales, se bloqueaban sitios webs, se deten&iacute;an cargos p&uacute;blicos, y se prohib&iacute;an reuniones pol&iacute;ticas. Todas ellas conductas vulneradoras de las m&iacute;nimas libertades civiles, y propias de otras &eacute;pocas ya vividas en esta Espa&ntilde;a; encaminadas no s&oacute;lo a comportamientos violentos y represivos, sino a limitar el flujo de informaci&oacute;n p&uacute;blica.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Y as&iacute; nos acostamos el domingo 1 de octubre, despertando el 3 en Madrid, escuchando aqu&iacute; sentimientos contradictorios. Por un lado, la comprensi&oacute;n y solidaridad con la gente que fue a votar a pesar del temor a la violencia policial, pero tambi&eacute;n el recelo respecto de las posiciones pol&iacute;ticas que promueven el independentismo y, sobre todo, con sus motivaciones. Enorme fractura la que sentimos entre lo institucional y lo popular.
    </p><p class="article-text">
        Se ha antepuesto el fondo de la decisi&oacute;n sobre el propio derecho de la poblaci&oacute;n catalana a tomar una decisi&oacute;n. No es cuesti&oacute;n de qu&eacute; pongas en la papeleta, sino de que puedas, simplemente, votar.
    </p><p class="article-text">
        Nuestra experiencia no deja de ser emocional, todas las personas actuamos y votamos guiados por ideas v&aacute;lidas y razonadas, pero tambi&eacute;n por sentimientos, intereses propios y hasta errores. &ldquo;Entre mi madre y la Justicia, escojo mi madre&rdquo;, dec&iacute;a Camus a prop&oacute;sito de su postura &ldquo;de perfil&rdquo; en la guerra de independencia argelina. No podemos ignorar el componente afectivo y sentimental que impregnan todas y cada una de nuestras decisiones diarias, y debemos asumir y comprender su existencia en los procesos de toma de decisiones democr&aacute;ticas. Y si alguien tomara decisiones solo de manera racional, ser&iacute;a irrelevante en nuestro sistema supuestamente democr&aacute;tico.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Se deber&iacute;a haber ofrecido a la poblaci&oacute;n catalana, sin ambages, la posibilidad real de escuchar sus voces mediante el voto. Quiz&aacute;s as&iacute; no habr&iacute;amos forzado a miles de ellos a ser arrastrados por la tormenta pol&iacute;tica entre los gobiernos estatal y auton&oacute;mico.
    </p><p class="article-text">
        Votar s&iacute; o votar no, no votar -por decisi&oacute;n propia o por miedo-, todas las opciones fueron afectadas por la polarizaci&oacute;n.&nbsp;&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, tras la violencia policial que muchos catalanes (y observadores, colaboradores, funcionarios p&uacute;blicos) sufrieron el domingo por su mero deseo de participar en la vida pol&iacute;tica, es urgente evitar escabullirnos en lo personal o en lo institucional, pese a la llamada de nuestras v&iacute;sceras, y exigir herramientas y mecanismos que permitan conocer con certeza cu&aacute;l es la voluntad de la poblaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Nosotros fuimos como abogados con voluntad de conocer, pero en Barcelona fueron miles de personas quienes nos dieron una lecci&oacute;n de soberan&iacute;a popular.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Si la democracia, para existir, necesita el consentimiento del pueblo, el uso de la violencia indiscriminada ataca directamente la soberan&iacute;a popular e incurre en la quiebra del pacto social en el que basamos nuestra convivencia. De la misma manera, deslegitima al Gobierno y la instituci&oacute;n estatal que se opone a los Derechos Fundamentales de la poblaci&oacute;n.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandro Gámez Selma, Olga Sainz de Aja Iges]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/venido-votar-voy_132_3138368.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 09 Oct 2017 19:16:22 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[He venido a votar no, pero voy a votar sí ]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[España,Cataluña,Referéndum 1-O,Referéndum,Democracia,Derechos Humanos]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Prat: no hay derecho]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/prat-derecho_132_3211486.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/16b0b1de-f6db-4806-915c-681941491257_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Prat: no hay derecho"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Una rebaja de derechos al mínimo indisponible, impidiendo el ejercicio de huelga, resulta un precedente enormemente peligroso para este derecho fundamental</p></div><p class="article-text">
        <em>&ldquo;El derecho de huelga se consigue haciendo huelgas (...)&rdquo; Marcelino Camacho, Charlas en la prisi&oacute;n: El movimiento obrero sindical, 1976.</em>
    </p><p class="article-text">
        La quiebra del pacto constitucional y democr&aacute;tico suele iniciarse con la inobservancia de los derechos de los m&aacute;s desprotegidos, hablando de una debilidad sist&eacute;mica.
    </p><p class="article-text">
        Por este motivo, entre otros, el Orden Social (Laboral) ostenta una important&iacute;sima peculiaridad respecto de los dem&aacute;s &oacute;rdenes jur&iacute;dicos. No se contempla la igualdad de partes (y ello no se refiere a que ambos litigantes, trabajador y empresa, no tengan los mismos derechos y mecanismos de defensa en un Juicio) sino a que no puede existir igualdad cuando el medio de vida (salario) de una, depende del contrario.
    </p><p class="article-text">
        En el Derecho Social rige el Principio Tuitivo, es decir, de tutela de los derechos de los trabajadores, no de los derechos de la Empresa. Y este Principio Tuitivo, que es garant&iacute;a constitucional, debe ser punto de partida para el an&aacute;lisis de cualquier conflicto laboral.
    </p><p class="article-text">
        Las causas del conflicto en el Aeropuerto del Prat son conocidas: privatizaci&oacute;n de servicios encomendados a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado; licitaciones irresponsables precedidas por pliegos a&uacute;n m&aacute;s irresponsables, que colocan a los trabajadores en un escenario de precariedad impensable en un Estado de Derecho; jornadas interminables; salarios miserables y todo tipo de contravenciones a la legislaci&oacute;n sobre Salud Laboral.
    </p><p class="article-text">
        AENA, final responsable de tama&ntilde;o desaguisado, es tambi&eacute;n una empresa privada (51% estatalizada) siendo beneficiarios de la privatizaci&oacute;n mayoritariamente fondos extranjeros. Ni viendo el resultado de tal decisi&oacute;n AENA se plantea discutir que la privatizaci&oacute;n de los servicios de seguridad aeroportuaria contraviene el inter&eacute;s p&uacute;blico.
    </p><p class="article-text">
        Precisamente por ello el conflicto no es s&oacute;lo en el Prat, sino en todos nuestros aeropuertos.
    </p><p class="article-text">
        Poco hemos hablado en estos d&iacute;as de la Ley 5/2014 sobre Seguridad Privada, que establece que cuando el servicio prestado sea considerado esencial se podr&aacute; imponer limitaci&oacute;n del Derecho de Huelga fijando la Delegaci&oacute;n de Gobierno los servicios m&iacute;nimos obligatorios. Esta Ley contraviene lo dispuesto en la Ley Org&aacute;nica de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, que atribuye a la Guardia Civil la competencia sobre la seguridad de los aeropuertos por mandato del art&iacute;culo 104.1 de la Constituci&oacute;n. Y esto es importante porque una ley ordinaria &ndash;Seguridad Privada&ndash; no puede contradecir una ley Org&aacute;nica &ndash; Seguridad y Cuerpos de Seguridad&ndash;, pues &eacute;sta regula Derechos Fundamentales.
    </p><p class="article-text">
        &iquest;No ser&aacute; que esta privatizaci&oacute;n no fue y no es legal?
    </p><p class="article-text">
        Sabemos que la regulaci&oacute;n del Derecho de Huelga nace de normas preconstitucionales (RD 17/77) y corregido por la STC n&ordm;11/81; por tanto es una regulaci&oacute;n muy sometida a debate que siempre ha de interpretarse desde la &oacute;ptica del ya citado Principio Tuitivo.
    </p><p class="article-text">
        En este caso es innegable que se ha realizado ingenier&iacute;a de lo no jur&iacute;dico para imponer unos servicios m&iacute;nimos que han resultado enormemente abusivos. Asistimos la semana pasada a una enorme falacia cuantitativa, al manifestar el Ministerio que era necesaria la imposici&oacute;n del 90% de los servicios prestados habitualmente, complementados por el personal de la Guardia Civil (y seg&uacute;n el Comit&eacute; de Huelga por trabajadores sin contrato) y que, aun as&iacute;, se produc&iacute;a una situaci&oacute;n de extrema gravedad en la que se ha justificado la imposici&oacute;n gubernamental de un arbitraje. Y con ello la finalizaci&oacute;n de la Huelga.
    </p><p class="article-text">
        Desde el rechazo de la &uacute;ltima propuesta realizada por la Generalitat, ha prestado servicios una plantilla superior a la contratada. Algo nunca visto.
    </p><p class="article-text">
        Normalmente encontramos empresas que contratan o subcontratan nuevos trabajadores al declararse su plantilla en huelga. Este tipo de esquirolaje fue denunciado por el Comit&eacute; de Huelga del Prat ante la Inspecci&oacute;n de Trabajo.
    </p><p class="article-text">
        Menos habitual es que sea el Ministerio quien imponga la sustituci&oacute;n de huelguistas utilizando trabajadores p&uacute;blicos. No es algo com&uacute;n, pero por ello no deja de ser esquirolaje, adem&aacute;s utilizando un cuerpo castrense.
    </p><p class="article-text">
        No podemos m&aacute;s que entender que la presencia de la Guardia Civil, sustituyendo a los huelguistas, supuso una pr&aacute;ctica inconstitucional disfrazada de &ldquo;inter&eacute;s p&uacute;blico&rdquo;, el mismo inter&eacute;s del que se desprendieron sin sonrojarse al privatizar el servicio.
    </p><p class="article-text">
        Hay dos opciones: o nos encontramos ante un servicio esencial que no puede ser privado porque ello incumple las disposiciones de la Constituci&oacute;n y la Ley Org&aacute;nica, o con que el Estado militariz&oacute; una empresa y servicio privados, vulnerando los derechos m&aacute;s b&aacute;sicos. Ninguna de las dos resulta legal.
    </p><p class="article-text">
        Es cierto que el RD 17/77 otorga la posibilidad de que el Gobierno, a propuesta del Ministerio de Trabajo, pueda establecer un arbitraje obligatorio, pero en sucesos verdaderamente graves y especiales.
    </p><p class="article-text">
        Por ello el Consejo de Ministros reiter&oacute; que la imposici&oacute;n del arbitraje estaba justificada dado que &ldquo;no hab&iacute;a otra posibilidad legal para la salida de un conflicto que est&aacute; provocando un problema en la econom&iacute;a, el turismo y la imagen del pa&iacute;s&rdquo;. Ello es incierto, y la imposici&oacute;n de este arbitraje en el seno de una empresa privada y con un Laudo cuyo contenido es a&uacute;n peor que la propuesta ya rechazada por los trabajadores en Asamblea, resulta un atentado contra los derechos reclamados y los ejercidos por la plantilla.
    </p><p class="article-text">
        Resulta evidente que ning&uacute;n asalariado disfruta de perder su medio de vida haciendo huelga; debemos atender a la gravedad de las condiciones laborales en que se encuentra una plantilla cuando decide dejar de cobrar, y el Laudo dictado no resuelve la precariedad de las condiciones de estos trabajadores.
    </p><p class="article-text">
        Resumidamente, se impone una salida impuesta como salida &ndash;que no soluci&oacute;n&ndash; que supone un empeoramiento de la propuesta ya rechazada por los trabajadores.
    </p><p class="article-text">
        Se ha impuesto un complemento mensual de 200 euros, de los que se absorben el resto de complementos percibidos por los trabajadores. Adem&aacute;s, a&ntilde;ade que los complementos que se aprueben en el nuevo Convenio Colectivo Sectorial ser&aacute;n absorbidos en los 200 euros. Esto es un exceso innecesario, pues los complementos salariales son materia de negociaci&oacute;n colectiva no de laudo &ndash;&eacute;ste de car&aacute;cter obligatorio&ndash;.
    </p><p class="article-text">
        En cuanto al refuerzo de plantilla en temporada alta, s&oacute;lo se imponen 25 puestos de trabajo. Adem&aacute;s, se acuerda la readmisi&oacute;n de los despedidos y se archivan los expedientes disciplinarios, por lo que se deja sin causa la convocatoria de huelga del 8 de septiembre.
    </p><p class="article-text">
        Pero &iquest;c&oacute;mo la imposici&oacute;n de peores caracter&iacute;sticas a la propuesta de los trabajadores rechazada en el laudo puede solucionar la conflictividad?
    </p><p class="article-text">
        Una rebaja de derechos al m&iacute;nimo indisponible, impidiendo el ejercicio de huelga, resulta una precedente enormemente peligroso para este derecho fundamental. La &uacute;nica conclusi&oacute;n que se puede extraer sobre la conducta de este Gobierno es que la imposici&oacute;n de esta medida, autoritaria y desp&oacute;tica, supone la voluntad p&uacute;blica de prohibir a los trabajadores del Prat su derecho a huelga.
    </p><p class="article-text">
        Y un derecho que no se puede ejercitar es un derecho que no existe.
    </p><p class="article-text">
        Un Gobierno que incumple las normas, cuando no las inventa al antojo de la minor&iacute;a subvirtiendo el Orden Constitucional, me lleva a plantearme seriamente si nos encontramos ante un Gobierno que pueda calificarse como leg&iacute;timo.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Olga Sainz de Aja Iges]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/prat-derecho_132_3211486.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sat, 02 Sep 2017 18:28:33 +0000]]></pubDate>
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