Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
Israel se prepara para una ofensiva en Rafah mientras el mundo mira a Irán
EH Bildu, una coalición que crece más allá de Sortu y del pasado de ETA
Opinión - Pedir perdón y que resulte sincero. Por Esther Palomera
Noticia de agencia

Noticia servida automáticamente por la Agencia EFE

Esta información es un teletipo de la Agencia EFE y se publica en nuestra web de manera automática como parte del servicio que nos ofrece esta agencia de noticias. No ha sido editado ni titulado por un periodista de eldiario.es.

Catalá plantea agravar la consideración penal de las imprudencias al volante

Catalá plantea agravar la consideración penal de las imprudencias al volante

EFE

Madrid —

0

El ministro de Justicia, Rafael Catalá, ha anunciado hoy que el Gobierno plantea agravar la consideración penal de la omisión del deber de socorro y de aquellas conductas imprudentes en las carreteras que ahora son consideradas “leves” aunque puedan provocar víctimas mortales.

Catalá ha hecho este planteamiento después de reunirse con Anna González, impulsora de la campaña “Una ley más justa” para que las muertes o lesiones grave en carretera vayan siempre por la vía penal, para la que ha recogido 188.000 firmas.

El ministro ha indicado que en la actual legislatura se revisará el carácter leve de determinadas imprudencias cometidas en las carreteras y del delito de omisión del deber de socorro.

Se trata de solventar deficiencias como las sufridas por Anna González tras la muerte en 2013 de su marido, atropellado por un camión mientras circulaba en bici por el arcén de la A-42 (autovía de Toledo) camino a su trabajo.

El conductor no paró y se dio a la fuga, pero no fue acusado de omisión del deber de socorro porque la víctima murió en el acto y tampoco de imprudencia grave, sino leve.

Catalá ha anunciado que se reformarán los artículos del Código Penal que tipifican ambas conductas, el 142 (homicidio por imprudencia) y el 195 (omisión del deber de socorro).

El ministro ha hecho referencia a la necesidad de actualizar las normas que regulan los casos de accidente en las carreteras y las obligaciones de los conductores, ya que artículos como el que trata el deber de omisión de socorro “datan de los años 90” y “no responden a una realidad social actual”.

El Tribunal Supremo ya apuntó la paradoja que supone que no se considere infracción la no asistencia a los afectados por accidentes si estos mueren el acto, sino únicamente si permanece con vida y el conductor se da a la fuga.

Para el ministro, “aquellas circunstancias en las que hay una invasión de carril, un impacto, un fallecimiento o una no atención por parte del causante, no pueden ser consideradas como una falta leve y tener una mera sanción económica sin ninguna responsabilidad” ha explicado Catalá.

En el caso de Anna González, gracias a su recurso, el conductor será finalmente juzgado por la vía penal por el delito de homicidio por imprudencia, aunque no por el de omisión del deber de socorro.

Hoy se ha mostrado “contenta” con los frutos de la campaña, ya que considera que se encuentran “bastante cerca de alcanzar un cambio”.

Etiquetas
stats