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    <title><![CDATA[elDiario.es - Lara Esteve]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/autores/lara_esteve/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Lara Esteve]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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    <item>
      <title><![CDATA[Cuando las víctimas son menores]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/comunitat-valenciana/victimas-menores_132_1325236.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/a30ab1a4-5eb1-4522-bfef-8201abb61297_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Cuando las víctimas son menores"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">No podemos dar la espalda una realidad contundente: algo está fallando en la lucha contra la violencia de género</p><p class="subtitle">No falla un elemento concreto; no falla una persona o institución determinada. Es el propio sistema el que debe ser sometido a una revisión crítica</p></div><p class="article-text">
        Hemos conocido que Itziar Prats ha presentado acci&oacute;n de responsabilidad patrimonial contra el estado espa&ntilde;ol. Se trataba de un caso de violencia de g&eacute;nero, en el que Prats denunci&oacute; al padre de sus hijas, el cual, a pesar de ya no estar viviendo con la denunciante, realizaba acciones de maltrato y amenazas a trav&eacute;s de las ni&ntilde;as. Seg&uacute;n la madre, la justicia no tuvo en cuenta ni las denuncias presentadas, ni las pruebas aportadas a la causa, ordenando que el padre continuara ejerciendo el derecho de visitas a las ni&ntilde;as, y llegando a archivar la denuncia de violencia de g&eacute;nero por falta de pruebas. El 25 de septiembre de 2018, la expareja de Itziar, aprovechando el r&eacute;gimen de visitas, <a href="https://www.eldiario.es/sociedad/madre-asesinadas-Castellon-Gobierno-responsabilidad_0_948755493.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">asesinaba a sus hijas y despu&eacute;s se suicidaba</a>.
    </p><p class="article-text">
        No podemos dar la espalda una realidad contundente: algo est&aacute; fallando en la lucha contra la violencia de g&eacute;nero. Y no falla un elemento concreto; no falla una persona o instituci&oacute;n determinada. Es el propio sistema el que debe ser sometido a una revisi&oacute;n cr&iacute;tica.
    </p><p class="article-text">
        Ya en 2014 la CEDAW (Comit&eacute; para la Eliminaci&oacute;n de todas formas de discriminaci&oacute;n contra la Mujer, de Naciones Unidas, de la que Espa&ntilde;a es parte), dio un fuerte estir&oacute;n de orejas a Espa&ntilde;a, en un caso similar al de las ni&ntilde;as de Itziar Prats, ocurrido en a&ntilde;o 2003. Esa vez la v&iacute;ctima fue una menor. El verdugo: su padre, que se peg&oacute; un tiro despu&eacute;s de peg&aacute;rselo a la peque&ntilde;a Andrea aprovechando un r&eacute;gimen de visitas. Un r&eacute;gimen, por cierto, concedido en contra de la voluntad de la madre, que hab&iacute;a presentado m&aacute;s de 20 denuncias por maltrato a ella y a la ni&ntilde;a, y que, sin embargo, vio como semana a semana el padre disfrutaba de visitas a la ni&ntilde;a, con el sufrimiento que esto le ocasionaba.
    </p><p class="article-text">
        En este caso Europa entendi&oacute; que Espa&ntilde;a no hab&iacute;a protegido suficientemente los intereses de la menor, y resalt&oacute; la importancia de varios elementos fundamentales, de los que destaco dos: primero, tener en cuenta el inter&eacute;s superior del ni&ntilde;o o ni&ntilde;a y el derecho de este o &eacute;sta a ser escuchado/a, que deber&aacute; prevalecer en todas las decisiones que le puedan afectar; y en segundo lugar, proporcionar una formaci&oacute;n obligatoria a jueces y personal que trabaje en este campo sobre violencia de g&eacute;nero y estereotipos de g&eacute;nero.
    </p><p class="article-text">
        Y en esas estamos. Tropezando una y otra vez con la misma piedra.
    </p><p class="article-text">
        Precisamente por eso, quer&iacute;a hoy poner el foco de atenci&oacute;n en las v&iacute;ctimas de violencia de g&eacute;nero a menudo olvidadas por el sistema judicial e instituciones: los ni&ntilde;os y las ni&ntilde;as. V&iacute;ctimas mudas de esta lacra, que la sufren y a los que nadie pregunta; que son protegidos si a su madre se les protege; a los que se les obliga a ir con su padre sin ellos quererlo; los que sufren y a los que las instituciones no destinan los recursos suficientes.
    </p><p class="article-text">
        Desde 2014, con la entrada en vigor del Convenio de Estambul, la creaci&oacute;n del Estatuto de la V&iacute;ctima del Delito, y la publicaci&oacute;n de la Ley Org&aacute;nica de Protecci&oacute;n de Infancia y Adolescencia, se fijan par&aacute;metros claros y contundentes para entender que los y las menores tienen un estatus jur&iacute;dico propio: pasan a considerarse sujetos de derecho, dignos de protecci&oacute;n individual frente a sus progenitores, con derecho a ser o&iacute;dos y escuchados.
    </p><p class="article-text">
        Y esta nueva normativa reconoce un tipo de violencia que hasta ahora no se preve&iacute;a legalmente: <em>la violencia ambiental</em>. &iquest;Qu&eacute; significa esto? Significa reconocer que los ni&ntilde;os y ni&ntilde;as son v&iacute;ctimas de violencia de genero por el hecho de <em>vivir en un entorno de violencia de g&eacute;nero</em>, aunque no sufran ataques directos hacia su persona, siendo el objetivo en estos casos que el o la menor puedan salir de ah&iacute; y poder crecer en un entorno libre de violencia.
    </p><p class="article-text">
        Y s&oacute;lo si se considera adecuado por la autoridad judicial, podr&aacute;n continuar las relaciones agresor-menor. Pero, para ello, deber&aacute; existir un estudio pormenorizado previo de la situaci&oacute;n de ni&ntilde;o o ni&ntilde;a y de su entorno. Esta valoraci&oacute;n se deber&aacute; realizar a trav&eacute;s de organismos especializados, como los Puntos de Encuentro Familiar, que determinar&aacute;n la repercusi&oacute;n que puede tener en el ni&ntilde;o o ni&ntilde;a el continuar teniendo relaci&oacute;n con su padre (o su madre, si hablamos de violencia dom&eacute;stica). Y si se concluye que s&iacute; puede tener relaci&oacute;n, se expondr&aacute; de qu&eacute; manera y <em>con qu&eacute;</em> <em>supervisi&oacute;n</em>.
    </p><p class="article-text">
        Es decir, que la teor&iacute;a que tenemos es buena. Pero en la pr&aacute;ctica detectamos una considerable necesidad de mejora. Prueba de ello lo vemos en el caso de las ni&ntilde;as de Castell&oacute;n, o en tantos otros asesinatos de menores a manos de sus padres ocurridos a lo largo de estos a&ntilde;os.
    </p><p class="article-text">
        No puedo valorar si en el caso de Itziar Prats las cosas pod&iacute;an haber sucedido de otro modo. Pero s&iacute; conozco los recursos que se destinan a los ni&ntilde;os y las ni&ntilde;as, y s&eacute; que la voluntad de las personas que les atienden no puede suplir las carencias institucionales que tenemos. Los ni&ntilde;os y las ni&ntilde;as son nuestro futuro, pero tambi&eacute;n son nuestro presente. Si no les protegemos, no protegemos a la sociedad. De nosotros y nosotras depende que el d&iacute;a de ma&ntilde;ana miren atr&aacute;s y se sientan orgullosos del legado que les hemos dejado.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Lara Esteve]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/comunitat-valenciana/victimas-menores_132_1325236.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 07 Oct 2019 20:23:29 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Cuando las víctimas son menores]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Violencia machista,Menores]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[¿Cuántas justicias hay?]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/comunitat-valenciana/cuantas-justicias_132_1189385.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p class="article-text">
        <em>&ldquo;Juzgados de pueblo&rdquo;.</em> D&iacute;cese de aquellos juzgados situados fuera de las capitales de provincia, que cuentan con menos medios y con m&aacute;s dificultades que los de la capital.
    </p><p class="article-text">
        Con la ley en la mano, no encontramos diferencias de tratamiento entre los procedimientos seg&uacute;n si lo tramita un juzgado de pueblo o uno de capital. Sin embargo, <em>&iquest;es as&iacute; en la realidad? &iquest;Recibe el mismo tratamiento la v&iacute;ctima que acude a un juzgado de capital que si va a uno de pueblo? &iquest;Cuenta la justicia de pueblo con los mismos recursos que los juzgados de la capital?</em>
    </p><p class="article-text">
        Hemos le&iacute;do en ocasiones la diferencia entre las <strong>v&iacute;ctimas de primera y de segunda</strong>. Pero, &iquest;Podemos hablar de una <strong>justicia de primera y de segunda</strong>? Rotundamente, s&iacute;.
    </p><p class="article-text">
        La mayor&iacute;a de los juzgados no tiene su sede en las capitales de provincia, si no en poblaciones m&aacute;s peque&ntilde;as.
    </p><p class="article-text">
        Si atendemos a la justicia que se despacha en las capitales de provincia, comprobamos que en ellas se encuentran <strong>juzgados especializados</strong>. Se trata de juzgados que se dedican &uacute;nicamente a una materia: a casos penales, civiles, mercantiles, sociales, administrativos, cl&aacute;usulas suelo (si, han le&iacute;do bien, juzgados que &uacute;nicamente analizan este tipo de materia), violencia de g&eacute;nero, familia, incapacidades o registro civil.
    </p><p class="article-text">
        En cambio, en la mayor&iacute;a de juzgados de fuera de la capital, cada juez o jueza conoce (a la vez) de materias tan dispares entre s&iacute; como civil (desahucios, vicios de la construcci&oacute;n, tr&aacute;ficos), penal (investigaci&oacute;n de robos, drogas, estafas&hellip; etc), familia (separaciones, divorcios), cl&aacute;usulas abusivas, incapacidades y juicios de delitos leves. Y ya algunos juzgados van para nota, pues a las anteriores materias se les une la competencia exclusiva en registro civil o en violencia de g&eacute;nero.
    </p><p class="article-text">
        Una simple lectura a las l&iacute;neas anteriores nos lleva a la conclusi&oacute;n que la situaci&oacute;n de un/a juez/a de capital, que se dedica (y especializa) en una materia no puede ser igual que la de quien debe conocer a primera hora de la ma&ntilde;ana un delito leve de hurto, pasar despu&eacute;s una persona detenida por lesiones, resolver una incapacidad, celebrar un juicio de tr&aacute;fico y terminar la ma&ntilde;ana pasando un detenido por violencia de g&eacute;nero.
    </p><p class="article-text">
        Y eso no es todo; en la capital suelen contar con organismos especializados de atenci&oacute;n a las v&iacute;ctimas, como Oficinas de Asistencia Integral, cl&iacute;nicas m&eacute;dicas, unidades especiales de valoraci&oacute;n de menores, o incluso comisar&iacute;as especializadas en denuncias por violencia de g&eacute;nero, as&iacute; como un turno organizado de asistencia a v&iacute;ctimas; recursos con los que la mayor&iacute;a de juzgados de fuera de la capital no cuentan.
    </p><p class="article-text">
        Y si nos centramos en el &aacute;mbito de la violencia de g&eacute;nero, las diferencias de aplicaci&oacute;n en justicia se incrementan: los juzgados de violencia de g&eacute;nero de la capital cuentan con una distribuci&oacute;n de guardias entre ellos (para as&iacute; repartir la llegada de causas por esta materia), remuneradas, con fiscal&iacute;a especializada en violencia de g&eacute;nero, y recursos asistenciales que est&aacute;n al alcance de las mujeres, ni&ntilde;os y ni&ntilde;as que lo precisen.
    </p><p class="article-text">
        En cambio, los juzgados de fuera de la capital que adem&aacute;s llevan violencia de g&eacute;nero, reciben diariamente todo lo que entre de violencia de g&eacute;nero, en cualquier momento, a lo que se suman las materias antes mencionadas, y todo sin tener pr&aacute;cticamente &oacute;rganos de apoyo. Todo ello se debe compaginar con la debida atenci&oacute;n que merecen las mujeres y menores v&iacute;ctimas de violencia de g&eacute;nero, adem&aacute;s del resto de personas que acuden al juzgado y que precisan de un pronunciamiento sobre sus asuntos, sean de violencia o no.
    </p><p class="article-text">
        La falta de tiempo (y en consecuencia de dedicaci&oacute;n) unida a la falta de medios, hace imposible que las condiciones profesionales de un/a juez/a <em>de pueblo</em> se puedan equiparar a las de un/a profesional de la capital. Ello no quita para que en la gran mayor&iacute;a de casos los y las profesionales de justicia intenten, con su trabajo y voluntad, suplir las carencias institucionales que sufren por el mero hecho de no trabajar en una gran poblaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Para arreglar algo hay que saber, primero, que ese algo no funciona. Y segundo, <strong>querer actuar</strong>. El problema est&aacute; en que parece que no existe preocupaci&oacute;n real en detectar la carencia de la p&eacute;sima situaci&oacute;n de los medios de la justicia de fuera de capital. Te&oacute;ricamente, <strong>no debe existir una ciudadan&iacute;a de primera y de segunda. Pero en la pr&aacute;ctica s&iacute; la hay:</strong> no es lo mismo que te vayas a divorciar si vives en el centro de una gran ciudad que si lo haces a cincuenta kil&oacute;metros de ella, porque en este supuesto, tu caso se estudiar&aacute;, con suerte, dentro de 8 o 10 meses.
    </p><p class="article-text">
        Una mejor justicia, m&aacute;s igualitaria, cercana y accesible, es posible. Pero para ello hay que mirar de frente a los problemas, y ofrecer soluciones globales, que no afecten s&oacute;lo a una minor&iacute;a de la poblaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Como Jueza <em>de pueblo</em>, reivindico la necesidad de planes concretos de actuaci&oacute;n que pongan en el centro de las pol&iacute;ticas a todas las v&iacute;ctimas y a sus concretas circunstancias. Y que se garantice el derecho a una justicia accesible, r&aacute;pida y efectiva a todas las personas. Porque la justicia debe llegar a las grandes avenidas de las capitales, pero tambi&eacute;n a las callecitas estrechas de un pueblecito de monta&ntilde;a.
    </p><p class="article-text">
        Es necesario que la definici&oacute;n que consta al principio del art&iacute;culo deje de ser una vergonzosa realidad, y podamos llegar a equiparar la justicia <em>de pueblo </em>con la de la capital.
    </p><p class="article-text">
        Mejor ponernos a trabajar, que ya vamos tarde.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Lara Esteve]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/comunitat-valenciana/cuantas-justicias_132_1189385.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 13 Dec 2019 10:50:01 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[¿Cuántas justicias hay?]]></media:title>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Violencia y género]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/comunitat-valenciana/violencia-genero_132_1350140.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p class="article-text">
        El jueves 19 de septiembre fue un d&iacute;a nefasto para la lucha contra la violencia de g&eacute;nero. Ese d&iacute;a hab&iacute;a una concentraci&oacute;n en el Ayuntamiento de Madrid: una mujer hab&iacute;a sido asesinada por su expareja el martes anterior, en presencia de sus dos hijas. Y lo peor de todo es que lo recordamos por ser el d&iacute;a de confrontaci&oacute;n entre las pancartas de Vox y del resto de partidos pol&iacute;ticos, que salieron a la calle para demostrar su repulsa por estos cr&iacute;menes machistas que se suceden d&iacute;a a d&iacute;a en nuestra sociedad, y que no somos capaces de atajar. Todos los grupos pol&iacute;ticos se congregaron para unir su rechazo a esta lacra, mostr&aacute;ndolo con pancartas. Frente a todas ellas, la de Vox, en la que se le&iacute;a: &ldquo;La violencia no tiene g&eacute;nero. Contra todo tipo de violencia intrafamiliar&rdquo;. Tras ella, Ortega Smith y cuatro personas m&aacute;s.
    </p><p class="article-text">
        Por supuesto que hay que actuar en contra de cualquier tipo de violencia. Faltar&iacute;a m&aacute;s. Desde la sociedad, desde el &aacute;mbito policial, desde la justicia. Creo que esto queda fuera de toda duda. Sin embargo, s&iacute; me gustar&iacute;a hacer una precisi&oacute;n. O varias, ya puesta. Es conveniente, en la vida en general y en la violencia de g&eacute;nero en particular, no mezclar conceptos, a fin de evitar confusiones.
    </p><p class="article-text">
        Situ&eacute;monos. M&aacute;s de mil mujeres v&iacute;ctimas mortales a manos de sus (ex) parejas o (ex) maridos desde que comenzaron los registros, en 2003. Sin contar todas las mujeres (miles) que est&aacute;n sufriendo en vida esta lacra. Y los cientos de hijos e hijas hu&eacute;rfanos/as asesinados/as en el contexto de esta violencia. Es ya sabido la necesidad social de mostrar el rechazo por este tipo de violencia.
    </p><p class="article-text">
        Un tipo de violencia, por cierto, reconocido no por cuatro grupos feministas, como parecen, en ocasiones, hacernos creer a la ciudadan&iacute;a: la violencia de g&eacute;nero es un delito reconocido en la normativa interna e internacional.
    </p><p class="article-text">
        Desde que en 2004 se public&oacute; la Ley Org&aacute;nica contra la violencia de G&eacute;nero, de 2004 -que reconoce y recoge la normativa internacional al efecto-, se han sucedido un conjunto de leyes, normas, convenios internacionales (como el tan nombrado Convenio de Estambul), y pactos nacionales y auton&oacute;micos, que otorgan a la violencia de g&eacute;nero carta de naturaleza, considerando estas manifestaciones de violencia como delitos propios, aut&oacute;nomos. Reconocen todos ellos que la violencia de g&eacute;nero otorga un plus de desvalor al delito cometido en s&iacute;, pues estos tipos de delitos afectan a la mujer por el hecho de serlo, o se trata de delitos que les afectan de manera desproporcionada a las mujeres.
    </p><p class="article-text">
        Por supuesto que la violencia es inaceptable en cualquier entorno y en cualquier forma: violencia sexual, f&iacute;sica o psicol&oacute;gica. Contra c&oacute;nyuges, parejas, familiares o extra&ntilde;os. Y as&iacute; lo reconoce nuestro C&oacute;digo Penal y nuestras leyes.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, lo que el jueves se reivindicaba en el Ayuntamiento de Madrid hace referencia a una lucha internacional, a un tipo de violencia concreta: la de g&eacute;nero. La ejercida contra las mujeres por el hecho de serlo. Si no quieren participar, que no participen. Pero la actuaci&oacute;n de Vox pretendi&oacute; confundir conceptos.
    </p><p class="article-text">
        Que se act&uacute;e en contra de la violencia de g&eacute;nero no significa que se deje de perseguir, ni que se justifique de ning&uacute;n modo, otras manifestaciones de violencia. Y de la misma manera que hay reivindicaciones contra la violencia hacia personas refugiadas, inmigrantes, de colectivos minoritarios a los que tratan de manera desigual, tambi&eacute;n puede haber (y hay) manifestaciones contra la violencia familiar, es decir, la cometida contra ascendientes, descendientes, hermanos/as y (ex) maridos o (ex) novios.
    </p><p class="article-text">
        Por el contenido de la pancarta de Vox, parec&iacute;a que quer&iacute;a inducir a la ciudadan&iacute;a a creer que si est&aacute;s en contra de la violencia contra las mujeres no puedes estar en contra del resto de tipos de violencia. Y esta conclusi&oacute;n es absurda. Cada violencia tiene su campo de acci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Y contra este tipo de conductas, que tienden a confundir a las personas, debemos ser claras y contundentes: la lucha contra la violencia de g&eacute;nero es una lucha reconocida nacional e internacionalmente, en normas y convenios, que implica a toda la sociedad. Y esta lucha ni desmerece ni desprotege la persecuci&oacute;n de cualquier otro tipo de violencia, familiar o hacia extra&ntilde;os, reprochable igualmente y digna de persecuci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Contra la oscuridad, claridad. Contra la ambig&uuml;edad, objetividad. Y contra la ignorancia: lectura.
    </p><p class="article-text">
        <strong>*Lara Esteve, jueza experta en violencia de g&eacute;nero</strong>
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Lara Esteve]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/comunitat-valenciana/violencia-genero_132_1350140.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 23 Sep 2019 08:55:21 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[Violencia y género]]></media:title>
    </item>
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