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La Audiencia Nacional confirma la exclusión del caso Sintel de los órganos de quiebra

La Audiencia Nacional confirma la exclusión del caso Sintel de los órganos de quiebra

EFE

Madrid —

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La Audiencia Nacional ha confirmado la exclusión de los órganos de la quiebra de Sintel -antigua filial de Telefónica quebrada en 2001- del procedimiento penal seguido en este tribunal, al rechazar el recurso de súplica contra la decisión dictada en este sentido el pasado mes de abril.

En un auto al que ha tenido acceso Efe, la sección segunda de la sala de lo penal de este tribunal desestima todos los motivos del recurso, confirma la exclusión del proceso de los órganos de la quiebra (Agencia Tributaria, Seguridad Social, Fogasa y Telefónica) e insiste en que el que se dice sucesor de los mismos -la Comisión Liquidadora- carece de legitimidad para actuar como acusación.

Los magistrados reiteran en su resolución que mantener a dichos órganos “indebidamente” incluidos en el procedimiento podría constituir un “obstáculo para la viabilidad de un acuerdo llegado entre otras partes acusadoras legitimadas y los acusados”.

En la vista preliminar celebrada el pasado 17 de diciembre, los trabajadores defendieron que esos órganos no existen desde 2003, por lo que no tienen derecho ni a estar en el caso ni a participar en el reparto de las posibles indemnizaciones.

Dichos órganos constituían el único escollo que quedaba para hacer valer el acuerdo alcanzado el pasado verano entre los acusados y los trabajadores, que consistía en que los primeros entregarían 35 millones de euros en concepto de indemnización a los segundos a cambio de que estos retiraran los cargos.

Sin embargo, la Agencia Tributaria y la Seguridad Social pusieron reparos, al considerar que esta compensación debía ser incluida en la masa de la quiebra y repartirse entre todos los acreedores.

La Audiencia Nacional comparte que, como consecuencia de la aprobación del convenio de la quiebra, Sintel “desapareció” del ámbito jurídico procesal, “sin que se haya producido ninguna clase de sucesión” en favor de la comisión liquidadora de la quiebra, “por más que haya venido actuando irregularmente en el proceso”.

Recuerda que el visto bueno a dicho convenio conllevaba “la terminación del proceso de quiebra, con el cese de los órganos de la quiebra y el archivo de todas las acciones, ramos, piezas e incidentes de ésta”, ello “sin perjuicio de que los acreedores conservaran las acciones que, en su caso, les asistan para reclamar contra terceros distintos de Sintel por asuntos relativos” a ella.

Con su aprobación, prosiguen los magistrados, se produjo el cese de los órganos de la quiebra, que perdieron “instantáneamente cualquier capacidad jurídica para seguir actuando en el procedimiento”, y subrayan que la comisión liquidadora no vino a ser ni “una sucesora ni jurídica ni de facto” de aquellos.

“Una cosa es Sintel y la quiebra de Sintel y sus incidentes, y otra muy diferente los derechos y acciones civiles y penales que pudieran tener los acreedores” de la sociedad, explica el auto.

En 1996, Telefónica vendió su filial Sintel al grupo estadounidense MasTec Incorporated -propiedad de la familia Mas Canosa- por 4.900 millones de pesetas (algo menos de 30 millones de euros).

A partir de entonces, según la acusación, los nuevos propietarios iniciaron un proceso de vaciamiento patrimonial que la llevó a la quiebra en 2001 con un déficit de 59,3 millones de euros, lo que dejó a 1.788 acreedores pendientes de cobro y a 1.828 trabajadores en el paro.

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