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Bolivia plantea considerar violación los actos sexuales no consensuados en pareja

Bolivia plantea considerar violación los actos sexuales no consensuados en pareja

EFE

La Paz —

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La legislación penal de Bolivia se plantea la redefinición del concepto de violación al considerar que no solo es un acto violento, “sino el no consentimiento de la mujer para una relación sexual”, afirma la presidenta de la Cámara de Diputados del país, Gabriela Montaño, en una entrevista con Efe.

“Ha cambiado totalmente la lógica”, dice Montaño, y una mujer, sea adulta o menor de edad, ya no va a tener que mostrar marcas de violencia física para justificar que ha sido violada.

Así lo plantea el borrador del Código del Sistema Penal que se debate entre los diputados y cuyo texto es motivo de polémica porque también amplía los supuestos para el aborto.

La violación en esta nueva normativa será castigada con una pena de entre 11 y 20 años de cárcel, pero se considerarán agravantes cuando la víctima sea menor, una persona con discapacidad o esté embarazada o que el violador sea la pareja o el marido.

“Es absolutamente posible que una mujer dentro del matrimonio no esté de acuerdo en un momento 'x' con tener relaciones sexuales con su pareja, y su pareja tiene que tener la capacidad de respetarla y si no la respeta, es violación”, justifica la legisladora, que es una dirigente del partido gobernante Movimiento al Socialismo (MAS).

El proyecto contempla en su artículo 102 que la sentencia pueda llegar en esos casos hasta 30 años, pena máxima en Bolivia.

¿Por qué? “Porque se supone que hay un pacto de convivencia armónica y pacífica entre esas dos personas y por lo tanto es mucho peor todavía la situación de violencia”, responde Montaño.

El reto estará en explicarlo a un juez, fiscal o policía y que se deje de “revictimizar” y exigir pruebas de violencia a las mujeres, dice Montaño.

A pesar de que Bolivia cuenta con leyes con protecciones muy amplias para colectivos como mujeres o menores de edad hay muchos cuestionamientos sobre la presencia de la violencia sexual.

Al respecto, Montaño insiste en que la ley “no es una varita mágica” y es necesario acompañarla con educación “para transformar generacionalmente la manera de pensar la violencia”.

Ante esta brecha, la legisladora habla de dos posibles causas: que antes de las leyes no se contabilizasen los feminicidios ni las mujeres tuviesen garantías de protección para hacer denuncias.

“Ante un avance de derechos suele suceder que haya una respuesta de las formas de pensar conservadoras que todavía no se han ajustado a esos avances y muchas veces la manera en la que se manifiestan esas formas de violencia son (con) más violencia”, que es lo que algunas teóricas llaman la “teoría de compensación y recuperación”.

Acerca del debate sobre las nuevas causales para el aborto, Montaño cree que la polémica se ha “distorsionado mucho”.

El proyecto señala nueve causas para permitir el aborto conforme a la ley, que actualmente está permitido en casos de violación o riesgo de la vida o salud de la madre o el feto.

Una mujer podrá interrumpir un embarazo si no cuenta con recursos económicos suficientes, tiene muchos hijos, es estudiante, su vida corre peligro o se detectan malformaciones fetales incompatibles con la vida, entre otras causas.

Pero este artículo ha encontrado una gran resistencia ya no sólo en la Iglesia boliviana sino en algunos Colegios de Médicos.

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