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    <title><![CDATA[elDiario.es - Marco Candela Pokorna]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/autores/marco_candela_pokorna/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Marco Candela Pokorna]]></description>
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    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[La ILP de la PAH y el asalto a los suelos de Cifuentes]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/ilp-pah-asalto-suelos-cifuentes_129_3081824.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/c74b0222-75b8-4fe0-a06f-f2e272c14990_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La ILP de la PAH y el asalto a los suelos de Cifuentes"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La ILP de la PAH, siguiendo las normas internacionales de derechos humanos aplicables en España, establece un derecho universal a la vivienda y fija los mecanismos para que la administración autonómica ejerza su función de promotor y garante del mismo</p></div><p class="article-text">
        Este 8 de noviembre se debate y vota en la Asamblea de Madrid la toma en consideraci&oacute;n de la Iniciativa Legislativa Popular presentada por la Plataforma de Afectados por la Hipoteca, tras haber sido avalada por casi 77.000 madrile&ntilde;os. En paralelo, el pasado 2 de noviembre se dio luz verde en la Asamblea, con los votos del bipartito PP-Ciudadanos, a tramitar el proyecto de nueva ley del suelo aprobado por el gobierno de Cristina Cifuentes. La confrontaci&oacute;n de estas dos leyes ilustra muy bien, desde varias perspectivas, esta legislatura de transici&oacute;n en la Comunidad de Madrid.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Comparemos primero ambas leyes fij&aacute;ndonos en su forma de tramitaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Por un lado, tenemos una Iniciativa Legislativa Popular, impulsada por la Plataforma de Afectados por la Hipoteca, por la Federaci&oacute;n Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid (FRAVM) y por la Asociaci&oacute;n Libre de Abogados (ALA). Una iniciativa que forma parte de una campa&ntilde;a estatal de la PAH llamada Romper por abajo, mediante la cual el movimiento por la vivienda digna decidi&oacute; ofrecer directamente las soluciones legislativas a los problemas que los gobiernos del Partido Popular &ndash;estatal y regional&ndash; eran incapaces de enfrentar. Una iniciativa que necesitaba 50.000 firmas para convertirse en Proposici&oacute;n de Ley y ha conseguido casi 77.000, con el trabajo voluntario de miles de afectados auto organizados que en cualquier d&iacute;a normal paran tres desahucios, firman otras tres daciones en pago y recogen cien firmas para dotar a su regi&oacute;n de la Ley de Vivienda de la que carece. Una iniciativa, por &uacute;ltimo, elaborada de forma colaborativa por parte de abogados expertos en la materia, que la han dotado de una calidad t&eacute;cnica tal que el gobierno de Cifuentes se ha visto incapaz siquiera de emitir un informe desfavorable a su toma en consideraci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Por otro lado, tenemos un Proyecto de Ley de Urbanismo y Suelo concebido a puerta cerrada en los despachos del Gobierno regional, sin pasar los tr&aacute;mites m&aacute;s elementales de informaci&oacute;n p&uacute;blica y mediando tan s&oacute;lo una mesa entre los grupos parlamentarios, que naci&oacute; muerta porque no hab&iacute;a ninguna voluntad de someter el proyecto a escrutinio previo. Seguramente esto fue as&iacute; porque se sab&iacute;a, como era de esperar y finalmente ocurri&oacute;, que cuando se publicara el texto contar&iacute;a de inmediato con el m&aacute;s firme y amplio rechazo de la sociedad civil. Y as&iacute; fue. La FRAVM, Ecologistas en Acci&oacute;n, Greenpeace, la PAH y la pr&aacute;ctica totalidad de colectivos sociales organizados en torno a cuestiones de urbanismo, de vivienda y de medio ambiente mostraron su rechazo al esp&iacute;ritu de esta ley. La Federaci&oacute;n Madrile&ntilde;a de Municipios aprob&oacute; por unanimidad una resoluci&oacute;n en contra de su tramitaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Comparemos ahora ambas leyes fij&aacute;ndonos en su contenido.
    </p><p class="article-text">
        La ILP de la PAH es la primera apuesta decidida, en 34 a&ntilde;os de autonom&iacute;a de la Comunidad de Madrid, por legislar integralmente en materia de vivienda. Lo &uacute;nico parecido a una ley madrile&ntilde;a de vivienda es la Ley de Protecci&oacute;n P&uacute;blica a la Vivienda del a&ntilde;o 1997, una ley de 4 art&iacute;culos que lo &uacute;nico que representaba realmente era la habilitaci&oacute;n legal para dictar el Reglamento de Viviendas con Protecci&oacute;n P&uacute;blica, verdadera norma rectora de la competencia auton&oacute;mica en la materia. El que no exista una Ley sino un mero reglamento es lo que permite, por ejemplo, reformas expr&eacute;s del mismo por parte del gobierno regional para poder vender vivienda protegida a fondos buitre, como hizo Ignacio Gonz&aacute;lez en verano de 2012 con casi 3000 pisos del IVIMA. Pero sobre todo, lo que supone es no tener el marco normativo auton&oacute;mico que desarrolle el contenido del derecho fundamental a una vivienda digna y adecuada que recoge el art&iacute;culo 47 de la Constituci&oacute;n espa&ntilde;ola y que no est&aacute; desarrollado a nivel estatal mediante Ley Org&aacute;nica.
    </p><p class="article-text">
        Esto es precisamente lo que hace la ILP de la PAH: siguiendo las normas internacionales de derechos humanos aplicables en Espa&ntilde;a, establece un derecho universal a la vivienda y fija los mecanismos para que la administraci&oacute;n auton&oacute;mica ejerza su funci&oacute;n de promotor y garante del mismo, funci&oacute;n que le atribuyen esas mismas normas internacionales como administraci&oacute;n p&uacute;blica competente en la materia.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, La ILP regula la funci&oacute;n social de la vivienda (p&uacute;blica y privada), de forma que esta deje de considerarse un mero bien de inversi&oacute;n y se entienda como lo que es: un bien de primera necesidad y el sost&eacute;n material de un derecho fundamental. Bajo esa premisa, la ILP dota a la administraci&oacute;n auton&oacute;mica de las herramientas jur&iacute;dicas para luchar contra el acaparamiento antisocial de viviendas vac&iacute;as con fines especulativos, una pr&aacute;ctica que hace que Madrid tenga en su territorio 1 de cada 100 viviendas vac&iacute;as de la Uni&oacute;n Europea (en torno a 300.000) mientras se desahucian 25 hogares madrile&ntilde;os cada d&iacute;a. Por &uacute;ltimo, la ILP regula, de nuevo tirando de la mochila competencial auton&oacute;mica, la protecci&oacute;n del consumidor contra abusos bancarios, siguiendo las recomendaciones de la Uni&oacute;n Europea paralelas a sus condenas al Reino de Espa&ntilde;a por dejar desprotegidos a los consumidores frente a cl&aacute;usulas abusivas en los contratos de pr&eacute;stamo hipotecario.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Por el contrario, el Proyecto de Ley de Urbanismo y Suelo de Cifuentes hace flaco favor a las previsiones recogidas tambi&eacute;n en el art&iacute;culo 47 de la Constituci&oacute;n: la de regular la utilizaci&oacute;n del suelo de acuerdo con el inter&eacute;s general para impedir la especulaci&oacute;n y la de hacer part&iacute;cipe a la comunidad en las plusval&iacute;as que genere la acci&oacute;n urban&iacute;stica de los entes p&uacute;blicos. La nueva ley del suelo auton&oacute;mica ahonda en el &ldquo;todo urbanizable&rdquo; apuntalado por Aznar en la Ley del Suelo estatal de 1998 y trasladado a la Ley del Suelo madrile&ntilde;a de 2001 por Ruiz-Gallard&oacute;n; desregula a&uacute;n m&aacute;s ah&iacute; donde la desregulaci&oacute;n provoc&oacute; la burbuja inmobiliaria, y favorece la especulaci&oacute;n. Adem&aacute;s, reduce las cesiones obligatorias de suelo para fines p&uacute;blicos en desarrollos urban&iacute;sticos, reduce y relativiza las reservas de vivienda protegida en los mismos y elimina las redes supramunicipales de aprovechamiento de dichas cesiones y reservas; es decir, reduce y dificulta la participaci&oacute;n de la comunidad en las plusval&iacute;as de la acci&oacute;n urban&iacute;stica.
    </p><p class="article-text">
        Como dec&iacute;a al inicio, en el contraste &ndash;de forma y de fondo&ndash; entre estas dos leyes capitales se aprecian dos modelos en liza para el futuro de la Comunidad de Madrid, justo cuando hemos pasado el ecuador de esta legislatura de transici&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Madrid ya no tiene un gobierno auton&oacute;mico del Partido Popular con mayor&iacute;a absoluta. Tiene un gobierno d&eacute;bil, encerrado y desorientado, con una Presidenta a punto de ser imputada y un Partido Popular ya imputado que s&oacute;lo puede ofrecer como modelo de desarrollo un nuevo asalto a los suelos, emprendido tras limpiarse las botas en un felpudo llamado Ciudadanos. Enfrente, o mejor dicho, desde abajo y cien pasos por delante, est&aacute; la sociedad civil madrile&ntilde;a, la misma que habiendo sufrido las consecuencias del modelo de la burbuja, no quiere repetirlo sino superarlo. La misma que ha entendido que la Constituci&oacute;n espa&ntilde;ola no est&aacute; para imponerla mandando cuerpos armados a intervenir autonom&iacute;as, sino que est&aacute; para fijarle a esas autonom&iacute;as principios rectores como los del art&iacute;culo 47, que a su vez sean instrumentales para proveer y garantizar el sost&eacute;n material de derechos fundamentales.
    </p><p class="article-text">
        La Ley del Suelo de Cifuentes representa un modelo viejo y fracasado de regi&oacute;n, el de la burbuja financiera-inmobiliaria que s&oacute;lo beneficia a las &eacute;lites y a los partidos pol&iacute;ticos que les sirven. La ILP de la PAH representa un nuevo empuje de la ciudadan&iacute;a madrile&ntilde;a en favor de la primac&iacute;a del inter&eacute;s general, asegurada mediante una gesti&oacute;n social y sostenible del parque inmobiliario existente, que garantice los derechos humanos de todos los madrile&ntilde;os.
    </p><p class="article-text">
        La Ley del Suelo de Cifuentes incumple el art&iacute;culo 47 de la Constituci&oacute;n, impidiendo as&iacute; a la Comunidad de Madrid y a los municipios cumplir otra previsi&oacute;n de la misma, la llamada cl&aacute;usula de transformaci&oacute;n social del art&iacute;culo 9.2, que manda promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas y remover los obst&aacute;culos que impidan o dificulten su plenitud. La ILP de la PAH, en cambio, dota a la Comunidad de Madrid de Una Ley como una casa con la cual garantizar la dignidad de la persona y los derechos inviolables que le son inherentes, pues estos son, como establece el art&iacute;culo 10.1 de nuestra Constituci&oacute;n, &ldquo;fundamento del orden pol&iacute;tico y de la paz social&rdquo;.&nbsp;
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Marco Candela Pokorna]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/ilp-pah-asalto-suelos-cifuentes_129_3081824.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 06 Nov 2017 20:00:39 +0000]]></pubDate>
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