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Un juez obliga al Ayuntamiento de Torrejón (Madrid) a retirar los símbolos franquistas de sus calles

El símbolo franquista 'vítor' que todavía permanece en Torrejón de Ardoz

Marta Borraz

El Ayuntamiento del municipio madrileño de Torrejón de Ardoz deberá eliminar los símbolos franquistas de sus calles. Es lo que ha fallado el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 9 de Madrid tras la demanda interpuesta por el abogado memorialista Eduardo Ranz por incumplir la Ley de Memoria Histórica. En una sentencia fechada el pasado 31 de enero, el juez ordena al consistorio a elaborar un catálogo “de vestigios relativos a la Guerra Civil y la Dictadura franquista existente en el municipio” y “adoptar las medidas oportunas para su retirada”.

La demanda fue interpuesta el pasado mes de octubre tras la negativa del ayuntamiento de retirar los símbolos que todavía mantiene, a pesar de que la ley obliga a hacerlo con todas aquellas placas, insignias u objetos “de exaltación personal o colectiva de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura”. En algunas de las calles de Torrejón todavía siguen visibles escudos del conocido como símbolo vítor, utilizado por la dictadura como emblema de Franco.

“Según las alegaciones del Ayuntamiento, el consistorio defendía la existencia del vítor franquista como 'la palabra Víctor' o 'puede referirse al nombre masculino Víctor'. El juzgado ha entendiendo lo obvio, que el vitor franquista es franquismo,

condenando al Ayuntamiento de Torrejón, por incumplir la ley de memoria

histórica“, explica el abogado Eduardo Ranz.

El fallo nombra la norma para concluir que “de ella se desprende con claridad”, esgrime el magistrado, que el consistorio está obligado a retirar estos símbolos con el objetivo de “cumplir con la finalidad” de la ley. “Igualmente el mismo consistorio entendía que era necesario un consenso, olvidando su alcalde Ignacio Vázquez, del Partido Popular, que ostenta mayoría absoluta en su municipio”, prosigue Ranz. Contra la sentencia cabe la interposición de recurso en el plazo de 15 días.

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