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Bruselas expedienta a España por los obstáculos al prestar servicios ligados a los colegios profesionales

La CE expedienta a España y otros cinco países por obstáculos a profesionales

EFE

Bruselas —

La Comisión Europea (CE) anunció el inicio de procedimientos de infracción contra seis Estados, incluido España, porque sus legislaciones nacionales contienen “obstáculos excesivos e injustificados” en el ámbito de los servicios profesionales, señaló en un comunicado. El resto de países expedientados son Alemania, Chipre, Malta, Austria y Polonia, que tampoco, según la CE, están ajustados a la directiva de servicios, que pretende retirar barreras en el mercado interior comunitario.

La CE pide a estos Estados miembros que adapten las normas que rigen los requisitos en materia de participación en el capital y, en el caso concreto de España, que deroguen las tarifas mínimas obligatorias para los procuradores. A la Comisión también le preocupa la legislación vigente en España en virtud de la cual determinadas actividades de los procuradores son incompatibles con las de los abogados.

La liberalización de este sector y en particular de estas dos trabas estaba prevista por el Ejecutivo que finalmente se plegó a las presiones de los colegios profesionales, especialmente el de Abogados, que no pararon hasta que se cambió el texto de la propuesta.

Los requisitos excesivos en materia de participación en el capital -como la exigencia de que los profesionales deban poseer el 100 % de los derechos de voto y del capital en una sociedad- pueden dificultar el segundo establecimiento o la prestación transfronteriza de servicios en los Estados miembros en cuestión, señala la CE.

Las tarifas mínimas obligatorias no son necesarias para garantizar la calidad de los servicios de los prestadores nacionales o extranjeros y privan a los consumidores de unos servicios a precios más competitivos, tal y como prevé la directiva.

La carta de emplazamiento enviada a los seis países es la primera etapa de un procedimiento de infracción y constituye una petición oficial de información.

Los Estados miembros disponen ahora de dos meses para responder a las alegaciones presentadas por la CE.

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