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    <title><![CDATA[elDiario.es - Mariano Casado]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/autores/mariano_casado/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Mariano Casado]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[Patrullas de policías y militares. Muchas incertidumbres]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/patrullas-policias-militares-muchas-incertidumbres_129_1214748.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/330b0667-8311-4a0a-a5c6-2356c68b2fb1_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Patrullas de policías y militares. Muchas incertidumbres"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Desde mi punto de vista considero que no existen, en la actualidad, razones para la configuración de patrullas conjuntas, porque no existe un escenario que lo demande</p></div><p class="article-text">
        En los &uacute;ltimos d&iacute;as hay noticias contradictorias sobre la puesta en marcha de patrullas conjuntas o mixtas compuestas por miembros de la Guardia Civil, de la Polic&iacute;a Nacional y de las Fuerzas Armadas que intervengan en labores de seguridad ciudadana. Las referencias a la activaci&oacute;n de este tipo de dispositivos, surge en el entorno de la crisis de salud p&uacute;blica por la expansi&oacute;n de la Covid-19 y la declaraci&oacute;n del estado de alarma.
    </p><p class="article-text">
        Todos los d&iacute;as los ciudadanos contemplamos c&oacute;mo los m&aacute;ximos responsables de Guardia Civil, Polic&iacute;a Nacional y Fuerzas Armadas dan cuenta de las actuaciones llevadas a cabo en el d&iacute;a anterior, en sus respectivos &aacute;mbitos. La puesta en escena &ndash;a la que se podr&iacute;an dedicar diversos comentarios&ndash; si algo demuestra es la falta de coordinaci&oacute;n y colaboraci&oacute;n entre unos y otros. Cada uno habla de su parcela operativa, sin pr&aacute;cticamente ninguna menci&oacute;n a actuaciones conjuntas o a puntos de encuentro de acciones operativas colaborativas. Quiz&aacute;s, esto pueda obedecer al celo de cada organizaci&oacute;n por cuidar su imagen ante la opini&oacute;n p&uacute;blica y defender su parcela espec&iacute;fica de gesti&oacute;n de la seguridad y de contribuci&oacute;n a las acciones propias de las pol&iacute;ticas de salud p&uacute;blica.
    </p><p class="article-text">
        En este clima, se anuncian las patrullas mixtas o conjuntas en el &aacute;mbito de la seguridad ciudadana, que estar&iacute;an compuestas por polic&iacute;as y guardias civiles con miembros de las Fuerzas Armadas. No se han dado demasiados detalles de su composici&oacute;n, funciones, misiones, despliegue y fecha de inicio. Lo cierto es que, en todo caso, el teatro de operaciones en que deber&iacute;an actuar ser&iacute;a en el que habitualmente ejercen las misiones que les encomienda el art&iacute;culo 104 de la Constituci&oacute;n Espa&ntilde;ola &ndash;proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana&ndash; la Polic&iacute;a Nacional y la Guardia Civil. Este ser&iacute;a el punto de partida para analizar con sentido cr&iacute;tico lo que supone el despliegue de este tipo de patrullas.
    </p><p class="article-text">
        Lo primero que debemos abordar es si existe necesidad y justificaci&oacute;n para adoptar tal determinaci&oacute;n. Desde mi punto de vista considero que no existen, en la actualidad, razones para la configuraci&oacute;n de patrullas conjuntas, porque no existe un escenario que lo demande. El orden p&uacute;blico y la seguridad ciudadana est&aacute;n controlados con los medios y dispositivos que ha previsto y desplegado el Ministerio del Interior. Las Fuerzas Armadas est&aacute;n llevando a cabo un gran servicio a la sociedad espa&ntilde;ola, actuando como apoyo a las administraciones civiles, estatal, auton&oacute;mica y local y a la sociedad civil, en &aacute;mbitos socio-sanitarios. &iquest;Por qu&eacute; entonces alterar este orden y reparto de papeles si no hay raz&oacute;n objetiva para ello? &iquest;La respuesta a esta pregunta podr&iacute;amos encontrarla en los aleda&ntilde;os de la pugna por tener una mayor presencia medi&aacute;tica? &iquest;Podr&iacute;a obedecer a diferentes estrategias no compartidas entre departamentos ministeriales, entre Interior y Defensa en el seno del Consejo de Ministros? Lo que parece poder afirmarse es que la soluci&oacute;n de las patrullas conjuntas puede producir m&aacute;s problemas que beneficios.
    </p><p class="article-text">
        En segundo t&eacute;rmino, la Ley de Defensa Nacional establece que la aportaci&oacute;n de las Fuerzas Armadas se ha de apoyar en el principio de contribuci&oacute;n gradual y proporcionada a la situaci&oacute;n que sea preciso afrontar. Habla tambi&eacute;n de que la respuesta a las crisis ha de ser progresiva en el seno de una organizaci&oacute;n apropiada y eficaz. Establece como misi&oacute;n de las Fuerzas Armadas su contribuci&oacute;n, junto con las Instituciones del Estado y las Administraciones p&uacute;blicas a la preservaci&oacute;n de la seguridad y bienestar de los ciudadanos en los supuestos de grave riesgo, cat&aacute;strofe, calamidad u otras necesidades p&uacute;blicas, conforme a lo establecido en la legislaci&oacute;n vigente. Se&ntilde;ala, adem&aacute;s, como operaciones espec&iacute;ficas la colaboraci&oacute;n con las diferentes Administraciones p&uacute;blicas en los supuestos de grave riesgo, cat&aacute;strofe, calamidad u otras necesidades p&uacute;blicas, conforme a lo establecido en la legislaci&oacute;n vigente. Es decir, la participaci&oacute;n de las Fuerzas Armadas y la colaboraci&oacute;n, en los &aacute;mbitos citados, con otras Administraciones est&aacute; sujeta a la regulaci&oacute;n espec&iacute;fica &ndash;legislaci&oacute;n vigente&ndash; que pueda verse afectada y ser de aplicaci&oacute;n en funci&oacute;n del tipo de situaci&oacute;n en la que se haya de producir la participaci&oacute;n de las Fuerzas Armadas.
    </p><p class="article-text">
        En relaci&oacute;n con la seguridad ciudadana, la legislaci&oacute;n vigente, delimita, con precisi&oacute;n y sin ning&uacute;n genero de duda, a qu&eacute; autoridad corresponde su direcci&oacute;n. As&iacute;, el art&iacute;culo 10 de la Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad determina con car&aacute;cter categ&oacute;rico que corresponde al ministro del Interior la administraci&oacute;n general de la seguridad ciudadana y el mando superior de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Por lo tanto, corresponder&aacute; al Ministerio del Interior, tras la evaluaci&oacute;n oportuna, solicitar al Ministerio de Defensa medios humanos para colaborar en labores de seguridad ciudadana. El Ministerio de Defensa, en su caso, indicar&aacute; cu&aacute;l puede ser su aportaci&oacute;n, seg&uacute;n las caracter&iacute;sticas del requerimiento recibido. Pero la direcci&oacute;n de los servicios y su dise&ntilde;o operativo corresponde al Ministerio del Interior.
    </p><p class="article-text">
        Aun quedan otras cuestiones que son relevantes en relaci&oacute;n con el establecimiento de las denominadas patrullas mixtas y que son especialmente controvertidas cuando la patrulla mixta se constituye entre miembros de la Guardia Civil y de las Fuerzas Armadas. Me refiero a qu&eacute; pasar&iacute;a si, como ser&iacute;a m&aacute;s frecuente, pueda constituirse la patrulla con guardias civiles con ese empleo, que no sean mandos y por personal de las Fuerzas Armadas de empleo superior a los guardias civiles. &iquest;Qui&eacute;n da las &oacute;rdenes? &iquest;Qu&eacute; sucede en caso de discrepancia o incumplimiento de una orden de servicio? &iquest;Qu&eacute; ocurre si en una intervenci&oacute;n de la patrulla han de proceder a la detenci&oacute;n de un civil que se resiste, o si hay alguna mala praxis por miembros de la patrulla? &iquest;Qu&eacute; r&eacute;gimen disciplinario se aplica? &iquest;Qu&eacute; jurisdicci&oacute;n es la competente, la penal ordinaria o la penal militar? Habr&iacute;a otras muchas cuestiones de dudosa soluci&oacute;n, que aconsejan, en todo caso, actuar con suma prudencia en la generalizaci&oacute;n de este tipo de patrullas, a las que habr&iacute;a de sumarse la falta de formaci&oacute;n especializada de los miembros de las unidades de las Fuerzas Armadas en materia de seguridad ciudadana y la ausencia de un protocolo de actuaci&oacute;n de este tipo de acciones y la constituci&oacute;n de &oacute;rganos de coordinaci&oacute;n entre la Guardia Civil y las Fuerzas Armadas, sin olvidar las funciones de las juntas locales de seguridad en esas materias.
    </p><p class="article-text">
        En otro orden de cosas, la falta de previsi&oacute;n normativa de este tipo de servicios conjuntos, que s&iacute; existe en sentido inverso, cuando de lo que se trata es de encomendar a la Guardia Civil misiones de car&aacute;cter militar, propiciar&iacute;a roces y fricciones entre la Direcci&oacute;n Adjunta Operativa de la Guardia Civil y el Estado Mayor de la Defensa, que podr&iacute;an incrementarse al tener que dar &oacute;rdenes un teniente general a un general de Ej&eacute;rcito. Por todo ello, ser&iacute;a muy recomendable evitar la constituci&oacute;n de patrullas mixtas en las actuales circunstancias.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Mariano Casado]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/patrullas-policias-militares-muchas-incertidumbres_129_1214748.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sat, 04 Apr 2020 18:38:27 +0000]]></pubDate>
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      <media:keywords><![CDATA[Coronavirus]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Igualdad, feminismo y personas en las Fuerzas Armadas ante el nuevo Gobierno]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/igualdad-feminismo-fuerzas-armadas-gobierno_129_2084627.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/ead6bdf3-1a83-4237-8b69-f3fcaf341a07_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Igualdad, feminismo y personas en las Fuerzas Armadas ante el nuevo Gobierno"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Son muchos los artículos y las reflexiones públicas sobre cuáles son los retos que ha de afrontar Margarita Robles como ministra de Defensa</p><p class="subtitle">Yo quisiera poner el acento en las miles de personas que conforman las Fuerzas Armadas y singularmente en la situación de las mujeres, de las familias y de los militares con discapacidad sobrevenida</p></div><p class="article-text">
        Son muchos los art&iacute;culos y las reflexiones p&uacute;blicas sobre cu&aacute;les son los retos que ha de afrontar Margarita Robles como ministra de Defensa. Muchos de ellos parecen circunscribirse a aspectos relativos al armamento, nuevo ciclo inversor, industria de defensa o incluso a manifestar un apoyo m&aacute;s o menos directo a que no haya cambios en la c&uacute;pula militar. Yo, sin embargo, quisiera poner el acento en las miles de personas que conforman las Fuerzas Armadas y singularmente en la situaci&oacute;n de las mujeres, de las familias y de los militares con discapacidad sobrevenida.
    </p><p class="article-text">
        Tanto el Observatorio de la vida militar, el Defensor del Pueblo y las Comisiones de Defensa del Congreso de los Diputados y del Senado se han posicionado sobre la necesidad de profundizar en la mayor protecci&oacute;n de las v&iacute;ctimas de acoso - en la mayor&iacute;a de los casos mujeres - , en la necesidad de revisar el Protocolo existente y de ampliarlo al acoso laboral, en analizar las causas por las que no se incrementa la participaci&oacute;n de la mujer en las Fuerzas Armadas y a identificar las condiciones de aplicaci&oacute;n del principio de igualdad entre hombres y mujeres, especialmente, en lo relativo al estancamiento del porcentaje de mujeres dentro de las Fuerzas Armadas, la igualdad de acceso, la igualdad de condiciones de promoci&oacute;n y ascenso y una mayor presencia en puestos de responsabilidad.
    </p><p class="article-text">
        En cuando a los militares con discapacidad sobrevenida, estos no deben ser discriminados por&nbsp; ello y deben llevarse a cabo medidas de acci&oacute;n positiva para que puedan continuar su carrera militar con las adaptaciones y los apoyos que resulten necesarios en cumplimiento de la Convenci&oacute;n Internacional Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y a lo previsto en la Ley 26/2.011, de 1 de agosto, de adaptaci&oacute;n normativa a la Convenci&oacute;n Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
    </p><p class="article-text">
        En la dimensi&oacute;n de atenci&oacute;n a las mujeres y hombres que conforman los Ej&eacute;rcitos y la Armada, resulta necesario potenciar y aglutinar los recursos, siempre escasos,&nbsp; en materias como son la conciliaci&oacute;n de la vida familiar y profesional, la movilidad geogr&aacute;fica, la atenci&oacute;n de heridos y a las familias de los fallecidos y a aquellas familias que tenga a algunos de sus miembros desplegados en zona de operaciones en el exterior, sin olvidar situaciones altamente comprometedoras del bienestar familiar como son los servicios, maniobras, guardias y embarques.
    </p><p class="article-text">
        No debemos olvidar la situaci&oacute;n de los militares temporales que tendr&aacute;n que salir de las Fuerzas Armadas en unas condiciones precarias, con un futuro incierto. Tambi&eacute;n de los que ya est&aacute;n fuera de las mismas, con los que se tiene, sin duda, un compromiso legal y sobre todo &eacute;tico y moral.
    </p><p class="article-text">
        Sobre todo ello hay que hacer una apuesta definitiva por crear un &oacute;rgano de gesti&oacute;n en el Ministerio de Defensa, con el suficiente rango org&aacute;nico y pol&iacute;tico, en el que se radiquen y centralicen todas las competencias sobre estas cuestiones, que tanto afectan a las personas, potenciando su capacidad de an&aacute;lisis, de propuestas pol&iacute;ticas y de acciones normativas, que pongan a las personas en el centro de la acci&oacute;n pol&iacute;tica de la Defensa.
    </p><p class="article-text">
        La estructura que hasta el momento ha tenido el Ministerio de Defensa para atender estas cuestiones se ha revelado manifiestamente insuficiente tanto en los medios humanos, presupuestarios y, sobre todo, en la concepci&oacute;n de lo que afecta a la vida y los derechos de los militares y de sus familias, excesivamente cuartelera, a pesar de que estas cuestiones han de ser abordadas desde un planteamiento social y humano incuestionables.
    </p><p class="article-text">
        Nadie entender&iacute;a que un Gobierno feminista y volcado en lo social, no trasladara a los militares y a sus familias, los avances sociales que se est&aacute;n produciendo y se van a producir en el resto de la sociedad espa&ntilde;ola y que sus pol&iacute;ticas pasasen de largo en relaci&oacute;n con los miembros de las Fuerzas Armadas y sus familias. Estamos ante la posibilidad hist&oacute;rica de modernizar la concepci&oacute;n de las pol&iacute;ticas de defensa, poniendo en el centro a las personas, a las mujeres, a las personas con discapacidad y a las familias.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Mariano Casado]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/igualdad-feminismo-fuerzas-armadas-gobierno_129_2084627.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sat, 09 Jun 2018 18:46:32 +0000]]></pubDate>
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      <media:keywords><![CDATA[Margarita Robles,Ministerio de defensa,Fuerzas Armadas]]></media:keywords>
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