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    <title><![CDATA[elDiario.es - José Elías Esteve]]></title>
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    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[La Justicia Universal, en serio (contra la versión 2.0 de la reforma de 2009)]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/justicia-universal-serio-version-reforma_129_1849739.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/8fad5704-e11b-4245-b6fe-afc4679e1fd4_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Justicia Universal, en serio (contra la versión 2.0 de la reforma de 2009)"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Un gobierno progresista no puede ni debe renunciar a situarse en una posición de firme defensa y garantía de los valores que sostiene la Unión Europea, en clara asunción de los principios y normas de la legalidad internacional.</p></div><p class="article-text">
        Hace veinte a&ntilde;os, cuando la detenci&oacute;n del general Pinochet en Londres abr&iacute;a el dif&iacute;cil camino hacia la justicia universal, el benem&eacute;rito Premio Nobel de la Paz Henry Kissinger la defin&iacute;a como &ldquo;un movimiento consistente en someter la pol&iacute;tica internacional a procesos judiciales&rdquo;. A quien hab&iacute;a disfrutado del poder de mover como peones pol&iacute;ticos en el escenario internacional a genocidas y torturadores, le deb&iacute;a parecer inadmisible, claro, el intento de someterlos a la &ldquo;tiran&iacute;a de los jueces&rdquo;. Bajo el pretexto de la <em>realpolitik</em>, a duras penas se escond&iacute;a el proyecto real: mantener el &aacute;mbito de la vieja <em>raz&oacute;n de Estado</em> fuera del alcance del funcionamiento de los principios b&aacute;sicos del Estado de Derecho, nacido precisamente para eso, para asegurar el control del ejercicio del poder y evitar su actuaci&oacute;n impune.
    </p><p class="article-text">
        La batalla por mantener ese &aacute;mbito de impunidad se hace m&aacute;s dura cuando no se trata s&oacute;lo de someter al control judicial eso que eufem&iacute;sticamente se llama <em>cloacas del Estado</em>, sino de reducir e incluso eliminar la existencia de zonas institucionales de alegalidad, el lado oscuro pero inevitable -al menos tendencialmente- del poder. La raz&oacute;n es obvia: el ox&iacute;moron de <em>la alegalidad institucional</em>, supuestamente exigido en aras del realismo pol&iacute;tico (en el colmo de la desfachatez, hay incluso quien lo considera el precio que ha de pagarse por mor de la <em>&eacute;tica de la responsabilidad</em>) es un c&aacute;ncer letal para el Estado de Derecho.  Por eso, no se trata s&oacute;lo de hacer controlable a posteriori el ejercicio desviado, el <em>abuso</em> de poder.  El proyecto en el que encaja la justicia universal es m&aacute;s ambicioso y tiene que ver con una l&oacute;gica jur&iacute;dica, la que, entre otros, ha teorizado Luigi Ferrajoli como l&oacute;gica expansiva del Estado constitucional, del constitucionalismo, que no puede dejar de instalarse en al &aacute;mbito del Derecho y de las relaciones internacionales, desarrollando tesis de ra&iacute;z kelseniana.
    </p><p class="article-text">
        El proceso recorrido en esa lucha del Derecho contra la impunidad que es la justicia universal, tiene etapas muy conocidas. Su l&iacute;nea argumental viene se&ntilde;alada en la propia sentencia del Tribunal de Apelaci&oacute;n de la C&aacute;mara de los Lores que, en el juicio sobre la extradici&oacute;n del dictador chileno advert&iacute;a que &ldquo;el Derecho Internacional estipula que los cr&iacute;menes de <em>ius cogens</em>, entre ellos el genocidio, pueden ser penados por cualquier Estado, porque los criminales son enemigos comunes de toda la humanidad y todas las naciones tienen el mismo inter&eacute;s en su aprehensi&oacute;n y persecuci&oacute;n&rdquo;. Con este mismo esp&iacute;ritu, en el verano del 2002, se pon&iacute;a en marcha el Tribunal Penal Internacional, cuyo Estatuto de Roma asegura que &ldquo;los cr&iacute;menes m&aacute;s graves de trascendencia para la comunidad internacional en su conjunto no deben quedar sin castigo&rdquo;. Y siendo as&iacute;, el mismo tratado internacional -del cual Espa&ntilde;a es parte- recuerda que &ldquo;es deber de todo Estado ejercer su jurisdicci&oacute;n penal contra los responsables de cr&iacute;menes internacionales.&rdquo;
    </p><p class="article-text">
        Nuestros tribunales, apoy&aacute;ndose en el Derecho internacional y en la redacci&oacute;n original del art&iacute;culo 23.4 de la Ley Org&aacute;nica del Poder Judicial, incorporaron esa l&oacute;gica jur&iacute;dica y convirtieron a nuestro pa&iacute;s en una referencia internacional en la lucha contra la impunidad. Ahora bien, cuando los criminales perseguidos, en lugar de ser l&iacute;deres genocidas ruandeses o guatemaltecos, como Efra&iacute;n R&iacute;os Montt, pasaron a ser gobernantes de grandes potencias, hicieron saltar las se&ntilde;ales de alarma en los ejecutivos de turno. As&iacute;, a principios del a&ntilde;o 2009, la entonces Ministra de Exteriores de Israel, Tzipi Livni, exig&iacute;a al ejecutivo de Zapatero el archivo de la investigaci&oacute;n abierta por los cr&iacute;menes cometidos en una ofensiva militar en la Franja de Gaza y se permit&iacute;a anunciar una reforma legal del marco jur&iacute;dico espa&ntilde;ol de la jurisdicci&oacute;n universal (de un tercer Estado, como Espa&ntilde;a!!). Poco despu&eacute;s, desde Beijing, los l&iacute;deres del Partido Comunista Chino apremiaron a adoptar medidas &ldquo;inmediatas y eficaces&rdquo; para cerrar cuanto antes la &ldquo;falsa querella&rdquo; que acusaba a mandatarios del Politbur&oacute; de estar cometiendo cr&iacute;menes contra la humanidad en el T&iacute;bet. Simult&aacute;neamente, como hemos sabido tambi&eacute;n despu&eacute;s, gracias a la difusi&oacute;n de los cables diplom&aacute;ticos estadounidenses en el affaire <em>Wikileaks</em>, ministros espa&ntilde;oles visitaban la Embajada de Estados Unidos en Madrid para tratar de atender las peticiones de Washington que protestaban sobre el avance de las instrucciones de la Audiencia Nacional en casos como los vuelos de la CIA, torturas en Guant&aacute;namo o el asesinato en Bagdad del periodista espa&ntilde;ol Jos&eacute; Couso. Por cierto, a la sede diplom&aacute;tica de la Calle Serrano tambi&eacute;n acudi&oacute; en ese contexto el entonces Fiscal General del Estado, Conde Pumpido, hoy magistrado del Tribunal Constitucional, que adopt&oacute; una actitud beligerante en la exigencia de rebajar ese <em>standard</em> de justicia universal incorporado por los tribunales espa&ntilde;oles.  
    </p><p class="article-text">
        Ese ba&ntilde;o de presiones diplom&aacute;ticas, sumado a la argumentaci&oacute;n <em>realista</em> esgrimida desde no pocos sectores de la pol&iacute;tica y la judicatura, condujo en mayo de 2009 al acuerdo de PSOE y PP que consensuaron la primera reforma del principio de la jurisdicci&oacute;n universal a trav&eacute;s de la Ley Org&aacute;nica 1/2009, una reforma legal dirigida en principio a otro objetivo, pues ven&iacute;a referida a otra cuesti&oacute;n, la Ley de reforma de la legislaci&oacute;n procesal para la implantaci&oacute;n de la nueva Oficina judicial. En aquel contexto, unos y otros aseguraban que la enmienda del art&iacute;culo 23.4 LOPJ afianzar&iacute;a de forma m&aacute;s s&oacute;lida (por m&aacute;s realista) el compromiso con la justicia universal, y no provocar&iacute;a un retroceso. As&iacute; lo manifest&oacute; p&uacute;blicamente  la eficaz Vicepresidenta Primera del Gobierno, Mar&iacute;a Teresa Fern&aacute;ndez de la Vega, que coordinaba los contactos del Gobierno espa&ntilde;ol con la embajada norteamericana.
    </p><p class="article-text">
        M&aacute;s all&aacute; de estas declaraciones de intenciones, lo cierto es que como consecuencia de ese &ldquo;compromiso&rdquo;, la fiscal&iacute;a solicit&oacute; con celeridad el archivo de las causas contra dirigentes israel&iacute;es, chinos o norteamericanos. En efecto, la reforma del 2009 de la jurisdicci&oacute;n universal imposibilit&oacute; continuar con las investigaciones en las que no concurriera -de forma subsidiaria- uno de los nuevos requisitos exigidos: existencia de v&iacute;ctima espa&ntilde;ola, residencia en territorio nacional del querellado o &ldquo;v&iacute;nculo de conexi&oacute;n relevante con Espa&ntilde;a&rdquo;. Por cierto, a ese respecto, cuando se archiv&oacute; el caso T&iacute;bet, la representaci&oacute;n jur&iacute;dica de la demanda inquiri&oacute; a los jueces de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo si las relaciones comerciales y econ&oacute;micas con China pod&iacute;an constituir ese <em>v&iacute;nculo de conexi&oacute;n relevante </em>con nuestro pa&iacute;s. Los jueces guardaron silencio sobre este particular. A&ntilde;os despu&eacute;s, el ministro de Exteriores del Gobierno del Partido Popular, Garc&iacute;a Margallo, admiti&oacute; sin complejos que el 20% de la deuda p&uacute;blica en manos de China hab&iacute;a provocado la segunda gran reforma de la jurisdicci&oacute;n universal, la de 2014: un cambio legislativo que supuso la derogaci&oacute;n <em>de facto</em> de la justicia universal, ya que condiciona la persecuci&oacute;n de los graves cr&iacute;menes internacionales a &ldquo;<em>que el procedimiento se dirija contra un espa&ntilde;ol o contra un ciudadano extranjero que resida habitualmente en Espa&ntilde;a, o contra un extranjero que se encontrara en Espa&ntilde;a y cuya extradici&oacute;n hubiera sido denegada por las autoridades espa&ntilde;olas&rdquo;, </em>circunstancias acumulativas de imposible concurrencia en la pr&aacute;ctica.
    </p><p class="article-text">
        Las informaciones disponibles permiten suponer que el PP de Casado, junto a Ciudadanos y el PSOE, pretenden llegar hoy a un consenso que nos devuelva una suerte de versi&oacute;n 2.0 de la justicia universal del 2009. Una versi&oacute;n que, por lo que se conoce, puede calificarse al menos de edulcorada y a la que no ser&iacute;a ajena la perspectiva <em>realista</em> que mantiene la asesor&iacute;a jur&iacute;dica del Ministro de Asuntos Exteriores, que sigue dirigida por quien nombr&oacute; el PP en enero de 2018. A nuestro juicio, ese realismo esconde una vez m&aacute;s una posici&oacute;n conservadora, si no francamente retardataria.
    </p><p class="article-text">
        Ese proyecto de resucitar la reforma de 2009 parece en abierto contraste con los objetivos proclamados por el Gobierno S&aacute;nchez y muy en concreto desde la cartera de Justicia, que consist&iacute;an en recuperar e incluso ampliar el ejercicio efectivo de la Jurisdicci&oacute;n Universal conforme a su sentido en Derecho internacional. As&iacute; lo ha reclamado tambi&eacute;n p&uacute;blicamente la plataforma de la sociedad civil reci&eacute;n constituida, <a href="http://justiciauniversalya.com" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">justiciauniversalya.com</a>. Es m&aacute;s, resulta inadmisible que un dictamen de la Asesor&iacute;a Jur&iacute;dica de Exteriores, que supuestamente debe esgrimir motivaciones legales en sus razonamientos, fundamente su rechazo al borrador de Justicia esgrimiendo que &eacute;ste, &ldquo;introduce elementos que pueden afectar directa y gravemente a las relaciones internacionales de los Estados&rdquo;. En otras palabras, el cl&aacute;sico argumento de la raz&oacute;n de Estado seg&uacute;n el cual &ldquo;una pol&iacute;tica exterior viable&rdquo; est&aacute; por encima de los derechos humanos. Afrente a esa posici&oacute;n, preguntamos si el Derecho penal internacional y los tratados internacionales de derechos humanos, se han redactado para defender la raz&oacute;n de Estado o para proteger a los ciudadanos m&aacute;s desprotegidos de la comisi&oacute;n de horrendos cr&iacute;menes internacionales. &iquest;Cu&aacute;les son los intereses que debe proteger en este &aacute;mbito ley internacional? &iquest;la del Estado soberano junto con su deuda p&uacute;blica y las inversiones de las grandes corporaciones o las de las v&iacute;ctimas de torturas, genocidios o cr&iacute;menes de guerra? Kissinger lo ten&iacute;a claro, y parece que la Asesor&iacute;a Jur&iacute;dica del Ministerio de Asuntos Exteriores tambi&eacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Con todo, debe asimismo ponerse de manifiesto que esta propuesta no s&oacute;lo confunde el principio de jurisdicci&oacute;n universal con otros principios de extraterritorialidad de la ley penal, como es el de la legitimidad pasiva, sino que manipula los genuinos intereses de las v&iacute;ctimas. En efecto, el dictamen asegura que el pleno ejercicio de la jurisdicci&oacute;n universal, con los &ldquo;serios problemas pr&aacute;cticos&rdquo; que acarrea, conduce a una &ldquo;decepci&oacute;n para las v&iacute;ctimas&rdquo;. Nos preguntamos con cu&aacute;ntas v&iacute;ctimas palestinas, tibetanas o saharauis se ha reunido el gabinete jur&iacute;dico de Exteriores para llegar a dicha conclusi&oacute;n. Al margen de haber convivido durante d&eacute;cadas con ellas, es f&aacute;cil intuir sus sentimientos, cuando, por ejemplo, con ocasi&oacute;n de la reforma del 2009 se archiva el caso de los cr&iacute;menes de guerra cometidos por militares israel&iacute;es o el de los cr&iacute;menes contra la humanidad cometidos contra el pueblo tibetano en plena celebraci&oacute;n en 2008 de los Juegos Ol&iacute;mpicos en Beijing. No creemos que la decepci&oacute;n para las v&iacute;ctimas de la Franja de Gaza fuera continuar con la instrucci&oacute;n del asunto, a pesar de los innegables obst&aacute;culos legales que deben soportar y que fundamentalmente proceden de la fiscal&iacute;a, sino m&aacute;s bien todo lo contrario. &iquest;Pueden imaginar el rostro de &ldquo;decepci&oacute;n&rdquo;, frustraci&oacute;n y rabia de las madres de los palestinos asesinados cuando tras el archivo y publicaci&oacute;n de esa reforma, Simon Peres le daba p&uacute;blicamente la enhorabuena a nuestro entonces Presidente Zapatero en su visita oficial a Israel por dicha reforma legal? &iquest;o los sentimientos de la joven tibetana Dolma Palkyi, superviviente en la traves&iacute;a al exilio por los altos pasos del Himalaya, que fue testigo del asesinato a tiros por los guardias fronterizos del Ej&eacute;rcito Popular de Liberaci&oacute;n de su amiga Kelsang Namtso? Dif&iacute;cilmente pueden imaginar tanto dolor y sufrimiento infringido quienes desde sus mullidos sillones del Ministerio son ajenos a estas tragedias y pierden la perspectiva del prop&oacute;sito &uacute;ltimo y humanizador del <em>Derecho de Gentes</em>. Insistimos, un <em>Ius Gentium</em> en el sentido que hoy se trata de defender, no el de las viejas naciones, los Estados o las grandes corporaciones, sino de las personas, los ciudadanos. Una vez m&aacute;s debe remarcarse que el Derecho Internacional debe proteger la soberan&iacute;a, &ldquo;pero la soberan&iacute;a del pueblo, y no la del soberano&rdquo;, como precisa el internacionalista de la Universidad de Yale, W. Michael Reisman.
    </p><p class="article-text">
        A nuestro juicio, un gobierno progresista no puede ni debe renunciar a situarse en una posici&oacute;n de firme defensa y garant&iacute;a de los valores que sostiene la Uni&oacute;n Europea, en clara asunci&oacute;n de los principios y normas de la legalidad internacional. La coherencia m&aacute;s elemental exige el valor de rechazar convertirse en reh&eacute;n de los chantajes de reg&iacute;menes autoritarios, dictatoriales o de las grandes corporaciones. Por supuesto, somos conscientes de que aqu&iacute;, como en otros escenarios que preocupan a la opini&oacute;n p&uacute;blica, el dif&iacute;cil equilibrio entre valores jur&iacute;dicos y pol&iacute;ticos e intereses nacionales (s&iacute;, aceptamos que no se trata s&oacute;lo de planteamientos esp&uacute;reos) alcanza el m&aacute;ximo grado de tensi&oacute;n. Pero frente a la &oacute;ptica del corto plazo que parece dominar entre los <em>spin doctors</em> y gabinetes de comunicaci&oacute;n de nuestros responsables pol&iacute;ticos, frente a los innegables costes que pueden significar decisiones coherentes con la legalidad internacional, sugerimos la mirada del medio y largo plazo, en la que el coste contrario, el de sacrificar la coherencia con esa legalidad, con nuestra condici&oacute;n de miembros del proyecto europeo, se muestra letal. Parece que no hemos aprendido la lecci&oacute;n de lo que no s&oacute;lo nuestro pa&iacute;s, sino la UE y occidente estamos pagando por la aventura en Iraq: una lecci&oacute;n que, por cierto, se mide tambi&eacute;n en intereses contantes y sonantes.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[José Elías Esteve, Javier de Lucas]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/justicia-universal-serio-version-reforma_129_1849739.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 06 Nov 2018 19:51:15 +0000]]></pubDate>
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