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La familia de Bretón retira la demanda de coacciones contra la plataforma Ruth y José

La familia de Bretón retira la demanda de coacciones contra la plataforma Ruth y José

EFE

Córdoba —

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La familia de José Bretón, condenado a 40 años de prisión por el asesinato de sus dos hijos Ruth y José en octubre de 2011 en Córdoba, ha retirado la demanda por coacciones y vejaciones interpuesta contra los integrantes de la plataforma ciudadana Ruth y José.

En un comunicado remitido a Efe, los padres, la hermana y el cuñado de José Bretón ha anunciado que renuncian a llevar a cabo “acciones penales y civiles”, así como a solicitar cualquier tipo de indemnización que les pudiera corresponder por los “daños soportados” a consecuencia de la actividad de algunos integrantes de la plataforma.

La familia entiende que defender su derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen sería “revivir hechos trágicos y aumentar aún más nuestros sufrimientos”.

No obstante, la familia añade que “perdonar” no supone “eximir al causante, ni olvidar lo vivido”, pero sí les permite abstenerse de “criticar o violentar a las personas que nos ofendieron y con ello no ahondar más en nuestro dolor”.

Finalmente, el escrito dice que “nadie elige a su familia”, pero todos “debemos tener la libertad y el derecho de poder vivir con dignidad y en paz”.

En julio de 2014 la Audiencia de Córdoba ordenó tramitar como una falta de coacciones, y no un delito, la causa contra la plataforma creada por el asesinato de los hermanos Ruth y José por manifestarse frente a la vivienda de cuatro familiares de José Bretón.

Por ello, rectificó la decisión del juzgado de instrucción 1 de Córdoba, que acordó procesar por un delito de coacciones a varios miembros de la plataforma por las manifestaciones que llevaron a cabo frente a las viviendas o lugar de trabajo de Catalina Bretón, hermana del presunto asesino, y otros tres familiares.

La juez entendió que la colocación de pancartas sobre su falta de colaboración para esclarecer el crimen, las pintadas en los muros frente a su vivienda o el levantamiento de una especie de altar frente a la vivienda de los denunciante “podrían ser, por su reiteración, constitutivas de un delito” y no una simple falta ya que implicaron un “continuo acoso” que alteró “el normal desenvolvimiento de su vida”.

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