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    <title><![CDATA[elDiario.es - Carlos Gutiérrez]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/autores/carlos_gutierrez/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Carlos Gutiérrez]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[Teletrabajo sí, pero con garantías]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/teletrabajo-garantias_129_5956293.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/069fe8d3-44da-4bd1-a7b9-7ed8ea08361a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Teletrabajo sí, pero con garantías"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">En este escenario, la negociación colectiva emerge como el instrumento imprescindible para una implantación y promoción del teletrabajo controlada</p></div><p class="article-text">
        El pasado 13 de marzo el presidente del Gobierno, Pedro S&aacute;nchez, anunciaba la declaraci&oacute;n del estado de alarma como consecuencia de la situaci&oacute;n de emergencia sanitaria causada por el coronavirus. Al d&iacute;a siguiente se publicaba en el Bolet&iacute;n Oficial del Estado. Millones de trabajadores nos vimos obligados a confinarnos en nuestros hogares ante el necesario frenazo de la movilidad para combatir la expansi&oacute;n de la pandemia. Ante tal situaci&oacute;n muchas empresas tuvieron que superar la tan arraigada cultura del presentismo laboral para desplegar de forma apresurada e improvisada modelos de trabajo a distancia. El teletrabajo tomaba un car&aacute;cter preferente, pese a que en muchos casos no se daban las condiciones m&aacute;s id&oacute;neas.
    </p><p class="article-text">
        El teletrabajo es una forma de realizar la actividad laboral a distancia, normalmente desde nuestros domicilios. Es un modelo, por tanto, que evita a los trabajadores tener que estar presentes en el centro de trabajo habitual para la realizaci&oacute;n de la jornada. Su condici&oacute;n de posibilidad est&aacute; asociada a los avances en el campo de las tecnolog&iacute;as de la informaci&oacute;n y la comunicaci&oacute;n. Pero tambi&eacute;n a formas de organizaci&oacute;n del trabajo flexible y a una cultura empresarial fundada en la confianza.
    </p><p class="article-text">
        Espa&ntilde;a no es pa&iacute;s para el teletrabajo. Determinados factores han obstaculizado la implantaci&oacute;n de esta forma de trabajar en nuestro pa&iacute;s: un tejido empresarial en el que predomina una peque&ntilde;a empresa con enormes dificultades para llevar a cabo las inversiones necesarias; un amplio peso de sectores donde es imposible desplegarlo (turismo, construcci&oacute;n, etc.); y unos modelos de organizaci&oacute;n del trabajo y cultura empresarial en los que prevalece la desconfianza y el control presencial de los trabajadores. Incluso en el actual escenario, un n&uacute;mero sustancial de empresas, pudiendo implantar el teletrabajo no lo ha hecho, poniendo en riesgo la salud de los trabajadores.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n datos de Eurostat, en 2019, el 2,5% de los asalariados realizaban usualmente la actividad laboral desde su domicilio y el 1,7% ocasionalmente. Mientras, en los pa&iacute;ses de nuestro entorno europeo, el 3,5% (UE15) de los asalariados trabajaban usualmente desde su domicilio y un 11% fueron teletrabajadores ocasionales. En pa&iacute;ses como Suecia el 3,8% de los asalariados teletrabajaba usualmente y el 29,8% ocasionalmente; en Francia el porcentaje se situaba en el 4,7% y el 13,6%, respectivamente.
    </p><p class="article-text">
        El teletrabajo re&uacute;ne ventajas evidentes. Por supuesto mejora la calidad de vida, el bienestar y la satisfacci&oacute;n de las personas trabajadoras con el consiguiente impacto positivo sobre la productividad laboral: elimina el tiempo de desplazamiento a los centros de trabajo lo que permite evitar la siniestralidad en el trayecto, el gasto econ&oacute;mico que supone y el estr&eacute;s que genera; y puede favorecer la conciliaci&oacute;n entre nuestra vida personal y profesional. Asimismo produce un impacto positivo sobre el medioambiente al reducir la contaminaci&oacute;n asociada al uso del veh&iacute;culo y sobre la balanza comercial al disminuir la demanda de combustible. E igualmente puede promover la redistribuci&oacute;n de poblaci&oacute;n hacia municipios fuera de la gran urbe.
    </p><p class="article-text">
        Pero tambi&eacute;n existen riesgos y amenazas. Bajo esta forma de trabajo a distancia la frontera entre el tiempo que disponemos para nosotros y el tiempo que dedicamos a producir subordinados al poder empresarial se diluye. De este modo resulta sencillo extender la jornada laboral m&aacute;s all&aacute; de los l&iacute;mites establecidos con las implicaciones que este fen&oacute;meno tiene sobre nuestra salud. Asimismo el teletrabajo puede producir aislamiento social. El trabajo no es &uacute;nicamente una actividad que realizamos para percibir un salario y as&iacute; sostener nuestras vidas. Es tambi&eacute;n un espacio de imprescindibles interrelaciones sociales y de enriquecimiento personal derivado de los lazos que construimos a partir del roce y la convivencia con nuestros semejantes en los centros de trabajo. No podemos obviar esta dimensi&oacute;n. Al igual que el trabajo presencial, el teletrabajo no evita los trastornos f&iacute;sicos y ps&iacute;quicos que pueden afectarnos y que ponen en riesgo nuestra salud. Y, finalmente, puede suponer un impedimento para nuestra promoci&oacute;n profesional.
    </p><p class="article-text">
        Son tiempos para pensar qu&eacute; permanecer&aacute; y qu&eacute; cambiar&aacute; despu&eacute;s del punto de inflexi&oacute;n que supone el profundo impacto producido por la crisis del coronavirus. Hay quienes se&ntilde;alan que el teletrabajo ha venido para quedarse. Y muchos trabajadores esperamos que as&iacute; sea, por la mejora que supone para nuestras vidas y las externalidades positivas que genera para el conjunto de la sociedad. Pero es necesario que esta implantaci&oacute;n se desarrolle con garant&iacute;as. Garant&iacute;as de que no se produce ninguna arbitrariedad ni discriminaci&oacute;n en las posibilidades de acceso voluntario a esta forma de trabajar. Garant&iacute;as de que se respeta nuestra jornada laboral cumpliendo con el registro horario. Garant&iacute;as en la puesta a disposici&oacute;n de los teletrabajadores por parte de la empresa de los medios adecuados para realizar la actividad. Y, por supuesto, garant&iacute;as en la prevenci&oacute;n de los riesgos laborales que pueden impactar negativamente sobre nuestra salud y que es responsabilidad de la empresa prevenir aunque realicemos el trabajo desde nuestros domicilios.
    </p><p class="article-text">
        En este escenario, la negociaci&oacute;n colectiva emerge como el instrumento imprescindible para una implantaci&oacute;n y promoci&oacute;n del teletrabajo controlada, regulada y con garant&iacute;as de que se respetan todos nuestros derechos, como forma de trabajo complementaria a la actividad laboral presencial. Empresarios y sindicatos estamos interpelados por esta &ldquo;nueva realidad&rdquo; que parece abrirse paso. Hag&aacute;monos cargo del desaf&iacute;o.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Carlos Gutiérrez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/teletrabajo-garantias_129_5956293.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 14 May 2020 21:54:50 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Teletrabajo sí, pero con garantías]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Teletrabajo,Coronavirus]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Plataformas digitales: huida de la laboralidad 4.0]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/plataformas-digitales-huida-laboralidad_129_1419956.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/ca3a35d7-8bf0-49c1-8003-d04bbbc0fac8_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Plataformas digitales: huida de la laboralidad 4.0"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Nos dicen que es el trabajo del futuro, pero en realidad lo que sucede es que estamos regresando al pasado</p><p class="subtitle">El fenómeno de la 'plataformización' del trabajo pone en riesgo el Derecho del trabajo tal y como lo conocemos, así como nuestro sistema de protección social</p></div><p class="article-text">
        Hace unas semanas, Adigital, la Asociaci&oacute;n Espa&ntilde;ola de la Econom&iacute;a Digital, junto a sus miembros asociados Glovo, Deliveroo, Uber Eats y Stuart, presentaron una propuesta normativa para la regulaci&oacute;n del trabajo en plataformas digitales. El documento comienza con una exhibici&oacute;n, que raya la obscenidad, de los m&uacute;ltiples beneficios que irradian estas plataformas digitales de reparto (econ&oacute;micos, para los consumidores, para los repartidores, para el comercio y los negocios) &nbsp;y finaliza con la propuesta de modificar la regulaci&oacute;n del trabajo aut&oacute;nomo econ&oacute;micamente dependiente (TRADE) para adaptarlo a lo que consideran &ldquo;nuevas relaciones de trabajo&rdquo; surgidas del contexto digital: el &ldquo;trade digital&rdquo;. Sin entrar al detalle, lo que pretenden es asegurarse que la relaci&oacute;n que mantienen las plataformas con los repartidores se enmarca en el r&eacute;gimen de aut&oacute;nomos, concretamente en el TRADE, a cambio de una serie de coberturas adicionales para los trabajadores. Huida de la laboralidad 4.0.
    </p><p class="article-text">
        La huida de la laboralidad no es una din&aacute;mica reciente. No nace con la digitalizaci&oacute;n y el surgimiento de estos nuevos modelos de negocio. Es una pugna que desde hace d&eacute;cadas enfrenta a empresas y trabajadores. Aquellas buscan deshacerse de toda responsabilidad exigida por nuestro ordenamiento laboral y nuestro sistema de protecci&oacute;n social. Bajo la figura de aut&oacute;nomos las empresas no tienen que pagar un salario ni respetar las jornadas laborales m&aacute;ximas, las vacaciones, los descansos o los permisos establecidos en el Estatuto de los Trabajadores y en los convenios colectivos. Tampoco tienen que pagar las cuotas que marca el r&eacute;gimen general de la Seguridad Social. Ni tienen que preocuparse por el hecho de que los trabajadores se organicen, elijan a sus representantes para negociar mejoras en sus condiciones laborales o convoquen una huelga. <strong>Es la externalizaci&oacute;n de los riesgos a los trabajadores y al conjunto de la sociedad a trav&eacute;s de la mercantilizaci&oacute;n de la fuerza de trabajo. Es el inter&eacute;s por disciplinar y controlar a los trabajadores</strong>. Mientras, los trabajadores presionamos para que el ordenamiento laboral y nuestro sistema de protecci&oacute;n social se respeten porque de ello dependen nuestras condiciones laborales y de vida, as&iacute; como nuestra capacidad de organizarnos colectivamente para poder reequilibrar las desiguales relaciones de poder entre capital y trabajo.
    </p><p class="article-text">
        Esta pugna por la laboralidad se despliega en todas las esferas. Son claves la dimensi&oacute;n jur&iacute;dica y regulatoria. En relaci&oacute;n a la primera, hasta ahora se han efectuado sentencias diversas. Unas han considerado aut&oacute;nomos a los trabajadores de plataformas. Otras los han considerado laborales. Cabe destacar que los procedimientos m&aacute;s numerosos y cualitativamente m&aacute;s relevantes se han decantado por la laboralidad de los trabajadores. Es el caso de los macrojuicios de Valencia y Madrid con m&aacute;s de 90 y 500 repartidores afectados respectivamente. Ambos fallos han fundamentado de forma s&oacute;lida y rigurosa la existencia de ajenidad y dependencia en la relaci&oacute;n de estas plataformas con los conocidos como &ldquo;riders&rdquo;. Hasta el punto de que la sentencia de Madrid se&ntilde;ala que &ldquo;los repartidores prestaban sus servicios de una forma completamente organizada y regida por la empresa, incluso en sus m&aacute;s peque&ntilde;os detalles&rdquo;. Los procedimientos judiciales siguen su curso y habr&aacute; que seguir trabajando en este &aacute;mbito.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En relaci&oacute;n a la esfera regulatoria, las plataformas digitales est&aacute;n desplegando una intensa labor de lobbista sobre los poderes p&uacute;blicos. En ella se enmarca la propuesta para la regulaci&oacute;n <em>ad hoc </em>del denominado &ldquo;trade digital&rdquo;. En las manos del nuevo Gobierno est&aacute; viabilizar los deseos de estos nuevos modelos de negocio y abrir la puerta a una creciente deslaboralizaci&oacute;n del trabajo como consecuencia de la expansi&oacute;n de estas plataformas digitales a todo tipo de sectores y actividades (su presencia es ya muy amplia y diversa), o, por el contrario, cerrar la puerta a este proceso tomando las decisiones necesarias para asegurar que las plataformas digitales cumplen con nuestro ordenamiento laboral y nuestro sistema de protecci&oacute;n social. La madre de todas las batallas se dar&aacute; en esta pr&oacute;xima legislatura.
    </p><p class="article-text">
        El fen&oacute;meno de la <em>plataformizaci&oacute;n</em> del trabajo pone en riesgo el Derecho del trabajo tal y como lo conocemos, as&iacute; como nuestro sistema de protecci&oacute;n social. La regularizaci&oacute;n de una figura como la denominada &ldquo;trade digital&rdquo; ser&iacute;a la materializaci&oacute;n regulatoria de la huida de la laboralidad 4.0 que provocar&iacute;a que numerosas empresas de m&uacute;ltiples sectores de actividad encuentren acomodo en este marco para desprenderse de toda responsabilidad con nuestros derechos laborales y sociales. Nos dicen que es el trabajo del futuro, pero en realidad lo que sucede es que estamos regresando al pasado. Frente a ello, como siempre, es necesario continuar desarrollando la respuesta colectiva de los trabajadores en todos los &aacute;mbitos para hacer respetar nuestros derechos. En ello estamos.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Carlos Gutiérrez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/plataformas-digitales-huida-laboralidad_129_1419956.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 26 Jul 2019 20:24:32 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Plataformas digitales: huida de la laboralidad 4.0]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Riders,Derechos laborales]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Un acuerdo para quienes más lo necesitan y contra la precariedad]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/acuerdo-necesitan-precariedad_129_2046660.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/e9a7d0c0-45f1-4369-9584-42d9e028ea79_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Un acuerdo para quienes más lo necesitan y contra la precariedad"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El reciente Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC) alcanzado entre CCOO, UGT y la patronal (CEOE y CEPYME) es un paso más en este proceso de hacernos cargo de los desafíos que suponen, al menos para CCOO, la precariedad laboral y los bajos salarios</p></div><p class="article-text">
        Es incuestionable que las trabajadoras y los trabajadores hemos cargado con el mayor impacto de la crisis econ&oacute;mica y de los inicios de la tan anunciada recuperaci&oacute;n. Este sufrimiento se ha materializado en un vertiginoso crecimiento del desempleo y en una potent&iacute;sima devaluaci&oacute;n salarial que se ha cebado, principalmente, con los m&aacute;s vulnerables: los m&aacute;s precarios y entre quienes tienen salarios m&aacute;s bajos. Las j&oacute;venes generaciones no alcanzamos a recordar tiempos tan dram&aacute;ticos como los vividos durante los &uacute;ltimos 10 a&ntilde;os. Quedar&aacute; grabado en nuestra memoria colectiva.
    </p><p class="article-text">
        Durante esta etapa de crisis, toda una serie de (contra) reformas en nuestro sistema de relaciones laborales han instalado unos dispositivos que petrifican la estrategia de ajuste y devaluaci&oacute;n salarial, y dificultan la lucha contra la precariedad laboral. Ese ha sido el objetivo. La precariedad laboral y los bajos salarios como norma social en el mercado de trabajo para fortalecer los sectores empresariales que se desenvuelven y compiten en sectores de bajo valor a&ntilde;adido. Impulsar el proceso de externalizaci&oacute;n del riesgo asociado al mercado del capital al trabajo.
    </p><p class="article-text">
        La consecuencia l&oacute;gica de esta estrategia es que el crecimiento econ&oacute;mico de los &uacute;ltimos a&ntilde;os, situ&aacute;ndose alrededor del 3% de media y llev&aacute;ndonos a superar los niveles de riqueza que producimos previos a la crisis, no se ha trasladado a los salarios ni a la calidad del empleo que se genera. Por el contrario, son las empresas y sus due&ntilde;os quienes verdaderamente se han visto favorecidas. As&iacute;, los beneficios empresariales y los dividendos crecen de forma notable. No hay reparto; no hay distribuci&oacute;n. Estamos ante un modelo que consolida la desigualdad y la precariedad laboral.
    </p><p class="article-text">
        Ante este panorama CCOO ha puesto en el centro de todas sus actuaciones la lucha contra la precariedad laboral y los bajos salarios que afectan, especialmente pero no solo, a j&oacute;venes y mujeres. Esta es la tarea principal que tenemos en esta etapa y que venimos desplegando tanto en movilizaciones como en el di&aacute;logo social.
    </p><p class="article-text">
        El reciente Acuerdo para el Empleo y la Negociaci&oacute;n Colectiva (AENC) alcanzado entre CCOO, UGT y la patronal (CEOE y CEPYME) es un paso m&aacute;s en este proceso de hacernos cargo de los desaf&iacute;os que suponen, al menos para CCOO, la precariedad laboral y los bajos salarios. No es ning&uacute;n fin, sino que es un hito que nos proporciona una herramienta &uacute;til para el desarrollo de nuestra acci&oacute;n sindical en las empresas y sectores productivos, en los procesos de negociaci&oacute;n colectiva que en estos &aacute;mbitos llevamos a cabo.
    </p><p class="article-text">
        Dec&iacute;a que situ&aacute;bamos el foco en los salarios m&aacute;s bajos. En efecto, el a&ntilde;o pasado se alcanz&oacute; un acuerdo, con el Gobierno de entonces, para incrementar el Salario M&iacute;nimo Interprofesional hasta los 12.000 euros anuales en 2020. Esto supone una subida de un 19%. Junto a aquel acuerdo, el reciente AENC conviene en situar, de manera progresiva, un salario m&iacute;nimo de convenio de 14.000 euros anuales. Esta medida no es de aplicaci&oacute;n directa, sino que se tendr&aacute; que acordar en las negociaciones de convenio que se den en adelante. No ser&aacute; nada f&aacute;cil y requerir&aacute; grandes esfuerzos por parte del sindicato. Debemos ser ambiciosos y firmes porque estamos hablando de la mejora de las condiciones de los sectores m&aacute;s precarizados y con peores salarios. Por ejemplo, 800.000 son los j&oacute;venes asalariados a jornada completa entre 16 y 34 a&ntilde;os que tienen un salario anual inferior a 14.000 euros y, por tanto, pueden verse beneficiados de este acuerdo. Adem&aacute;s, tendr&iacute;amos que sumar a aquellos que est&aacute;n a jornada parcial, pero que es imposible cuantificar el n&uacute;mero de afectados por desconocer el salario anual.
    </p><p class="article-text">
        Asimismo, del AENC se derivan medidas audaces, que deber&aacute;n tener un desarrollo en el &aacute;mbito de negociaci&oacute;n con el Gobierno, para combatir el gran problema que caracteriza el mercado de trabajo desde hace largo tiempo: las alt&iacute;simas tasas de temporalidad. La temporalidad, y la rotaci&oacute;n laboral que conlleva, est&aacute; asociada a un salario inferior, a menos probabilidades de formaci&oacute;n en la empresa y a mayores dificultades de acceder a la protecci&oacute;n social por desempleo. Al mismo tiempo, es un potent&iacute;simo dispositivo que disciplina a las y los trabajadores, para que no lleven a cabo reivindicaciones e impedir que se comprometan sindicalmente all&iacute; donde desarrollan su trabajo. Es urgente poner fin a esta situaci&oacute;n que sufren millones de trabajadores. Por ello, el acuerdo tiene como objetivo mantener y dotar de estabilidad al empleo a trav&eacute;s de un dispositivo que permita a las empresas en &eacute;pocas de dificultades econ&oacute;micas llevar a cabo procesos de reducci&oacute;n de jornada que est&eacute;n asociados a formaci&oacute;n, sin que el trabajador se vea perjudicado en su protecci&oacute;n social ni en su retribuci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        En CCOO somos conscientes que el contenido del AENC es necesario pero no suficiente. Necesario porque es una herramienta &uacute;til ya que orienta la negociaci&oacute;n colectiva en empresas y sectores. No obstante, supondr&aacute; un gran esfuerzo trasladar estos acuerdos a los diversos per&iacute;metros de negociaci&oacute;n. En gran medida debido a que las (contra) reformas laborales han desequilibrado el poder de negociaci&oacute;n entre capital y trabajo a favor del primero gracias a aspectos como la prevalencia del convenio de empresa sobre el convenio de &aacute;mbito superior; las enormes facilidades para modificar las condiciones de trabajo, los descuelgues de convenio o llevar a cabo despidos objetivos; la limitaci&oacute;n de la ultraactividad.
    </p><p class="article-text">
        El Gobierno no tiene que renunciar a la construcci&oacute;n de un nuevo marco de relaciones laborales que reequilibre el poder entre los agentes sociales en leg&iacute;tima disputa y promueva un empleo de calidad que ofrezca seguridad, certidumbre y suficiencia econ&oacute;mica a los trabajadores. Algunos de los aspectos sobre los que deber&iacute;a legislar se subrayan en el acuerdo con la patronal. Es el caso de la ultraactividad. Para otros, como los comentados m&aacute;s arriba, tendr&aacute; que buscar los apoyos parlamentarios necesarios con el objetivo de sacarlos adelante.
    </p><p class="article-text">
        El AENC es un muy buen acuerdo. Nos permite dar la pelea frente precariedad laboral y los bajos salarios. Sin embargo, Espa&ntilde;a debe abandonar la estrategia incrustada en el marco de relaciones laborales que promueve la precariedad laboral y el ajuste salarial como norma. Para ello es necesario el concurso del Gobierno y la acci&oacute;n legislativa. CCOO permanecer&aacute; en el lugar que corresponde: exigente en la defensa y ampliaci&oacute;n de los derechos laborales y la mejora de la condiciones de vida de las clases trabajadoras a trav&eacute;s de la movilizaci&oacute;n y el di&aacute;logo social.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Carlos Gutiérrez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/acuerdo-necesitan-precariedad_129_2046660.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 29 Jun 2018 17:47:18 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Un acuerdo para quienes más lo necesitan y contra la precariedad]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Negociación colectiva,Sindicatos,Precariedad laboral]]></media:keywords>
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