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    <title><![CDATA[elDiario.es - Isabel Otxoa]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/autores/isabel_otxoa/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Isabel Otxoa]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[Con y sin Convenio 189 OIT, todos los derechos para las trabajadoras de hogar]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/convenio-oit-derechos-trabajadoras-hogar_129_2048596.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/73c20f4d-9579-432d-851c-4c9f6499ae66_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Con y sin Convenio 189 OIT, todos los derechos para las trabajadoras de hogar"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Los derechos que faltan en la legislación española son dos: adopción de medidas eficaces de seguridad y salud laboral; y condiciones no menos favorables que las de los trabajadores en general en materia de seguridad social</p></div><p class="article-text">
        La ministra de trabajo ha afirmado que el gobierno del PSOE tiene intenci&oacute;n de ratificar el Convenio 189 de la OIT sobre trabajo decente para las trabajadoras de hogar. Entrar&iacute;a en vigor 12 meses despu&eacute;s del registro de su ratificaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        En estos momentos, el PSOE podr&iacute;a utilizar la ratificaci&oacute;n del Convenio como un bal&oacute;n de ox&iacute;geno para aplazar la aplicaci&oacute;n de medidas concretas que mejoren la situaci&oacute;n del sector. La inmensa mayor&iacute;a de los derechos que el C189 reconoce a las trabajadoras de hogar, desde hace a&ntilde;os forman parte de la legislaci&oacute;n espa&ntilde;ola, y no se cumplen por falta de inter&eacute;s pol&iacute;tico en controlar la actividad y hacerlos efectivos. 
    </p><p class="article-text">
        El RD 1620/2011, que regula la relaci&oacute;n laboral al servicio del hogar familiar, establece el contrato escrito con detalle de todas las condiciones de trabajo, derecho a cobrar todas las horas a disposici&oacute;n del empleador, jornada m&aacute;xima de 40 horas de trabajo y 20 de presencia, descanso de 12 horas entre jornadas, derecho a la integridad f&iacute;sica, respeto a la intimidad&hellip; no seguir&eacute;.  La realidad es que, seg&uacute;n las estad&iacute;sticas de la ATH-ELE, un tercio de la gente no tiene contrato, cuando lo tiene no refleja las verdaderas condiciones pactadas o impuestas, en el trabajo interno un 72% tiene una jornada habitual superior a las 60 horas semanales, y solo un 30% tiene el descanso semanal establecido de 36 horas continuadas.
    </p><p class="article-text">
        En la negociaci&oacute;n del Convenio 189 de la OIT, por exigencia de la patronal, la parte sindical se vio obligada a &uacute;ltima hora a retirar una de sus propuestas: que se hiciese p&uacute;blico el listado de agencias de colocaci&oacute;n con un pasado infractor de los derechos de las trabajadoras. Era una buena medida que no sali&oacute; adelante, as&iacute; que lo que ofrecen el C189 y la legislaci&oacute;n espa&ntilde;ola respecto a las agencias es lo mismo:  te&oacute;rico control de los abusos y supuesta investigaci&oacute;n de las quejas. Para verificar la sensaci&oacute;n de impunidad con la que las agencias funcionan a d&iacute;a de hoy, es suficiente que cualquiera llame por tel&eacute;fono solicitando una trabajadora siete d&iacute;as a la semana. Le responder&aacute;n que no ser&iacute;a malo darle dos horas diarias de descanso para evitar que reviente. Esto es todo.
    </p><p class="article-text">
        Los derechos del C189 que faltan en la legislaci&oacute;n espa&ntilde;ola son dos: adopci&oacute;n de medidas eficaces de seguridad y salud laboral (art. 13) y condiciones no menos favorables que las de los trabajadores en general en materia de seguridad social (art. 14). Ambas medidas, textualmente, &ldquo;podr&aacute;n aplicarse progresivamente de acuerdo con las organizaciones representativas de trabajadores y empleadores&rdquo;.   
    </p><p class="article-text">
        Sobre medidas de salud laboral, en este momento no hay nada legislado, ni siquiera informaci&oacute;n o pautas de actuaci&oacute;n para las dos partes, empleadora y trabajadora. Seguimos con el viejo concepto de que el trabajo dom&eacute;stico y de cuidado en el hogar no necesita, no contiene, saberes, y que podemos desempe&ntilde;arlo en base a cualidades femeninas innatas. Muchas veces, las frecuentes lesiones m&uacute;sculo-esquel&eacute;ticas y la fatiga mental no son reconocidas como accidentes laborales. Tampoco se garantiza la privacidad de las internas (art. 6 del C189), lo que con seguridad contribuy&oacute; a que hace pocos meses, en un pueblo de Gipuzkoa, un empleador violase a la trabajadora entrando a la noche en la habitaci&oacute;n donde dorm&iacute;a.
    </p><p class="article-text">
        La equiparaci&oacute;n en materia de Seguridad Social no se da en varias cuestiones. La primera, es que no hay prestaci&oacute;n de desempleo. El 31 de diciembre de 2012 se cumpl&iacute;a el plazo del RD 1620/2011 para que un grupo de personas expertas presentase un informe sobre la posibilidad de establecer un sistema de protecci&oacute;n por desempleo en el sector. Cinco a&ntilde;os despu&eacute;s el informe no se ha realizado, y es un bot&oacute;n de muestra sobre lo que puede significar aplicaci&oacute;n progresiva. Tampoco ha garantizado nada el que los sindicatos m&aacute;s representativos a nivel estatal estuviesen llamados a formar parte de la comisi&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        De acuerdo con la norma de 2011 de integraci&oacute;n del R&eacute;gimen Especial de las Empleadas de Hogar en el R&eacute;gimen General, hay dos medidas que ten&iacute;an que aplicarse desde el 1 de enero de 2019: la cotizaci&oacute;n por salarios reales y la cobertura de vac&iacute;os en el c&aacute;lculo de las pensiones.  Como es ya sabido, al aprobarse la enmienda 6777 del PP a la Ley de Presupuestos para este a&ntilde;o 2018, esas medidas se aplazan hasta el a&ntilde;o 2024.
    </p><p class="article-text">
        No hay ning&uacute;n motivo para dar esta batalla por perdida. La Ley de Presupuestos para 2019 puede cambiar la Ley de 2018 y continuar con el plan previsto, procediendo a la cobertura de vac&iacute;os desde el uno de enero. Respecto a la cotizaci&oacute;n, situar a un mill&oacute;n de personas empleadoras en condiciones de cotizar por salarios reales hubiese exigido una gran preparaci&oacute;n previa, que el PP no ha realizado.  Pero la herencia recibida no le impide al PSOE adoptar otra soluci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Aqu&iacute; lo grueso del problema es que casi todas las internas y muchas de las externas a tiempo completo cotizan bastante por debajo de lo que ingresan, con lo que cuando est&aacute;n enfermas cobran muy poco y sus pensiones futuras se resienten.  Como no queda m&aacute;s remedio que aplazar la puesta en marcha del nuevo sistema de cotizaci&oacute;n, hay que evitar el perjuicio a las trabajadoras subiendo a partir del 1/1/2019 los tramos de cotizaci&oacute;n cuanto sea necesario para cubrir todos los salarios.  No hay excusas.
    </p><p class="article-text">
        Respecto a ratificar el C189, somos partidarias, sin perder de vista que no hace ninguna falta hacerlo para mejorar en todo lo pendiente el empleo de hogar. Y que no arreglar&iacute;a el problema del trecho entre la realidad y los derechos ya reconocidos.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Isabel Otxoa]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/convenio-oit-derechos-trabajadoras-hogar_129_2048596.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 27 Jun 2018 18:22:04 +0000]]></pubDate>
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      <media:keywords><![CDATA[Trabajadoras del hogar]]></media:keywords>
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