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    <title><![CDATA[elDiario.es - Joel Sebastian Nilsson]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/autores/joel_sebastian_nilsson/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Joel Sebastian Nilsson]]></description>
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    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[Honduras: el secuestro del estado de derecho]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/opinions/honduras-secuestro-derecho_132_3026804.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/d319a786-4c00-461e-93e1-0f9fdb460fa7_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Honduras: el secuestro del estado de derecho"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Urge la necesidad de recuperar el Estado de Derecho y devolver las instituciones a favor del pueblo hondureño</p></div><p class="article-text">
        El pasado domingo 26 de noviembre tuve el privilegio de presenciar las elecciones en Honduras en calidad de Observador Internacional. Es cierto que hab&iacute;a varias irregularidades; urnas sin sellar, falta de material, sistema poco garantista, censos deficientes, que dio por muertas a personas que se presentaron a votar y por vivas a algunas ya fallecidas, etc. No obstante, considero que el problema fundamental del sistema electoral no es el sistema de votaci&oacute;n en s&iacute; mismo, sino el secuestro total de las instituciones controladoras del pa&iacute;s.
    </p><p class="article-text">
        Les pongo en antecedentes:
    </p><p class="article-text">
        &bull; En el 2009 se produjo un golpe de Estado, destituyendo al entonces Presidente, Manuel Zelaya, como resultado de la propuesta de convocar un refer&eacute;ndum sobre una reforma constitucional para habilitar la reelecci&oacute;n presidencial. Pocas horas despu&eacute;s, la Corte Suprema de Honduras asumi&oacute; la responsabilidad y anunci&oacute; que hab&iacute;a ordenado al ej&eacute;rcito la expulsi&oacute;n del presidente por su insistencia en realizar una consulta popular, declarada ilegal conforme a la Constituci&oacute;n vigente. 
    </p><p class="article-text">
        &bull; En el 2012, el Parlamento destituy&oacute; cuatro de los cinco magistrados de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, al haber declarado inconstitucional unas pruebas de confianza presentadas por el poder ejecutivo. Varios magistrados criticaron la decisi&oacute;n alegando que el poder legislativo no tiene facultades para una decisi&oacute;n de tal naturaleza. 
    </p><p class="article-text">
        &bull; El 2016, la misma Corte Suprema de Honduras, que en el 2009 declar&oacute; inconstitucional la convocatoria del refer&eacute;ndum de reforma Constitucional, haciendo un giro de 180&ordm; respecto a su interpretaci&oacute;n de 2009, declarando inconstitucional el propio art&iacute;culo 293 de la Constituci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        El art&iacute;culo 239 de la Constituci&oacute;n se&ntilde;ala: &ldquo;Art&iacute;culo 239.- El ciudadano que haya desempe&ntilde;ado la titularidad del Poder Ejecutivo no podr&aacute; ser Presidente o Designado de la Rep&uacute;blica. El que quebrante esta disposici&oacute;n o proponga su reforma, as&iacute; como aquellos que lo apoyen directa o indirectamente, cesar&aacute;n de inmediato en el desempe&ntilde;o de sus respectivos cargos y quedar&aacute;n inhabilitados por diez (10) a&ntilde;os para el ejercicio de toda funci&oacute;n p&uacute;blica&rdquo;. El art&iacute;culo 42 numeral 5 constitucional establece: &ldquo;Art&iacute;culo 42.- La calidad de ciudadano se pierde: (Omissis) 5. Por incitar, promover o apoyar el continuismo o la reelecci&oacute;n del Presidente de la Rep&uacute;blica&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La Sala de lo Constitucional declar&oacute; la inaplicabilidad de los art&iacute;culos 239 y 42.5, &uacute;ltimo p&aacute;rrafo del art&iacute;culo 4 y parte del art&iacute;culo 374, por violentar el derecho a la igualdad y a la participaci&oacute;n pol&iacute;tica de los expresidentes de la Rep&uacute;blica y por vulnerar el derecho a la libertad de expresi&oacute;n de los diputados.
    </p><p class="article-text">
        La Sala de lo Constitucional se equivoc&oacute; y tom&oacute; una decisi&oacute;n contraria al Derecho, siendo conocedores que no ten&iacute;an competencia para conocer la inconstitucionalidad de las propias normas constitucionales. Ni la Constituci&oacute;n Nacional ni la Ley sobre Justicia Constitucional le otorgan competencia en ese sentido. No puede proceder un recurso de inconstitucionalidad contra normas constitucionales originarias. La Ley sobre Justicia Constitucional &uacute;nicamente prev&eacute; recursos contra las reformas constitucionales cuando se aprueben con inobservancia de los requisitos establecidos en la propia Constituci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, resulta totalmente absurdo e incongruente que una norma de la propia Constituci&oacute;n pueda ser inconstitucional, ya que la propia l&oacute;gica implica que todo lo que est&eacute; en la Constituci&oacute;n es constitucional.
    </p><p class="article-text">
        La &uacute;nica v&iacute;a de poder reformar la Constituci&oacute;n es mediante un refer&eacute;ndum y una Asamblea Nacional Constituyente. Es decir, justo por lo que Manuel Zelaya fue destituido.
    </p><p class="article-text">
        La Sala de lo Constitucional no era la &uacute;nica instituci&oacute;n que se vincul&oacute; al partido Nacional, sino tambi&eacute;n el Tribunal Supremo Electoral - TSE, m&aacute;ximo &oacute;rgano encargado de vigilar y dar garant&iacute;as del sistema electoral. El TSE ya tuvo protagonismo en las elecciones pasadas (2013) con decisiones &ldquo;curiosas&rdquo;, entre ellas, la de dar por v&aacute;lidos votos en los que se marc&oacute; con insultos la foto de candidatos, claramente dirigido a dar por v&aacute;lidos los 230.000 votos nulos. Observadores de la Uni&oacute;n Europea han criticado la &ldquo;politizaci&oacute;n&rdquo; del TSE y cuestionado su objetividad.
    </p><p class="article-text">
        Estando as&iacute; las cosas, se celebra la jornada de elecciones con las irregularidades mencionadas anteriormente. Una vez cerrados los centros (16h hora local de Honduras) se empieza el recuento y, por primera vez en la historia de Honduras, no se presentan los resultados, ni a las 19h, ni a las 21h de la noche, ni tan siquiera antes de la media noche, sino que no es hasta la 01:30 de la madrugada del d&iacute;a siguiente que no se convoca una rueda de prensa para que el TSE presente los resultados. Hay que tener en cuenta que ambos candidatos, Juan Orlando Hern&aacute;ndez (presidente actual que se present&oacute; a la reelecci&oacute;n) y Salavador Nasralla, se hab&iacute;an proclamado ganadores.
    </p><p class="article-text">
        El TSE explica que &uacute;nicamente va a publicar el pron&oacute;stico, ya que s&oacute;lo han escrutado el 58% de los votos, pero que hay una tendencia a favor de Salvador Nasralla de un 4,8%. No obstante, a&ntilde;ade que no quieren declarar ganador a dicho candidato hasta que se tengan escrutados todos los votos. Cabe recordar que el TSE declar&oacute; a Juan Orlando Hern&aacute;ndez como ganador en el 2013 con el 75% de los votos escrutados (con una ventaja del 6%), pero esta vez dicho Tribunal no quer&iacute;a indicar tendencias a favor de nadie.
    </p><p class="article-text">
        El mi&eacute;rcoles, d&iacute;a 29 de noviembre, el presidente magistrado del Tribunal Supremo Electoral (TSE), David Matamoros Batson, reconoci&oacute; que el sistema de servidor de datos tuvo problemas t&eacute;cnicos durante aproximadamente unas cinco horas. Dicho sistema volvi&oacute; a ser operativo ya con 88% de los votos escrutados, y por entonces, el Presidente actual, Juan Orlando Hern&aacute;ndez, ya hab&iacute;a superado a Salvador Nasralla por un 0,5% de los votos.
    </p><p class="article-text">
        Por todo lo expuesto, existe indiciones sobradamente para poner en entre dicho la legitimidad del resultado y el propio TSE. Urge la necesidad de recuperar el Estado de Derecho y devolver las instituciones a favor del pueblo hondure&ntilde;o.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Joel Sebastian Nilsson]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/opinions/honduras-secuestro-derecho_132_3026804.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sun, 03 Dec 2017 20:28:13 +0000]]></pubDate>
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