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    <title><![CDATA[elDiario.es - Jago Russell]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/autores/jago_russell/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Jago Russell]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[Alsasua visto desde fuera]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/alsasua-visto_132_1102053.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/a74762c5-2811-4eb5-9ad5-f1718d4204b4_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="880" height="495" alt=""></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">España ha sido frecuentemente criticada por el amplio alcance de la definición de "terrorismo" contenida en su Código Penal</p></div><p class="article-text">
        En la noche del 15 de octubre de 2016, un grupo de j&oacute;venes de entre 19 y 24 a&ntilde;os estaba en un bar en la localidad de Alsasua en Navarra, Espa&ntilde;a, cuando estall&oacute; una pelea con dos hombres, que result&oacute; ser agentes fuera de servicio de la Guardia Civil. En la pelea posterior, uno de los guardias civiles sufri&oacute; una fractura de tobillo. Dos j&oacute;venes fueron detenidos de inmediato y llevados ante el juez de instrucci&oacute;n en la Audiencia Provincial de Navarra, y acusados de agresi&oacute;n. Poco despu&eacute;s fueron puestos en libertad con medidas cautelares.
    </p><p class="article-text">
        Algunos d&iacute;as despu&eacute;s, el Colectivo de V&iacute;ctimas del Terrorismo interpuso una denuncia ante la Audiencia Nacional (una corte centralizada con competencia exclusiva sobre delitos de terrorismo), alegando que los hechos equival&iacute;an a delitos de terrorismo y cr&iacute;menes de odio. Posteriormente, la Audiencia Nacional asumi&oacute; la jurisdicci&oacute;n del caso, a pesar de la oposici&oacute;n por los tribunales de Navarra que se negaban a aceptar que los delitos estaban relacionados con terrorismo.
    </p><p class="article-text">
        Para el fiscal, esta no fue una pelea de bar normal. En su escrito de acusaci&oacute;n, argument&oacute; la concurrencia de un &aacute;ngulo de terrorismo por el hecho de que algunos de los j&oacute;venes son supuestamente miembros de un movimiento social no violento llamado &ldquo;Alde Hemendik&rdquo; (&ldquo;Fuera de aqu&iacute;&rdquo;) que aboga por la expulsi&oacute;n de Navarra de las fuerzas policiales del Estado (Guardia Civil y Polic&iacute;a Nacional). El hecho de que esta fuera tambi&eacute;n una de las reivindicaciones originales del grupo terrorista, ETA, llev&oacute; al fiscal a establecer un v&iacute;nculo entre los dos grupos. Sin embargo, los lazos entre los j&oacute;venes y ETA han sido cuestionados por los abogados defensores, la Corte Provincial y el Parlamento de Navarra, as&iacute; como por un amplio grupo de juristas y profesores de toda Espa&ntilde;a. Adem&aacute;s, en marzo de 2017, 74 miembros del Parlamento espa&ntilde;ol y 14 miembros del Senado firmaron una declaraci&oacute;n solicitando que estos eventos no se defieran como delitos de terrorismo.
    </p><p class="article-text">
        Un mes despu&eacute;s de la pelea, y antes de que se realizara la acusaci&oacute;n formal, un importante peri&oacute;dico espa&ntilde;ol public&oacute; informaci&oacute;n confidencial sobre proceso judicial en curso e identific&oacute; a doce personas involucradas, incluidos dos menores, por nombre y n&uacute;mero de tarjeta de identificaci&oacute;n. Varios j&oacute;venes descubrieron su implicaci&oacute;n en el procedimiento judicial a trav&eacute;s de la informaci&oacute;n filtrada. La notoriedad y preeminencia  del caso pone en entredicho la presunci&oacute;n de inocencia de los j&oacute;venes, y con ello, su derecho a un juicio justo.
    </p><p class="article-text">
        El 14 de noviembre de 2016, el juez de la Audiencia Nacional orden&oacute; el arresto de diez j&oacute;venes para ser interrogados, y orden&oacute; prisi&oacute;n preventiva para tres de ellos. Actualmente est&aacute;n detenidos en centros penitenciarios de Madrid bajo un r&eacute;gimen especial de supervisi&oacute;n y control. El juez ha rechazado reiteradamente la liberaci&oacute;n, y dictamina que, en vista de la gravedad del delito, existe una alta probabilidad de que los acusados intenten huir o vuelva a cometer m&aacute;s delitos. Se encuentran a 400 km de distancia de sus hogares y todos los intentos de trasladar al acusado a un establecimiento m&aacute;s cercano a su ciudad natal, tal como permite la ley penitenciaria espa&ntilde;ola, han sido rechazados. A pesar de que, como argument&oacute; la defensa, los j&oacute;venes se entregaron a la polic&iacute;a voluntariamente, el juez contin&uacute;a considerando que existe riesgo de fuga, bas&aacute;ndose exclusivamente en la gravedad del supuesto delito y la severidad de las penas que enfrenta el acusado. El juez ha proporcionado un razonamiento id&eacute;ntico para los tres detenidos sin abordar las circunstancias personales espec&iacute;ficas de cada uno de los acusados.
    </p><p class="article-text">
        En su acusaci&oacute;n formal, el fiscal solicit&oacute; penas que ascienden a 62 a&ntilde;os de prisi&oacute;n para uno de los acusados, 50 a&ntilde;os para siete de ellos y 12 a&ntilde;os para una de las j&oacute;venes. En total, el grupo enfrenta 375 a&ntilde;os de prisi&oacute;n por cr&iacute;menes de amenazas terroristas y delitos de terrorismo que resultan en lesiones. Esto es alarmante y parece sumamente desproporcionado, ya que los mismos hechos conllevar&iacute;an una pena m&aacute;xima de 5 a&ntilde;os de prisi&oacute;n si no hubieran sido calificados como delitos de terrorismo.
    </p><p class="article-text">
        En octubre de 2017, la Audiencia Nacional emiti&oacute; auto de admisi&oacute;n de pruebas para cada una de las partes en preparaci&oacute;n para la vista del Juicio Oral en abril de 2018. En su auto,  el juez inadmiti&oacute; la mayor&iacute;a de las pruebas propuestas por la defensa, lo cual es preocupante dada la severidad de las penas a las que se enfrentan los acusados, y podr&iacute;a entra&ntilde;ar una amenaza para el derecho de defensa con todas las garant&iacute;as legales.
    </p><p class="article-text">
        Espa&ntilde;a ha sido frecuentemente criticada por el amplio alcance de la definici&oacute;n de &ldquo;terrorismo&rdquo; contenida en su C&oacute;digo Penal. En 2015, un grupo de relatores especiales de las Naciones Unidas destac&oacute; que una definici&oacute;n tan amplia y ambigua podr&iacute;a &ldquo;allanar el camino para una aplicaci&oacute;n desproporcionada o discrecional de la ley por parte de las autoridades&rdquo; y que &ldquo;podr&iacute;a criminalizar conductas que de otro modo no constituir&iacute;an terrorismo y resultar en restricciones desproporcionadas al ejercicio de la libertad de expresi&oacute;n, entre otras limitaciones&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Jago Russell]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/alsasua-visto_132_1102053.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 08 Feb 2018 19:48:55 +0000]]></pubDate>
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